Resolución Nº 13/83 - Manejo del recurso coral negro (Antipates)
Made 1983-04-27 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- European Union
- Country
- Honduras
- Subjects
- Wild species and ecosystems
- Keywords
- coral, wildlife products, internal trade, aquatic animals
Where to read it
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Text
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RES 0 L U C rON No.OD-83 OIRECCION GE~ERAL DE RECURSOS NATURALES RENOVABLES. tegucigalpa. Distrito Central. veintisiete de abril de mil novecientos ochenta y tres. CO~SIDERANOO: Que en el mar territorial del Litoral Atlantico existen~ cies de Coral Negro. 10 que constituye una rareza desde el punto de vista biologico y un factor de gran potencial para la atraccion turistica. si se conserva en su estado natural. CO',SIDERANDO: Que la,Secretaria de Recursos Naturales es til en la ob H gacf.dn de proteger y conservar este tipo de asociacion ecologica ma rina que esta restringida a condiciones muy selectas en aguas tropicales. CO~SIDERANDO: Que existen tanto en las costas del Atlantico. como del Pacifi .co. asi como en lagos y lagunas del pais sedim~ntos calcareos de origen marino 0 lacustre,cuya explotacion debe ser reglame~ tada de acuerdo a disposiciones de origen tecnico. P 0 R TAN T 0 ~sra Direccion General de Recursos Naturales Renovables. en usc de las facul tad"s de que esti investida y en aplicacion de los Articulos I, 3. S. 7 y 73 de la Ley de Pesca vigente. RES U E L-V E ?~r:~RO: Prohibir terminantemente a partir de esta fecha,y por tiempo indefi nido la extraccion. industria?izacion y comercializacion del CORAL NEGRO en toda la region del mar territorial Atlantico. SEGUNDO: Reglamentar la extraccion de sedimentos calcireos de origen marino o lacustre en las costas del Atlantico y Pacifico, lagos y lagunas del pais. prohibiendo su industrializaci6n sin haber obtenido el permiso correspondiente. ,2RCERO: Sancionar a los infractores de las disposiciones anteriures, de conformidaa con la Ley de Pesca vigente, procediendose al decomiso del producto, sin perjuicio de las demas sanciones establecldas en I ... CUARTO: QUINTO: otras Leyes del Pais. Esta Resooucion deroga la No.OOS de fecha siete de marzo de 1978. Dar La mayor publicidad a la p r es ente R"''''oludon. CUMPLASE. DIRECTOR GENERAL