Decreto Nº 128/49 - Crea el Departamento Forestal
Made 1949-01-14 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Caribbean Community (CARICOM)
- Country
- Nicaragua
- Subjects
- Forestry
- Keywords
- institution, forest service, monitoring, forest management/forest conservation, governance
Where to read it
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Text
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LA OAceTA-DIARIO OPfCIM. 1203 sempeno de su cargo, yadem'. deber' COa aocee espeeialmente la taeniaa de reforests cJ6n y de cooservaci60 ds bosques. Estartn a 8U cargo los estudios cientffieos que se Ie eoeomieoden, y tendr~ la obligllci6n de emitir los dict4menes que le pida el Minis tro de Agrlcultura. Arto. 59-EI Inspector General Forestal serA el encargado de haeer cumpJir la leves y programa! que se relaciooen con la relo· 1'estaci60 y la del observancia de las obllg. ciones toreetales de fos C!ontr~tistas 0 con' C8sionatios madereros. Tendr4 a su cargo la inmediata vigilaneia de 108 lnspectores ForestaleB. Guardabosques y otros emplea. dos encargados de la conservBei6n Y aumen to de los recursos forestales. Se movilizar4 N9 128 en sus lnspeeclonea con instrucciones del EI Presidente de la Republica. senor Ministro de Agricultura, B quien In Considerando: formarti por escrito sabre todas las comlslo ~a8 de seuerdo con el Inclso 89 del Artl- nes que se Ie eneomlenden. BID 12 de la Ley de 29 de Octubre de 19.48. Arto. 69 -Los Inspectores Forestales de meador. de los MiDisterios de Estado, co- ber~u ser personas de notoria honradez y lftesponderA al Ministerio de Agrrcultura s buena coudueta, expertcs en agricultura y wrabajo la creaeidn y msntenimieo'1o del cuestiones forestales y estaran obligadoa a lleDart8mento Forestal- velar por el cumplimiento de las leyes fa Considerando: restalea, de agrleultura, de impuestos, trio IfQ08 el articulo 16 de-Is ley de 2 de no- butarias y todas aquellas otras que se retia' ~~mbr8 de 1948, estabJece que el Poder ran a Jos boeques y recursos de 18 floresta: Jijecutlvo tendr4 a su cargo la reforestaci6n a cuidar el mantenimiento y conservaci6n de de los.bosques nacionales, para todo 10 cual los boaquss, asr como Ia reforestaci6n:de los cabe dfetar el correspondfente Decreto; mismos. Tendr4n scceso a todos los lugaras Por Tanto: en donde hubiere cortes de madera y debe I!En U80 de 18s facultades que Ie confiere raD levantar listas de la cantidad, class y 11 Ineleo 10 del At to. 177 Cn., calldad de los tirboles que ss corten, elevan • Decreta: dolas par media del Departamento Forestal Arto. lo-Creaf 91 Departamento Fares- al conocimien.to del Mfnisterio de Agrleul t1f. bajo la dependencfa del Ministerio de tura, con exprssi6n de lugar. fechs y per Agricultura, como una secci6n exelusiva- sona que hagan los trabajos corte y la flne ments destinada a la conservaci6n de los lidad de dichos trabajos, Tanto los Inspec bosques en general, a Ia reforestaci6n del tares Forestales como los Guardabosques pals y 8 la vigilancia del cumplimieoto de debersn evitar las prcpagacionea de incen Jas leyes forestalea vigentes 0 que en 10 SUo dio y dietaran las 6rdenes necesariss en tal ee~ivo se dlctaren. sentldo, asC como tamblen las que se refls Arto. 29 -EI Departamento Forestal, a ran a cualquier msdida precautoria que fa targo del Ministerio de Agricultura, estara vorezca Ja conaarvaclcn de los boaques y de compu8sto de