Ley Nº 16 - Modifica la Ley Nº 8, que crea los Tribunales Marítimos
Made 2013-03-21 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Act
- Organisation
- Caribbean Community (CARICOM)
- Country
- Panama
- Subjects
- Fisheries and aquaculture, Sea
- Keywords
- institution, alternative dispute settlement, legal proceedings/administrative proceedings, navigation, harbour, court/tribunal, governance
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1No 27252 Gaceta Oficial Digital, lunes 25 de marzo de 2013 LEY !{,, De4/de~ de2013 Que modifica un artículo de la Ley 8 de 1982, que crea los tribunales marltimos y dicta normas de procedimiento marltimo LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA: Articulo l. El anlculo 103 de la Ley 8 de 1982 queda así: Articulo 103. Siempr,: que es13 Ley r,:quiera que una parte d6 caución, la garantía consistirá en: 1. 2. 3. 4. s. Diruoro en efectivo que el interesado deberá consignar en el Banco Nacional de Panamá y obtener una certificación de depósito judicial. Las suma., de dinero deposita4,,paniiaadquis[ci~l\'. de.la certificación de depósito judicial .,--·· · r, JO :/ ~-::.'~., devengar~ ··lpl!:~ ).• la -~á: ·"!!m~c1al 4\!0 prevalezca en la praza, , ., .. ~ '· i 1t .. · " . ···,,~ ..... , ··. pag~ s á~:~~voluci6~ d e\,V~~'. consi~~- ~;.,, ~ nC.::ómntfas ,baiicarias, .. cbeques ceitülcáoos ·o de ge,encia gjrados . 0.,. ,.,.-¡ - . f. • • • • • r-:-· . conri:bíaicoo cori.lf~cia, R~QeeJ{~·¡;: R~µbÍi¿, de Panamá. Tí~;.-;¡i~ deu~ ·'~bli6a:~:{~i~~~ ~~o, ' ·~;;;¡ icsas autorizadas en •. :.:::; • ~- . \ :: · ·,.,. ,(;'->-;!.·; • t: P9' ¡ .P . la República de 1Pili).~¡n,· ~,i/a.la!..s.;-~iones\;'¡§:ua.ndo la garantía se J l .. ) ... , . ; . r-. .. . . . :~: - ,¡. ¡ I'' .,. ,,: co.~~~ en tít\'l<i• '~{td•!Í4! ",'.lb~ife' del E~!::.~t interesado deberá co~.si~,iO,~ en eJ}~f~}~~-{9~jl~~~á Y.·~~~~~ una certificación de ciepósi@;Judi~ial ci:i(?t~f ;~~í ;)ª ~nstitu~6n · de la glllailtia que presetilaf* al trib~. Tañi&iéµ~ ,ser' coosign.ados los titulos de deuda ' .. . .~ pública q~ se encuenú'en··d epositados electrónfcarnente en Wlá central de ·•., . .,. ...... , ····' custodia autorizada por la:Superintendencia del Mercado de Valor,:s. En ... ,., .. . ..· . este caso, el titulo valo; serl'depositado en la cuenta de custodia del Banco Nacional de Panamá y cs1e expedirá la certificación de depósito judicial correspondiente. Fianzas emitidas por compallias de seguro con licencia para operar en la República de Panamá. Cualqui.era otra garantía que las partes acuerden. En caso de que el Banco Nacional de Panamá estuviera cerrado, se podrá depositar la caución en dinero en efectivo o en cbeque certificado o en cbeque de gerencia en el tribunal, el cual hará la consignación correspondiente en dicho banco tan pronto como este pueda recibirlo, y obtendrá la certificación de depósito judicial que ag,egará al expediente. El SéerClarlo dejará constancia de ello en un informe escrito. 2No 27252 Gaceta Oficial Digital, lunes 25 de marzo de 2013 Art!culo 2. La presente Ley modífica el articulo 193 del Texto Único de la Ley 8 de 30 de m81'7.0 de 1982. Artlculo 3. Esta Ley comenz.ará a regir el día siguiente al de su promulgación. COMUNfQUESE Y C'ÚMPLASE. Proyecto SSS de 2013 aprobado en terccidebate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los veinte días del mes de febrero del afto dos mil trece. El Secretario General, w •, •, , .,, ,. ..... , . , ,,,. ' . ' ,.., .,. ·' ,,:, 2 3No 27252 Gaceta Oficial Digital, lunes 25 de marzo de 2013 ÓRGANO EJECUTIVO NACIONAL. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. PANAMÁ, REPÚBLICADEPANAMÁ, d(/ DE~DE 2013. DO FÁBRBGA Ministro RICARDO MARTINELLI BERROCAL Presidente de la República