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Laws of Panama

Resolución Nº 210 - Decomiso de instrumentos y materiales utilizados en los actos de tala, transporte o procesamiento de productos o subproductos forestales de procedencia ilegal

Made 2005-04-06 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

research.laws.repealedOn

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Caribbean Community (CARICOM)
Country
Panama
Subjects
Forestry
Keywords
forestry protection measures, timber extraction/logging, transport/storage, offences/penalties, legal proceedings/administrative proceedings, forest management/forest conservation

Where to read it

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Text

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  1. RESOLUCION AG--0210..2005 (De 6 de abrll de 2005) La suscrita Administradora General de la Autoridad Nacional del Ambiente, en ejercicio de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que la Constituci6n Politica de la Republica de Panama dispone, en su Articulo 116, que el Estado reglamentara, fiscalizari. y' aplica:ni oportunamente las· medidas necesarias para garantizar que la utilizaci6n y el aprovechamiento de Ios bosques, entre otros, se lleven a cabo racionalmente, · de rnanera que se evite su depredacion y se · asegure su preservaci6n, renovaci6n y pennanencia. N"lS~ Gaceta Oftdal, miercoles 27 de abril de 2005 Que en virtud del deber del Estado an~s mencionado se dict6 y promulg6 la Ley 1, de 3 de febrero de 1994, "Por la cu.al se establece la Legislaci6n Foresta! de la Republica de Panama y se dictan. otras disposiciones". Que la Ley de marras considera como infracciones a esta la adquisici6n, . transporte, transfonnaci6n y comercializaci6n de productos y subproductos fo~stales, sin el aniparo de los permisos, concesiones, guias u otros documentos que deba expedir la Autoridad Nacional del Ambiente. Que de acuerdo al Artfculo 90 de la Resoluci6n J. D. 05-98, "Por la cual se reglamenta la Ley 1, de 3 de febrero de 1994 y se dictan otras disposiciones", "El INRENARE (hoy ANAM), podra retener a los infractores, todo equipo,• herramienta y materiales utilizados en los actos de ta/a ilegal, destruccion de los rl!C1,lrsos forestales, transporte y procesamiento ·· de productos o subproductos forestales de procedencia ilegal o sin la guia de transporte forf!.ftal. Dicho instrumental sera' objeto de una evaluacion quejustifique su decomiso o devolucion ... " Que se requiere de una normativa que disponga respecto de los instrumentos, equipos, herramientas y materiales utili~dos en las infracciones ambientales en cuanto a recursos forestales. RESUELVE: ARTICULO I: Establecer el 1ramite para el decomiso de los instrumentos, herramientas y/o rnateriales utilizados en los actos de tala ilegal, destrucci6n de los recursos forestales,I tfatUQNlM&.,Pta procesamiento de productos o subproductos forestales de1>rucedencia ·· · ilegal o sin la guia de transporte forestal o fuera de los horarios establecidos por la ANAM para su transporte, como sigue-: Luego de retenidos los instrumentos, equipos, herramientas y/o materiales pr~ombrados en el Artfculo anterior se debera realizar una investigaci6n tendiente a determinar si la madera, ~ raz6n de la cual se retuvieron · los implementos antes mencionados, es de procedencia ilegal. Una vez acreditada la.ilegalidad de lo actuado (tala, transporte, destrucci6n de los recursos forestales, procesamiento) sc realizara un estudio evaluativo que justitique el decomiso de los instrumentos, herramientas y/o materiales, basado en la l1 Gaceta Oficial, miercoles 17 de abril de 2005 utilizaci6n de estos para la destrucci6n, transporte o procesamiento de productos o subproductos forestales de procedencia ileg~l. · Una vez acreditada la justificaci6n para la acci6n de decomiso, se decretara este, mediante Resoluci6n motivada. ARTiCULO 2: Deiegar, en los Administradores Regionales de la Autoridad Nacional del Ambiente, la responsabilidad, autoridad y competencia para retener, decomisar y proceder a la venta directa de los instru.nientos, herramientas y/o materiales, utiliz.ados para la destrucci6n, transporte o procesamiento de productos o subp:roductos forestales de procedencia ilegal, de confonnidad con la Resoluci6n No. 255 de. 17 de marzo de 1998, del Ministerio de Economia y Finanzas. ARTICULO 3: La presente Resoluci6n regira a partir de su promu1gaci6n en la Gaceta Oficial. FUNDAMENTO DE DERECHO: Constituci6n Politica de 1972, Ley No.41, de I de julio de 1998; Ley No.I, de 3 de febrero de 1994; Resoluci6n J. D. 05-98, Resoluci6n No.255 de 1998 y demas norm.as concordantes. Panama seis · (6) de abril PUBLIQUESE Y CUMPLASE, LIGIA C, DE DOENS Admlnistradora General de (2005). N°25,287

Resolución Nº 210 - Decomiso de instrumentos y materiales utilizados en los actos de tala, transporte o procesamiento de productos o subproductos forestales de procedencia ilegal · Nelum