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Laws of Honduras

Decreto Nº 35/13/PCM - Crea la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos (CNG)

Made 2013-07-09 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Honduras
Subjects
Environment, Waste and hazardous substances
Keywords
institution, environmental security, hazardous substances, pesticides, pollution control, precautionary principle, governance, waste disposal, waste management, solid waste

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  1. DE LA REPUBLICA DE HONDURAS La pnmera mpronta liegba Honduras en 1829. ciente instalada en Tegucigalpa. en el cuartel San Fran cisco. lo primem quo se 'mistime lue una procema del General Morazan. con fecha 4 de dicembre de awn.. * IF AMII-S G.i.aks 1829. Despots se imprImie el primer ped Odic° °goal del Goblemo con lecha 25 de maye de 1830. cenocido boy. como Diano Oficial ta Gamin' SecciOn A Poder Ejecutivo EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA EN CONSEJO DE MINISTROS, CONSIDERANDO: Que la Constitucion de la Republica atribuye coma Illla responsabilidad del Estado la proteccion de la salud de las personas para lo cual se hace imprescindible conservar adecuadamente el medio ambient; involucrando en cllo a todos los sectores de la sociedad. CONSIDERANDO: Que coma parte de las acciones necesarias para la conservacion del ambient; yen consecuencia para la salud, el Estado hondureno ha ratificado diversos tratados intemacionales entre los cualcs varios se relacionan con la gestien ambientalmente racional de los productos quimicos en sus diferentes categorias. CONSIDER ANDO: Que en la legislacion nacional secundaria vigente, el Codigo de Salud, la Ley General del Ambiente, entre otras ley es, se adjudi can funciones a compettncias para la gestiOn ambientalmente racional de los productos quimicos a diferentesinstituciones pUblicas, vinculando en el procesa alas entidad es representativas del sector privado y social de la economia. CONSIDERANDO: Que la "Ley pan el Establecimiento de una Visi6n de Palsy la Adopcio'n de un Plan de Nacion para Honduras" (Decreto 286-2009), establece objetivos y metas de prioridad nacional, que incluyen aspectos ambientales y de salud, los cuales no puedenalcanzarse si no existe en el pals una gestian ambientaLmente racional de los productos quimicos. CONSIDERANDO: Que entre las instituciones de la AdministraciOn PUblica que tienen competencias en las diversas etapas de la gestion annbientalmente racional de los productos quimicos, no existe una adecuada coordinacion ni la justa participaciOn de todos los sectores relacionados con la gestiOn de tales pro ductos, por falta de una entidad que coordinc, informe,verifique y evalne el cumplimiento de la politica y deaths instrumentos legales y tecnicos relacionados con la gestian ambientalmente racional de los productos quimicos. CONSIDERANDO: Que es facultad del Presidente de la RepUblica la creacion de comisiones, pennanentes o temporales, La Caceta REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 19 DE AGOSTO DEL 2013 No. 33,206 integradas por funcionarios publicos u otras personas representativas de los di versos sect ores data virla naeional para que practiquen los cxamenes y hagan las consideraciones quc fiteren necesarias pan mejorar la gestiOn en las materias que determinan la creacion de tales Organos. POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que le otorga el Articulo 245 numerates 1,2 y 11 y 29 y en aplicaciOn de los Articulos 252 y 255 de la Constitution dc la RepUblica y de los Articulos 3, 11, 14, 17, 116 y 117 de la Ley General de la Administracien PUblica y Articulos 7,8 y 68 de la Ley General del Ambiente y Articulos 32 y 33 de la Ley de Procedimiento Administrative. DEC RE TA: CREACION DE LA COMISION NACIONAL PARA LA GESTION AMBIENTALMENTE RACIONAL DE LOS PRODUCTOS QUIM1COS CAPiTULO 1 Creacion, Ambito, Atribuciones e Integracion Articulo 1.