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Laws of Mexico

Acuerdo que modifica al diverso por el que se establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de las dependencias que integran la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas

Made 2020-01-31 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Country
Mexico
Subjects
Cultivated plants, Waste and hazardous substances
Keywords
pesticides, internal trade, international trade, plant protection, hazardous substances
Categories
*, agriculture

Where to read it

Text

The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.

  1. 05/02/2020 DOF - Diario Oficial de la Federación https://dof.gob.mx/nota detalle.php?codigo=5585424&fecha=04/02/2020&print=true 1/2 DOF: 04/02/2020 ACUERDO que modifica al diverso por el que se establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de las dependencias que integran la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- Secretaría de Economía.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.- Secretaría de Salud. VÍCTOR MANUEL TOLEDO MANZUR, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, GRACIELA MÁRQUEZ COLÍN, Secretaria de Economía, VÍCTOR MANUEL VILLALOBOS ARÁMBULA, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural y JORGE CARLOS ALCOCER VARELA, Secretario de Salud, con fundamento en los artículos 32 Bis, 34, 35 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o., fracción III, 5, fracción III, 15, 16, 17, 19, 20 y 21 de la Ley de Comercio Exterior; 36-A, fracciones I, inciso c) y II, inciso b) de la Ley Aduanera; 153 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 3, fracción XXII, 17 bis, 283, 284, 285, 298, 368 y 375, fracción VIII de la Ley General de Salud; 9, fracciones III y IV de la Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas; 5, fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 2, apartado C, fracción X y 7, fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 1 y 3, fracciones I, VII y XI del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios; 3 y 24 al 38 del Reglamento en Materia de Registros, Autorizaciones de Importación y Exportación y Certificados de Exportación de Plaguicidas, Nutrientes Vegetales y Sustancias y Materiales Tóxicos o Peligrosos, y 3, fracción III del Reglamento Interior de la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas, y CONSIDERANDO Que el 12 de abril de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de las dependencias que integran la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas (Acuerdo), modificado mediante diversos dados a conocer en el mismo órgano de difusión oficial el 19 de marzo de 2014, 3 de febrero de 2016 y 5 de febrero de 2016, el cual establece las regulaciones no arancelarias a las que se sujetará la introducción al territorio nacional, o la salida de éste, de plaguicidas, fertilizantes y sustancias tóxicas; Que mediante reforma a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (Tarifa), se publicó el 6 de noviembre de 2019, en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y el Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, por medio del cual, se crearon, modificaron la descripción y suprimieron diversas fracciones arancelarias que clasifican Productos químicos orgánicos y Productos diversos de las industrias químicas, en los Capítulos 29 y 38, respectivamente, de la Tarifa y cuya introducción a territorio nacional debe sujetarse al cumplimiento de lo señalado en los Puntos Segundo y Quinto del Acuerdo; Que conforme a lo dispuesto por los artículos 20 de la Ley de Comercio Exterior y 36-A fracciones I, inciso c) y II, inciso b) de la Ley Aduanera, sólo podrán hacerse cumplir en el punto de entrada o salida del país, las regulaciones no arancelarias cuyas mercancías hayan sido identificadas en términos de sus fracciones arancelarias y nomenclatura que les corresponda, por lo que resulta de vital importancia mantener la normatividad actualizada, y Que en cumplimiento a lo señalado por la Ley de Comercio Exterior, las medidas a que se refiere el presente instrumento, fueron sometidas a la consideración de la Comisión de Comercio Exterior y opinadas por la misma, por lo que expedimos el siguiente: ACUERDO QUE MODIFICA AL DIVERSO POR EL QUE SE ESTABLECE LA CLASIFICACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS CUYA IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN ESTÁ SUJETA A REGULACIÓN POR PARTE DE LAS DEPENDENCIAS QUE INTEGRAN LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL PARA EL CONTROL DEL PROCESO Y USO DE PLAGUICIDAS, FERTILIZANTES Y SUSTANCIAS TÓXICAS Primero.