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Laws of Nicaragua

Acuerdo Nº 77/00 - Reglamento operativo de la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos

Made 2000-04-27 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Caribbean Community (CARICOM)
Country
Nicaragua
Subjects
Land and soil
Keywords
land tenure, ownership, legal proceedings/administrative proceedings, alternative dispute settlement, institution, governance, property rights

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  1. acuerdo que Integro y literalmente dice; ACUERDONO.77 LACORTESUPRE¥ADEffiSTIC~ REGLAMENTOOPERATIVO DE LA DIRECCION DE RESOLUCION ALTERNA DECONFLIC TOS MEDIJ\.CION LACORTESUPREMADEffiSTICIA DE LA REPUBLICADE'NICARAGUA CONSIDERANDO 1 QuesegunelArt. 22 de la LeyOrganicadel Poder JudicialLeyNo. 260,publicadaenLaGaceta,DiarioOficialNo.137deI23deJuliode 1998, laCorteSupremadeJusticiaeselTribunal SupremodelPoder Judicial y ejercera las funciones jurisdiccionales, de gobierno y .reglamemarias,que le confieren la ConstitucionPolitica, la Ley Organica y demas leyes. CONSIDERANDO n Que es indispensablepara concretizar los fines y objetivos de la aphcacion dela Ley278 "LeydelaPropiedadRefonnadaUrbanay Agraria" yelcumplirnientodelConvenio BID-CorteSupremade Justiciae Intendencia de la Propiedad, CooperacionTecnicaNo Reembolsable No. ATNIMT·6669. Prograrna de Apoyo a los Metodos A1temosde Soluciondeconflictoskelanvosala Propiedad, organizar una instancia adrninistrativa dependiente de la Corte SupremadeJusticia. , PORTANTO: En uso de sus facultades, Ha Dictado EIsiguiente REGLAMENTO OPERATIVO DE LA DIRECCION DE RESOLUCIONALTERNA DE CONlfLICTQS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ORGANIZACION YFUNCIONES DELA DIRAC Articulo 1. - Creacien yDefinicion de 13DmAC Crease la Direccicn de Resolucion Altema de Confhctos, de conforrnidadconelarticulo164numeralesI y14dela Constitucion Politica,de losArticulos64numerales2y16delaLOPJyConvenio de CooperacionTecnicaNoReembolsableBID-CorteSupremade JusticiaeIntendenciadelaPropiedad, No.ATNIMT-6669-NI. Prograrna de Apoyo a los Metodos Alternosde Solucion de Conflictos. LaDirecci6ndeResolucionAltemadeConflictosdelaCorte(DIRAC). es una dependencia especializada del Poder Judicial encargada de brindarelmarcoinstitueionalytecniconecesario paraelfuncioruuniento de la mediacion yel arbitrajecomo metodos alternospara la solucion deconflictos relativosala propiedad, de confonnidad con la LeyNo. 278,encoordinaci6nconel sistemade la propiedadexistente, delcual formanpartelaProcuraduriaGeneraldeJusticiaylaIntendenciadela Propiedad, Articulo 2. - Definiciones A los efectosdel presente reglarnento se entendera por: CORTE: La CorteSupremadeJusticiade Nicaragua. DIRAC:LaDirecciondeResolucionAlternadeConflictosdela Corte SupremadeJusticiade Nicaragua. ONA: LaOficinaNacionaldeArbitrajedela DIRAC. ONM:LaOficinaNacionaldeMediaciondela DIRAC LOPJ: LeyOrganicadelPoderJudicialde Nicaragua. RLOPJ:ReglarnentodelaLeyOrglinicadelPoderJudicialdeNicaragua. Ley 278:LeysobrePropiedadRefonnada Urbanay Agraria No.278 DireccionGenerlll:La DireccionGeneraldelaDirecciondeRcsolucion A1terna deConflictosde la CorteSupremade Justiciade Nicaragua. Articulo3. - Funciones de Ia DIRAC Sonfunciones de la DIRAC: a.Recibir de laCortelas instruccionespara