- Crease la ComisiOn Nacional para la Gestion Ambientalmente Rational de los Productos Quimicos (CNG o la ComisiOn) come mecanismo intersectorial de coordination, consulta y socializaciOn entre los sectores involucrados en la Gestion Atnbientalmente Rational de los Productos Quimicos, asi c,omo la instancia que rec,omiende a los tomadores de decision al nivel politico, las resoluciones, dictamenes, planes de action entre ones, que ban de aprobarse para asegurar el exit° en esta materia. Articulo 2.- La GestiOn Ambientalmente Rational de los Productos Q11111111COS, como enfoque de trabajo de la CNG, consiste en la utilization y rationalization de los productos quimicos, adoptando medidas de precaution, derivadas de un. analisis integral del ciclo de vida, a troves de la aplieacien de las mejores practicas ambientales ymcjoresteenicas disponiblcs, que demuestran que esos productos pueden utilizarse ampliamente, con eficacia ecoraimica y con un alto grado de seguridad. Articulo Sin perjuicio de oh-as quc se incluyan en su Reglamento Interne, la CNG tendra las atribuciones siguientes: 1) Coordinar el Sistema de GestiOn Ambientalmente Rational de Pmductos Quimicos. 2) Elaborar, validar tecnicamente, evaluar yactualizar la Politica para la GestienAmbientalmentc Racional de los Productos Quitnicos enHonduras, asi como coordinar su implementation a traves de la adopcion del Enfoque Estrategice para la Gestien de los Pro duties Quimi cos a Nivel Internacional (SAICM, por sus siglas en ingles). 3) Evaluar y aprobar el Plan Nacional de Implementacien del Enfoque Estrategieo para la Gestion de los Productos Quimicos a Nivel Internacional, denominado SIFHonduras, y otros planes nacionales derivados del cumplimiento de la Politica pan la Gestien Ambientalmente Rational de los Productos Quimi co s en Honduras y de los tratados internacionales ratificadospor el Estado en materia ambiental. 4) Propiciar la validacien a nivel nacional del marco de gobemabilidad para la GestiOn de los Productos Quimicos, previo a su aprobacien por las autoridades competentes. 5) Discutir y generar las propuestas de instrumentos y medithis administrativas y organ izativas necesarias a aplicar por la AdministraciOn PUblica pant el logro de la Gest iOn dc los Productos Quimicos. §) Aprobar su reglamento interno y demas instrumentos operatives que scan necesarios para su funcionamiento y el M. D. C., 19 DE AGOSTO DEL 2013 No. 33 lOgro de los fines de las politicas y normativa legal relacionadas con la ternatica de los Productos Quimi cos. 7) Coordinar acetones con otras instancias o mecanismos afines al tema de Gestien de Productos Quimicos. 8) Presentar propuestas de soluciOn y recomendaeiones a la pmblematicaambiental del pals en los temas alines a la Gestion de Productos Quimicos. 9) Otras atribuciones afinesdentm de la Gestien de los Productos Quimicos. CAPiTULO II Organos de la Comiskin SECCION PRIMERA De la Comision Arnculo 4.- Para su funcionamiento la CNG estara intcgrada por una Asamblea General, la Junta Directive, la S ecretaria Ejecutiva y por los Comitos Permanentes establecidos en este Decreto y ad hoc, creados pot la Comision. Complementanamentc a las disposiciones que pan cada Organ° se establecen en los articulos siguientes, S Reglamento Intern() ampliara sobre la organizacion y funcionamiento de los mismos. • Articulo 5.- La Asamblea General es el organo de maxima jerarquia de la CNG y debera ser integrado por los siguientes seetores: 1) Gobiemo Central 2) Gobiemos Locales 3) Sector Privado 4) Sociedad Civil 5) Academia 6) Organizaciones No Gubernamentales y Colegios Pmfesionales 7) Consejos Regionales de Desarnallo y sus mesas ternalicas, como instanciasparticipativas territoriales,representativas Articulo 6.- El Gobiemo Central estara representado por las siguientes Autoridadcs Nacionales Competentes (ANC): 1) Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA), 2) Secretaria de Agriculture y Ganaderia (SAG); 3) Secretaria de Salud (SESAL); 4) Secretaria de Trabajo y Seguridad Social (STSS); 5) Secretaria Tecnica de PlanificaciOn y CooPeraciOn Extema (SEPLAN); 6) Sccrctaria de Industria y Comercio (SIC). Los demas sectores estaran personalizados per sus respectivas organizaciones representativas, c incorporados per invitaciOn de la Secretaria Ejecutiva de la CNG Articulo 7.