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Laws of Honduras

Resolución Nº 220/82 - Prohibe la captura y comercialización de los huevos de tortuga y de otros productos derivados de la misma

Made 1982-07-16 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Honduras
Subjects
Wild species and ecosystems
Keywords
turtles, wildlife products, internal trade, protection of species, wild fauna, biodiversity, reptiles

Where to read it

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Text

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  1. R E S O L U C I O N No. 220-82 DlRECCION GENE:RAL DE: RECURSOS NATURALES RENOVABI.ES. Tegucigalpa, Distrito Cen trat, dleclseis de jullo de mil novecientos ochenta y dos. GONS[DERANDO: Que el Poder Ejecutivo, por media de ia S~cretarfa de Recursos Naturales, es la Autoridad Superior en materia de Pesca y sus conex.os. GONSIDERANDO: Que es obligacion de la Secretarfa de Recursos Naturales. a traves de la Direccion General de Recursos Naturales Renovables, ve'lar par la protecci6n, conservaci6n y aprovechaniiento de la fauna fluvial, lacustre y mar1tima. CONSIDERANDO: Que no obstante los esfuerzos realizados por esta Dlrecc16n. no ha sido poslble lograr lll concientizacion de· las personas lnvolucradas en la captura y comercializaci6n de los huevos y otros productos derivados de las tortugas marinas, mot,. con ello la puesta en peligro de estas especies, yen conse cuencia evitando su reproduccion y pcop ic Lando el extermLn lo de la espede. CONSI!Jel\ANDo, Que de acuerdo a estudios efectuados por esta D1recci6n, se ha decerminado un perfodo de incubaci6n entre· 45 a SO dfos, sien do 1,:, epoca de invierno en que .llegan estos qu·elonios en gran numero a depositar sus huevos en las playas <le Honduras. GONSlDERANDO: Que es preocupaci6n permanence de es ta Direc.s 16n velar ·porque la tortuga marina no se extinga con una explotaci6n irracional. P O R TANT 0 L~ DJrecci6n General de Recursos Naturales Renovables, en ,1so de sus faculta des yen observancia de los Art!culos: l,2,3,4,5,6,7,9,42,43,44,49,53, 70 nu merales 3,4,7,9,LO y demas aplicables de la Ley de Pesca vigente. RESUELVE PR1f!!IBQ,· Prohlbir en forma tot~l en toda la Republica la capcura y comercia lizacton de los huevos de tortuga y onos productos derivados de la . I ••• 61 mismat asi coma la tenencia en dep6sitos, en barest restaurantes, hoteles~ comedores. supermerCados y puestos de venta de cunlquier na.turaleza. ~: La contravencion "de la pr.esente dlsposidon dadi luga-r a una multa de L. 300.00 (TRESCIENIOS LEHPIRAS EXACTOS} 6 300 (TRESCIENTOS DL\S DE RECLUSION), en aplicacion del artfculo 70 de la Ley de Pesca, y el decomiso del pcoducto, el cual ser5 encregado a 'instituciones de bi"enescar social o vendido en piibllca subasta. H.RC£RO: Sol icitar la colaboracion de la5 autoridades Ctviles y MU it ares, esp,acialcen ce d" la Fuecza de Seguridad Publica (FUSEP) y Fuerza Na •:al, P"'" el cu;n:,liruienco eJ<C1cto de esta Resoluci6n. ~: • La pre.sente resoluciOn estar.5. e.n vigencia a partir de..1 Diecisiete de agosco de mil novecientos ochenta y dos hasta el seis de septie~ bre del mismo ano,,debiendose dar a. ins mismas la mas amplia divul gacion a craves de los medios de comunlcaci6n escritos y radiales del Pais y afiches colocados en'lugares convenientes, CUM?LASE. D[RECTOR GgNERAL

Resolución Nº 220/82 - Prohibe la captura y comercialización de los huevos de tortuga y de otros productos derivados de la misma · Nelum