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Laws of Mexico

Crea el Consejo Nacional de Sanidad Animal

Made 1991-09-09 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Caribbean Community (CARICOM)
Country
Mexico
Subjects
Livestock
Keywords
institution, governance, animal health

Where to read it

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  1. 18 DIARIO OFICIAL Miercoles 25 de Septiembre de 1991 SECRETARIA DE AGRICULTURA Y RECURSOS HIDRAULICOS ACUERDO por el que se crea el Consejo Nacional de Sanidad Animal. AI margen un sello con el Escudo. Nacional, que dice: Estados. Unidos Mexicanps.- Secretaria de Agricultura y Recursos Hidraulicos. . . , . CARLOS HANK GONZALEZ, Secretario de Agricultura y Recursos Hidraulicos, ·con fundamento en el Artfculo 35 de la Ley Organica de la Administraci6n Publica Federal; 2o., 4o., 65 y 66 de la Ley de Sanidad Fitopecuaria de los Estados Unidos Mexicanos; 4o. y So., fracci6n XIII, de! Reglamento Interior de la Secretarfa de Agricultura y Recursos Hidraulicos, y, CONSIDERANDO Que el Plan Nacional de Desarrollo 1989-1994, contempla la sober~nia alimentaria, la cual tierie por objeto. garantizar. alimentos y productos necesarios para l~s mexicanos, ~sf como generar excedentes alimentidos, y establece para alcanzarla, entre otras medidas; el desarrollo econ6mico de! sector pecuario en el ambito nacional e intemacional. Que el desarrollo de la actividad pecuaria del pafs, exige una ampliaci6n de responsabilidades de.los distintos sectores sociales, en un marco de d~~ocracia, par~ el establecii:niento de programas· concertados de sanidad animal, . mejoramiento genetico, investigaci6n aplicada, USO\ integral de· 10s recursos (orrajeros· . y orgahizaci6n de los productores. Que la tasa de crecimiento del sector pecuario puede superar a. la de la poblaci6n, si se disminuye la mortalidad y morbilidad por enfermedades en las especies pecuarias: Que el Programa Nacional de Modemizaci6n de! Campo 1990-1994, establece revertir la tendencia de crecimiento negativo de! sector pecuario, asegurar el abasto, la soberanfa alimentaria, elevar el nivel de los productores pecuarios y alentar el potencial de exportaci6n. Que de acuerdo a la politica de. modernizaci6n de! campo, es: necesario poner en practica, esquemas equitativos de organizaci6n para ejer9tar Jos. programas vigentes en materia de sanidad animal, evita ndo tutelajes anacr6nicos y nocivos, y fundamentar la amplia partkipaci6n y c~rresp~nsabilida4 de los diferent~s . . grupos que participen en la cadena de producci6n: . )~~~ l? anteri~r, se considera necesario 1!:1 constituci6 n de un. organismo .que interactue conJa Secretarfa de Agricultura y Recursos Hidraulicos, apoyando y opinando en la nonnatividad; planeaci6n, programaci6n,. control y evaluaci6n de los programas de sanidad animal en el territorio nacional, y en el que participen .persorias de'.reconocido prestigio de los .div.irsos sectoies involricrados en el, diagn6~tico, prevenci6n., control y erra di~ci6n:de enfennedadesfplagasiqu~·.afecten a los animales ysus pr~ductoi,por.lo 'que he tenido a bien ex:pedii-el siguiente · 4\CUERDO PRIMERO.