- La Secretaria Ejecutiva de la CNG podra invitar como observadores del proceso a otras personas, instituciones u organizaciones nacionales que no formen parte de la Coniston, asi como a entes intemacionales. Articulo 8.- Con excepcien de las instituciones seiialadas en el Artieulo 6 que no podrandelegar su representaciOn, los demas miembros de la ComisiOn podran hacerse representar per otro tniembro de la misma en las reuniones ,que se Ileven a cabo en el marco de este Decreto, siempre y cuando pertenezcan al mismo sector. Articulo 9.- Las decisiones se tomaranpormayoria absoluta de los votos de los miembros que asistan de conformidad alas reglas que establezca el Reglamento Intemo. Articulo 10.- La Comision tendra su sede en las oficinas centrales de la Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA), sin perjuicio de que por acuerdo previo de sus tniembros las reuniones de Asamblea General o de otra indole se puedan celebrar en otro lugar. SECCION SEE:LINDA De la Junta Directiva Articulo 11.- Las reuniones de la CNG seran presididas per de la poblacion I una Junta Directive integrada por al menos un representante de 19 DE AGOSTO DEL 2013 eada uno de los seetores referidos en el Articulo 5, ademas de la Sccrctaria Ejccutiva, sicndo en total ocho los miembros dela Junta Direetiva. Articulo 12.- La Junta Directiva de la CNG estara integrada pot un Presidente, Vicepresidente, una Secretaria Ejecutiva, y cinco Vocales. Articulo 13.- El President de la Junta Directiva de la Comisien asumira las siguientes funciones: 1) El aborar con la Junta Directiva una propuesta de Plan Operativo Anual cue sera presentada a la asamblea de la ' Comisien pan aprobaciOn. 2) Dirigir y coordinar las actividades de la Comision en funcion at Plan Operativo Anual (POA) y sus planes estrategicos. 3) P remover con los tomadores de decision acciones para la gestiOn de los pmductos quirni cos. 4) Infonnar a las Autoridades Nacionales Competentcs dc los logros de la Comisibn. 5) Coordinar reuniones periedicas con los otros miembros de La Junta Directiva de la CNG 6) Fomentar la participacion de la Comision en iniciativas regionales a nivel de Latinoamerica y el Caribe. 7) Mantener un mecanismo de comunicacion activo para la promociOn einformaciOn de iniciativas en favor de la gestiOn ambientalmente rational de los productos quimicos. 8) Coordinar y establecer sinergias, dentro y fucra dc la Comisibn. 9) Promover el fortalecimiento de Las capacidades de los miembros de la Comisibn. 10)Monitorear, evaluar y supervisar las actividades de los comites permanentes, 11)Evaluar Los resultados de los informes de los comites ad hoc. 12)Otras que sean establecidas par el Reglamento Interno de la, Comision. Articulo 14.- El Vicepresidente apoyara al Presidente de la Junta Direetiva en sus responsabilidades, pudiendosele delegar algunas de ellas de forma expresa, y asumird las funelones del Presidente en su ausencia. Articulo 15.- La Secretaria Ejecutiva de la CNG sera desemperiadapor la Secretaria de Reeursos Naturales yAmbientc, a traves del Centro de Estudios y Control dc Contaminantes • (CESCCO). Articulo 16.- Son funciones de la Secretaria Ejecutiva: 1) Impulsar el Sistcma Coordinado de GestionAmbientalmente Racional de los Productos Quimicos; 2) Recibir la documentaciOn que se remita a la Comision, para su di vulgacien y demas efectos pertinentes; 3) Actualizar, con Los aportes de los miembros de la Com isiOn, la infonnacibn relativa a la gestiem ambicntalmente rational de los productos quimi cos que se lleva a cabo en el pais; 4) Identificar las oportunidades para alcanzar la gestural ambientalmenteracional de los productos quimicos, haeicndo conocimiento de ello a todos los miembros de la Comisiem ; 5) Coordinar la capacitacien al personal de las instituciones que formai) parte de la Co niisibn; 6) Supervisar y apoyar la implementation del Plan Nacional de Implementacibn Enfoque Estrategico para la GestiOn dc Productos Quimicos a Nivel Internacional, denorninado SIP Honduras, asi