Decreto Nº 30 - Adscribe el Consejo Nacional de Desarrollo Indígena al Ministerio de Gobierno
Made 2017-01-26 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Panama
- Subjects
- Agricultural and rural development
- Keywords
- institution, Indigenous Peoples, cultural heritage, human rights, governance
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Text
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No. 28208-A Gaceta Oficial Digital, martes 31 de enero de 2017 1 REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA DECRETO EJ~CUTIVO N.º !JO De ~~ de ~.nt1.(>.. de 2017 Que adscribe el Consejo Nacional de Desarrollo Indígena al Ministerio de Gobierno EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en uso de sus facultades constitucionales y legales, CONSIDERANDO: Que el artículo 5 de la Ley 19 de 3 de mayo de 201 O, modificada por la Ley 64 de septiembre de 2013, que dicta el régimen de organización el Ministerio de Gobierno, señala que el mismo lo integran el Ministro de Gobierno, el Viceministro de Gobierno y el Viceministro de Asuntos Indígenas; Que el artículo 13-B de la precitada Ley dispone que el Viceministerio de Asuntos Indígenas del Ministerio de Gobierno, tendrá a su cargo las funciones de planificación, dirección y coordinación de la política indígena de la República de la República de Panamá; Que mediante el artículo l del Decreto Ejecutivo N.ºI de 11 de enero de 2000, se creó el Consejo Nacional de Desarrollo Indígena, adscrito al Ministerio de la Presidencia, como instancia consultiva y deliberativa sobre políticas y acciones públicas dirigidas a los pueblos indígenas, de manera concertada entre organismos estatales, los congresos y organizaciones indígenas, para asegurar el respeto y vigencia de los derechos humanos y la pluriculturalidad del Estado panameño; Que por lo antes expuesto, se hace necesario transferir el Consejo Nacional de Desarrollo Indígena del Ministerio de la Presidencia al Ministerio de Gobierno, a fin que la misma se integre dentro de las funciones, planes y proyectos que en materia de política indígena desempeña el Ministerio de Gobierno, a través del Viceministerio de Asuntos Indígenas, DECRETA: Artículo l. Se adscribe el Consejo Nacional de Desarrollo Indígena al Ministerio de Gobierno. Artículo 2. El Órgano Ejecutivo realizará los traslados de las partidas presupuestarias de inversión y funcionamiento del Ministerio de la Presidencia asignadas al Consejo Nacional de Desarrollo Indígena al Ministerio de Gobierno, a fin de garantizar el funcionamiento y la consecución de sus objetivos. Artículo 3. Este Decreto Ejecutivo entrará a regir al día siguiente partir de su promulgación FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 19 de 3 de mayo de 201 O, modificada por la Ley 64 de septiembre de 2013 . COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la ciudad de Panamá, a los V~ (J ) ías del mes de 81~ de dos mil diecisiete (2017). JUAN CARLOS VARELA RODRÍGUEZ Presidente de la República 4~ ALVARO ALEMAN H. Ministro de la Presidencia