un Jefe del Departamento. de los Intereses nacionales y Beran obIigatoria8 un CODsejero Tecnico, que 10 sera 61 mismo para 108 notificados. CODsejero Tl3cnico del Minlsterio; de un IDS- Arto. 7Q-EI Ministerio de Agricultura, }>ector General Forestal, y de los Iospecto- par media del Departamento Forestal, ten· res Forestalas y Guardaboeques que el Mi- drs el inmediato control y direcci6n de la nIsteria crayere llecenrio Dombrar para el reforestaci6n del pars; se hars cargo de la buen funcionamiento del Departamento. formaci6n de viveros.y podra hacer arre· Plestaran tambien su colaboraci6n 81 De- glos con instituciones particulares que se pattamento Forestal 81 Director del servi· interesen en la siembra de viveros para la cia T6cnico de Is Costa Atlantica, el de la reforestaci6n. .Ademas a cargo del-Centro EScuela Nacionsl de Agrfcultura y el Direc- Experimental de la Costa Atlantica, del tordel Centro Experimental ds M8sstepe. Centro Experimental de Masstepe y de la Arto. 39-Corre8Pondera al Jefe del De- Escuela Nacional de !gricultura de Chinan partamento Forestal el estudio y resoluci60 dega, 8stablec9rti inmediatamente viveros de todss aquell8B cuestionea que Ie snoo- destinados a la reforestaci6n del palS., y ha miende 01 Ministro de Agricultura; velar ra las siembras respectlvss par media de par el buen funcionsmiento del Departs- dichos Centros y Escuel•• menta y el cumplimiento de los deberes que Arto. SO-El Ministerio de Agricultura, les correspondan a todos los empleados de por media del Departamento Forestal, or esa dependeneia. denara Is preparaci6n de un Plan General Arto. 49-EI Consejero T~cnico debera de Reforestaci6n y Conservaci6n de bosques tener Ia preparaci6n necellsria y las nocio- nacionales y de particulares, . y la elabora nes de agricultura suflcientes AlI IR". ~~UIlmapa 0 carta forestal del pais. LAOACETA-[ l to~eo-El Wnlateriu de Agrleultara . ndra'Tla preparaei6n de un cuerpo de COB en eueationes forestales, encen Daclonales 0 extt:.anjeros de conformi IilId eon laB poalbiUdadea econ6mica8 y mien !VII tanto podrA contratar los semeios de ~rlto aar6nolllo especializado en el fa IIIIN'Ol8st&l. IlEArto.· 10-EI Jalfni8terio de Agricaltara .n:drlr8'8 tomlra~n llrrlendo las flncas 0 !BNelaa'1Que nan nec88arias para el Inme 'lDato aegtnlUoa,1 plan ae reforestacl6n, ..ao ffi 'l1I<elebtea 0 apropiad08 los een I ~eaeuela. antea menclonado8. 0 sl no • lere terrenos naelonale. de caUdad en uriadlecion en donde Be vayan a. Ista . 'er trabsj08 -de reforestaci6n. ... rto.l'll- CorresponderA al Ministerio de eultura el nombramiento del personal 4~epartamento Forestal y. dictarA los re aIImentos 1 ordenanzas y 'que debe some C1IrIe dlcho personal. ,.f'ATto. 12- Para el sostenimiento del De paftamento Forestal y dem's gast08 Inhe relites al presente Acuerdo. 8Bi como para 1."-movilizaci6n de Inspectores, compra de fmplementoB l de semillas y demas, el Mi nllterio de Agricultura girara en Is forma flacal aeostumbrada a cargo del 50% a que "1'eftere el Arto. 16 de 18 Ley de 2 de no "flembre de 1948. destinado exclusivamente .la\i'eforestaei6n del pals. ~Arto. 18-El presente Decreta 8urtirA lUI afeeto8 desde su publleacion en 01 Dia rl60flcial .La GBcetu. I ;·ado en Cass Presidencial ManBguB, D • eatoree de Enera de mil novecientos 'enta y nueve. - VICTOR ROMAN Y B . ES. Presidente de la Repliblica.-Mi. de Agrlcultura y Trabajo, Isaac Mon· teIIegre.