Decreto Nº 295/13 - Modifica el Decreto Nº 144/07, Ley para la producción y consumo de biocombustibles
Made 2014-04-08 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Act
- Organisation
- European Union
- Country
- Honduras
- Subjects
- Energy
- Keywords
- environmental standards, renewable energy, bioenergy, biofuel, subsidy/incentive, special fund, institution, standards, protection of environment, governance
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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE HONDURAS La primera imprenta llegó a H o n d u r a s e n 1829, siendo JÉ| D e s p u é s s e i m p r i m i ó el p r i m e r periódico oficial del instalada e n Tegucigalpa, e n el cuartel S a n Fran- i .^*jL-i Gobierno con fecha 25 de mayo de 1830, conocido c i s c o , lo p r i m e r o q u e s e i m p r i m i ó f u e u n a p r o c l a m a hoy, c o m o Diario Oficial "La G a c e t a " . del G e n e r a l M o r a z á n , c o n fecha 4 d e d i c i e m b r e d e EMPRESA NMXJB* ARTES GRAMA. 1829. E.N.A.G AÑO CXXXVII TEGUCIGALPA, M. D. C , HONDURAS, C. A. VIERNES 11 DE ABRIL DEL 2014. NUM. 33,403 Sección A Poder Legislativo SUMARIO / C Sección A D E C R E T O No. 295-2013 Decretos y Acuerdos PODER L E G I S L A T I V O E L CONGRESO N A C I O N A L . 295-2013 Decreta: Reformarlos Artículos 5 y 12 de la L E Y PARA L A P R O D U C C I Ó N Y C O N S I D E R A N D O : Que la Constitución de la República C O N S U M O D E B I O C O M B U S T I B L E S . A. establece expresamente que el sistema económico de Honduras se fundamenta en principios de eficiencia en la producción y 298-2013 Decreta: Autorizar a la Municipalidad de justicia social, en la distribución de lariquezay el ingreso nacional; Choluteca, Departamento de Choíuteca, para que el Estado promueve el desarrollo integral sostenible en lo que pueda suscribir convenios de crédito con económico y social, que estará sujeto a una planificación una o varias instituciones bancarias del Sistema económica. Financiero Nacional. 335-2013 Decreta: L E Y D E F O R T A L E C I M I E N T O C O N S I D E R A N D O : Que la Constitución de la República DE L A CAMARICULTURA. A. 7-10 declara expresamente de utilidad y necesidad pública, la explotación técnica y racional de los recursos naturales de la SECRETARÍA DE FINANZAS nación, debiendo regular su aprovechamiento, de acuerdo al Acuerda: Cancelar por Cesantía al ciudadano interés social y fijar las condiciones de su otorgamiento a los Roberto Alonso Z ú n í g a Barahona, en el particulares, procurando un balance entre el desarrollo cargo de Director General de Presupuesto. A. 11 socioeconómico y la protección del ambiente. S E C R E T A R Í A DE ESTADO E N LOS C O N S I D E R A N D O : Que la dependencia energética DESPACHOS DE A G R I C U L T U R A Y obligada de la economía hondurena en los combustibles GANADERÍA importados y derivados del petróleo, compromete su economía Acuerdo No. 222-14. A. 11-12 monetaria, ya que se destina un elevado porcentaje de las divisas A-22344 Acuerda: Autorizara la Titular de la Secretaría al pago de estos combustibles, siendo prioridad nacional la búsqueda de alternativas energéticas y la producción sostenible General de este Despacho Ministerial para que pueda firmar exclusivamente los de biocombustibles/bioenergía como una alternativa eficaz para O F I C I O S , A U T O S Y P R O V I D E N C I A S , A. 12 lograr independencia energética.
