Resolución Nº 1.425 - Modifica la Resolución Nº 1.423, Medidas sobre sistemas de aire condicionado tendientes a garantizar la prestación eficiente, continua e ininterrumpida del servicio público de electricidad
Made 2013-05-09 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Panama
- Subjects
- Energy
- Keywords
- energy conservation/energy production, internal trade, hydropower generation, renewable energy
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Text
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<!-- page 1 --> No 27283-B Gaceta Oficial Digital, jueves 9 de mayo de 2013 REPÚBLICA DE PANAMÁ SECRETARÍA NACIONAL DE ENERGÍA RESOLUCIÓN N* 1425 (De 9 de mayo de 2013) “Que modifica la Resolución No. 1423 de 7 de mayo de 2013” EL SECRETARIO DE ENERGÍA, En uso de sus facultades legales, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No, 1423 de 7 de mayo de 2013, se resolvió adoptar conjunta y coordinadamente con la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA) y el Centro Nacional de Despacho (CND), la ejecución de medidas regulatorias, operativas y técnicas necesarias, tendientes a garantizar la prestación eficiente, continua e ininterrumpida del servicio público de electricidad hasta que la Alerta de Racionamiento o de racionamiento decretada por el CND sea suspendida; Que en la cláusula tercera de la Resolución No. 1423 de 2013, se recomendó a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), tomar las medidas necesarias para mantener apagados los sistemas de aire acondicionado en horario entre 11:00 a.m. y 3:00 p.m., de oficinas comerciales, centros comerciales, comercios y demás, de manera tal de incrementar cl parque de generación actual durante el periodo de duración de la condición de Alerta de Racionamiento o de racionamiento decretada por el Centro Nacional de Despacho (CND). Que a pesar de las estrategias adoptadas para garantizar la prestación eficiente, continua e ininterrumpida del servicio público de electricidad, se hace necesario tomar medidas más enérgicas que coadyuven a superar la crisis energética que afecta actualmente al pais, Que es necesario coordinar con la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), la Empresa de Transmisión Eléctrica S.A. (ETESA), y el Centro Nacional de Despacho (CND) la ejecución de estrategias tendientes a disminuir la posibilidad de que la prestación eficiente, continua e ininterrumpida del servicio público de electricidad se vea afectada; Que contorme lo dispone el artículo 5 de la Ley 43 de 25 de abril de 2011, la Secretaría Nacional de Energía tiene entre sus funciones, el monitoreo y análisis del comportamiento del sector energía para la promoción de los planes y politicas de dicho sector, bajo la subordinación del Sao Ejecutivo y con la participación y debida coordinación de los agentes públicos y privados que participan en el mismo, en consecuencia; RESUELVE: PRIMERO: MODIFICAR la cláusula tercera de la Resolución No. 1423 de 7 de mayo de 2013. en el sentido de RECOMENDAR a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), que tome las medidas necesarias para mantener apagados los acondicionadores de aire en horario entre ocho de la mañana (8:00 a.m.) y cuatro de la tarde (4:00 p.m.), de
<!-- page 2 --> No 27283-B Gaceta Oficial Digital, jueves 9 de mayo de 2013 REPÉMLICA DE PANAMÁ SECRETARÍA HACHINAL 06 ENERGÍA RESOLUCIÓN pe 147s ed de mero de 21 oficinas comerciales, centros comerciales, comercios y demás, de manera tal de incrementar el parque de generación actual durante el periodo de duración de la condición de Alerta de Racionamiento o de racionamiento decretada por el Centro Nacional de Despacho (CND). SEGUNDO: RECOMENDAR a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), que en las oficinas del gobierno central, instituciones autónomas y semiautónomas, y municipales se mantengan apagados los acondicionadores de aire, con excepción de aquellas entidades que, por la naturaleza de los servicios que prestan, requieran el uso de este sistema, hasta que se revalúe la situación energética actual y ordene el levantamiento de dichas medidas. TERCERO: MANTENER vigente la Resolución No. 1423 de 7 de mayo de 2013, en todo lo demás. CUARTO: La presente resolución comenzará a regir a partir de su promulgación. FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 43 de 25 de abril de 2011. Dado en la Ciudad de Panamá, a los nueve (9) días del mes de mayo de dos mil trece (2013). COMUNÍQUESE Y CÚMP: VICENTE P B. Secretario de Energía