Resolución Nº 199 - Especificaciones para el cultivo del tomate industrial en el Programa de competitividad agropecuaria
Made 2008-07-30 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Caribbean Community (CARICOM)
- Country
- Panama
- Subjects
- Cultivated plants
- Keywords
- plant production, vegetables/legumes, subsidy/incentive, internal trade, standards
- Categories
- agriculture
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Text
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REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO RESOLUCIÓN Nº DAL 199-ADM-2007, PANAMÁ 30 DE JULIO DE 2007 EL MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, en uso de sus facultades legales, CONSIDERANDO: Que el Consejo de Gabinete, mediante Resolución de Gabinete Nº 17 de 9 de febrero de 2007 aprueba la incorporación del tomate industrial en el Programa de Competitividad Agropecuaria. Que serán beneficiarios del Fideicomiso para el Programa de la Competitividad Agropecuaria, a todas las personas naturales o jurídicas que ejecuten inversiones, a partir del 1 de septiembre de 2006. Que se implementará el Fideicomiso, cuando se trate de inversiones en casas de cultivos, riego por goteo y fertirriego. Que luego de las consideraciones antes expuestas, RESUELVE: PRIMERO: adoptar la guía técnica (especificaciones) para el cultivo del tomate industrial, en el programa de competitividad agropecuaria, las cuales se describen a continuación: GUÍA TÉCNICA PARA EL CULTIVO DEL TOMATE INDUSTRIAL CASAS DE CULTIVO: 1. Área mínima de mil metros cuadrados (1,000 m²) 2. Ubicación geo - referenciada. 3. Perfil de la casa de cultivo: 4. Estructura de acero galvanizado Ventilación natural (cenital y lateral) Soportar ráfagas de viento de hasta 120 km./hora Túnel de acceso con doble entrada Acceso dotado con área de desinfección para el personal y herramientas. Plástico de cobertura con tratamiento ultravioleta (UV), tratamiento contra infrarrojos (IR), tratamiento antigoteo (AF) y antipolvo. Malla de protección contra insectos de 50 mesh como mínimo. Mesas y bandejas para levantamiento de plantones. Equipo de riego presurizado completo dotado de difusores. Controladores de temperatura y humedad. Cuarto de germinación Neveras para semilla. Área de depósito para la casa de cultivo. Sembradora mecánica. SISTEMAS DE RIEGO Y FERTIRRIEGO: 1. Plano y diseño del sistema firmado por un profesional idóneo, señalando cada uno de los vértices del polígono debidamente geo-referenciado. 2. Estación de bombeo, incluye motobomba o electro bomba, manguera de succión y válvula de pie. 3. Cabezal de control, incluye valvulería ( aire, alivio, no retorno, controladora de presión, volumétrica 4. Tuberías que incluye: tubería de conducción secundarias y de distribución con sus respectivos accesorios, deberán ser de PVC, SDR 41 o mangueras. 5. Laterales de goteo de mangueras de polietileno, con goteros integrados, con todos los accesorios, deberán ser de PVC, SDR 41 o mangueras. 6. Plástico para acolchado. 1No 26137 Gaceta Oficial Digital, miércoles 1 de octubre de 2008 • • • • • • • • 7. Canastas para la cosecha. SEGUNDO: Las inversiones realizadas dentro del marco señalado en la guía técnica (especificaciones) para el cultivo del tomate industrial, en el Programa de Competitividad Agropecuaria, pueden ser totales o parciales y serán reconocidas a partir del 1 de septiembre de 2006. TERCERO: La presente resolución empezará a regir a partir de su firma. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE GUILLERMO A. SALAZAR N. Ministro ERICK FIDEL SANTAMARÍA Viceministro 2No 26137 Gaceta Oficial Digital, miércoles 1 de octubre de 2008