- Se crea el Consejo Nacional de Sanidad Animal, como 6rgano asesor, para apoyar .a la Seefetaria de Agricultura y Recursos Hidraulicos; en la id7ntificaci6n, planeaci6n, programaci6n, operaci6n, seguimiento y evaluaci6n de los program.as de sariidad aniniat' · SEGUNDO.- El Consejo Nacional de Sanidad Animal tendra; las siguientes funciones: a) Actuar· como organismo· consultivo y de apoyo· en materia ·de sanidad animal para la Secretarfa.de.· Agrirultu-rg y Recursos Hidraulicos. b) Anaa;zar la problematica de la sanidad animal en el pais y proponer los programas y acciones dirigidas a su soluci61Jl,.. · c) Actuar como 6rgano consultivo en la- identificaci6n y promoci6n de programas prioritarios de. investigaci6n en sanidad animal. d) Coadyuvar e11,,1a -identificaci6n y obtenci6n de recursos financieros para la instrumentaci6n de programas y acciones prio"'arias en materia.de sanidad animal. e) Apoyar en la investigaci6n:-,de la. situaci6n zoosanitaria internacional y proponer a las autoridades sanitarias de la Secretaria de Ag'fjcultura y Recursos Hidraulicos, las acciones necesarias para prevenir la introducci6n de enfennedades y plaga$ ex6ticas al territorio nacional. ·Miercoles 25 de Septiembre de 1991 DIARIO OFICIAL . 19 f) Sugerir las disposicione·s legislativas que sean necesarias en materia de sanidad animal, que optimicen y protejan la producci6n pecuaria nacional. g) Proponer programas de formaci6n de recursos humanos para la sanidad animal. TERCERO.- El Consejo-Nacional de Sanidad Animal se integrara por personas de reconocido prestigio en el campo de la sanidad animal como son: medicos veterinarios zootecnistas, productores pecuarios, industriales, investigadores, profesionales de las ciencias biol6gicas y otras personas que en su ambito cuenten con experiencia y representatividad en el sector pecuario. · La participaci6n de los miembros, del Consejo sera honorillca, y en consecuencia, no percibiran remuneraci6n alguna. · · CUARTO.- El Consejo estara integrado por los siguientes cuerpos: a) Junta Directiva y b) Comites. QUINTO.- La Junta Directiva es el 6rgano supremo de gobiemo del Consejo y estara integrado por: Un Prcsidente, un primer, segundo y tercer. Vicepresidente, siete.Vocales, un tesorero-y un·Secretario Ejecutivo, que invariablemente sera el Director General de Salud Animal, de la S ecretaria de Agricultura y Recursos Hidraulicos. · · . . Inicialmente el Presidente de la junta·sera el Subsecretario de Ganaderia, quien durara en su encargo un aii.o, al termino del cual, el Secretario de Agricultura y Recursos Hidraulicos seleccionara al nuevo Presidente de una tema que le presente la Junta Directiva y durara en su encargo dos aii.os, pudiendo ser reelegido por una sola vez. Se invitara a ocupar el cargo de primer Vicepresidente al Presidente de Ia Academia Veterinaria Mexicana A.C.; de segundo Vicepresidente, al Presidente del Colegio Nacional de' Medicos Veterinarios Zootecnistas de Mexico, A.C.,' y de tercer Vicepresid~nte, al Presid1:nte';det,la; Confederaci6n Nacional Ganadera. Asimismo, se invitara a ocupar las siete vocalias a: El Director de la· Facultad de Medicina Vetcrinaria y Zootecnia de la Universidad Nacional .Aut6noma' de Mexico; el Presidente .de Ia Asociaci6n Mexicana de Veterinarios Especialistas en·cerdos; el Presidente d el la Asociaci6n Nacional d~ Especialistas en Ciencias Avicolas; el