como de los planes nacionales derivados de los convenios y tratados internacional susuitospor Honduras rclacionados can la materia, en tanto estos no es -ten asignados por Ley a otras entid ad es; 7) Promover la actualizacion del Sistema Nacional de Infonnaeien Ambiental y los sistemas de infonnacien relacionados con dates y documentation nacional e international relevante a la gestion ambientahnente rational de los productos quimicos; 8) Informar a todos los miembros de la Comisibn sobre Los resultados de las reuniones de la misma; 9) Ejercer elvnto de calidad en case de ernpate en las retmiones de la ComisiOn; y, 10)Otras funcioncs inhercntes a la Secretaria. Articulo 17.- Los Vocales por su parte, asumiran las funciones que le sean asignadaS per el Presidente, lo que incluye la coordinacion de Comites Permanentes o ad hoc. La Gaceta REPI: BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 19 DE AGOSTO DEL 2013 No. 33,206 SECC1ON TERCERA tema de gestion ambientalmente racional de productos De los Comites Permanentes quimicos. . 3) Salud; liderado per la SS, tiene como proposito prevenir Articulo 18.- El nivel operativo de la CNG funcionara por y reducir los riesgos a la salud humana asociados a los medio de los Comites Permanentes, que se crean en este Decreto productos quimicos. con el objetivo de asistir a la Comision en areas tecnicas yen las 4) Educacien; liderado per la Setretaria de Education funtiones de monitoreo y normalization. Diehos comites (SE). Ilene como propesito impulsar y promover la permanentes deberan contar canal menos 7 miembros, ineluyendo .educaciOn y sensibilizaciOn de la poblaciOn en temas su coordinador, y un maximo de 12. relacionados a la gestiOn de productos quimicos en el , pals. Dichos Comites podrart reunilse en el lugar y fecha que hayan formalmente acordado y sus decisiones se tomaran por mayoria 5) Plaguicidas y Sustancias Afines; liderado por la SAG, asesora en todolo relationado con el registro, el control absoluta. En c,aso de empate, el Coordinador del comiterespectivo y el uso de plaguicidas. tendra voto de calidad. 6) Contaminantes Organicos Pe rsistentes (COPs); liderado per la SERNA, tiene come objetivo asesorar Articulo 19.- Cada Comite Pennanente sera toordinado por en to relativo de la gestion de los COPs en el pais. la resp ettiva Autoridad Nacional Competente. En caso de que 7) Registro de Emisiones y Transferencia de exista duda o conflicto sobre las competencias, se debera resolver la coordination en el sena dela Asambl ea, pudiendo recaer esta Contaminantes (FtETC); y liderado por la SERNA, se constituye como un organ° de asesoria, apoyo y en otro miembro del mismo Comite. seguimientoparala implementaciOndeun RETC national y suintegracion con iniciativasregionales. Articulo 20.- El Coordinador de cada comae tendra la funcien convocar a los demas integrantes del mismo, proponer un plan de 8) Sustancias y Productos Quimicos Industriales, liderado por la SERNA, garantiza la gestion de las trabajo y promover su implementacion, velar sobre el funcionamiento continuo del comite, informar a los demas miembros sobre Ins avances en las actividades planificadas, mantener unmecanismo de comunicacion active parapromover sustancias quimic,asindustriales i Los Comites de los literales 1) y 2) se consideran de Norm alizaciOn y Monitoreo, mientras que los restantes come las iniciativas en sin area tematica, y elevw a la Junta Directiva los resultados de las actividades realizadas. comites de trabajo por Areas Tematicas. Articulo 21.- La CNG tendra Comites Pennanentes para las areas siguientes: 1) Seguimiento, Monitoreo y Evaluaci6n; liderado per la SERNA, tame como proposito evaluar el cuMplimiento de las responsabilidadcs derivadas de los convenios i nternacional es suscritos en el tema de gestion ambientalmente racional de productos quimicos, planes de desarrollo y el Plan de Nacion. 2) Normativo; liderado por Ia SERNA, tiene tom° objetivo proponer nucvos instrutnentosregulatorio en el De acuerdo a necesidad la CNG, podra establecer nuevos Comites Permanentes, asi come eliminar los comites ya existentes despues de evaluar la pertinencia de los mismos. SECCION CUARTA De los Comites Ad Hoc Articulo 22.