Sección B C O N S I D E R A N D O : Que el uso de los biocombustibles Avisos Legales B. 1-16 es una alternativa viable de corto plazo para lograr la Desprendióle para su comodidad autosuficiencia energética, la disminución de pagos en divisas, la Sección A Acuerdos y Leyes L a Gaceta R E P U B L I C A D E HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M. D. C , 11 D E A B R I L D E L 2014 No. 33,403 reactivación de la producción en el agro, incluyendo a los alimentos biomasa en planteles industriales de generación eléctrica para su básicos, la generación de ingresos con nuevas fuentes de empleo, inyección al sistema interconectado nacional, todo el año y a el alivio en los costos al consumidor y disminución de la perpetuidad y, al contrario de otras fuentes de energía con recursos contaminación ambiental, siendo una alternativa el cultivo de naturales, como ser el agua, viento o la radiación solar; el materias primas provenientes de especies vegetales para su empleo sostenimiento de la cadena de valor referida conlleva costos en biocombustibles y bioenergía. adicionales por la producción de la biomasa, cuya compra por las empresas de energía renovable produce Ios-ingresos a los C O N S I D E R A N D O : Que ya existe un marco jurídico en la productores forestales y el empleo masivo y permanente en las Ley para la Producción y Consumo de Biocombustibles, contenida comunidades rurales. en el Decreto Legislativo No. 144-2007 del 20 de Noviembre de 2007, publicada en el Diario Oficial "La Gaceta", de fecha 31 de C O N S I D E R A N D O : Que incentivar por medio del presente diciembre de 2007, la cual declara de interés nacional la Decreto principalmente la generación de energía eléctrica investigación, producción y uso de biocombustibles para generar renovable a partir de la biomasa bajo Planes de Manejo Forestal, empleo, incrementar la autosuficiencia energética y contribuir a crea la posibilidad de generar los recursos económicos para hacer disminuir la contaminación ambiental, local y global, que reconoce viable la aplicación, precisa y especialmente de los planes de como su finalidad el establecer el marco jurídico para la manejo forestal, actualmente inefectivos por falta de incentivos producción de la materia prima, fabricación, distribución, adecuados de mercado, recursos económicos de los productores comercialización y uso de los biocombustibles, impulsando la y formación microempresarial pero, incentivando a su vez generación de energía por medios alternativos, promoviendo el conceptos y prácticas, por ejemplo, de planes de manejo desarrollo y la protección de estas inversiones. supervisados, se protege el bosque natural de incendios, se reforesta las áreas degradadas y se maneja la población correcta C O N S I D E R A N D O : Que con la vigencia del Decreto de los árboles, logrando mayor volumen y calidad de la madera No. 144-2007, se han cumplido algunas de las metas esperadas por unidad de tierra. Es importante reconocer y destacar que la pero, en la actualidad se hace necesario fortalecer y ampliar sus biomasa es la única fuente de energía renovable que debe ser disposiciones legales para garantizar inclusive la seguridad jurídica cultivada permanentemente, al contrario de otras fuentes de las tierras que se destinen los respectivos cultivos y establecer renovables (agua, viento y sol) que son aprovechadas libremente e s t í m u l o s de mercado, con el objetivo de garantizar la de la naturaleza y, como consecuencia favorable de este extremo, sostenibilidad de esta industria. la generación de energía eléctrica con biomasa forestal es el único sistema renovable que puede generar empleo masivo y crea valor C O N S I D E R A N D O : Que adicionalmente a lo establecido a perpetuidad, antes y después de una central de energía eléctrica en el considerando anterior se incorporan disposiciones relacionadas a la energía renovable a base de biomasa, entre ellas
La (faceta principalmente la biomasa forestal, la cual tiene la singular cualidad y oportunidad de producir empleo masivo y permanente en zonas rurales pobres, aunado al manejo sostenible de bosques naturales y plantaciones, todo en virtud de que el 83 % del territorio hondureno es de vocación forestal y no obstante tal porcentaje el DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS bosque natural o plantado apenas contribuye con menos del 1 % DECANO DE LA PRENSA HONDURENA PARA MEJOR SEGURIDAD DESUS PUBLICACIONES del Producto Interno Bruto, situación que es un freno mayor al LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA desarrollo e c o n ó m i c o y social de nuestra nación, con las Gerente Genera consecuencias bien conocidas de pobreza, inseguridad alimentaria JORGE ALBERTO RICO SALINAS y el acelerado deterioro ambiental de los entornos rurales. Coordinador y Supervisor EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS E.N.A.G. C O N S I D E R A N D O : Que la energía renovable de biomasa Colonia Miraflores bajo Planes de Manejo Forestal viables, requiere integrar una Teléfono/Fax: gerencia 2230-4956 Administractori: 2230-3026 diversidad de actores y procesos en una cadena de valor que va Planta: 2230.