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Laws of Panama

Resolución Nº 34 - Modifica la Resolución Nº 187, que incorpora la atención a residentes en las comunidades afectadas por la pobreza al Programa de competitividad agropecuaria

Made 2009-02-13 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Caribbean Community (CARICOM)
Country
Panama
Subjects
Agricultural and rural development
Keywords
institution, agricultural development, financial agricultural measures, subsidy/incentive, less favoured areas, early warning system, legal proceedings/administrative proceedings, agricultural commodities, cooperative/producer organization, governance

Where to read it

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Text

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  1. REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO RESOLUCIÓN Nº DAL-034-ADM-2009, PANAMÁ 13 DE FEBRERO DE 2009 EL MINISTRO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, en uso de sus facultades legales, CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional está comprometido en la integración de los grupos sociales marginados, con una economía que tenga la capacidad de generar crecimiento, empleo y así mejorar la distribución del ingreso, disminuyendo la pobreza y la pobreza extrema; El objetivo del Gobierno Nacional a mediano y largo plazo es lograr movilidad social, mediante la creación de oportunidades como elemento importante para contribuir a eliminar la pobreza extrema y mejorar significativamente la distribución del ingreso, para llegar a un país con estándares de equidad del primer mundo; Que el Ministerio de Economía y Finanzas ha identificado los distritos y corregimientos con los mayores índices de pobreza del país; definidos en el estudio; Que los habitantes de estos corregimientos se caracterizan por estar en zonas rurales en precarias condiciones económicas; Que estos distritos y corregimientos cuentan con tierras aptas para cultivos permanentes que pueden generar ingresos sostenidos en estas zonas de pobrezas, y que en su gran mayoría no se están explotando adecuadamente por la crisis económica que afecta la región; Que mediante la Resolución de Gabinete No. 117 de 11 de septiembre de 2006, el Consejo de Gabinete aprobó la creación del Programa para la Competitividad Agropecuaria, para brindar asistencia financiera y no financiera a los productores en los rubros que requieran elevar la competitividad; Que mediante la Resolución de Gabinete No. 17, de 12 de marzo de 2008, autoriza al Ministerio de Desarrollo Agropecuario para que mediante Resolución Ministerial incorpore nuevas actividades y montos de asistencia financiera al Programa de Competitividad Agropecuaria; Que mediante la Resolución Nº DAL-187-ADM-2008 de 27 de agosto de 2008, el Ministerio de Desarrollo Agropecuario incorpora al Programa de Competitividad Agropecuaria la atención a residentes en las comunidades afectadas por la pobreza y pobreza extrema mediante aporte de recursos financieros administrados por cooperativas calificadas. Que se hace necesario modificar la Resolución Nº DAL-187-ADM-2008 de 27 de agosto de 2008 a efecto de adecuarlo a las necesidades reales de los residentes de las comunidades afectadas por la pobreza y pobreza extrema. Por lo anteriormente expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Modificar el artículo 1 de la Resolución Nº DAL-187-ADM-2008 de 27 de agosto de 2008, el cual quedara así: "Artículo 1. Incorporar al Programa de Competitividad Agropecuaria la atención a residentes en las comunidades afectadas por la pobreza y pobreza extrema mediante aporte de recursos financieros administrados por cooperativas calificadas. Aprobar la incorporación al Programa de Competitividad Agropecuaria, las etapas de establecimiento, manejo, mantenimiento y cosecha de cultivos permanentes que generen ingresos sostenidos todos los años producto de la cosecha de su fruto, en los corregimientos que presenten índices de pobreza general igual o superior al 60% según el estudio del Ministerio de Economía y Finanzas llamado "Pobreza: Mapas de Pobreza y Desigualdad a Nivel de Distrito y Corregimiento-junio 2005". Artículo 2. Modificar los numerales 3 y 4 del artículo 5 de la Resolución Nº DAL-187-ADM-2008 de 27 de agosto de 2008, los cuales quedarán así: "Artículo 5. Se seguirá el siguiente procedimiento para implementar el Fideicomiso: 1. ……………………………………….. 2. ………………………………………... 3. La Dirección de Desarrollo Rural del Ministerio de Desarrollo Agropecuario hará una lista de las cooperativas elegibles para que administren los fondos de los proyectos presentados por los productores. 4. El Ministerio de Desarrollo Agropecuario proporcionará a los productores interesados la lista de las cooperativas 1No 26254 Gaceta Oficial Digital, jueves 2 de abril de 2009 elegibles para que seleccionen la administradora. 5. …………………………………………..". Artículo 3. Esta Resolución comenzará a regir desde su aprobación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, OLMEDO A. ESPINO R. Ministro ADONAI RÍOS Viceministro 2No 26254 Gaceta Oficial Digital, jueves 2 de abril de 2009

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