Resolución Nº 1/14 - Cancela el registro, importación, exportación, distribución, comercialización y uso de moléculas Carbofuran, Aldicarb, Endosulfan, Terebufos, Metomil y Etoprofos
Made 2014-02-27 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Nicaragua
- Subjects
- Livestock, Cultivated plants, Waste and hazardous substances
- Keywords
- drugs, registration, toxicity/poisoning, internal trade, international trade, animal health, pesticides, plant protection, hazardous substances
- Categories
- *, agriculture
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,>tt-1>! '"'e;, ~ - t,. :; ~ ~ ":~~ ========================================= 7 ~========================================== ·~('; .<t-'t •ir.\ Cf."' LA GACETA DIARIO OFICIAL Teléfonos: 2228-3791 / 2222-7344 Tiraje: 560 Ejemplares 44 Páginas Valor CS 45.00 Córdobas AÑOCXVlII Managua, Jueves 13 de Marzo de 20 14 No.49 SUMARIO Pág. ASAM BLEA NACIONAL Decreto A. N. No. 7422 ............................................................... -......... 1954 Decreto A. N. No. 7423 ................................... ............. .......................... 1954 Decreto A. N. No. 7424 ......................................................... - ............... 1954 Decreto A. N. No. 7425 .......................................................................... 1955 Decreto A. N. No. 7426 .......................................................................... 1955 Decreto A. N. No. 7427 .......................................................................... 1955 Decreto A. N. No. 7428 .......................................................................... 1955 Decreto A. N. No. 7429 ......................................................... ................. 1956 Decreto A. N. No. 7430 .......................................................................... 1956 Decreto A. N. No. 7431 .......................................................................... 1956 CASA DE COBI ERNO Acuerdo Presidencial No. 40-2014 ........................................................ 1957 Acuerdo Presidencial No. 41-2014 ........................................................ 1957 Acuerdo Presidencial No. 42-2014 ........................................................ 1957 M INISTERIO DE GOBERNACIÓN Estatutos Asociación de Jubilados del Departamento de Boaco (ASOJUB0) ........................................... 1958 Estatutos Fundación Paloma Blanca (FPB) ......................................... 1962 ~ll N ISTER IO DE EDUCACIÓN Contadores Públicos Autorizados ......................................................... 1965 Licitación Pública No. 002-2014 ........................................................... 1967 M INISTERIO DE SALUD Licitación Pública LP-16-02-2014 ......................................................... 1968 l\llNISTERIO DE ENERGÍA Y M INAS Rcsolucioncs ............................................................................................ 1968 1953 I NSTITUTO NICARAGÜENSE DE DEPORTES Licitación Selectiva NºO 10-2014 ............................. ............................. 1969 INSTITUTO NICARAGÜENSE DE LA PESCA Y ACUICULTURA Acuerdo Ejecutivo No. CONCESIÓN-PA-18-2013... ........................ 1969 SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y DE OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS Resolución No. CD-SI BOIF-822-l-FEBEl9-2014 ............................ 1972 CORT E SUPREMA DE J USTICIA Aviso ......................... ................................................................................ 1973 COM ISIÓN NACIONAL DE REGISTRO Y CONTrWL DE SUSTANCIAS TÓXICAS Resolución 01 -2014 ................................................................................. 1973 UNI VERSIDADES Titulos Profcsionalcs .............................................................................. 