lapuesta en marcha de los mecanismos de mediacicn y atbitraje previsros para la solucion de conflictos relativosa la propiedad en la Ley 278y concordantes. b. Elaborar y proponer a la Corte para su aprobacion las reglamentaciones, acuerdos y demas disposiciones nonnativas requeridasparalapuestaen marchade losmecanismosdesolucionde conflictos en materiade la propiedad, previstosen la Ley278. c.Elaboraryproponera la Corte losperfilesdepuestosy tareas de los funcionarios queformanparte de la DIRAC. d. Elaborary proponer el presupuestoannal de la DIRAC para ser sometido a la aprobaci6nde la Corte. e.ElaboraryproponerelPlan Estrategicoy elPlan Operativoannaly rernitirloparalaaprobaciondela Corte. f. Supervisarlasactividades dela ONAy laONMenelmarcodelaLey 278ylaLOPJ. g.Llevarunsistemadeseguimientodecasosquepermitadaradecuado monitoreo aldesarrollode losprocesosdemediacionyarbitrajedesde quesonrecibidos en la DIRACy aun despuesde concluidos,cuando son trasladados a ejecuci6n 0 tramitessubsiguiemes en otras institucionesdel sistemade la propiedad, h. Llevarunsistema estadisticoydeindicadoresdedesempefio que permita evaluarlas laboresy tomar decisionesfundadas para el desarrolloinstitucional dela DIRAC. i. Llevar un!Ucruvo centraldeladocumentacion relacionadacon los casosdemediaci6n ydearbitrajequesesometanasuconocimiento. ,j. Coordinar con la EscuelaJudicfal de la Corte el Programade Capacitaci6nenResoluci6nAlternade Conflictos (CAPRAC), que permitacontarconcapacitadorespropios,entrenadosycertificados, capaces de entrenar mediadores y arbitros para la soluci6n e conflictosen materiade lapropiedad. k. Difundir ypromoverel uso,de!os metodos altemosde soluci6n de conflictos en Nicaragua, poniendo especial enfasis en los instnunentos previstosen laLey 278 (mediacionyarbitraje). I. CoordinarconlaEscuelaJudiciallaOrganizaci6ndeseminaries, conferencias y otras actividades de promocion, difusi6n y capacitaci6n. m. Otras quela Corte leasigne, acordescon su naturalezay enel marcodeiaLey278y laLOPI. Artfculo4.-EstructuradelaDIRAC SegunelOrganigramapropuesto, LaDIRACestaniconformadapor las siguientesareas funcionales: Direeci6nGeneral OficinaNacionaldeMediaci6n OficinaNacionalde Arbitraje Oftcinas deCircunscripciones JudicialesdeMediaci6n OficinasdeCircunscripcionesJudiciales de Arbitraje Area Administrativay Financiera Archivocentral y Estadisticas ArtlculoS. - De laDirecci6n General EI Director General sera un funcionario con altosrequisitos academicos, nombradoporiaCorteSupremadeJusticiadeexperiencia y de capacidad para relacionarsecon las personas y trabajar en equipo, Ladescripci6ndelpuesto,perfilyfuncionesestanicontenida en el Manual de Puestosde la DIRAC. CorresponderaaiaDirecci6nGeneraiveiarpOrqueiaDIRACcumpia lasfuncionesestablecidasenel articulo3delpresenteRegiamento, enel marcode laLey 278. Articulo6.-Dela Ofielna Nacional de,Mediaci6n (ONM) LaOficinaNacionaldeMediaci6ndependede laDIRAC. La ONMcontaraconsedesen la Circunscripcionesjudiciales, las cualesseestableeeranpor ReglamentosEspecialesde laCorte,en aquellos lugares que la demanda del seIVicio 10 requiem y las posibilidadesde recursosde JaCorte10permita. Lassedes de las Circunscripciones Judieiales, reportaran sus actividades al Coordinadorde laONM. LaONMseralaencargadadeIaadmmistracioninstitncionaldelos procesosde mediaci6nenmateriadelapropiedad, deconformidadcon laLey278Yconel"Reglamento deMediacion"dietadopor la Corte, Articulo7.