- Los Comites ad hoc se convoean y c,onfonnaran a propuesta y aprobacion del Comae Pelmanente de Seguimiento, Monitore° y Evaluacion. Pudiondoseles convocar pot a Secretaria Ejecutiva, a traves de una no ta por escrito, canto electronic° o llamada telefonica, dependiendo de la urgencia del tema a tratar. DE HONDURAS Dichos comites ad hoc deberan contar con al menos 3 miembros, incluyendo su coordinador, y tin maxim° de 7. La coordinacian y funcioncs dc cada Comi to ad hoc sera pot designacion de la S ecretari a Ejecutiva, en consulta con todos los miembros del respective Comite. Articulo 23.- Los Co mites ad hoc seran conformados acorde a la capacidad profesio nal de los representantesregistrados ante la Comi shin, aun cuando ello signifique la ausencia de representatividad de todos los sectores. En casos especiales se podra invitar a persona's que no figuran como titulares o suplentes en la CNC Dicha invitacien se haul en forma personal, con copia al superior inmediato, quien debera aprobar la participacion de su subordinado. Articulo 24.- Cuando there desigiado el Comite ad hoc, sus integrantes aceptaran de manera expresa la designacion y se reuniran dentro del teunino de veinticuatro horns para los efectos pertinentes y emitiran su dictamen dentro del plaza legal que corresponda o en el que hubiere estableeido la Cornish:in, segan sea el easo. Articulo 25.- Los informes u opiniones de los Comites ad hoe, junto a los documentos a material de soporte se haran Begat al Coordinador del Comite Pertnanente de Seguimiento, Monitore° y Evaluacion. CAPiTULO III Disposiciones Finales y Transitorias Articulo 26.- Para garantizar la participacionjusta y equitativa de todos los sectores en la toma de decisiones de hi Comisien, la Secretaria Ejeeutiva elaborard el Convenio Interinstitucional que debera ser suscrito por los reprsentantes de las instituciones de los sectores miembros de la ComisiOn y la Secretaria de Amuses Naturales yAmbiente a tray& de su maxima autoritlad, designando unrepresentante titular y unrepresentante suplente a la CNG por institucion. 19 DE AGOSTO DEL 2013 No. 33 de una de sus Direcciones, podran nombrar un representante al CNG per cada Di reccion. Estos representantes a nivel de Direccion elegiran entre ellos al representante titular de su Sccretaria de Estado dcntro dc la CN Articulo 28.- La Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA), en el ejercicio de sus atribuciones conferidas por la Ley General de laAdministraeion PUblica, creara el Departamento de GestiOn de Pnxluctos Quimicos, adsuito al Centro de Estudios y Control de Contaminantes (CESCCO), el cual asesorard tecnicamente a la Secretari a Ejecutiva en materia dc productos quimi cos y apoyard el curnplim lento de los reglamentos relacionados a la gestion de productos quimicos, segin las responsabilidades que estos le asigien. Articulo 29.- Se instruye a hi Secretaria de Finanzas pan que incorpore la estructura presupuestaria del Departamento de Gcstion dc Productos QuImicos al que se refiere el Articulo anterior, denim del proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Republica, para el Ejercicio Fiscal del Alio 2014. Esto incluye los gastos operativos del Departamento, ademas de aquellos gastos necesarios para la celebracinn de las reuni ones ordinarias y cxtraordinarias dc la CNG y de sus comfits Permanentes. Articulo 30.- El presente Decreto Ejecutivo entrara en vigencia a partir de su publicacion en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la ciudad de Santa Rosa de Copan, departamento de Copan, a los nueve (09) dias del mes de julio del afio dos mil trece (2013). , COMUNEQUESE V PUBLIQUESE. PORFIRIO LOBO SOSA PRES1DENTE DE LA REPUBLICA CARLOS AFRICO MADRID HART Articulo 27.- Las Secretarias de Estado, cuyas competencias SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DEL en marco de la Gestion de Productos Quimicos, reeaigan en mas I INTERIOR Y POBLAC1ON

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