Decreto Nº 454 - Manual de Procedimientos para la Solicitud y Desembolso de la Asistencia Financiera Directa y sus Modalidades a los Beneficiarios del Programa para la Transformación Agropecuaria
Made 2016-12-02 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Panama
- Subjects
- Agricultural and rural development
- Keywords
- agricultural development, financial agricultural measures, subsidy/incentive, credit, non-governmental entity, cooperative/producer organization, special fund, agricultural commodities, international trade, sustainable development
- Categories
- *
Where to read it
No source link is recorded for this law.
Text
The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.
1. Propiciar el crecimiento sostenido de las actividades agropecuarias del país, a fin de incrementar la producción alimentaria.
2. Mejorar la eficiencia económica de las diferentes etapas del proceso de producción y mercadeo, tanto en insumos como en productos y su calidad.
3. Lograr una activa y eficiente participación de las entidades públicas y privadas en el proceso de transformación agropecuaria del país.
4. Elevar la calidad de vida de los productores agropecuarios, en busca de su mayor incorporación al mercado.
5. Promover la reducción de los costos unitarios de los principales cultivos alimentarios o industriales de difícil sustitución para mantener la competitividad respecto a los productos importados.
6. Promover la reducción de los costos unitarios de los principales productos de exportación para mejorar su competitividad en los mercados externos.
7. Proponer alternativas productivas nuevas y más rentables relacionadas con la transformación agroindustrial y la agroexportación.
8. Fortalecer la gestión de los productores como actores principales de la transformación agropecuaria. C. Alcance Aplica a las unidades administrativas del Ministerio de Desarrollo Agropecuario y las Instituciones del Estado, implicadas en el funcionamiento del Programa para la Transformación Agropecuaria. D. Base Legal Constitución Política de la República de Panamá, vigente. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 10 Ley Núm.12 de 25 de enero de 1973, “Por la cual se crea el Ministerio de Desarrollo Agropecuario y señalan sus funciones y facultades”. Ley Núm.32 de 8 de noviembre de 1984, “Por la cual se adopta la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República”. Ley Núm.25 de 4 de junio de 2001, “Que dicta disposiciones sobre la Política Nacional para la Transformación Agropecuaria y su Ejecución”. Ley Núm.19 de 24 de enero de 2003, “Que modifica, adiciona y elimina Artículos de la Ley 25 de 2001, sobre la Política Nacional para la Transformación Agropecuaria y su Ejecución”. Ley Núm.44 de 15 de junio de 2015, “Que reforma Artículos de la Ley 25 de 2001 sobre la Política Nacional para la Transformación Agropecuaria”. Decreto Ejecutivo Núm.160 de 12 de septiembre de 2001, “Por el cual se Reglamenta la Ley Núm.25 de 4 de junio de 2001, que Dicta Disposiciones sobre la Policita Nacional para la Transformación Agropecuaria”. Decreto Ejecutivo Núm.9 de 12 de febrero de 2014, “Que reorganiza la Estructura Orgánica y Funcional del Ministerio de Desarrollo Agropecuario”. Decreto Ejecutivo Núm.105 de 28 de marzo de 2016, “Que Reglamenta la Ley 25 de 4 de junio de 2001, que dicta disposiciones sobre la Política Nacional para la Transformación Agropecuaria y su ejecución”. Decreto Núm.214-DGA, de 8 de octubre de 1999, “Por el cual se emiten las Normas de Control Interno Gubernamental para la República de Panamá”. Decreto Núm.211-2007-DMySC de 26 de junio de 2007, “Por el cual se crea el Departamento de Procedimientos de Fondos y Bienes Públicos en la Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad, de la Contraloría General de la República”. Decreto Núm.105-2014-DMySC de 10 de abril de 2014, “Por el cual se actualiza y formaliza la Estructura Orgánica de la Dirección Nacional de Métodos y Sistemas de Contabilidad de la Contraloría General de la República y se le otorga el carácter de Dirección Nacional”. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 11 II. CONTROLES INTERNOS A. Controles Generales
1. Le corresponde al Ministro de Desarrollo Agropecuario, a través de la Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria (UATA), velar por el cumplimiento del presente Manual de Procedimientos y aplicar las medidas correctivas y disciplinarias, en caso de incumplimiento del documento, según lo establecido en el Reglamento Interno del MIDA.
2. El MIDA tendrá un Fondo Especial para la Transformación Agropecuaria, cuyos recursos estarán dirigidos exclusivamente a conceder Asistencia Financiera Directa a productores agropecuarios.
3. El Fondo Especial para la Transformación Agropecuaria se alimentará de los recursos presupuestarios que se asignen para las actividades agropecuarias contempladas en la Ley Núm. 25 de 4 de junio de 2001, de las donaciones, de la recuperación de préstamos otorgados a través del Fondo y de los recursos derivados del financiamiento interno o externo, logrado para los propósitos que persigue esta Ley.
4. El Fondo Especial para la Transformación Agropecuaria, se manejará en la cuenta del Banco Nacional de Panamá.
5. Las transacciones deberán ser autorizadas y documentadas por aquellas personas que actúan dentro del ámbito de su competencia.
6. Deberá crearse un expediente para cada beneficiario del Fondo Especial para la Transformación Agropecuaria, el cual contendrá los documentos relativos al caso; el expediente presentará una secuencia numérica y debe completarse de forma clara y legible, además de contar con las firmas de las personas autorizadas.
7. Las autoridades del MIDA, no actuarán con desviación o abuso de poder y ejercerán su competencia exclusivamente para los fines previstos en la Ley.
8. Las personas naturales o jurídicas realizarán sus trámites, los cuales serán canalizados a través de la respectiva Dirección Regional del MIDA.
9. La Contraloría General de la República, ejercerá el control previo a través de sus fiscalizadores, mediante el refrendo, sin perjuicio de los controles concurrentes y posteriores que ésta implemente.
10. Los beneficiarios del Programa para la Transformación Agropecuaria podrán recibir el beneficio a través de: Asistencia Financiera Directa. Asistencia Financiera Directa – Modalidad de Anticipo. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 12 Asistencia Financiera Directa – Modalidad de Transferencia Directa de Fondos.
11. La Asistencia Financiera Directa, consistirá en un aporte monetario por parte del Programa para la Transformación Agropecuaria, a favor del beneficiario que haya cumplido a cabalidad con los requisitos establecidos en la Ley, cuyo monto estará en función del porcentaje establecido en la normativa aplicable respecto al rubro o actividad.
12. La Asistencia Financiera Directa - Modalidad de Anticipo, aplicará exclusivamente para productores enmarcados dentro de la categoría de autoconsumo y consistirá en un apoyo monetario por parte del Programa para la Transformación Agropecuaria para la realización de una sola inversión, la cual es vital para el éxito de la actividad productiva que se desarrolla.
13. La Asistencia Financiera Directa - Modalidad de Transferencia Directa de Fondos, aplicará exclusivamente para productores, enmarcados dentro de las categorías que así determine la Unidad de Transformación Agropecuaria y consistirá en un apoyo monetario, para la realización de diferentes inversiones en componentes necesarios para el desarrollo de un proyecto productivo.
14. Los beneficiarios del Programa para la Transformación Agropecuaria, no podrán transferir a otros, los recursos que reciban de la Asistencia Financiera Directaen cualquiera de sus modalidades.
