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Laws of Honduras

Decreto Nº PCM-030-2020 ─ Declara prioridad nacional el apoyo al sector productor de alimentos y agroindustria alimentaria y decreta medidas para asegurar la soberanía y seguridad alimentaria

Made 2020-04-06 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Honduras
Subjects
Agricultural and rural development, Food and nutrition, Land and soil, General
Keywords
coronavirus disease (COVID-19), social protection, food security, investment, agricultural commodities, financial agricultural measures, business/industry/corporations, subsidy/incentive, agricultural land, food sovereignty, vending, internal trade, public land, lease, land-use planning, contracts, land tenure
Categories
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  1. 4. Proyecto de emergencia para reactivar el sector instituciones competentes, debe crear un censo de tierras con productivo en el Corredor Seco por Doscientos potencial para aplicar sistemas de riego y la identifìcaci6n Millones de Lempiras (L 200,000,000.00). de tierras aptas para la construcci6n de represas de agua o cosechas de agua y realizar los estudios expeditos para la ARTICULO 6.- Se instruye a la Secretaria de Estado en los construcci6n de represas de agua con la colaboraci6n de Despachos de Agricultura y Ganaderia (SAG) y al Instituto INVEST-H. Hondureiio de Mercadeo Agricola (IHMA) para que tomen las medidas siguientes: ARTICULO 5. Declarar prioridad y necesidad nacional

  2. 1. Asegurar el abastecimiento total de la Reserva asi como de interés publico estratégico para la Naci6n, Alimentaria Estratégica del Estado con al menos los siguientes proyectos de fortalecimiento al sector Cien Millones de Lempiras (L. 100,000,000.00); agroalimentario que actualmente se encuentran en ejecuci6n: l. Alianza para el Corredor Seco; 2. Preparar, aprobar e implementar un Pian de Precio Minimo a la Producci6nAgricola Nacional; y,

  3. 2. Proyecto de Competitividad Rural de Honduras

  4. 3. Preparar, aprobar e implementar un Pian de (COMRURAL); Rehabilitaci6n, Reconstrucci6n y Mantenimiento de las Bodegas, Silos y Centros de Acopio en todo el

  5. 3. Proyecto de Seguridad Alimentaria en el Sur (ACS territorio nacional, en un plazo maximo de cinco (5) PROSASUR); dias.

  6. 4. Proyecto de Resiliencia en el Corredor Seco en el La Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), Occidente de Honduras (Eurosan Occidente); y, asignara los recursos presupuestarios, para la realizaci6n de todas las medidas instruidas anteriormente, en el marco

  7. 5. Proyecto de Fortalecimiento del Servicio de Agua de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N°. 33-2020 del Urbano en Honduras por Cuarenta y Cinco Millones 2 de abril de 2020, asi como de las demas disposiciones de D61ares (USO 45,000,000.00). aprobadas por el Presidente de la Republica en Consejo de Secretarios de Estado. Por lo anterior Secretaria de Estado Asi mismo, se declaran prioridad nacional del sector en los Despachos de Agricultura y Ganaderia (SAG) y el agroalimentario y se instruye a la Secretaria de Finanzas para Instituto Hondureiio de Mercadeo Agricola (IHMA) deben que proceda a forrnalizar de manera inmediata y urgente los presentar el Pian de lmplementaci6n y reprogramaci6n de los siguientes proyectos: presupuesto de ejecuci6n. Asimismo la SEFIN debe realizar l. Proyecto Integrando la Innovaci6n para la la programaci6n fìnanciera de estos recursos de acuerdo al Competitividad Rural en Honduras (COMRURAL Presupuesto Vigente de Ingresos. II) por USO Setenta y Cinco Millones de D6lares (USO 75,000,000.00) fìnanciado por Banco Mundial; ARTICULO 7.- Se instruye a la Comisi6nNaciooal de Bancos y Seguros (CNBS) y al Banco Centrai de Honduras (BCH)