- Se adicionan a los Puntos Segundo y Quinto del Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de las dependencias que integran la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de abril de 2013 y sus modificaciones posteriores, las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en el orden que les corresponda según su numeración, para quedar como sigue: Segundo.- ... FRACCIÓN DESCRIPCIÓN ... ... 3808.50.99 Los demás. ... ... 3808.91.05 Formulados a base de: oxamil; Bacillus thuringiensis. ... ... Quinto.- ... FRACCIÓN DESCRIPCIÓN ... ... 3808.50.99 Los demás. Únicamente: Los insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas,inhibidores de germinación. ... ... 3808.91.05 Formulados a base de: oxamil; Bacillus thuringiensis. 05/02/2020 DOF - Diario Oficial de la Federación https://dof.gob.mx/nota detalle.php?codigo=5585424&fecha=04/02/2020&print=true 2/2 ... ... Segundo.- Se modifican en los Puntos Segundo y Quinto del Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de las dependencias que integran la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de abril de 2013 y sus modificaciones posteriores, la descripción y/o acotación de las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en el orden que les corresponda según su numeración, para quedar como sigue: Segundo.- ... FRACCIÓN DESCRIPCIÓN ... ... 2931.90.17 Ácido organofosfónico y sus sales, excepto lo comprendido en las fracciones arancelarias2931.90.05, 2931.90.18, 2931.90.19 y 2931.90.22. Únicamente: Trimetilsulfonio de N-fosfonometilglicina (SULFOSATO) (CAS 81591-81-3). ... ... 3808.93.01 Herbicidas, excepto lo comprendido en la fracción 3808.93.03 y la fracción 3808.93.05. ... ... 3808.99.01 Acaricidas, excepto lo comprendido en las fracciones 3808.99.02, 3808.99.03 y 3808.99.04. ... ... Quinto.- ... FRACCION DESCRIPCIÓN ... ... 2924.12.99 Los demás. Únicamente: Fluoroacetamida (CAS 640-19-7) ... ... 3808.91.99 Los demás Únicamente: De paratión en aerosol, polvos secos (PS), concentrado entrexulsificable (CE), gránulos (GR) y polvos humedecibles (PH), excepto suspensiones en cápsulas (SC) Formulaciones líquidas solubles que sobrepasen los 600 g/l de metamidofos como ingrediente activo Formulaciones líquidas solubles que contengan 600 g/l o más de monocrotofos como ingrediente activo Mezcla de cloropicrina y cloruro de metilo. ... ... 3808.99.01 Acaricidas, excepto lo comprendido en la fracciones 3808.99.02, 3808.99.03 y 3808.99.04. Únicamente: Formulaciones de paratión en aerosol, polvos secos (PS), concentradoentrexulsificable (CE), gránulo. 3808.99.99 Los demás Únicamente: Las siguientes formulaciones: De paratión en aerosol, polvos secos (PS), concentrado entrexulsificable (CE), gránulos (GR) y polvo; Formulaciones de benomilo en polvo seco que contengan 7% o más de benomilo. ... ... Tercero.- Se eliminan del Punto Segundo las fracciones arancelarias 2903.81.01, 2903.81.02, 2903.82.01, 2903.92.02, 2920.11.02, 2920.90.03, 2924.12.99, 2924.29.32, 2930.50.01, 2930.90.27, 2931.90.21, 2932.99.10, 2933.99.13, 3808.50.01, 3808.91.01; y del Punto Quinto las fracciones arancelarias 2903.81.01, 2903.81.02, 2903.82.01, 2903.92.02, 2920.11.02, 2920.90.03, 2924.29.32, 2930.50.01, 2932.99.10, 3808.50.01, 3808.91.01, ambos del Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de las dependencias que integran la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de abril de 2013 y sus modificaciones posteriores. TRANSITORIO ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día 4 de febrero de 2020. Ciudad de México, a 31 de enero de 2020.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Víctor Manuel Toledo Manzur.- Rúbrica.- La Secretaria de Economía, Graciela Márquez Colín.- Rúbrica.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Víctor Manuel Villalobos Arámbula.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Jorge Carlos Alcocer Varela.- Rúbrica.

Acuerdo que modifica al diverso por el que se establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de las dependencias que integran la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas · Nelum