Presidente de Ia Asociaci6n Nacional de Empacadoras Tipo Inspecci6n Federal; el Presidente de la Asociaci6n Veterinaria de Medicos Especialistas en Bovinos,. el Presidente de la Secci6n Veterinaria de la . . ' Camara Nacional de la Industria Quimica-F<!rmaceutica y el Titular de la Division de Investigaci6n Pecuaria del Instituto Nacional de lnvestigaciones Forestales y Agropecuarias. · . Los Vicepresidentes y los V~cales duraran en sui;encargo como miembros de la Junta Directiva, el tiempo · durante el cual esten al frente de las organizaciones·que representen. · · · · ·· · El Tesorero sera ·nombrado por la Junta Directiva 'y durara en su. encargo dos, aii.os, pudiendo ser reelegido por ima ocasi6n. El·Secretario Ejecutivo duraraen su. -~!!,cargo como.micmbro·de la Juµta·Directiva;iLtiempo durante el cual este al frente de ia Direcci6n General citada; . SEXTO.- Las funciones de Ia Junta Directiva seran: . .. . a) Analizar y, en SU caso, aprobar por votaci6n mayoritaria fas recomendaciones · sugeridas por los Contites, a que se hace referenda en el articulo Decim~ Quinto dei Rre~teA~erdo. b) nt:~1ftias "div~rsas Wciativas-qJb: ctiotrisr~~e~t~s· ie12iii presentaoaspor elSecretarto EjccuHvo. c) Autorizar la constituci6n de otros· Comites~que se requieran. SEPTIMO.-La~ funciones del President~db'ia Junta Dircctiva seran: a) Presidir las reuniones ordinarias y cxtraor:dinarias de la Junta'Dircctiva 'y, de 1a·Asamblea Anual de! Consejo. . b) Firmar todos los documentos que se requicran en cl ejcrcicio de sus atnouciones; c) Programar, con el rest·o de la Junta Directiva, las actividades de dicho 6rga'noy de los Comitci:',1 d) Reprcsentar a la Junta Directiva en los lugares o actos que se requicran f) Convocar a las sesioncs de la. Junta Directiva, con la frecuencia que la Secretarfa de Agricultura y Rccursos Hidraulicos lo requiera. Las sesioncs sc ce1ebraran en el lugar; fccha y hora que ,,e sei'tale en la convocatoria respectiva. g) Tener voto en la calidad en caso de cmpatc en las votaciones de la Junta Direcfiva. OCTAVO.- El primer Viceprcsidente tendra las siguientes funcioncs: a) Representar al Presidente y asumir sus obligaciones en caso de ausencia. b) Firmar Jos documentos que se requieran enel ejercicio de sus atribucjo'nes. c) Las demas que la Junta Directiva le seftale. 20 DIARIO OFICIAL Miercoles 25 de Septiembre de 1991 NOVENO.- El segundo Vicepresidente tendra las siguientes funciones: a) Asumir las obligaciones de! primer Vicepresidente, en ·caso de ausencia del mismo. b) Las demas que le confiera la Junta Directiv a. .. . . . • ; I - • • .;:"; • .).a •·: i• ·. DECIMO.- El tercer Vicepresidente tendra las siguientes funciones: a) Asumir las obligaciones del segundo Vicepresidentken caso de ausencia del mismo. b) Las demas que le confiera la Junta Directiva: . . DECIMO PRIMERO:- El Tesor~ro tendra las.sigqientes funciones: a) Cumplir .conforme a de~echo; con\~das·laso~ligacign~ c~ntab!es y jurfdicas q~e el pliesto indica. b) Informar sobre la contabilidiid del Consejo Nacional de Sanidad Animal a la Junta·Directiva,.en cada. reuni6n o cuando se le requiera. ' DECIMO SEGUNDO.