  8. 2. Proyecto Integrai de Desarrollo Rural y para que aprueben y ejecuten todas las medidas normativas Productividad por Noventa Millones de D6lares y ejecutivas necesarias para asegurar a los productores SecciOn A Acuerdos y Leyes nacionales el acceso al crédito en las mejores condiciones de adecuada y libre de interferencias, cumpliendo con todas las tasa y plazo. Entre las medidas a tornar, se deben incluir al medidas sanitarias y de protecci6n necesarias para asegurar menos las siguientes: el bienestar de las personas y los alimentos. l. Readecuar laregulaci6nrelacionada con el coeficiente La Secretaria de Agricultura y Ganaderia (SAG) cream un de apalancam.iento y otras medidas relacionadas con directorio de profesionales certificados para que reciba y la cobertura de riesgo, a fin de pennitir la colocaci6n procese las solicitudes de asistencia técnica, bajo los mis de recursos en créditos a la producci6n a un bajo costo, criterios de simplicidad y agilidad. o bien el refinanciam.iento de créditos existentes a tasas mas bajas y mayores plazos para su pago; ARliCULO 10.- Instruir a los miembros del Comité

  9. 2. Elaborar y poner en marcha una propuesta que Técnico Administrativo del "Fideicomiso de Administraci6n contenga los mecanismos necesarios para la e Inversi6n para el Programa Nacional para la Reactivaci6n del Sector Agroalimentario de Honduras", consti!nido creaci6n de un Sistema de Seguro Agropecuario en el Banco Hondurefio para la Producci6n y la Vivienda comercialmente viable y con la garantia del Estado (BANHPROVI), para que, sujeto a la disponibilidad de de Honduras, incluyendo la legislaci6n especial recursos del fideicomiso, pueda ejecutar lineas de crédito o cambios normativos e incentivos necesarios y asigoaciones de recursos para la micro, pequeiia y para acelerar su implernentaci6n y colocaci6n en mediana ernpresa del sector agroalimentario, asi como a las el mercado, tanto de nuevos créditos o para el Cooperativas de Producci6n, Casas Comerciales ernpresas refinanciam.iento de los existentes; de la Agroindustria y/o Exportadoms.

  10. 3. Reclasificaci6n de los productores en categoria de riesgo en la Centra! de Informaci6n Crediticia, a Dichas ernpresas seran calificadas segful las metodologias aplicadas por el Banco Fiduciario para los intermediarios no efecto de que puedan tener acceso a nuevos créditos; bancarios. y,

  11. 4. Definir mecanismo de tratam.iento rapido a las En atenci6n a esta priorizaci6n se autoriza a los miembros del solicitudes de crédito y redescuento. Comité Técnico Administrativo del Fideicomiso, asi como al Fideicomitente y Fideicomisario, para que realicen los ARliCULO 8.-AutorizaralaPrimera SociedadAdministradora ajustes pertinentes con el Banco Fiduciario para flexibilizar de Fondos de Garantias Reciprocas CONFIANZA SGR, los términos y condiciones financieras de los créditos y facultada legalmente para que por medio del FONCAFE pueda asignaciones de recursos en cuanto a monto, tasa de interés, otorgar garantias reciprocas a otros sectores prioritarios que plazo, periodo de gracia, tipo de garantias y la distribuci6n incluyan el sector agrolimentario, agroindustria alimentaria, de la tasa, incluyendo la comisi6n fiduciaria. micro, pequeila y mediana empresa, cajas rorales, casas comerciales de insumos agropecuarios y agroexportadoras en ARliCULO 11.- En aplicaci6n del Articulo 41, plirmfo adici6n a todos los intennediarios ya calificados y elegibles segundo, del Decreto Legislativo W. 51-20 Il del 3 de mayo sin requerimiento de mayor cantidad de fondos a los existentes de 20 Il y publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" del 15 actuahnente en FONCAFE. de julio de 20 Il, contentivo de la Ley para la Promoci6n y Protecci6n de Inversiones, se califican de forma especial ARliCULO 9.- Se instruye a la Secretaria de Agricultura y todos los proyectos existentes y nuevos proyectos de Ganaderia(SAG)paraque,deformaagilyenelmenortiernpo producci6n agropecuaria, centros de acopio y distribuci6n de posible, certifique profesionales y técnicos de extensi6n alimentos y agentes econ6micos de la cadena de suministro agropecuaria para garantizar el apoyo y la asistencia técnica de alimentos, que se propongan y desarrollen en coherencia requerida para los productores nacionales y extranjeros, asi con los objetivos del presente Decreto Ejecutivo, ya sean como la asistencia requerida para asegurar que los centros de estos publicos, privados o pliblico-privados; sin embargo, acopio, centros de procesam.iento industriai, de agregado de para emitir el Certificado de Incorpomci6n y Viabilidad de valor y de distribuci6n de alimentos, fimcionen de manera Operaci6n individualmente para cada proyecto, la Secretaria de SecciOn A Aeuerdos y Leyes Estado en los Despachos de Agricultura y Ganaderia (SAG) ARTÌCULO 14.- La Secretaria de Estado en los Despachos deben\ remitirlos al Consejo de Secretarios de Estado para de Agricultura y Ganaderia (SAG), debe garantizar la su aprobaci6n. implementaci6n de los siguientes bonos favor de los productores: De igual manera y debido a la declaratoria de prioridad y l. Bono de Solidaridad Productiva por Doscientos necesidad nacional, asi como de interés pliblico estratégico Millones de Lempiras (L. 200,000,000.00); y, para la naci6n, para los proyectos enunciados en el Articulo 5 del presente Decreto Ejecutivo, se emite el correspondiente

