Decreto Nº 30 - Modifica el Decreto Nº 20, que crea la Secretaria de la Cadena de Frío
Made 2009-07-21 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Caribbean Community (CARICOM)
- Country
- Panama
- Subjects
- Food and nutrition
- Keywords
- hygiene/sanitary procedures, agricultural commodities, processing/handling, transport/storage, legal proceedings/administrative proceedings, food safety and quality
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No 26336 Gaceta Oficial Digital, viernes 31 de julio de 2009 1 REPUBLICA DE PANMIIA MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO DECRETO EJECUTIVO No.~ {de ~ I de ..) .. /;,.,.-- de 2009) Por el c~ I se modifica el Decreto Ejecvtivo No.20 de 2 de jullo de 2009 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA en uso de sus facultades constitucionales y legales, CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo No.20 de 2 de jufio se creo la Secretaria de la Cadena de Frio, adscrita al Ministerio de Desarrollo Agropecuario, encarg ada de la planificaci6n y ejecuci6n de todas las acciones necesarias para el diseno. ejecuci6n, administraci6n, operaci6n y mantenimiento de un sistema de denorriinado Cadena de Frfo, como mecanismo para reducir fa perdida en el proceso de producci6n y comercializaci6n de los productos, y promover la seguridad alimentaria de la poblaci6n, la calidad de los alimentos e incentivar producci6n nacional. Que con motive de la creaci6n de dicha Secretaria, el 6 rgano Ejecvtivo ha recibido varias recomendaciones, tanto del sector oficial coma de particulares. con miras a coadyuvar en la implementaci6n de dicho sistema, de manera que efectivamente cumpla con los prop6sitos que le han sido atribuidos. Que en virtud de lo antenor. el Organo Ejecutivo, en acatamiento a su obligaci6n de cumplir con el principio de transparencia, y a fin de permitir a la comunided conocer sabre los avances en la implementaci6n de la Cadena de Frio, DECRETA: A rtlculo 1. El articulo 4 del Decreto Ejecutivo No.20 de 2 de julio de 2009, quedara asl: "Artioulo 4. La Secretarfa administrara con estricta transparencia, los recursos que se destinen a la planillcaci6n y ejecuci6n de todas las aociones necesarias para el diseno. reelizaci6n, administraci6n, operaci6n y mantenimiento det sistema denominado Cadena de Frio. Son atribuciones de la Secretarla: 1. Programar, coordinar e implementar todas las acciones que se requiera n para el diseno, ejecuci6n. administraci6n, operaci6n y mantenimiento de la cadena de Frio. Para tales efectos, todos los org anismos, entidades e instituciones gubernamentales que la Secretaria con sidere necesario, deberan coadyuvar, de manera inmediata y prioritaria, en la ejecuci6n de las actlvidades y tareas correspondientes. 2. Supervisar los proyectos y las obras que se Jleven a cabo para la ejecuci6n de la Caden;, de Frio. No 26336 Gaceta Oficial Digital, viernes 31 de julio de 2009 2 3. Gestionar y promover la celebraci6n de coptratos con instituciones privadas y publicas. nacionales e internacionales, para la obtenci6n de recursos con el f in de cumplir los fines establecidos en el presente Decreto Ejecutivo. 4. Promover el apoyo y la cooperaci6n de la comunidad en la implementaci6n de la Cadena de Frio. 5. Divulgar peri6dicamente las actividades que lleva a cabo, con el prop6sito de mantener informada a la comunidad sobre los avances en la ejecuci6n del sistema. 6. Cualquiera otra que le asigne la Ley y los Reglamentos. ·• Articulo 2. El art,culo 5 del Decreto Ejecutivo No.20 de 2 de julio de 2009, qued ara asi : ··Artfcolo 2. La Secretaria estara a cargo de un Secretario Ejecutivo, que sera de libre nombramiento y remoci6n por pane del Organo Ejecutivo, a quiei-1 reportara directamente el resultado de las gestiones que realice en el ejercicio de sus funciones." Artfc,ulo 3. El articulo 11 del Decreto Ejecutivo No.20 de 2 de julio de 2009. quedara asl: "Articulo 11. El Secretario Ejecutivo tendra las siguienles lunciones: 1. Planificar, organizar y coordina.r las actividades tecnicas y administrativas de la Secretarfa. 2. Desarrollar I0s planes necesarios para elaborar las proyecciones que definan o identiliquen 'los insumos. materiales tecnol6gicos, de informaci6n y humanos que se requieran para la que la Secretaria funcione en condiciones de ef>ciencia y eficacia, a corto, mediano y largo plazo. 3. Elab.orar el proyecto de presupuesto anual de la Secretar1a. 4. Representar a la RepOblica de Panama ante los organismos nacionales e internacionales en lo relative a su competencia. 5. Convocar al Comite Asesor de la Secretaria, de acuerdo a las instrucciones que reciba de parte del Ministr., de nA~~rrollo Agropecuario. No 26336 Gaceta Oficial Digital, viernes 31 de julio de 2009 3 6. Preparer la agenda de los temas que deberan ser tratados por el Comite Asesor y darle seguimiento. 7. De!e.gar funciones en el personal que labore en la Secretarla, salvo aque llas que por su naturaleza sean indelegables. 8. Determinar los periodos de capacitaci6n del personal y la inclusi6n de nuevas tecnologlas, con el prop6sito de hace, mas eficiente, eficaz y etecliva a la Secretarfa en el cumplrniento de sus fines y objetivos. 9. Presentar, ante el 6 rgano Ejecutivo. el balance y los estados financieros anuales . 10.Cualquiera otra que le senaIe la Ley y los reglamentos." Articulo 4. El presente Decreto Ejecutwo modifica los anlculos 4. 5, 11, y deroga los 15. 16 y 17, todos de! Decreto Ejeculivo No.20 de 2 de julio de 2009. Articulo 5. El presente Decreto Ejecutivo comenzara a regir desd e su promulgaciOn. COMUN(QUESE. PUBLiOUESE Y CUMPtASE. ~ -~j ViCTO~~EZ BA TI STA Ministro de Desarror.o Agropecuario. de dos mil