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Laws of Mexico

Cancelación de la NOM-049-FITO-1995: Campaña contra la Langosta

Made 2006-01-30 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Caribbean Community (CARICOM)
Country
Mexico
Subjects
Cultivated plants
Keywords
plant protection, pests/diseases, hygiene/sanitary procedures, fruits/edible nuts, crops
Categories
agriculture

Where to read it

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Text

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  1. SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN CANCELACIÓN de la Norma Oficial Mexicana NOM-049-FITO-1995, Por la que se establece la campaña contra la langosta, publicada el 17 de julio de 1998. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. LILIA ISABEL OCHOA MUÑOZ, Coordinadora General Jurídica de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 35 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7o. fracción XIV de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; 51 segundo párrafo de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 15 fracciones XXX y XXXI del Reglamento Interior vigente de esta dependencia y a petición del Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Protección Fitosanitaria, y CONSIDERANDO Que con fecha 17 de julio de 1998 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-049-FITO-1995, Por la que se establece la campaña contra la langosta. Que debido a que no existe un proceso de verificación y certificación de la Norma ya que las acciones contra la langosta se realizan principalmente en áreas federales y superficies de pastizales y agostaderos en las que no es posible realizar la evaluación de la conformidad; el 11 de junio de 2003 en el Subcomité de Campañas Fitosanitarias se acordó la cancelación de la Norma Oficial Mexicana NOM-049-FITO-1995, Por la que se establece la campaña contra la langosta. Que el 24 de junio de 2003, se presentó al Comité Consultivo Nacional de Protección Fitosanitaria (CONAPROF) el acuerdo de la cancelación de la precitada Norma Oficial Mexicana NOM-049-FITO-1995. Que mediante oficio número B00.01.02.01.02 12129 de fecha 24 de noviembre de 2004 y oficio número B00.01.02.01.02 09572 de fecha 19 de septiembre de 2005, el Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Protección Fitosanitaria, solicitó la cancelación de la Norma Oficial Mexicana NOM-049-FITO-1995, Por la que se establece la campaña contra la langosta, de conformidad con lo establecido con el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Que en razón de lo anterior y en ejercicio de las atribuciones conferidas he tenido a bien de expedir la siguiente: CANCELACION PRIMERO.- Se cancela la Norma Oficial Mexicana NOM-049-FITO-1995, Por la que se establece la campaña contra la langosta, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de julio de 1998. SEGUNDO.- Procédase a publicar la presente en el Diario Oficial de la Federación. TERCERO.- La presente Cancelación entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. En la Ciudad de México, Distrito Federal, a treinta de enero de dos mil seis.- La Coordinadora General Jurídica de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Lilia Isabel Ochoa Muñoz.- Rúbrica.

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