-Dela Oficina NacionaldeArbitraje LaOficinaNacional deArbitraje depende de laDIRAC. La ONAcontara con sedesen la Circunscripciones judiciales. las cualesse estableceran por Reglamentos Especialesde la Corte. en aquelJos lugares que la demanda del servicio 10 requiera y las posibilidades de recursosde la Corte 10permita. Las sedes de las Circunscripciones.ludiciales, reportaransus actividadesal Coordinador deJaONA. La ONAsera la encargadade la administraci6ninstitucional de los procesosdearbitraje en materiade la propiedad, deconformidadcon laLey278yconel"Reglamentode Arbitraje"dictadopor la Corte. CAPITULOn DELPERSONALDELADIRAC Articulo8.NatnralezaJuridica Haydostiposde funcionarios y empleadosde laDIRAC: Personal sustantivo. Persona! administrativo y de apoyo. EI "personal sustantivo de la DIRAC" estara conformado por el DireetordelaDIRAC, losCoordinadores NacionalesdeMediaci6ny deArbitraje, losCoordinadoresde lasOficinasdelasCircunscripciones Judiciales y losdemasprofesionales que se desempenenen labores sustantivas relacionadas conel accionarde la DIRAC. EI"personaladministrative y de apoyo"estara conformadopor los funcionarios y empleados del area administrativay firianciera de la DIRAC,as!comoporelpersona!deapoyosecretarial, informatico, de limpiezay demas tareas logisticas requeridas para el adecuado desenvolvirniento de lastareasde la DIRAC,la ONA)' laONM. A las anteriores dos categonas les seran aplicables las nonnas pertinentes dela LeyOrganicadelPoderJudicialde laRepublicade Nicaragua y demasnormasaplicabIesa! regimende serviciode los funcionariosjudiciales, Articulo9.-Lugardetrabajo LasededelaDIRACestaraenManagua,peropodranabrirseoficinas enlascircunscripcionesjudicialesendistintoslugaresdelpais,10cual propondraala Cortelaqueendefinitivaresolvera10quecorresponda. Articulo 10. -Permisos y Licencias SeransphceblesalosfuncionariosdelaDIRACelregimendepermisos ylicenciasestablecidas enlaLOPJy RLOPJ. , Articulo11.-Evaluacionesdesemcio LaDIRACestableceTllevaluacionesycalificacionesde1desempeno de sus funcionarios y empleados, asi como evaluaciones y calificacionesdeldesempefiodelosmediadoresyarbitros,a traves, aunque no exclusivamente,de fonnularios yencuestasdesalidaa los usuarios,.recolecci6nde datos estadisticossobre su tmbajoy la verificaci6nde indicadoresde desempefto. Estas evaluaciones formaran partedelosexpedientesdelpersonalyseranconsiderados a efectosde promociones,ascensos,trasladosy cualesquiera otro movimientodepersonal. En elcase de los mediadoresy arbitros, su inadecuadodesempeno podra acarrearlesquela DiRJ\.C propongaa la Corte,su remoci6n delalistadearbitrosomediadores.LaCorteatravesde laComisi6n deRegimenDiscipliuario, conoceradedichoscasosdeconformidad con10dispuestoen la LOPJ y RLOpJ. Articulo 12.- Procedimientos paraelnombramiento Todo nombramientoque se reahce en Ia DIRAC, se hara previa convocatoriapublicaen el casode las posicionesclaves(Director General, CoordinadorNacionaldeAtbitmjeyCoordinadorNacional deMediacion),0 bien previa n6minadecandidatosdel registrode elegiblesquealefectollevelaCorteenelcasodelrestodelpersonal. Los candidatos seran evaluados de conformidad con el perfil, requisitosy tareas delpuesto al cual aspiran, mediante criterios objetivosa ser constatados porparte de la Corte. CAPITULOm DE LOS PROCESOS DE MEDIACION Y DE ARBITRAJE Articulo 13.