Decreto Nº 3-2014-PCM ─ Modifica o suprime Órganos de la Administración Pública, incluyendo las Instituciones Desconcentradas
Made 2014-02-03 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- European Union
- Country
- Honduras
- Subjects
- Agricultural and rural development
- Keywords
- institution, social protection, Indigenous Peoples, governance
Where to read it
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Text
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ARTÍCULO 5.- El personal trasladado a las RIGOBERTO CHANG CASTILLO Secretarías de Estado como consecuencia de la fusión SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, hecha mediante la aplicación del Artículo 29 de la Ley para GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN Optimizar la Administración Pública, Mejorar los Servicios a la Ciudadanía y Fortalecimiento de la MIREYA AGÜERO Transparencia en el Gobierno en las diferentes Secretarías de Estado, debe ser evaluado por la Secretaría SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, Y de Estado correspondiente con el propósito de determinar COOPERACIÓN INTERNACIONAL su idoneidad para el nuevo puesto. El personal que resulte redundante, supernumerario o no apto para la realización LISANDRO ROSALES las actividades como consecuencia de la fusión institucional, SECRETARÍA DE DESARROLLO E INCLUSIÓN será cancelado su nombramiento respetando sus derechos SOCIAL adquiridos y sus prestaciones conforme a la legislación aplicable, para lo cual se instruye a la Secretaría de Estado ALDEN RIVERA MONTES en el Despacho de Finanzas, realizar la previsión presupuestaria y el pago correspondiente tomándose en SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO cuenta cualquier medio de pago que sea permitido por Ley. ROBERTO ORDOÑEZ W.
ARTÍCULO 5.- Todas las reestructuraciones y SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS transformaciones institucionales establecidas en el Artículo PUBLICOS 29 de la Ley para Optimizar la Administración Pública, Mejorar los Servicios a la Ciudadanía y ARTURO CORRALES Fortalecimiento de la Transparencia en el Gobierno y SECRETARÍA DE SEGURIDAD el presente Decreto, deberán de realizarse a más tardar dentro de los siguientes noventa (90) días a partir de la SAMUEL REYES entrada en vigencia del presente decreto. SECRETARÍA DE DEFENSA
ARTÍCULO 7.- Quedan derogadas todas las EDNA YOLANY BATRES disposiciones normativas del mismo rango de este Decreto Ejecutivo que se le opongan. SECRETARÍA DE SALUD
ARTÍCULO 8.- El presente Decreto es de ejecución MARLON ONIEL ESCOTO VALERIO inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial "La SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Gaceta". CARLOS MADERO Dado en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a SECRETARÍA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL los tres días del mes de febrero de dos mil catorce. JORGELOBO JUAN ORLANDO HERNANDEZ ALVARADO SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA JORGE RAMON HERNANDEZ ALCERRO JOSE GALDAMEZ SECRETARÍA DE COORDINACIÓN GENERAL DE SECRETARÍA DE RECURSOS NATURALES, GOBIERNO AMBIENTE Y MINAS REINALDO SANCHEZ WILFREDO CERRATO RODRIGUEZ SECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA SECRETARÍA DE FINANZAS A. 116