  12. 2. Bono Cafetalero por Trescientos Millones de Lempiras "Certificado de Incorporaci6n y Viabilidad de Operaci6n", (L. 300,000,000.00). que incluye todos los permisos que se requieren por parte de la Administraci6n PUblica Centralizada, Desconcentrada ARTiCULO 15.- Créase el "Programa de Apoyo al Sector y Descentralizada, incluyendo las Municipalidades. Este Pecuario" adscrito a la Secretaria de Estado en los Despachos Certificado acredita pienamente ante las autoridades de Agricultura y Ganaderia (SAG), referido a ganado mayor competentes el cumplimiento de los pennisos y requisitos (bovinos) y ganado menor (aves, porcinos, ovinos, caprinos establecidos en las leyes de la Republica de Honduras, en consecuencia dichas autoridades no demandaran ningi\n y otros). Por conducto de este Programa se deberan ejecutar otro requisito o acreditaci6n legai para la financiaci6n, las acciones siguientes: diseiio, construcci6n, desarrollo, ejecuci6n, operaci6n y l. Donaci6n de la ficha de trazabilidad a todos los producto- administraci6n de los citados proyectos. res y agroindustriales nacionales debidamente registrados en el Programa de Aseguramiento de la Soberania y Seguridad ARTiCULO 12.- En un plazo no mayor de diez (l O) dias a Alimentaria; partir de la vigencia de este Decreto, el Institoto Hondureiio de Transporte Terrestre (IHTT) debe autorizar todas las 2. Facilitaci6n en condiciones adecuadas de materia! resoluciones y los permisos que se encuentren pendientes de genético a todos los productores registrados y acreditados en resolver a favor de empresas de transporte de carga, siempre el Programa de Aseguramiento de la Soberania y Seguridad y cuando tengan sus requisitos completos. Alimentaria, segi\n lo establecido en la reglamentaci6n que emita la referida Secretaria de Estado; Para los efectos anteriores deben\ habilitar los mecanismos amplios para recaudar los pagos de tasas y derecho en linea 3. Acceso en condiciones especiales de financiarniento de y para remitir las resoluciones y pennisos correspondientes equipo de riego para 3 manzanas de tierra para productores por via electr6nica. de ganado categorizados como pequeiios productores, segi\n lo establecido en la reglamentaci6n que emita la referida La Administraci6n Aduanera sin realizar procesos Secretaria de Estado; autorizantes, debera inscribir inmediatamente las unidades de transporte autorizadas por el Institoto Hondureiio de 4. Implementaci6n de un Programa de Asistencia Técnica Transporte Terrestre (IHTT) y en el acto mismo del registro permanente para mejorarniento agropecuario integrai: y, debe emitir el c6digo fisico y en el Sistema Autornatizado de Rentas Aduaneras de Honduras (SARAH), incluyendo los de 5. La Secretaria de Estado de Agricultura y Ganaderia (SAG) Zonas Libres y otros regimenes especiales. al igual que cualquier otra dependencia gubemamental deben otorgar los registros sanitarios vigentes de forma automatica y sin mas requisito que acreditar mediante auditorias oficiales ARTÌCULO 13.- Se instruye a SEMPRENDE a gestionar previas, el cumplimiento de la normativa nacioual vigente. créditos a favor de los productures en condiciones similares en cuanto a tasa y plazos similares al producto financiero AGROCRÉDITO 8.7 que otorga BANHPROVI, pudiendo ARTiCULO 16.- La Secretaria de Estado en los Despachos hacerlo a través de casas comerciales de insumos agropecuarios, deAgricultura y Ganaderia (SAG) y laAgencia de Regulaci6n lo anterior con una suma inicial de Ciento Cincuenta Sanitaria (ARSA), por conducto de sus dependencias, (L. 150,000,000.00) Millones de Lempiras. otorgaran los registros que correspondan al ambito de sus SecciOn A Acuerdos y Leyes competencias de forma simplificada y mediante el uso de ARTfCULO 19.