~ El Secretario Ej~tivo tendra las siguientes funciones: . a) Recibir las propuestas que le sein presentada~·porlos Comites, a que se hace referenda en 'el articulo Decimo Quin~o, y someterlas al pleno dela Junta Directiva, para su examen y resoluci6n, en su caso.: b) Ejecutar las decisionesaprobadas p~r.h{Junt~iDireaiva, · .. : ... ,. . . . :.o i,,/ . . : ,. . C) Dirigir. los deba tes en las sesiones d~ l~~J~~ta0irectiva~·:; . . ,·. '.·. ; : .• •. :,,. ,. . . .· . ·. . . d) Firmar las actas de las sesionesy cualq-;:ie/6t~a'dorumentaci6n por encargo.de laJunta Directiva. e) Llevar un registro de las actividade~dei~'.funta Directiva yde los Coinites. •· . h'. f) Formular de'.acuerdo con el Presiderit~,'~i ~~dendel diapara las sesiones de,la J~nta Directiva.· .. '·' . . . . , ... , .. • I, . . ' g) Dar cuenta,a la Junta Dir~iva de•hi·cori-espondencia,de.•l9s documentos de cartera y.de las diversas iniciativas que merezcan su atenci6n. h) Las demAs q~e.iJ:l)unfaDirectiva le senale; DECIMO TERCERO:- Las fuilcionei'de los.vocales.titulares seran:· a) Proponer.Jas.acciones necesaria~.para el cu~pUmi~nt~ 0 seguimiento de las reconi.endaciones de los Comites, a que ~ hace menci6il en el ·artfculo D~cirrio ·Quinto: b) Oesempeiiar I;s comisionesqu~ les,asi~e.,l~:)J~t~l)irectiva .. DECIMO CUARTO;~ Las reuniones.'ordinarias d~ la•Junta Directiva se celebraran cada:dos meses, y las extraordinarias, de, acuerdo· a· 1as emergencia;;•io~~t.~~ o .~~ndo se• considC?re ne~~rio a; solicitud-de alguno de los Comites; senaiados en °el siguiente'p~eceP.~~- . •. ,,L- ., l • . • ~ . . .-. .C· ;,. •. ,.• •• •. ·• - • La: Junta. Directiva· y ,los Comitfa. celebraJ'.an su·.Asamblea. Anual en el mes de Noviembre; en ellugar expresamente: aprobadokdebiendo; .pr:e~ntara/ p9sterionnente' un; informe. de ·labores al.- Secretarici;:de · Agricultura y ~~rs<>sHidr~ulicis.::para.~it:~¥i~~~~~~W~i~~'.:::.:,~~-' . . ~·. ·,. • i~-,;~•(;,.,~;2~-:'.~~t;;: ..,~ 1,~~~,!,;;;H!·?-.i .. · -.... ID ECIM O Q UINfO,,. .. Los Co mites. son 6rga~os: de,~racter tecnico, del Consejo, mismos que variaran err ·· · .. n~~e;o· de. acue~do a·: las· n~cesidades :qui'/do~~id~;~,1~~J~nta Directiva'. De :manera :~nunciativa,.:pero ,no~; : ~~-· 'limitativk se.inte~a·r~~ I~~ siguientes-C,oniM~f.~~W~~Jrk#~~f~~:.:t;:.. .::: ~~::: '-~~)~;:;;..;. ::;;";.. .,~~~i:-n ·, .' , , ::::0,1',:Comit6;er(eriff~~cfudes~~r§!~~~¼l~82:.iz~};:~~~$7~-?~'~S;i~wL~~"f.~:~~~1t~;; •· ~-? ~.,.;yfi 2;-:",C~mi!~:ereenfermedad~in(ecci9sa~deilosjp£i¥!9~-'i..r1-,C.;[~~-tr:.-·· · · · · · · · ::,, ,,tjj'¾~ · · · ··.~,; ·:; • '1 :• ·, . ·· ... /. • · ~- :.-~ ... : ~-· --~ ---=-;-··;-- ... ..,~----: ... ,": .... \~½~~.:: - ..... )--~~';:'.-~ ; ... !r't!)r,; ..... ',·.~.:~z ~z,'J> . ..r..r.,~: ::-.:\ . · 3.". Com1te en enfennedades mfecciosas·~~ los;:equ1n.os::>l-"'~.' , ,- , ··· c:·~·,-,;-., ... , ~;--~~,r·r,1 ~:is·i~,r,:.i · t,4:-·comite en· enfermedades infecciosa s,,.d'e'1 o s .. 'ovt '·.··ifo's'y·•.·.·~prinos: \:, .. .. •· .. , ... ~-~ -~ ... . ... . · ... ·- ;1 ' •• ,, :·:-~·"';~~.-~-~ ~l~f~~:.rm~i~~-0sa~- ~,. . ·",. ---!~,;.,-::-,:i;!~i-;,·=:~.::•.':·:·::.·~- -· J;- . !! 6.- Corriite en'. enf eimedades:-infecciosa .c;.""':½-.f~.i\,,5-"".-:~ .... .·.:.·;·,;.·.' ..... : .'.1 :¼. .. h•it .. ~'-.·.~ ;." :; -.· .. ':t.•·,: •.. ~ •··:~-:-· :·~.~.:; :·.-.,-.·~.-.·.: '., .l y..-•- .: ."':. , -' ... ·"• ,,, :.; .. :.".?, ..... ~~- :..: 1~v .. ~ ,:--' 1-·~;:~.I:r ~ •· --''•··~,, .... 