1974 SECCIÓN J UDICIAL Edictos .......................................................................................... ........... 1996 13-03- 14 LA GACETA - DIARJO OFl<:;IAL 49 Que mediante Norma sobre Actualización del Capital Social de las Entidades Bancarias, Resolución No. CD-SIBOIF-712-l-ENE25-2012. de fecha 25 de enero de 2012, se actualizó en doscientos setenta millones de córdobas (CS270, 000.000) el capital social de las entidades bancarias. IV Que de acuerdo a las consideraciones antes expuestas y con base en el articulo 3. numerales 3) y 13), de la Ley 316. Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras y sus reformas. En uso de sus facultades, HA DICTA DO La siguiente: Resolución Nº CO-SIBOIF-822-1-FEBEl 9-2014 NORMA SOBRE ACTUALIZACION DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS ENTIDADES BANCARJAS Articulo 1. Actualización d e capit11l social.- Se actualiw en trescientos millones de córdobas (CS300,000,000.00) el capital social minimo requerido para los bancos nacionales o sucursales de bancos extranjeros. Articulo 2. Plazo.- Los bancos nacionales o sucursales de bancos extranjeros actualmente operando, que a la entrada en vigencia de la presente Nonna tengan un capital social mínimo, suscrito y pagado. por debajo del establecido en el articulo precedente, deberán tenerlo pagado :i mós tardar siete (7) días calendario después de la próxima Asamblea General Ordinaria de Accionistas. Para los bancos nacionales o sucursales de bancos extranjeros que sean autorizados para constituirse y operar en el país con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente Nom1:1. el cumplimiento de capital social actualizado debcrj efectuarse al momento de su constitución. Artículo 3. Derogación.- Se deroga la Norma sobre Actuali1.ación del Capital Social de las Entidades Bancarias, aprobada por el Consejo Directivo de la Superintendencia mcdi:inte Resolución No. CD-SIBOI F 7l2-1-ENE25-20 12. de fecha 25 de enero de 2012. publicada en el Diario La Prensa del 09 de febrero de 2012. Arliculo 4. Vigencia.- La presente Norma entrará en vigencia a p:irtir de su publicación en un diario de amplia circul:ición nacional, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta. Diario Ofici:il. (f) ilegible (Sara Amclia Rosales Castellón) (f) V. Urcuyo V. (1) Gabriel Pasos Lacayo (f) r austo Reyes B. (1) ilegible ( Silvio Moisés Casco Marcnco) (1) ilegible (Freclcly OlnndónArgeíinl) (f) U. Cerna B. Secretario. (r) URIELCERNA BARQUERO. Secrctmio Consejo Directivo SIBOIF. CORTE SUPREMA DE J USTICIA Rcg. 5551 - M. 60484 - Valor CS 95.00 AVISO La Corte Suprema de Justicia en cumplimiento del art iculo 33 y 91 de la Ley ele ContratacioncsAdministr.itivasdcl Sector Público (Ley No. 737) y Arto. 98 y 146 del Reglamento de la misma. invita a posibles oferentes a 1973 pa.rticiptLren los procesos que se describen a continuación. cuya invitación estará publicada en la página www.nicaraguacompragob.ni a partir del día 17 de Ma\lº del aiio en curso; y de los procesos adjudicados que detallo: Modalld:14 )' rcd1á)' l'ipo ck dotuml'nto NUrnt!ro de: u~nomln:tt.1:1. uhjcu1 Núml!.rudl! Udt:icitln lk~olucif1n puhlkado <.:on1ra1.acMn Anientlo Je 10(:11 f'-'"ª nlbcrg~r ni Siinrlificub No. JULg:uJo l...oc-:tl Único y O~fü-ll )Otfa C)HQ014 lll\'haclún 01no14 Publica tic ~1a.u1rrc ~n el IH!Ol /1014 Dcp:snomcmo Je Ma..coa)'ª Conlr.n:u:ic}n Arriendo de loc;al p11r.l olbcrgílr Ofcrrmcc Adjmlic1utot Shnplific:ula No. MARISF.l.A OF. l.OS Ni:?OIJ ol Juz¡;;ido J o Ejrcudón 911:?013 ANGF.LES l'Ol"SEC.\ dr S.:ntcnd:i. y Vigiloncio 06'1lf.?013 l!Eí'RESENTANTE Penilcncioñ:a C11 el ~hu11c1pio J e DE J AIME JOSt: S;i mo 1'onuis. Chonmli:s VADO FONSt:CA Contr.n:teión Ofrrrnte Adjudindo: S1mplificodo No. Amcndo de loc;il pnm albergar J USTINA ROSA !5 2013 al Juzgi:u.lo Penol de Audicndns q71201J GUTIEltREZ ~lt:NA. en c-1 municipio de: Aroyap;a en e 171 21200 REPSf:NTANTt: DE Dep:art;imrnlu de Chonlalcs f"AUIO GERMAN SE VI LW\ OUAR1"E Cont.rat:tción Oforenio Adjudlcodo: Simplificod> 1\rricndo de loc.31 para :albergar n DI.ANCA CASCO No 27/lOll los Juz¡;:iu.Jos Je Distri1os. Juicios. 