- Las Instituciones del Poder Ejecutivo medios telematicos, sin mas requisitos que la acreditaci6n que ejecutan recursos presupuestarios para la Seguridad del cumplimiento de la normativa nacional vigente mediante Alimentaria deben presentar ante la Secretaria de Estado en la auditoria que se practique. el Despacho de Finanzas (SEFIN), una reprogramaci6n de su presupuesto y el pian de actividades con objetivos medibles Se instruye a todas las dependencias del Poder Ejecutivo e impacto socioecon6mico que cumpla con el prop6sito que participen de la cadena de permisos, licencias y establecido en el Presente Decreto. La Secretaria de Estado en autorizaciones para productos agropecuarios, para que el Despacho de Finanzas realizara la programaci6n financiera conformen una ventanilla Unica electr6nica para que, de la <tiecuci6n de los planes presentados por las Instituciones, siguiendo un Unico tramite, se emitan de forma simplificada de acuerdo a la recaudaci6n de ingresos. y con el mayor nivei de automatizaci6n, dichos permisos, licencias y autorizaciones. ARTICULO 20.- El Servicio Nacional de Sanidad Animai (SENASA), la Agencia de Regulaci6n Sanitaria (ARSA) y Se autoriza a todas las dependencias pertinentes en la cadena todas las instituciones del Poder Ejecutivo encargadas de de permisos, licencias y autorizaciones para que certifiquen otorgar al sector agroalimentario las certificaciones, registro, profesionales independientes y otros auxiliares de la funci6n permiso de operaciones y otros tramites, deben simplificar y pliblica administrativa para realizar las auditorias y verifi- digitalizar su otorgamiento en un plazo maximo de quince caciones que sean exigidas conforme a ley o disposiciones (15) dias habiles. reglamentarias. ARTfCULO 21.- Mientras dure el periodo de restricci6n de garantias constitucionales, los productores pueden ARTICULO 17.- Se instruye a la Secretaria de Estado en presentar solicitud de permiso o licencia con una garantia el Despacho de Finanzas (SEFIN), Secretaria de Estado de cumplimiento de las normas aplicables, esta garantia de en el Despacho de Desarrollo Economico (SDE) y la cumplimiento sera fijada por cada instituci6n ya sea como Administraci6n Aduanera de Honduras (ADUANAS) en un declaraci6n jurada u otra de forma expedita. plazo maximo de cinco (5) dias, una vez aprobado el presente Decreto, concluir con la revisi6n y aprobaci6n del Instructivo Si dentro del plazo de quince (15) dias las instituciones Aduanero para la aplicaci6n del Decreto 119-2016, mismo que competentes no se han pronunciado, la solicitud presentada se contiene incentivos para el sector agroalimentario, asi como entiende concedida en la forma planteada por el peticionario. medidas de facilitaci6n en importaciones y compras locales por las disposiciones emitidas en el Decreto indicado. Durante esté vigente la cuarentena a nivei nacional, se auturiza el traslado de bienes, ganado, u otros insumos de manera ARTICULO 18.- Se instruye a la Suplidora Nacional de expedite y sin tramites que en periodos nonnales deban contar Productos Basicos (BANASUPRO) para que de inmediato con autorizaciones especiales de cualquier autoridad, debiendo destinen la totalidad de los recursos financieros y loglsticos el interesado informar a la autoridad correspondiente dentro para garantizar la compra de productos para la alimentaci6n del periodo de treinta (30) dias después de terminado el estado humana provenientes de la producci6n nacional, tanto de de emergencia. origen agropecuario como de valor agregado. ARTICULO 22.- Se dee!ara de prioridad y necesidad nacional A efectos de garantizar la compra de productos a nivei la implementaci6n de buenas practicas en el uso de nuevas nacional y de facilitar su disposici6n al pueblo hondureiio, tecnologias de transformaci6n de alimentos, sistemas de se autoriza a la Suplidora Nacional de Productos Basicos almacenamiento, cadenas de frio y riego de parcelas. (BANASUPRO) para que habilite centros de venta a nivei nacional, sin petjuicio del uso de la cadena de abastecimientos ARTICULO 23.