7:u ~~~~~.~!t~~!~~!:P~~~S..I!~~~;i~~s !fi~~~C.t d; ~,~ 'R- Co!ll~,ie/e!l:.tuberculosi~ y para,tu~fl-- •, ;~~~ .•,' / ,:,: :" ·r ;'~>~ .. 9.- Com1te en;fiebre porcma clas1c?,x! J~~Erij:j'£~ -',.iZ:tit.tJ:t ~--~:~·~1:I{~:}~tl:'j~;~~~~~;1~¥?~\~ -:;•~- ~ :.~.· '.0~~:·t·.~··;->,,~li~?'·:~tti~i:~-~t -~~;~,; ,, ~ •" -~-· •<' •• 12:: Comite en rabia paralfti~.b?vina/r~~!~;~;.~~~~~).',.:. .. ,:/.,: ::~;;;~/i .. , , 13.-'Comite en ectoparasitos,. .· ,,·;::;;;:tt::-z:;.:t~? .~.. , . -~-, ··:. c' .• -;~ •. 14.- C~:!1it e en productos ~iol6gicos. : "~· 1 ,.~~i :;~,~:~: .. :, :·, . 15.- Comlfe'en productos qufmicos-farmaceuticos y plaguicidas;. 16.- Comite -~n movil~aci6n e identificaci6n del ganado. · 17.- Comite en\:ontaminaci6n ambiental, generad.i por los ani~ales: 18.- Comite de reqfilsitos zoosanitarios en importaciones y exportaciones. • • ' • ... , ..;,'\ .. . '·'-.!i, 0 1~ .. f~ '-''.·:,,.:•l .. ·,.•'; . ,, . .'.,· .: .. ,L•-~•.-':1,< .. ,,....,;.~- ... -, ... , ',<.,~,~-· . 19.- Comite en biotecno!°S!-~·l, >~ : <,,,,,, >,,:, . , ·. .· .. 20.- Comite en higiene de'alimentos para animales. ; ;: • · 21.- Comite en enfermedad~s ~&icas. . ,- · . , : . · . . . . .. .. ~ ·, \., ' . ,·· , .. .., . . .. 22.- Comite en vigilancia epizooti.ol6~~/l y sistemas de infonnaci6n en sanidad animal. ! ..... ,: ~ Miercoles 25 de 'septiembre de 1991 DIARIO OFICIAL 23.- Comite en Jaboratorios de diagn6stko en sanidad animal. 24.- Comite en movilizaci6n de embriones y semen. 25.- Comite en trato humanitario de los animales. 21 D ECIM O SEXTO .- Cada C:omite . estara integrado por un minimo de cinco personas,. ctiya designaci6n. necesariamente debera ser aprobada por mayoria de votos de los miembros de la Junta Directiva. Cada Comite eligira de entre sus miembros un Coordinador y un Secretario Tecnico. DECIMO SEPTIMO.- Las funciones de los Comites,· de Jos Coordinadores y de Jos Secretarios Tecnicos. se determinaran en el Reglamento que para tal efecto expida la Junta Directiva. DECIMO OCTA VO.- La sede de Ios Comites se ~bicara en el Distrito Federal o en donde acuerden lo~ integrantes del mismo, previa autorizaci6n de la Junta Directiva. La duraci6n de Jos Comites sera Ia que determine Ia Junta Directiva. TRANSITORIO UNICO.- Este Acuerdo entrara en vigor· al dfa, siguiente de su publicaci6n en. el Diario Olicial de la Federacion. Dado en la Ciudad de Mexico, Distrit'o Federal; a los 6 dias del mes de septiembre de 1991.- Secretario de Agricultura y Recursos Hidraulicos, Carlo~ Ha.nk Gonzalez.- Rubri~;. El suscrito, Director General Juridico de la Secretaria de Agricultura y Recursos Hidraulicos, cor. fundamento en el articulo 9o., fracci6n VIII, del Reglamento interior de esta Dependencia deL Ejecutivc Federal. CERTIFICO Que la presente, es una reproducci6nfotostatica fieLy exacta de su original, el cual tuve a la vista, ,nismo que consta cie'once foja;·<itiles;y que.obi-a' en el expediehte'. Para constancia y para los efectos lega.les 'a que hafciJugar, -expido la presente en la ciudad de· Mexico Distrito F~deral a. los nu eve· dfas del mes de" septieinbre' de riiil novecientos noventa ·y uno.- EL Director General, Guillermo Colin. Sanchez.- Rubrica.

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