061101·1 Mt:RCAL>O Aut:ficncin y Civil drl Municipio 11,011201.1 HErR ESt:l\'TMiTE de Mllsmcpc. Ma.s;iy<i DE FRANCISCO JOSE TAPIA URUINA Comr.n:ación. Oferenle S11nplifici1d3 1\mcndn de local pnm ;1lbrrgar n Adjudindo: CEU ,\ No. 2812013 los JuT¡mdoio local Pcnnl, Ci\ril y 011201·1 OllOZCO ltE\' ES • Otfrnsmfa Publica d<I Municipio 081() 1/201·1 REl'l!ESf'.NTAl\'1"E de Acoy:ap:t, Chonl:th.~5 l>E l>A\ 'SI A1"TONIA OllOZCO ltt:\'t:S t'onu:11.lción Cn1np>1lo de di\ ulb'll<ÍÓn de la 071201·1 Oforentr ,\djudlc•do: Simpllflead.l Ley 779, Ley hui.::grttl .;omr.a 1:1 221011201.1 ANA (:U¡\0,\1.UPE No. 2912013 \'Jolendtt hacht l11s mujcrd JU Vt:tt,\ OR"n:GA l.ichai.:hin Oíl'n>n lr ,\djudkodo: Sdcc1i\01 AJqulsicl"n tic Ml>toclelutas 0)1201·1 F:11111mhladnni No. l l!lO IJ 1orn11201.1 Nluri•J:Ornsa dt' :\lucoclcfeuu licil:t.CÍÓf1 Srrvicioi de llcpmtlucd 1 di: 05/201·1 l'llOCESO SdcclÍ\':I Ot:Cl.,\KAl>O No 1)12013 dOCIJlllCUIO$ lf>IOl /101·1 OESIEl!TO L1cL1:a.c1{m OíertHll'.' Adj ud ltndu: SclC'tU\';\ i\dqul~1ción dc Servidor, UllS 041Wl·I Tf'.CN,\S,\ No. 14 lOIJ NICAlt,\CU,\. s. A\' Y R:ick 14/JOrlO l ·I l'llS NICAltJ\GU;\. S.A Uciloclón <Jrcrtnlc 1\dj udlcod": l'ublko Con\lrtu~c:iún del (.'Qmph:jl> 10'201·1 St:RVICIOS llE Nu. 05 201J INGt:NIElllA 1• Judici:tl lk Ji11nh:~1t 0710)120 l ·1 CONSTltUCCIONf'.S. S.A (SICSA). Manngua. Nic:iragua. MarLO de 2014. (f) KAREN GONZALEZ MURILLO, División de Adquisiciones CSJ COJ\llSIÓN NACIONAL DE REG ISTRO \' CONTROL DE SUSTANCIAS TÓXICAS Reg. 5548 - M. 60340 - V:ilor C$. 475.00 RF.SOLUClON 01-2014 El suscrito Presidente de la Comisión Nacional de Registro y Control de Sustancias Tóxicas. CONSI DERANDO 13-03-14 LA GACETA - DIARJO OFICIAL 49 Que el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional. con el fin de formlecerel modelo de bienestar de las personas. la fam il ia y la comunidad. a través del cuido y resguardo de la salud humana. animal. vegetal y del medio ambiente. y con el objeto de consolidar los mecanismos de regulación y control de la importación. distribución. uso. y consumo de sustancias tóxicas y productos agroquimicos. ha creado por medio del Decreto Presidencial No. 04-2014.dcl 11 de fcbrcrode2014 la ··comisión Nacional de Registro y Control de Sustancias Tóxicas··. como una instancia que coadyude en In coordinación de las polít icas, acciones y actividades de todo lo relacionado a las sustancias tóxicas. 11 Que la Comisión Nacional de Registro y Control de Sustancias Tóxicas. en cumplimiento de sus fines y objetivos. como son la coordinación de las políticas, acciones y actividades relacionadas con importación, exportación. producción, comercialización. distribución. uso y consumo de todo lo relacionado a las sustancias tóxicas. y en base al Acta No. 3. de Acuerdo No. 1 por la Comisión en pleno. en Sesión de Trabajo ordinaria No. 3. realizada el día 21 de febrero del 2014. RESUELVE !'rimero: Se cancela el registro, importación. exportación. distribución. comercialización y uso di: las moléculas Carbofuran. Aldicarb, Endosulfan. Terbufos, Metomil y Etoprofos. solas o combinadas con cualquier otra molécula, a partir de la firma y publicación de la presente resolución por cualquier medio de circulación nacional. sin menos cabo de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial. Segundo: Se establece un ( 1) año a partir de la ent rada en vigencia de la presente resolución. paro pcnuitir la comercinliwción de los inven1arios finales existentes de estas moléculas en el pnis. Los establecimientos que tengan existencia de Carbofur:m. Aldicarb. Endosulfon. Terbufos. Mctomil y Etoprofos, dcbcrjn declamrlns ante la Comisión Nacional de Registro y Control de Sustancias Toxicas al momento de cntr.ir en vigencia la presente resolución. Tercero: r arJ In importación. comcrcializnción. formulación, empaque y modalidad de uso de los siguientes productos. se establecen las siguientes regulaciones de oblig:uorio cumplimiento. Pnroqunt 1. Se prohibe la vento de Paraqunt en establecimientos no autoriwdos por la Comisión Nacional de Registro y Control de Sustancias Toxicas. 