- La Secretaria de Estado en los Despachos de existente a través centros de abastos, pulperias, mercados, Agricultura y Ganaderia (SAG) debe presentar al Presidente de mercaditos y similares. la Republica un Pian de Implementaci6n de las disposiciones SecciOn A Aeuerdos y Leyes que le corresponden en el marco de este Decreto Ejecutivo ARliCULO 25.- Se declara de prioridad y necesidad nacio- en tres fases, las medidas de corto, mediano y largo plazo. El nal, asi como de interés publico estratégico para la Naci6n, pian de implementaci6n a corto plazo se debe presentar en un el diseiio, financiamiento, planificaci6n, construcci6n y ope- periodo de dos (2) dias después de publicado este Decreto, y raci6n de los parques agroindustriales creados de couformi- en un plazo de diez (IO) dias el pian de mediano y largo plazo. dad con el Articulo 47 del Decreto Legislativo N°. 51-2011 del 3 de mayo de 20 Il y publicado en el Diario Oficial La ARliCULO 24.- De conformidad con las resoluciones Gaceta dell5 de julio de 2011, contentivo de la Ley para la tomadas por el Directorio del Banco Centrai de Honduras Promoci6n y Protecci6n de Inversiones, los cuales podran (BCH), respecto de la reducci6n del encaje legai en habilitarse y ponerse en operaci6n couforme a las disposi- moneda nacional y extranjera, se le instruye para que ciones del presente Decreto Ejecutivo y gozar de los benefi- estructure un mecanismo eficiente y en tiempo rea! de cios e incentivos contenidos en el mismo, siempre y cuando asignaci6n de los recursos proveoientes del encaje legai a su producci6n garantice prioritariamente el suministro de la las instituciones del sistema bancario y financiero nacional demanda de alimentos de la poblaci6n del pals, asi como el que vincule directamente al solicitante de nuevos créditos abastecimiento de la ReservaAlimentaria Estratégica del Es- o refinanciamiento de créditos existentes, de tal forma que tado, pudiendo exportar los excedentes que produzca. la asignaci6n de los recursos liberados del encaje legai sean destinados a los sectores priorizados en el presente Decreto Todos los parques agroindustriales tendrlln la calificaci6n Ejecutivo en la producci6n agropecuaria; asimismo, que especial que dispone el pllrrafo segondo del Articulo 41 de la beneficien a los sectores de turismo y alojamiento, industria citada Ley y para obtener el Certificado de Incorporaci6n y manufacturera agricola y no agricola, industria y servicios de Viabilidad de Operaci6n", y gozar de sus beneficios e incen- la construcci6n, comercio al por mayor y menor, transporte, tivos que incluyen todos los permisos que se requieren por logistica, salmi, servicios administrativos, actividades parte de la Administraci6n PUblica Centralizada, Descon- profesionales y cualquier otra actividad y agente econ6mico centrada y Descentralizada, incluyendo las Municipalidades, que sea afectado por los efectos de la pandemia provocada la Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y por el COVID-19. Ganaderia (SAG), debera remitirlos al Consejo de Secreta- rios de Estado para su aprobaci6n. El Banco Centrai de Honduras (BCH), asignara los recursos provenientes del encaje legai a la instituci6n del sistema Se instruye al Secretario de Estado de Inversiones para que regolado que acredite haber recibido, analizado y aprobado lieve a cabo las visitas y reuniones con inversionistas priva- la solicitud de refinanciamiento de un crédito existente o dos nacionales y extranjeros, a fin de promover y fomentar la de un nuevo crédito. Esta asignaci6n de recursos se bara a una tasa de interés no mayor al cuatro por ciento (4%) anual iniciativa para la instalaci6n y operaci6n de dichos parques por encima del costo efectivo del dinero acreditado por la agroindustriales en el territorio nacional, debiendo iuformar Comisi6n Nacional de Bancos y Seguros (CNBS). de sus resultados en un plazo no mayor de treinta (30) dias a partir de la vigencia del presente Decreto. Cualquier crédito nuevo o refinanciamiento de un crédito existente que se otorgne con tasas fijadas de forma diferente ARTfCULO 26.