15. Queda excluido de los beneficios del Programa para la Transformación Agropecuaria, el productor, toda persona natural o jurídica que haya sido beneficiado por el Estado, en un mismo componente de un rubro.
16. Para ser considerado como beneficiario del Programa para la Transformación Agropecuaria, se deberá cumplir con los siguientes requisitos: Personas naturales panameñas: Copia de cédula de identidad personal, debidamente notariada. Personas naturales extranjeras: Certificación por parte del MIDA, en donde se haga constar que ha ejercido la actividad agropecuaria por un período mayor de diez (10) años en el territorio nacional. Estatus migratorio, en donde se certifique la condición legal que tiene el solicitante extranjero en Panamá. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 13 Persona jurídica: Certificado de constitución de la sociedad anónima, emitido por el Registro Público de Panamá, en el cual conste la fecha de su inscripción. Certificación del propietario de las acciones de la sociedad anónima, por parte del custodio autorizado. Copia autenticada de las acciones de la sociedad anónima. Estatus migratorio del extranjero, en la cual se certifique la condición legal que tiene el miembro de la junta directiva.
17. Todas las actividades realizadas a través del Programa para la Transformación Agropecuaria, estarán sujetas a las auditorías sorpresivas y frecuentes, por parte del personal de Auditoría Interna del MIDA, sin perjuicio de las que realice la Contraloría General de la República.
18. Cuando se amerite anular cualquiera de los documentos utilizados en el Programa para la Transformación Agropecuaria, los originales y las copias deben sellarse con la leyenda “ANULADO”; además, deben permanecer en la libreta o en el documento que se trata, con el propósito de mantener la secuencia numérica y archivarse en orden secuencial.
19. Los documentos citados en el párrafo anterior deben presentar una secuencia numérica (cuando el documento lo requiera) preimpresa, completarse de forma clara y legible sin borrones, tachones, ni alteraciones y debe contar con las firmas de las personas autorizadas.
20. Los rubros, actividades, términos, requisitos y monto de los recursos de la Asistencia Financiera Directa del Programa para la Transformación Agropecuaria; serán regulados a través de las Normativas Técnicas, las cuales serán elaboradas por la Unidad de Administración para la Transformación Agropecuaria conjuntamente con el apoyo de las instancias técnicas competentes del MIDA.
21. Las normativas técnicas que serán aplicables para los diferentes rubros a considerar por el Programa para la Transformación Agropecuaria, serán aprobadas por el Ministro de Desarrollo Agropecuario.
22. Toda solicitud de Asistencia Financiera Directa, deberá corresponder a la inversión a realizar en un período de un (1) año, contado a partir de la fecha de presentación de la misma, cuya sustentación deberá comprobarse mediante facturas emitidas por entes comerciales legalmente establecidos y deberán corresponder al período programado para el ejecución de la inversión.
23. La solicitud de Asistencia Financiera Directa, no podrá sobrepasar el porcentaje reconocido en la Normativa Técnica aplicable. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 14
24. Toda Asistencia Financiera Directa será recomendada por la Comisión Nacional para la Transformación Agropecuaria, a través de Resolución.
25. Toda Asistencia Financiera Directa será aprobada por el Ministro de Desarrollo Agropecuario,| a través de Resolución.
26. El Equipo Técnico del MIDA estará conformado por: Extensionista del Área. Jefe de Agencia de Extensión Agropecuaria. Coordinador Regional de la Unidad para la Transformación Agropecuaria. Coordinadores Regionales del Programa para la Transformación Agropecuaria y de ser necesario, funcionario especialista de acuerdo al rubro. B. Controles para la Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria
27. La Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria será la responsable de ejecutar los lineamientos relacionados con la política nacional para la transformación agropecuaria, establecidos por el MIDA.
28. La Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria elaborará con el apoyo de las Instancias Técnicas del MIDA, las Normativas Técnicas que serán aplicables para los diferentes rubros y actividades a considerar por el Programa para la Transformación Agropecuaria.
29. Corresponde a la Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria asegurar la conservación y custodia de los expedientes originales, durante el período de tiempo que fijan las disposiciones legales vigentes.
30. Evaluará y presentará a la Comisión Nacional para la Transformación Agropecuaria (CNTA), para su recomendación, las solicitudes de Asistencia Financiera Directa, presentadas al Programa para la Transformación Agropecuaria.
31. Presentará al Ministro de Desarrollo Agropecuario, para su aprobación, las solicitudes de Asistencia Financiera Directa, recomendadas por la Comisión Nacional para la Transformación Agropecuaria.
32. La Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria, contará con el apoyo de las Unidades Administrativas, que contribuyan con el manejo y operación del Programa para la Transformación Agropecuaria. C. Controles para el Área de Tesorería
33. La Sección de Tesorería será la responsable del giro y custodia de cheques, además del pago correspondiente al beneficiario. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 15
34. La Sección de Tesorería tiene responsabilidad sobre la custodia de fondos y cheques; por ello es conveniente que las instalaciones físicas de las unidades de tesorería tengan ambientes con llave, muebles especiales, caja fuerte, bóvedas, etc., según la necesidad de cada situación.
35. La Cuenta Bancaria del Fondo Especial para la Transformación Agropecuaria, debe ser objeto de conciliación, con los estados de cuentas remitidos mensualmente por el Banco Nacional de Panamá. Así mismo, debe verificarse los saldos bancarios con los registros contables, según la Sección de Tesorería,.
36. La Oficina de Auditoría Interna del MIDA, debe revisar periódicamente las conciliaciones bancarias, con el objeto de asegurar su realización en forma oportuna y correcta. D. Controles para el Área de Contabilidad
37. Corresponde a la Sección de Contabilidad del MIDA, elaborar, revisar y registrar contablemente las Conciliaciones Bancarias del Programa para la Transformación Agropecuaria.
38. Todo registro contable debe estar sustentado con su respectiva documentación que evidencie la transacción.
39. Los documentos sustentadores de dichas transacciones, deben ser originales y estar debidamente sustentados con la firma de las personas delegadas para tal fin y reposarán en el expediente que se lleva para cada caso (Asistencia Financiera Directa).
40. Debe disponer de evidencia documental de las operaciones. Esta documentaciónestará disponible para su verificación por parte del personal de la Oficina de Auditoría Interna, Tribunales Competentes y la Contraloría General de la República, de acuerdo con las disposiciones que rigen sobre la materia.
41. Los registros de contabilidad del MIDA, deben estar sujetos a los métodos y procedimientos contables aprobados por la Contraloría General de la República, para el registro de las operaciones y la preparación de información financiera. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 16 III. PROCEDIMIENTOS A. Para ser Considerado como Beneficiario del Programa para la Transformación Agropecuaria
1. Productor Completa y entrega el Formulario de Inscripción (Formulario Núm.1) y requisitos establecidos, en la Dirección Regional del MIDA. Nota: Se deberá cumplir con los requisitos establecidos en el Capítulo II, artículo 7 del Decreto Ejecutivo Núm.105 de 28 de marzo de 2016.
2. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Dirección Regional Recibe y revisa el Formulario de Inscripción (Formulario Núm.1) y los requisitos. De cumplir con los requisitos exigidos, aprueba el Formulario de Inscripción (Formulario Núm.1). Entrega copia de Formulario de Inscripción (Formulario Núm.1) al productor, informándole que ha sido aprobado, para ser considerado como beneficiario del Programa para la Transformación Agropecuaria.
