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Laws of Panama

Decreto Nº 15 - Modifica el Decreto Nº 9, sobre normas sobre productos veterinarios y alimentos para consumo animal

Made 2015-03-10 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Country
Panama
Subjects
Livestock
Keywords
animal production, animal health, animal feed/feedstuffs, drugs, hygiene/sanitary procedures, internal trade, international trade, biotechnology, certification, registration, inspection, use restrictions
Categories
*

Where to read it

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Text

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  1. 1No 27736-B Gaceta Oficial Digital, martes 10 de marzo de 2015 REPÚBLICA DE PANAMÁ MI NISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO DECRETO EJECUTIVO N.º 1 ~ De 10 de~ de2015 Que modifica el Decreto Ejecutivo N."9 de 9 de febrero de 1999, por el cual se reglamenta cl registro y contr-0l de productos veterinarios y alimentos para consumo animal, así como los establecimientos de fabricación, importación, rlisrribución y venta de los mismos EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en uso de sus focultt=idcs constiru~ionalcs y legales, CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo N."9 de 9 de febrero de 1999, se reglamenta el registro y control de productos veterinarios y alimento~ para consumo animal, así corno los establecimientos de fahricación> importación, distribución y venta de los m..ismos; Que el articulo Trigésimo Primero del Decreto Ejecutivo N.0 9 de 9 de fobrero de 1999, expresa que se prohíbe la producc.jón, importación, comercialización y uso de productos veterinarios que contengan clorinados, dietil-etil-es1ro(, así como de nitrofuranos y otros aditivos para alimentos de animales prohibidos por el Codex Alimcntarius y el Comité ML,to de Expertos de la F AO/OMS para aditivos de alimentos; Que se hace necesario con la finalidad de garantizar la salud humana inC(1rporar la prohibición de otros productos veterinarios y aditivos que octuolmente se viene utilizando en la producción animal, DECRETA: Artículo l. Se modifica el articulo Trigésimo Primero del Decreto Ejecutivo N.°9 de 9 de febrero de 1999, que queda así: Artículo T rigésimo Primero: Se pro11íbe la producción, importación, comercializac.ión y uso de productos veterinarios que contengan clorinados, cloranfcnicol, clembutt.Tol, dietilestilbestrol, dimelridazole. ipronida?.Olc, niJromidazoles, furazolidona (excepto uso tópico), nitrofurazona (excepto uso tópico), fluoroquinolonas, glicopeptidos, además de nitrufurnnos y cualquier medicamento o aditivo para alimentos de animales prohibidos por el país a donde se exportan productos de origen animal, prohibidos por e l Codex Alimentarius y el Comité Mixto de Expertos de la FAOiOMS para aditivos de alimentos. Artículo 2. Se adiciona el artículo Trigésimo Sexto al Dccrelo Ejecutivo N.09 de Q de febrero de 1999, que queda así: Artículo Trigésimo Sexto: Se dispone que curuquicrn otra proh ibición de medicamentos veterinarios o aditivos para alimentos de animales, se realice mediante resuelto ministerial expedido por el Ministerio d e Desarrollo Agropecuario. 2No 27736-B Gaceta Oficial Digital, martes 10 de marzo de 2015 Artículo 3. Este Decreto Ejecutivo entrará a regir a partir de su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPl,ASli. Dado en la ciudad de J>anamá, a los~ (10) días del mes de \1)°1'de dos mil quince "'"' ~ JUAN CARLOS VARELA RODRÍGUEZ Presirlenre de la República Ministro de DCSMrollo Agropecuario

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