- Normas aplicables Losprocesosdemediaci6nydeaIbitraje,seregiranpor10dispuesto en la Ley 278, asi como por las normas de los Reglamentos de Arbitrajey de Mediaci6n, segun corresponda. Articulo 14. - Seguimiento de cases A fin de monitorear el tramite de los procesosde mediaci6ny de arbitmjedesde su inicio y ann despuesde concluidosu tramite,se llevaraun sistemadeseguirnientodecasos,conapoyoinformatico, quepermita deterrninarel estadode cada proceso,su informacion bastca; problemas presentados, desempeno de los mediadores y arbitrosydelpersonaladministmtivoydemasintormacionpertinente. EIsistema,debepermitir igualmenteextraerdatosestadisticosque coadyuvena la tomade decisionespara eldesarrollode la DIRAC amedianoylargoplazo,asicomomejorarconstantementeelservicio que se ofrece a los usuarios. Correspondera al Area de Archivo Central y Estadisticas de la DIRACelllevaryaIimentarel sistema,asi comoelrendimientode informesmensualesa laDirecci6n Generalya laONAyONM,asi como los demas infonnes que estos Ie solicitenpam sus labores. Articulo 15. - Evaluaci6n de losservicios Sellevaranformulariosdeevaluaci6ndelosserviciosasercompletados por las partes, sus asesoresy demas intervinientes en los procesosde mediacion y de arbitraje, a fin de monitorear la percepcion de los usuarios sobre el desempeilode los mediadores y los arbitros. Asimismo, los mediadores y arbitros completaran fonnularios de evaluacion del soporteadministrative e institucional que brinda la DIRACa sus funciones, a fin de mejorar este servicio.clave pam el adecuado desenvolvimiento de los procesos de mediacion y de arbitmje. Deestasevaluaciones, serendiranunos infonnesperi6dicosa laCorte, asi comoal BancoInteramericano de Desarrollo,en este ultimo caso durantela vigenciadel conveniosuscritoentre ambos en apoyoa los metodosaltemos de solucion de conflictos relativos a la propiedad (ATNIMT-6669-NI). . CAPITULO IV VIGENCIA Y DISPOSICIONES FINALES Articulo 16.- Difusi6n A efectos de que todos los usuarios conozcan el contenido del presente reglamento, asi como de las demas normas aplicables, la DIRAC tendra a disposicion del publico. el presente Reglamento Operativo,elReglamentodeMediacion,elReglamentodeArbitrajey elReglamentodelFondopara el Pagode Arbitrajes. ArticulO17.-Vigencia EIpresentereglamentoentrara envigencia a partir de supublicaci6n encualquier medioescritodecomunicacionsocial,sinperjuiciodesu posteriorpublicaci6nenLaGaceta,Diario Oficial. DadoenManagua,en laSaladelPlenode laCorteSupremade Justicia a lostrece dias del mesde abril del ano dos mil. Comuniquesey Publiquese. Managua, catorcede Abril del ano dos mil. FranciscoPlata Lopez- Y. Centeno G. - Guillermo Vargas S. - R. SandinoArguello. -KentHenriquezC.- JulioR.GarciaV, -A. Cuadra Ortegaray - JosefinaRamosM. -M. AguilarG. -F. Zelaya Rojas Fco.RosalesA.-GuiSelvaArg. -Rafael Sol C.-A. CuadraL.-Carlos A.GuerraG.-Ante rniA.ValleP. Srio. Es conforme, extiendo la presente en la ciudad de Managua, a los veintisiete dias del mes de Abril del ano dos mil.- ALFONSO VALLE PASTORA, SECRETARIO CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

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