3. Productor Recibe copia de Formulario de Inscripción (Formulario Núm.1), el cual da fe de que el productor se encuentra inscrito en el Programa para la Transformación Agropecuaria. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 17 MAPA DE PROCESO PARA SER CONSIDERADO COMO BENEFICIARIO DEL PROGRAMA PARA LA TRANSFORMACIÓN AGROPECUARIA MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO PRODUCTOR DIRECCIÓN REGIONAL 1 2 3 DESCRIPCIÓN DE PROCESOS 1 Completa y entrega el Formulario de Inscripción y requisitos establecidos. Recibe y revisa Formulario de Inscripción y requisitos de cumplir con los requisitos exigidos, aprueba y 2 entrega copia de Formulario de Inscripción al productor informándole que ha sido aprobado para ser considerado como beneficiario del Programa para la Transformación Agropecuaria. Recibe copia de Formulario de Inscripción, el cual da fe de que el productor se encuentra inscrito en el 3 Programa para la Transformación Agropecuaria. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 18 B. Solicitud de Asistencia Financiera Directa 1. Productor Entrega en la Dirección Regional del MIDA nota (Anexo Núm.1) solicitando la visita, al lugar donde se desarrollará la actividad productiva.
2. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Dirección Regional Recibe y revisa nota (Anexo Núm.1), programa fecha y hora de visita al sitio donde se desarrollará la actividad productiva, objeto de la inversión a realizar. Proceden a realizar la visita el Extensionista del Área, Jefe de la Agencia de Extensión Agropecuaria y el Coordinador Regional del Programa para la Transformación Agropecuaria, conjuntamente con el productor. De cumplir con los requisitos exigidos, se completa el Formulario de Asistencia Financiera Directa (Formulario Núm.2), se entrega copia al productor.
3. Productor Entrega nota (Anexo Núm.2), en la Dirección Regional solicitando inspección técnica de campo, al sitio donde se desarrolló la actividad productiva. Adjunta a la nota (Anexo Núm.2) los comprobantes de inversión emitidos por entes comerciales legalmente establecidos y que corresponden al período programado para la ejecución de la inversión programada.
4. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Dirección Regional Recibe nota y documentos sustentadores. Comunica al productor y al Equipo Técnico, la fecha y hora programada para realizar la inspección técnica al sitio donde se desarrolló la actividad productiva. Nota: Dicha visita será programada, si se cumple con los requisitos exigidos.
5. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Equipo Técnico Realiza inspección técnica conjuntamente con el productor al sitio donde se desarrolló la actividad productiva, a fin de corroborar que la inversión programada fue ejecutada. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 19 Completa el Acta de Inspección Técnica (Formulario Núm.3) y de ser comprobada la inversión programada, según lo descrito en el Formulario de Asistencia Financiera Directa (Formulario Núm.2), el equipo técnico en pleno emitirá su concepto favorable. Remite el Acta de Inspección Técnica y los documentos sustentadores a la Dirección Regional del MIDA. Nota: En caso que la visita técnica del proyecto productivo encuentre una situación distinta a la contemplada en el Formulario de Asistencia Financiera Directa (Formulario Núm.2), se dejará constancia en el Acta de Inspección Técnica (Formulario Núm.3), sustentando de esta forma, que no se procederá al trámite de la Asistencia Financiera Directa.
6. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Dirección Regional Recibe y revisa el Acta de Inspección Técnica y documentos sustentadores. De cumplir con los requisitos exigidos, remite a la Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria.
7. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria (UATA) Recibe y revisa Acta de Inspección Técnica y documentos sustentadores. Verifica que cumpla con los requisitos exigidos, evalúa y presenta la solicitud de Asistencia Financiera Directa para su recomendación, ante la Comisión Nacional para la Transformación Agropecuaria.
8. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Comisión Nacional para la Transformación Agropecuaria Recomienda, la solicitud de Asistencia Financiera Directa presentada al Programa para la Transformación Agropecuaria, mediante Resolución. Remite la Resolución a la Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria.
9. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria (UATA) Recibe y revisa la Resolución, respecto a la recomendación por parte de la Comisión Nacional para la Transformación Agropecuaria. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 20 Presenta para su aprobación al Ministro de Desarrollo Agropecuario, la solicitud de Asistencia Financiera Directa, recomendada por la Comisión Nacional para la Transformación Agropecuaria.
10. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Ministro Recibe y revisa la solicitud de Asistencia Financiera Directa, recomendada por la Comisión Nacional para la Transformación Agropecuaria. Emite Resolución aprobando o negando lo concerniente a la Asistencia Financiera Directa. Remite la Resolución a la Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria.
11. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria (UATA) Recibe y revisa la Resolución aprobando o negando lo concerniente a la Asistencia Financiera Directa del Programa para la Transformación Agropecuaria. Adjunta la Resolución al Expediente. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 21 MAPA DE PROCESO SOLICITUD DE ASISTENCIA FINANCIERA DIRECTA MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO UNIDAD COMISIÓN PRODUCTOR ADMINISTRATIVA NACIONAL DIRECCIÓN EQUIPO PARA LA PARA LA MINISTRO REGIONAL TÉCNICO TRANSFORMACIÓN TRANSFORMACIÓN AGROPECUARIA AGROPECUARIA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 DESCRIPCIÓN DE PROCESOS Entrega nota solicitando visita, al lugar donde se Recibe y revisa documentos, evalúa y presenta a la CNTA 1 desarrollará la actividad productiva. 7 para su recomendación, la solicitud de Asistencia Financiera Directa Realiza visita, completa el Formulario de Asistencia Recomienda, la solicitud de Asistencia Financiera Directa 2 Financiera Directa entrega copia al productor. 8 mediante Resolución y remite a la UATA. Entrega nota solicitando inspección técnica de campo al 3 sitio donde se desarrolló la actividad productiva. Recibe y revisa Resolución y presenta al Ministro para su 9 aprobación. Comunica al productor y al Equipo Técnico la fecha y 4 hora programada para realizar la inspección técnica. Emite Resolución aprobando o negando lo concerniente a 10 la Asistencia Financiera Directa. Realiza inspección técnica al sitio donde se desarrolló la 5 actividad productiva y completa Acta de Inspección Técnica 11 Recibe y revisa Resolución y adjunta a expediente Recibe y revisa documentos. De cumplir con los 6 requisitos exigidos, remite a la UATA. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 22 C. Asistencia Financiera Directa – Modalidad Anticipo 1. Productor Entrega nota en la Dirección Regional del MIDA, solicitando Asistencia Financiera Directa - Modalidad Anticipo.
2. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Dirección Regional Recibe y revisa nota, programa fecha y hora de visita técnica al sitio donde se desarrollará la actividad productiva. Comunica al productor y al Equipo Técnico, la fecha y hora programada para realizar la visita técnica.
3. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Equipo Técnico Realiza visita técnica, conjuntamente con el productor, al sitio donde se desarrollará la actividad productiva. Efectúa un análisis pormenorizado sobre la viabilidad el Equipo Técnico del MIDA. De cumplir con los requisitos exigidos completa el Formulario de Asistencia Financiera Directa Especial (Formulario Núm. 4), Remite el expediente a la Dirección Regional. Nota: De no cumplirse con las actividades en cuanto a la inversión a realizar, la solicitud de Asistencia Financiera Directa- Modalidad Anticipo, será anulada. 4. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Dirección Regional Recibe y revisa Expediente. De cumplir con los requisitos exigidos, remite a la Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria.
5. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria (UATA) Recibe el expediente y verifica que cumpla con los requisitos exigidos. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 23 Evalúa y presenta la solicitud de Asistencia Financiera Directa- Modalidad Anticipo ante la Comisión Nacional para la Transformación Agropecuaria, para su recomendación.
6. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Comisión Nacional para la Transformación Agropecuaria Recomienda mediante Resolución, la solicitud de Asistencia Financiera Directa- Modalidad Anticipo, presentada al Programa para la Transformación Agropecuaria. Remite la Resolución a la Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria.
7. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria (UATA) Recibe y revisa la Resolución respecto a la recomendación por parte de la Comisión Nacional para la Transformación Agropecuaria. Presenta para su aprobación, la solicitud de Asistencia Financiera Directa - Modalidad Anticipo al Ministro de Desarrollo Agropecuario, recomendada por la Comisión Nacional para la Transformación Agropecuaria.
8. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Ministro Recibe y revisa la Resolución, respecto a la recomendación por parte de la Comisión Nacional para la Transformación Agropecuaria. Emite la Resolución aprobando o negando lo concerniente a la Asistencia Financiera Directa - Modalidad Anticipo. Remite la Resolución a la Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria.
9. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria (UATA) Recibe y revisa la Resolución aprobando o negando lo concerniente a la Asistencia Financiera Directa - Modalidad Anticipo del Programa para la Transformación Agropecuaria. Adjunta la Resolución al Expediente. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 24 MAPA DE PROCESO DESCRIPCIÓN DE PROCESOS Entrega nota, solicitando Asistencia Financiera Directa - Recibe y revisa expediente, evalúa y presenta a la CNTA 5 1 Modalidad Anticipo para su recomendación. Recomienda, la solicitud Asistencia Financiera Directa - Recibe y revisa nota, programa fecha y hora de visita 6 Modalidad Anticipo mediante resolución. 2 técnica al sitio donde se desarrollará la actividad productiva. Recibe y revisa Resolución y presenta al Ministro para su 7 aprobación. Realiza visita técnica, de cumplir con los requisitos 3 exigidos, completa el Formulario de Asistencia Financiera Emite Resolución aprobando o negando lo concerniente a Directa Especial. 8 la Asistencia Financiera Directa - Modalidad Anticipo. 4 Recibe y revisa expediente y remite a la UATA. 9 Recibe y revisa Resolución y adjunta a expediente. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 25 D. Asistencia Financiera Directa – Modalidad Transferencia Directa de Fondos
1. Productor Entrega nota en la Dirección Regional del MIDA, solicitando Asistencia Financiera Directa- Modalidad Transferencia Directa de Fondos.
2. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Dirección Regional Recibe y revisa nota, programa fecha y hora de visita técnica al sitio donde se desarrollará la actividad productiva. Comunica al productor y al Equipo Técnico, la fecha y hora programada para realizar la visita técnica.
3. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Equipo Técnico Realiza visita técnica, conjuntamente con el productor, al sitio donde se desarrollará la actividad productiva. Efectúa un análisis pormenorizado sobre la viabilidad el Equipo Técnico del MIDA. De cumplir con los requisitos exigidos, completa el Formulario de Asistencia Financiera Directa Especial (Formulario Núm.4). Remite el expediente a la Dirección Regional.
4. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Dirección Regional Recibe y revisa el expediente. De cumplir con los requisitos exigidos, remite a la Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria.
5. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria (UATA) Recibe el expediente, verifica que cumpla con los requisitos exigidos. De cumplir con los requisitos exigidos, evalúa y presenta a la Comisión Nacional para la Transformación Agropecuaria para su recomendación, la Solicitud de Asistencia Financiera Directa, Modalidad Transferencia Directa de Fondos. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 26
6. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Comisión Nacional para la Transformación Agropecuaria Recomienda mediante Resolución, la Solicitud de Asistencia Financiera Directa - Modalidad Transferencia Directa de Fondos. Remite la Resolución a la Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria.
7. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria (UATA) Recibe y revisa la Resolución, respecto a la recomendación por parte de la Comisión Nacional para la Transformación Agropecuaria. Presenta al Ministro de Desarrollo Agropecuario la solicitud de Asistencia Financiera Directa - Modalidad Transferencia Directa de Fondos, para su aprobación, recomendada por la Comisión Nacional para la Transformación Agropecuaria.
8. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Ministro Recibe y revisa la Resolución, respecto a la recomendación por parte de la Comisión Nacional para la Transformación Agropecuaria. Emite Resolución aprobando o negando lo concerniente a la Asistencia Financiera Directa -Modalidad Transferencia Directa de Fondos. Remite la Resolución a la Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria.
9. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria (UATA) Recibe y revisa la Resolución aprobando o negando lo concerniente a la Asistencia Financiera Directa -Modalidad Transferencia Directa de Fondos del Programa para la Transformación Agropecuaria. Adjunta la Resolución al Expediente. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 27 MAPA DE PROCESO DESCRIPCIÓN DE PROCESOS Entrega nota, solicitando Asistencia Financiera Directa Recomienda, la solicitud de Asistencia Financiera Directa 1 Modalidad Transferencia Directa de Fondos. 6 Modalidad Transferencia Directa de Fondos, mediante Resolución. Recibe y revisa nota, programa visita técnica al sitio Recibe y revisa Resolución y presenta al Ministro para su 2 donde se desarrollará la actividad productiva. 7 aprobación. Realiza visita, de cumplir con los requisitos exigidos, Emite Resolución aprobando o negando lo concerniente a 3 completa el Formulario de Asistencia Financiera Directa 8 la Asistencia Financiera Directa Modalidad Transferencia Especial Directa de Fondos. 4 Recibe y revisa Expediente y remite a la UATA. 9 Recibe y revisa Resolución y adjunta a expediente Recibe y revisa expediente, evalúa y presenta a la CNTA 5 para su recomendación. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 28 E. Desembolso de la Asistencia Financiera Directa y sus modalidades
1. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria (UATA) Elabora nota dirigida al Director de Administración y Finanzas, solicitando la confección de cheque, adjunta la documentación sustentadora. Remite a la Dirección de Administración y Finanzas.
2. Dirección de Administración y Finanzas Sección de Registro y Control del Gasto Recibe nota de solicitud de confección de cheque y la documentación sustentadora. Realiza el registro presupuestario, coloca sello y firma. Remite a la Sección de Contabilidad.
3. Dirección de Administración y Finanzas Sección de Contabilidad Recibe nota de solicitud de confección de cheque y la documentación sustentadora. Realiza el registro contable, coloca sello y firma. Remite a la Sección de Tesorería.
4. Dirección de Administración y Finanzas Sección de Tesorería Recibe nota de solicitud de confección de cheque y la documentación sustentadora, de estar acorde, confecciona el cheque. Sella y firma el Comprobante de Pago de cheque y envía la documentación sustentadora a la Sección de Registro y Control del Gasto.
5. Dirección de Administración y Finanzas Sección de Registro y Control del Gasto Recibe el cheque y la documentación sustentadora, verifica y registra el pago del cheque. Envía el cheque y la documentación sustentadora al Director de Administración y Finanzas.