-6767 desde el manejo del bosque natural o plantación, hasta las CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL actividades de acondicionamiento, transporte y conversión de la Sección A Acuerdos y Leyes REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M . D. C , 11 DE A B R I L D E L 2014 No. 33,403 C O N S I D E R A N D O : Que la biomasa forestal es producto BUSTIBLES, contenida en el Decreto Legislativo No. 144-2007, í raleo sistemático, manejo sanitario, protección contra incendios de fecha 20 de Noviembre de 2007, publicado en el Diario Oficial reforestación para su mantenimiento y sano desarrollo, sin La Gaceta de fecha 31 de diciembre de 2007, los cuales deben nbargo, esto no se da en actualidad por falta de financiamiento leerse de la manera siguiente: mercado a los productores y el efecto inmediato son los icendios recurrentes, los daños por plagas, rendimientos mínimos " A R T I C U L O 5.- Las personas naturales o jurídicas que e madera industrial y la pérdida eventual del bosque. A mediano ejecuten efectivamente proyectos para la p r o d u c c i ó n y lazo, los resultados son el deterioro de las cuencas con sus efectos aprovechamiento de materias primas desfinadas a la producción añinos sobre los suelos, la disponibilidad del agua y la de biocombustibles y para la generación de bioenergía, gozan de iodiversidad que son notorios en muchas zonas de nuestro país, todos los beneficios establecidos en la presente ley. Se declara )do por la falta de atención y manejo sostenible de los bosques, inafectables por causa de utilidad pública, de reforma agraria u roducto mayormente de la baja productividad actual que no otra causa, las tierras y mejoras que se estén efectivamente ermite a los propietarios de los bosques lograr la financiación destinando al cultivo de especies vegetales que sirvan de materias unciente para la aplicación anual de los Planes de Manejo y en primas para producir biocombustibles y para la generación de espuesta a estas situaciones, se ha identificado el aprovechamiento bioenergía, cuya propiedad o titularidad esté definida en legal y le biomasa forestal para la generación de energía limpia, empleos debida forma y conste su registro en el Registro de la Propiedad : ingresos sustentables, como una estrategia deseable y factible correspondiente y, a su vez, en los registros correspondientes de tara revertir la presente situación en las zonas boscosas del país. la Secretaría de Estado en los Despachos de Industria y Comercio (SIC) por medio de la Unidad Técnica de Biocombustibles (UTB). CONSIDERANDO: Que el proyecto comprende la generación de energía eléctrica en etapas, sustentada por el Para garantía de la condición de inafectabilidad, los legítimos iuministro sostenible de biomasa forestal dirigido a los propietarios y desarrolladores de proyectos para la producción y consumidores actuales de las zonas, con miras a dinamizar las aprovechamiento de materias primas destinadas a la producción pequeñas empresas y la atracción de nuevas agroindustrias, de biocombustibles y para la generación de bioenergía, deben naquilas y una diversidad de servicios. La biomasa referida es encontrarse inscritos y vigentes en los registros relacionados en el exclusivamente producto de los raleos programados, podas párrafo precedente previo el cumplimiento de todos los requisitos sanitarias y residuos de las cortas y aserríos, no de la madera necesarios que se le soliciten. Tanto los requisitos como el comercial. Todo sujeto a las prácticas de manejo, mediciones, procedimiento deben ser aprobados, tutelados y ejecutados por e n t r ó l e s y procesos legales contenidos en los Planes de Manejo la Secretaría de Estado en los Despachos de Industria y Comercio Forestal, financiables por el mercado que abre a los propietarios (SIC) por medio de la Unidad Técnica de Biocombustibles (UTB). locales la apertura de la nueva industria de energía renovable con biomasa forestal. Por todo lo anterior la biomasa forestal requiere una inversión marginal para su producción a lo largo del tiempo. La declarada inafectabilidad de las tierras y mejoras que se El efecto diferenciado de esta fuente de energía renovable es la destinen al cultivo de especies vegetales que sirvan de materias dinamización de una vasta e incluyente cadena de valor antes de primas para producir biocombustibles y para la generación de la planta, con los beneficios normales esperados a los consumidores bioenergía, se justifica para garantizar en todo tiempo y después de la misma. circunstancia la seguridad energética nacional que está siendo diversificada y fortalecida por medio de la presente Ley y sus reformas, además, se justifica para garantizar a su vez la seguridad C O N S I D E R A N D O : Que compete al Congreso Nacional jurídica, debido a que es imperativo proteger estas novedosas y la potestad constitucional de crear, decretar, interpretar, reformar especiales inversiones, que son de interés nacional. y derogar las leyes.