2. Se mltori:w el uso de la molécula de P:imquat para el control de maleza en los cult ivos de muiz y frijol. 3. No se pennite la importación y comercialización del Paraquat en envases menores de 1 litro ni mayores de 5 litros. 4. Solamente se podr:I importar y comercializ.1J' productos formulados a base de Par.iquat que contengan como mínimo los siguientes protectores de salud: cmetiwn1e, colorante. odorizante comprobado mediante :m:ilisis de calidud de laboratorio oficial. 5. Todo csiabli:eimiento de Plaguicidas autoriz.'ldo por la Comisión Nacional de Registro y Control de Sustancias Toxicas. debe conturcon un libro de control en el cual se registre la venta de Paraqunt. :idemás en ese libro se deber:\ registrar la siguiente información: a) Datos de ccdulu del comprador. b) Cantidad del producto vendido. c) Tipo de cultivo a proteger. d) Factur.i emitida. ent re otros. Clorpirifos 1- Se prol\ibe el registro. imporlución. distribución, comcrciali1 .. ación y uso del Clorpiri fos en el pais. 2-Seautoriza el uso del Clorpirifos únicamente al Ministerio de Agricultura. Ganadería y Forestal en las campañas Fitosanitarias. Fosfuro de Aluminio 1- Se Prohibe a nivel nocion;1l la libre comercialización y almacenamiento no autorizado por la Comisión Nacional de Registro y Control de Sustancias Toxicas del Fosfüro de Aluminio. 2-Solamente podrán importar y comercializar Fosfuro de Aluminio las personas naturales y jurídicas que es ten debidamente inscritos en la Comisión Nacional de Registro y Control de Sustancias Toxicas. 3- Lascomercializadoras de FosfurodcAluminio unicamcntc vender.in este producto a los usuarios autoriwdos por la Comisión Nacional ele Registro y Control de Sustancias Toxicas. 4- Todo establecimiento de Fosfuro de Aluminio autorizado por la Comisión Nacional de Registro y Control de Sustancias Toxicas. debe de contar con un libro de control en el cual se registre la venta de Fosfuro de Aluminio. además en este libro se deberá registrar la sig11ien1e infom1:sción: a) Datos de eedula del comprador. b) Canlidad del producto vendido. e) Tipo de cultivo u proteger. d) Factur.i emitida, entre otros. Brodiíncouma, Bromadiolonn. Flocoumafcn Se prohibe el registro. In importación, comercialización y uso de Brodi focoumn, Bromndiolom.1, Flocoumafcn de las prcsentnciones en polvo. Cuarto: La Comisión Nncional de RegislroyControl de Suslnncins Toxicas a travcsdcl Sistema de Vigilancia del MAG-FOR, l\11 INSAy MARENA,scrán los responsables de velar por el cumplimiento de las medidos establecidas en la presente resolución. Sexto: Comunlquese y publiquese In siguiente resolución en cualquier medio de circulación nncionnl. Sin perjuicio de su posterior publiención en la Gacctn, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua a los veinte y siete del mes de febrero del ai\o dos mil catorce. (1) Uliscs Narvaez Vurgas: Presidente de la Comisión Nacional de Registro y Cont rol de Sustancias Toxicas. UN IVERSIDADES TÍTULOS PROFESIONA LES Rcg. 1593 - M. 47489 - Valor CS 95.00 CERTIFICACIÓN La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Politécnica de Nicaragua. Certi fica que en el fo lio 372 tomo XII partida 10719 del libro de Registro de Títulos de Graduados que esta Dirección llevan su cargo. se inscribióelTituloquedicc: "LA UN IVERSIDAD POLITÉCNICA DE NICARAGUA. POR CUANTO: 1974 i\llRIA1\I DE LOS ANGELES SÁNCHEZ MOJICA Natural Managua de Departamento de Managua República de Nicaragua ha cumplido todos los requisitos exigidos por el plun de estudios