6. Dirección de Administración y Finanzas Director Recibe y verifica el cheque y la documentación sustentadora. Firma el cheque y lo envía a la Oficina de Fiscalización de la Contraloría General de la República. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 29 Nota: Los cheques serán firmados de acuerdo a la delegación de firmas vigente, según los montos establecidos.
7. Ministerio de Desarrollo Agropecuario Contraloría General de la República - Oficina de Fiscalización Recibe el cheque y la documentación sustentadora, realiza el examen previo de fiscalización, de no tener objeción se refrenda el cheque, según el monto de delegación de refrendo que le haya sido autorizado por el Contralor General de la República. Remite a la Sección de Tesorería. Nota: Los expedientes mayores de B/.25,000.00 vinculados al Programa de Transformación Agropecuaria – Ley 25 de 4 de mayo de 2001, deberán ser enviados para su evaluación a la Dirección de Asesoría Económica y Financiera de la Contraloría General de la República, según consta en la Nota 0029-2013-DAEF del 8 de febrero de 2012.
8. Dirección de Administración y Finanzas Sección de Tesorería Recibe el cheque y la documentación sustentadora. Verifica que el cheque esté debidamente firmado por el Director de Administración y Finanzas o a quien se delegue y refrendado por el Delegado de la Contraloría General de la República. Envía a la Dirección Regional - Tesorería para su entrega al beneficiario. Nota: Remite el expediente para su archivo a la Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria.
9. Dirección Regional de Servicios Agropecuarios Tesorería Recibe y revisa el cheque, notifica y entrega al beneficiario. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 30 MAPA DE PROCESO DESCRIPCIÓN DE PROCESOS 1 Elabora nota solicitando la confección de cheque. 6 De estar conforme firma cheque. 2 Recibe y revisa nota, realiza registra presupuestario. Realiza el examen previo de fiscalización, de no tener 7 objeción se refrenda el cheque. 3 Realiza el registro contable. 8 Recibe cheque y verifica que esté debidamente firmado y Confecciona cheque, sella y firma comprobante de pago refrendado. 4 de cheque. 9 Recibe y revisa cheque, notifica y entrega al beneficiario. 5 Recibe cheque, registra el pago del cheque. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 31 IV. RÉGIMEN DE FORMULARIOS No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 32 No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 33 Formulario Núm. 1 FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN INSTRUCTIVO: CÓDIGO: Número de identificación del Beneficiario. # Productor: Número en orden ascendente iniciando a partir del número uno. Llenar el formulario de inscripción en cada agencia. Agencia: Número de la Agencia de Extensión Agropecuaria en la Dirección Regional. Regional: Número de la Dirección Regional en el País. FECHA DE INSCRIPCIÓN: Fecha en la que se realiza la Inscripción. INFORMACIÓN GENERAL DEL PRODUCTOR /EMPRESA Nombre del productor: Identificación de la persona de acuerdo a la Dirección de Registro Civil del Tribunal Electoral. Cédula: Número del documento de identidad personal. Dirección residencial: Sitio donde habita la persona. Número de teléfono: Número asignado al servicio telefónico (residencial). Número de celular: Número asignado al servicio telefónico móvil. Correo electrónico: Cuenta personal creada para la comunicación vía web. Persona Jurídica Nombre de la Empresa: Identificación que aparece en el Registro Público. RUC: Registro Único Comercial. DV: Dígito Verificador. Cédula del Representante Legal: Número del documento de identidad personal. Número de Teléfono: Número Asignado al servicio telefónico. Número de Celular: Número Asignado al servicio telefónico móvil. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 34 Número de Fax: Sistema de comunicación que permite enviar y recibir información gráfica a través de la línea telefónica. Correo electrónico: Cuenta personal creada para la comunicación vía web (Representante Legal). LOCALIZACIÓN Y CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL PROYECTO Provincia: Ubicación política que corresponde al sitio. Distrito: Ubicación política que corresponde al sitio. Corregimiento: Ubicación política que corresponde al sitio. Localidad: El sitio donde se ubica el predio donde se desarrolla la actividad productiva. Coordenadas 1: Punto donde se va a realizar las actividades dentro del establecimiento productivo de acuerdo al sistema de posicionamiento global. Coordenada 2: Punto donde se va a realizar las actividades dentro del establecimiento productivo de acuerdo al sistema de posicionamiento global. Tamaño (Ha): Superficie en hectáreas con que cuenta el predio. Tenencia de la Propiedad Propia: Si el propietario del predio tiene título de la propiedad. Derecho posesorio: Si es el propietario sin título de propiedad. Alquilada: Tiene acceso a la tierra en arrendamiento. Descripción de la principal actividad Anotación general respecto a la actividad productiva que productiva: desarrolla el productor. Nombre del Beneficiario: Nombre del productor que solicita el apoyo con la Asistencia Financiera Directa. Firma: Escribir a mano su nombre y apellido acompañado de una rúbrica documento de identidad personal. N° de Cédula: Número de identidad personal asignado al momento de ser inscrito en el Registro Civil. Fecha de entrega: Fecha, según el calendario, en que se entrega este Formulario de Inscripción. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 35 Nombre del Extensionista: Nombre del Extensionista en el cual está suscrito el establecimiento productivo. Firma: Escribir a mano su nombre y apellido acompañado de una rúbrica como aparece en la cédula. Fecha: Fecha, según el calendario, en que recibe y se llena este Formulario de Inscripción. Nombre del Jefe de la Agencia: Nombre del Jefe de Agencia de Extensión Agropecuaria donde está suscrito el establecimiento productivo. Firma: Escribir a mano su nombre y apellido acompañado de una rúbrica como aparece en la cédula. Fecha: Fecha, según el calendario, en que recibe y se llena este Formulario de Inscripción. Nombre del Director Regional: Nombre del Director Regional (Persona encargada de los temas relacionados a una región específica). Firma: Escribir a mano su nombre y apellido acompañado de una rúbrica como aparece en la cédula. Fecha: Fecha, según el calendario, en que recibe y se llena este Formulario de Inscripción. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 36 No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 37 No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 38 Formulario Núm. 2 FORMULARIO DE ASISTENCIA FINANCIERA DIRECTA INSTRUCTIVO: CÓDIGO: Número de identificación del Beneficiario. # Productor: Número en orden ascendente iniciando a partir del número uno. Llenar el formulario de inscripción en cada agencia. Agencia: Número de la Agencia de Extensión Agropecuaria en la Dirección Regional. Regional: Número de la Dirección Regional en el país. FECHA DE INSCRIPCIÓN: Fecha en la que se realiza la Inscripción. INFORMACIÓN GENERAL DEL PRODUCTOR / EMPRESA Cédula: Número del documento de identidad personal. Dirección residencial: Sitio donde habita la persona. Número de teléfono: Número asignado al servicio telefónico (residencial). Número de celular: Número asignado al servicio telefónico móvil. Correo electrónico: Cuenta personal creada para la comunicación vía web. Persona Jurídica: Nombre de la Empresa: Identificación que aparece en el Registro Público. RUC: Registro Único Comercial. DV: Dígito Verificador. Nombre del Representante legal: Identificación de la persona que ejerce la representación legal de la empresa. Cédula del Representante Legal: Número del documento de identidad personal. Número de Teléfono: Número asignado al servicio telefónico. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 39 Número de Celular: Número asignado al servicio telefónico móvil. Número de Fax: Sistema de comunicación que permite enviar y recibir información gráfica a través de la línea telefónica. Correo electrónico: Cuenta personal creada para la comunicación vía web (Representante Legal). LOCALIZACIÓN Y CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL PROYECTO Provincia: Ubicación política que corresponde al sitio. Distrito: Ubicación política que corresponde al sitio. Corregimiento: Ubicación política que corresponde al sitio. Localidad: El sitio donde se ubica el predio donde se desarrolla la actividad productiva. Coordenadas 1: Punto donde se va a realizar las actividades dentro del establecimiento productivo, de acuerdo al sistema de posicionamiento global. Coordenada 2: Punto donde se va a realizar las actividades dentro del establecimiento productivo, de acuerdo al sistema de posicionamiento global. Nº Registro de Finca: Número de registro de la finca: Identificación del predio en el Registro Público. Tamaño (Ha): Superficie en hectáreas con que cuenta el predio. Tenencia de la Propiedad Propia: Si el propietario del predio tiene título de la propiedad. Derecho posesorio: Si es el propietario sin título de propiedad. Alquilada: Tiene acceso a la tierra en arrendamiento. Rubro o Actividad a Desarrollar: Indique que rubro o actividad desarrollará. Modalidad de Asistencia: Financiera Directa Indique bajo que modalidad se efectuará. I - DIAGNÓSTICO Y SITUACIÓN ACTUAL DEL PROYECTO Año de inicio de la actividad: Inicio de la actividad como productor (desde cuando No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 40 es productor). Servicio eléctrico: Si cuenta con cableado eléctrico de 110 voltios o 220 voltios. Topografía: Relieve del predio. Plana: Cuando más del 80 % tiene pendiente de menos de cinco grados. Ondulada: Pendiente que va de cinco grados a treinta grados. Accidentada: Pendiente que tiene más de treinta grados. Nacionalidad: Estado o situación propia de las personas que pertenecen a una nación o país y poseen el derecho de ciudadanía. Panameño: Estado migratorio del peticionario (nacido en Panamá o extranjero que haya adquirido la ciudadanía Panameña). Extranjero: Que es o procede de otro país. Residente: Se aplica al extranjero o a sus dependientes que quieran permanecer en Panamá, luego de transcurrido el período de dos años de residir en Panamá. Acceso a la Finca: Facilidad para llegar al establecimiento productivo. Siempre: Acceso por vía terrestre en ambas épocas del año tanto en época lluviosa como en época seca. Solo en época seca: Por motivo de lluvias no tiene acceso por carretera al establecimiento productivo solo en época seca. Fuentes de Agua: Natural: Principalmente las fuentes de agua para consumo humano y animal que provienen de ríos, riachuelos, lagos, quebradas, etc. (Agua dulce y no requiere mayor tratamiento). Pozo: Cuenta con un pozo perforado, agujero, excavación o túnel vertical artificial (hecha por la mano del hombre) para hacer uso del agua subterránea. Ambas: Cuando se hace uso de fuentes de agua natural y artificial. Reside en la Finca: El peticionario reside en el establecimiento productivo. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 41 Si: Afirmativo. No: Negativo. Fuente de financiamiento: De donde provienen los fondos. Crédito: Solicitud de financiamiento ante una entidad crediticia. Propio: Fondos propios del peticionario. II - DESCRIPCIÓN DE LOS Situación técnica actual del establecimiento en los COMPONENTES PRESENTES EN LA componentes que existen en el momento de llenar el FINCA formulario. Genética: Descripción Genotípica y Fenotípica del material vegetativo o animal descrito en cada normativa de acuerdo al rubro. Nutrición: Descripción del material utilizado como medio de fertilización o alimentación descrito en cada normativa de acuerdo al rubro. Infraestructura y Equipos: Estructura dentro del estableciendo productivo y equipos de apoyo descrita en cada normativa de acuerdo al rubro. Sanidad: Control de plagas y enfermedades en establecimientos productivos descrita en cada normativa de acuerdo al rubro. Manejo: Asistencia técnica utilizada en el establecimiento productivo descrita en cada normativa de acuerdo al rubro. Ambiental: Componentes que protegen los recursos naturales en el establecimiento productivo descrito en cada normativa de acuerdo al rubro. Comercialización: Medios de comercialización que se utiliza para vender sus productos descritos en cada uno de las normativas. III - PROPUESTA DE INVERSION A REALIZAR Componente: Actividad de Transformación basada en una normativa. Inversión total: Costo total para cada componente. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 42 Monto Reconocido: Monto máximo reconocido en la normativa para dicho componente. Asistencia Financiera Directa: Monto del beneficio por Asistencia Financiera Directa basado en un porcentaje del monto reconocido establecido en la normativa. Total: Monto total reconocido. IV - INDICADORES PRODUCTIVOS A Información de seguimiento para evaluar la MEJORAR transformación realizada en el establecimiento productivo. Indicador: Parámetro basado en la normativa que permite medir un cambio. Estado actual: Como se encuentra el parámetro en el momento de llenar la información. Proyección: Cuando se requiere lograr alcanzar un cambio positivo en el establecimiento productivo. Años: Tiempo establecido en años calendario que debe tomar para cambiar los parámetros del estado actual a la proyección. Nombre del Beneficiario: Nombre del productor que solicita el apoyo con la Asistencia Financiera Directa. Firma: Escribir a mano su nombre y apellido acompañado de una rúbrica como aparece en la cédula. N° de cédula: Número de identidad personal asignado al momento de ser inscrito en el Registro Civil. Nombre del Extensionista: Nombre del Extensionista del Área en el cual está suscrito el establecimiento productivo. Firma: Escribir a mano su nombre y apellido acompañado de una rúbrica como aparece en la cédula. N° Cédula: Número de identidad personal asignado al momento de ser inscrito en el registro Civil. Nombre del Jefe de Agencia: Nombre del Jefe de Agencia de Extensión Agropecuaria donde está suscrito el establecimiento productivo. Firma: Escribir a mano su nombre y apellido acompañado de una rúbrica como aparece en la cédula. N° Cédula: Número de identidad personal asignado al momento de ser inscrito en el Registro Civil. Nombre del Coordinador Regional: Nombre del Coordinador Regional del Programa para la Transformación Agropecuaria. Firma: Escribir a mano su nombre y apellido acompañado No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 43 de una rúbrica como aparece en la cédula. N° Cédula: Número de identidad personal asignado al momento de ser inscrito en el Registro Civil. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 44 No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 45 No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 46 Formulario Núm. 3 ACTA DE INSPECCIÓN TÉCNICA INSTRUCTIVO: CÓDIGO: Número de identificación del Beneficiario. # Productor: Número en orden ascendente iniciando a partir del número uno. Llenar el formulario de inscripción en cada agencia. Agencia: Número de la Agencia de Extensión Agropecuaria en la Dirección Regional. Regional: Número de la Dirección Regional en el País. FECHA DE INSCRIPCIÓN: Fecha en la que se realiza la Inscripción. INFORMACIÓN GENERAL DEL PRODUCTOR / EMPRESA Persona Natural Nombre del productor: Identificación de la persona de acuerdo a la Dirección de Registro Civil del Tribunal Electoral. Cédula: N° del documento de identidad personal. Dirección residencial: Sitio donde habita la persona. Número de teléfono: Número asignado al servicio telefónico (residencial). Número de celular: Número asignado al servicio telefónico móvil. Correo electrónico: Cuenta personal creada para la comunicación vía web. Persona Jurídica Nombre de la Empresa: Identificación que aparece en el Registro Público. RUC: Registro Único Comercial. DV: Dígito Verificador. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 47 Nombre del Representante Legal: Identificación de la persona que ejerce la representación legal de la empresa. Cédula del Representante Legal: Número del documento de identidad personal. Número de Teléfono: Número Asignado al servicio telefónico. Número de Celular: Número Asignado al servicio telefónico móvil. Número de Fax: Sistema de comunicación que permite enviar y recibir información gráfica a través de la línea telefónica. Correo electrónico: Cuenta personal creada para la comunicación vía web (Representante Legal). LOCALIZACIÓN Y CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL PROYECTO Provincia: Ubicación política que corresponde al sitio. Distrito: Ubicación política que corresponde al sitio. Corregimiento: Ubicación política que corresponde al sitio. Localidad: El sitio donde se ubica el predio donde se desarrolla la actividad productiva. Coordenadas 1: Punto donde se va a realizar las actividades dentro del establecimiento productivo de acuerdo al sistema de posicionamiento global. Coordenada 2: Punto donde se va a realizar las actividades dentro del establecimiento productivo de acuerdo al sistema de posicionamiento global. Nº Registro de Finca: Número de registro de la finca: Identificación del predio en el Registro Público. Tamaño (Ha): Superficie en hectáreas con que cuenta el predio. Tenencia de la Propiedad Propia: Si el propietario del predio tiene título de la propiedad. Derecho posesorio: Si es el propietario sin título de propiedad. Alquilada: Tiene acceso a la tierra en arrendamiento. Rubro o Actividad a Desarrollar Indique que rubro o actividad desarrollará. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 48 Modalidad de Asistencia Financiera Directa I- INSPECCION TÉCNICA A INVERSIÓN Evaluación general de todo el sistema productivo REALIZADA establecido en la normativa correspondiente. Evaluación técnica del Proyecto Productivo: Revisión por parte de grupo técnico del establecimiento productivo y las inversiones propuestas por el peticionario. Evaluación técnica de los componentes de Revisión técnica de cada uno de los componentes Inversión Realizada: propuestos y establecidos en la normativa correspondiente. II - PROPUESTA DE INVERSIÓN REALIZADA Cuadro de componentes realizados en el establecimiento productivo. Componente: Actividad de Transformación basada en una normativa. Inversión total: Costo total para cada componente. Monto Reconocido: Monto máximo reconocido en la normativa para dicho componente. Asistencia Financiera Directa: Monto del beneficio por Asistencia Financiera Directa basado en un porcentaje del monto reconocido establecido en la normativa. Total: Monto total reconocido. Observaciones: Cualquier tipo de información adicional en consenso con el equipo técnico. Nombre del Extensionista: Nombre del Extensionista del Área en el cual está suscrito el establecimiento productivo. Firma: Escribir a mano su nombre y apellido acompañado de una rúbrica como aparece en la cédula. Cédula: Número de identidad personal asignado al momento de ser inscrito en el Registro Civil. Nombre del Jefe de Agencia: Nombre del Jefe de Agencia de Extensión Agropecuaria donde está suscrito el establecimiento productivo. Firma: Escribir a mano su nombre y apellido acompañado de una rúbrica como aparece en la cédula. Cédula: Número de identidad personal asignado al No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 49 momento de ser inscrito en el Registro Civil. Nombre del Coordinador UATA: Nombre del Coordinador Regional de la Unidad para la Transformación Agropecuaria. Firma: Escribir a mano su nombre y apellido acompañado de una rúbrica como aparece en la cédula. Cédula: Número de identidad personal asignado al momento de ser inscrito en el Registro Civil. Nombre del Coordinador Regional: Nombre de la persona encargada de revisar el proyecto en la Regional (de acuerdo al rubro). Firma: Escribir a mano su nombre y apellido acompañado de una rúbrica como aparece en la cédula. Cédula: Número de identidad personal asignado al momento de ser inscrito en el Registro Civil. Nombre del Coordinador Regional: Nombre de la persona encargada de revisar el proyecto en la Regional (de acuerdo a la Normativa Técnica). Firma: Escribir a mano su nombre y apellido acompañado de una rúbrica como aparece en la cédula. Cédula: Número de identidad personal asignado al momento de ser inscrito en el Registro Civil. Nombre del Productor: Nombre del productor que solicita el apoyo con la Asistencia Financiera Directa. Firma: Escribir a mano su nombre y apellido acompañado de una rúbrica como aparece en la cédula. Cédula: Número de identidad personal asignado al momento de ser inscrito en el Registro Civil. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 50 No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 51 No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 52 No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 53 Formulario Núm. 4 ASISTENCIA FINANCIERA DIRECTA BAJO MODALIDADES ESPECIALES INSTRUCTIVO: CÓDIGO: Número de identificación del Beneficiario. # Productor: Número en orden ascendente iniciando a partir del número uno. Llenar el formulario de inscripción en cada agencia. Agencia: Número de la Agencia de Extensión Agropecuaria en la Dirección Regional. Regional: Número de la Dirección Regional en el País. FECHA DE INSCRIPCIÓN: Fecha en la que se realiza la Inscripción. INFORMACIÓN GENERAL DEL PRODUCTOR Persona Natural Nombre del productor: Identificación de la persona de acuerdo a la Dirección de Registro Civil del Tribunal Electoral. Cédula: Número del documento de identidad personal. Dirección residencial: Sitio donde habita la persona. Número de teléfono: Número asignado al servicio telefónico (residencial). Número de celular: Número asignado al servicio telefónico móvil. Correo electrónico: Cuenta personal creada para la comunicación vía web. Persona Jurídica Nombre de la Empresa: Identificación que aparece en el Registro Público. RUC: Registro Único Comercial. DV: Dígito Verificador. Nombre del Representante legal: Identificación de la persona que ejerce la representación legal de la empresa. Cédula del Representante Legal: Número del documento de identidad personal. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 54 Número de Teléfono: Número Asignado al servicio telefónico. Número de Celular: Número Asignado al servicio telefónico móvil. Número de Fax: Sistema de comunicación que permite enviar y recibir información gráfica a través de la línea telefónica. Correo electrónico: Cuenta personal creada para la comunicación vía web (Representante Legal). LOCALIZACIÓN Y CARACTERÍSTICA GENERALES DEL PROYECTO Provincia: Ubicación política que corresponde al sitio. Distrito: Ubicación política que corresponde al sitio. Corregimiento: Ubicación política que corresponde al sitio. Localidad: El sitio donde se ubica el predio donde se desarrolla la actividad productiva. Coordenadas 1: Punto donde se va a realizar las actividades dentro del establecimiento productivo de acuerdo al sistema de posicionamiento global. Coordenada 2: Punto donde se va a realizar las actividades dentro del establecimiento productivo de acuerdo al sistema de posicionamiento global. Nº Registro de Finca: Número de registro de la finca: Identificación del predio en el Registro Público. Tamaño (Ha): Superficie en hectáreas con que cuenta el predio. Tenencia de la Propiedad Propia: Si el propietario del predio tiene título de la propiedad. Derecho posesorio: Si es el propietario sin título de propiedad. Alquilada: Tiene acceso a la tierra en arrendamiento. Rubro o Actividad a Desarrollar Indique que rubro o actividad desarrollará. Modalidad de Asistencia Financiera Directa Indique bajo que modalidad se efectuará. Anticipo: Seleccione si es por Anticipo. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 55 Transferencia Directa de Fondos: Seleccione si es por Transferencia Directo de Fondos. I - DIAGNÓSTICO Y SITUACIÓN ACTUAL DEL PROYECTO Año de inicio de la actividad: Inicio de la actividad como productor (desde cuando es productor). Servicio eléctrico: Si cuenta con cableado eléctrico de 110 voltios o 220 voltios. Topografía: Relieve del predio. Plana: Cuando más del 80 % tiene pendiente de menos de cinco grados. Pendiente que va de cinco grados a treinta grados. Ondulada: Pendiente que tiene más de treinta grados. Accidentada: Nacionalidad: Estado o situación propia de las personas que pertenecen a una nación o país y poseen el derecho de ciudadanía. Panameño: Estado migratorio del peticionario (nacido en Panamá o extranjero que haya adquirido la ciudadanía panameña). Extranjero: Que es o procede de otro país. Residente: Se aplica al extranjero o a sus dependientes que quieran permanecer en Panamá, luego de transcurrido el período de dos años de residir en Panamá. Acceso a la Finca: Facilidad para llegar al establecimiento productivo. Siempre: Acceso por vía terrestre en ambas épocas del año tanto en época lluviosa como en época seca. Solo en época seca: Por motivo de lluvias no tiene acceso por carretera al establecimiento productivo, sólo en época seca. Fuentes de Agua: Natural: Principalmente las fuentes de agua para consumo humano y animal que provienen de ríos, riachuelos, lagos, quebradas, etc. (Agua dulce y no requiere mayor tratamiento). No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 56 Pozo: Cuenta con un pozo perforado, agujero, excavación o túnel vertical artificial (hecha por la mano del hombre) para hacer uso del agua subterránea. Ambas: Cuando se hace uso de fuentes de agua natural y artificial. Reside en la Finca: El peticionario reside en el establecimiento productivo. Si: Afirmativo. No: Negativo. II - DESCRIPCIÓN DE LOS Situación técnica actual del establecimiento en COMPONENTES PRESENTES EN LA los componentes que existen en el momento de FINCA llenar el formulario. Genética: Descripción Genotípica y Fenotípica del material vegetativo o animal descrito en cada normativa de acuerdo al rubro. Nutrición: Descripción del material utilizado como medio de fertilización o alimentación descrito en cada normativa de acuerdo al rubro. Infraestructura y Equipos: Estructura dentro del estableciendo productivo y equipos de apoyo descrita en cada normativa de acuerdo al rubro. Sanidad: Control de plagas y enfermedades en establecimientos productivos descrita en cada normativa de acuerdo al rubro. Manejo: Asistencia técnica utilizada en el establecimiento productivo descrita en cada normativa de acuerdo al rubro. Ambiental: Componentes que protegen los recursos naturales en el establecimiento productivo descrito en cada normativa de acuerdo al rubro. Comercialización: Medios de comercialización que se utiliza para vender sus productos descritos en cada uno de las normativas. III - PROPUESTA DE INVERSION A REALIZAR Componente: Actividad de Transformación basada en una normativa. Inversión total: Costo total para cada componente. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 57 Monto Reconocido: Monto máximo reconocido en la normativa para dicho componente. Asistencia Financiera Directa: Monto del beneficio por Asistencia Financiera Directa basado en un porcentaje del monto reconocido establecido en la normativa. Total: Monto total reconocido. IV - INDICADORES PRODUCTIVOS A Información de seguimiento para evaluar la MEJORAR transformación realizada en el establecimiento productivo. Indicador: Parámetro basado en la normativa que permite medir un cambio. Estado actual: Como se encuentra el parámetro en el momento de llenar la información. Proyección: Cuanto se requiere lograr alcanzar un cambio positivo en el establecimiento productivo. Años: Tiempo establecido en años calendario, que debe tomar para cambiar los parámetros del estado actual a la proyección. V - INSPECCION TÉCNICA A INVERSIÓN A REALIZAR Evaluación general de todo el sistema productivo establecido en la normativa correspondiente. Evaluación técnica de los componentes de Revisión técnica de cada uno de los Inversión Realizada: componentes propuestos y establecidos en la normativa correspondiente. VI - RECOMENDACIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO DEL SISTEMA PRODUCTIVO Recomendado por el Equipo Técnico: De acuerdo al análisis completo del equipo técnico del sistema productivo de acuerdo a su viabilidad establecida en la normativa que aplique para su apoyo y se procede recomendar o no recomendar la solicitud de la Asistencia Financiera Directa bajo las modalidades especiales. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 58 Observaciones: Cualquier tipo de información adicional en consenso con el equipo técnico. Nombre del Extensionista: Nombre del Extensionista del Área en el cual está suscrito el establecimiento productivo. Firma: Firma igual al documento de identidad personal. N° Cédula: Número de identidad personal asignado al momento de ser inscrito en el Registro Civil. Nombre del Jefe de la Agencia: Nombre del Jefe de la Agencia de Extensión Agropecuaria donde está suscrito el establecimiento productivo. Firma: Firma igual al documento de identidad personal. N° Cédula: Número de identidad personal asignado al momento de ser inscrito en el Registro Civil. Nombre del Coordinador de la UATA: Nombre del Coordinador de la Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria. Firma: Firma igual al documento de identidad personal. N° Cédula: Número de identidad personal asignado al momento de ser inscrito en el Registro Civil. Nombre del Coordinador Regional de Nombre de la persona que funge como Desarrollo Rural: coordinador regional en las actividades de desarrollo rural. Firma: Firma igual al documento de identidad personal. N° Cédula: Número de identidad personal asignado al momento de ser inscrito en el Registro Civil. Nombre del Coordinador Regional: Nombre de la persona encargada de revisar el proyecto en la Regional. Firma: Firma igual al documento de identidad personal. N° Cédula: Número de identidad personal asignado al momento de ser inscrito en el Registro Civil. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 59 ANEXOS No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 60 No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 61 No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 62 ACRÓNIMOS CNTA: Comisión Nacional para la Transformación Agropecuaria. Beneficiarios: Personas naturales (panameñas y aquellas extranjeras que hayan ejercido la actividad agropecuaria por diez años en el territorio nacional, debidamente comprobados) o jurídicas (cuyos dignatarios, miembros de su junta directiva y capital accionario nominativo, esté integrado por el 50% de nacionales panameños y extranjeros con un mínimo de diez años de residencia en el país), que participan en el proceso y en los programas para la transformación agropecuaria, sujetas de asistencia financiera directa. MIDA: Ministerio de Desarrollo Agropecuario. UATA: Unidad Administrativa para la Transformación Agropecuaria. No. 28180 Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de diciembre de 2016 63 GLOSARIO Beneficiarios: Personas naturales (panameñas y aquellas extranjeras que hayan ejercido la actividad agropecuaria por diez años en el territorio nacional, debidamente comprobados) o jurídicas (cuyos dignatarios, miembros de su junta directiva y capital accionario nominativo, esté integrado por el 50% de nacionales panameños y extranjeros con un mínimo de diez años de residencia en el país), que participan en el proceso y en los programas para la transformación agropecuaria, sujetas de asistencia financiera directa. Powered by TCPDF (www.tcpdf.org)