- Se prohibe a cualquier persona natura! al mecanismo indicado en este articulo se sancionani de o juridica, publica o privada la interrupci6n por cualquier conformidad con la normativa que apruebe la Comisi6n mecanismo de las vias publicas de comunicaci6n que impida Nacional de Bancos y Segnros (CNBS) el paso de trabajadores de la agroindustria y la cadena de suministro de alimentos, que ponga en peligro la seguridad Para garantizar los nuevos créditos o los refinanciamientos alimentaria del pueblo hondureiio. de créditos existentes, se dispondra del Fondo de Garantias creada en el articulo 17 del Decreto Legislativo 33-2020 del LaPoliciaNacional y las FuerzasArmadas ytodas la Unidades 2 de abril de 2020, el cual podra modularse o graduar los de Orden y Seguridad PUblica, deben proceder de manera porcentajes de garantia que emita seglln las prioridades de inmediata a la apertura de las vias publicas y presentar ante financiamiento que dieta el Gobierno de la Republica. el Ministerio Publico las denuncias contra las personas o SecciOn A Acuerdos y Leyes funcionarios publicos que participen de cualquier manera en HECTORLEONELAYALAALVARENGA estos actos ilicitos. SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÒN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÒN. ARliCULO 27.- Se habilitan los dias inMbiles del jueves 09, viemes IO y sabado 11 de abril, 2020, correspondientes a la Semana Santa para los U:nicos efectos de que la Empresa Nacional de Artes Graficas (ENAG), publique los actos adrninistrativos del Poder Ejecutivo que pudieran emitirse en esa fecha y durante la emergencia causada por la Pandemia LISANDRO ROSALES BANEGAS del COVID-19. SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÒN ARTICULO 28.- El presente Decreto Ejecutivo entra en INTERNACIONAL vigencia el dia de su publicaci6n en el Diario Oficial de la RepUblica "La Gaceta". Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Centrai, a los seis (06) dias del mes de abril del aiio dos mi! veinte (2020). REINALDO ANTONIO SANCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE COMUNiQUESE y PUBLfQUESE. DESARROLLO E INCLUSIÒN SOCIAL JUAN ORLANDO HERNANDEZALVARADO MARiA ANTONIA RIVERA SECRETARIADE ESTADO EN EL DESPACHO DE PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA DESARROLLO ECONÒMICO MARTIIA VICENTA DOBLADO ANDARA ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÌGUEZ SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE COORDINACIÒN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS. EBALJAIR DiAz LUPIAN JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PRESIDENCIA SEGURIDAD NACIONAL SecciOn A Aeuerdos y Leyes FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA ROCIO IZABEL TABORA MORALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSANACIONAL FINANZAS ALBA CONSUELO FLORES KARLA EUGENIA CUEVAAGUILAR SECRETARIADE ESTADO EN EL DESPACHO DE SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD DERECHOS HUMANOS. ROBERTO ANTONIO ORDONEZ WOLFOVICH ARNALDO BUESO HERNANI>EZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGiA. EDUCACIÒN. NICOLEMARRDERAGUILAR CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TURISMO. TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL NELSÒN JAVIER MARQUEZ EUCEDA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS MAURICIO GUEVARAPINTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE SANEAMIENTO (SEDECOAS) AGRICULTURA Y GANADERIA GABRIELALFREDO RUBI PAREDES ELVIS YOVANNI RODAS FLORES SECRETARÌADE ESTADO EN LOS DESPACHOS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DE GESTIÒN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE NACIONALES

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