Decreto Nº 346 - Modifica el Decreto Nº 298, que adopta medidas para el ahorro energético en las oficinas del gobierno central, de las instituciones autónomas y semiautónomas, y municipales
Made 2013-05-15 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Panama
- Subjects
- Energy
- Keywords
- energy conservation/energy production, internal trade, hydropower generation, institution, governance, renewable energy
Where to read it
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Text
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Artículo 1. Modifiquese el artículo 1 del Decreto Ejecutivo No.298 de 2 de mayo de 2013, el cual queda así:
“Artículo 1. A partir del jueves 16 de mayo de 2013 y hasta tanto varien positivamente las condiciones que dan lugar a adoptar estas medidas, las oficinas del gobierno central, instituciones autónomas y semiautónomas y municipales, laborarán en un horario de ocho y treinta de la mañana a tres y treinta de la tarde (8:30 a.m. a 3:30 p.m.). Este horario incluye treinta (30) minutos de almuerzo, que deberán coordinarse a fin de no interrumpir la prestación del servicio”.
Artículo 2. Modifiquese el artículo 4 del Decreto Ejecutivo No.298 de 2 de mayo de 2013, el cual queda asi:
“Artículo 4. Todas las dependencias gubernamentales deberán encender y apagar los acondicionadores de airc, de acuerdo a lo que disponga la Secretaria de Energía y/o la Autoridad de los Servicios Públicos”.
Artículo 3, Este Decreto Ejecutivo empezará a regir a partir de su promulgación. <!-- page 2 (600 dpi, rotated 0°) --> No 27287-A Gaceta Oficial Digital, miércoles 15 de mayo de 2013 FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículo 795 del Código Administrativo. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dádo en la ciudad de Panamá a los trece (2013) de dos il RIGARDO MARTINELLI B. Presidente de la República AE ROBERTO C. HENRÍQUE Ministro de la Presidencia