PORTANTO; Todo lo no previsto en este Artículo y que sea o resulte necesario para la plena ejecución y garantía de lo aquí dispuesto, DECRETA: debe ser aprobado oportunamente por la Secretaría de Estado en los Despachos de Industria y Comercio (SIC) por medio de la A R T Í C U L O 1.- Reformar los Artículos 5 y 12 de la L E Y Unidad Técnica de Biocombustibles (UTB) en relación al Artículo PARA L A P R O D U C C I Ó N Y C O N S U M O D E B I O C O M - 17 de la presente Ley." Sección A Acuerdos y Leyes L a Gaceta R E P U B L I C A D E HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M. D. C , 11 D E A B R I L D E L 2014 No. 33,402 " A R T Í C U L O 12.- Las materias primas y biomasas para la El Costo Marginal de corto plazo y los incentivos indicado: producción de biocombustibles y los biocombustibles nacionales, en el párrafo anterior para la energía producida con biomas; tienen prioridad en su uso a las materias primas, biomasas o forestal representa una inversión marginal para la producción a k biocombustibles importados en las condiciones de mercado. Se largo del tiempo de la biomasa forestal, creando también por medk establecen condiciones especiales de mercado para los del mismo un efecto diferenciado de esta fuente de energíj biocombustibles siguientes: renovable, el cual debe promover la dinamización de una vasta < incluyente cadena de valor antes y después de la planta d< a) Bioetanol: se autoriza la mezcla de bioetanol anhidro (99.5% generación de energía, con los beneficios normales esperados < de pureza), como aditivo combustible oxigenante con las los consumidores después de la planta y, permitiría en definitiv; gasolinas importadas en la República de Honduras para uso invertir y desarrollar esta nueva industria, con los beneficios a en todo el territorio nacional, hasta 5% (E5) en 2012, sector forestal y sus poblaciones, con ahorros a la Empres; hastal 0% ( E l 0) en 2015 y, hasta 20% (E20) en 2020. Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) por reducción en la factur; de la energía termoeléctrica a base de combustible derivados de b) Biodiesel: se autoriza la mezcla de biodiesel como aditivo petróleo y promoviendo una alta rentabilidad económica, ambienta combustible, con el diesel importado en la República de y social a favor del país, representando este modelo en definitiv; Honduras para uso en todo el territorio nacional, hasta 5% una estrategia nacional para generar energía renovable y encamina (B5) en 2012, hasta 10% (B10) en 2015 y, hasta 20% y, al país a asumir y alcanzar una cultura forestal, todo lo cual mere© (B20)en2020. toda la atención y apoyo del Estado. c) Generación de energía eléctrica a partir de biomasa v Ordénese al Instituto de Conservación Forestal, Área biogás: La generación de energía eléctrica a partir de biomasa Protegidas y Vida Silvestre (ICF), velar, bien mediante algún; forestal o biogás producido en el país, tienen la prioridad en dependencia con que ya cuente y que deba fortalecer para todo los procesos de compra de energía que requiera la Empresa los efectos, o bien mediante una dependencia que deba crear Nacional de Energía de Eléctrica (ENEE) y esta disposición igualmente fortalecer, por la aplicación efectiva de los beneficio es de carácter obligatorio para la Empresa Nacional de contemplados y esperados con el pago de este incentivo, debiend< Energía Eléctrica (ENEE) y para las demás autoridades coadyuvar con todos los actores en todo cuanto se requiera par competentes y, aplicable en todo el territorio nacional a partir su organización y desempeño para justificar en debida forma est de la vigencia legal del presente Decreto en adelante. inversión marginal y su efectiva aplicación y finalidad estatal co este incentivo, quedando responsable de notificar expresa; El Costo Marginal de corto plazo y los incentivos de precios oportunamente a la Empresa Nacional de Energía Electric establecidos en el Decreto No.70-2007 son la base del precio (ENEE), al Congreso Nacional de la República y a la Unidai para la generación de energía renovable a base de biomasa Técnica de Biocombustibles (UTB), si en la práctica este incentiv forestal, producto de los raleos programados, podas sanitarias y no produce los efectos esperados y contemplados, promoviend» residuos de las cortas y aserríos y, sujeto a las prácticas de manejo, y proponiendo con ello su reforma o eliminación, en su case mediciones, controles y procesos legales contenidos en los Planes Dicha notificación también puede ejecutarla la misma Unida« de Manejo Forestal, a efecto de generar los recursos económicos Técnica de Biocombustibles (UTB) como ente directament para hacer viable la aplicación precisa y específica de los planes relacionado a este sector. de manejo forestal, actualmente inefectivos por falta de incentivos adecuados de mercado, en favor de productores y de la formación Se establece un valor equivalente en moneda nacional de y organización microempresarial y demás actores participantes, bioetanol y biodiesel, determinado a la fecha de entrega de lo procurando en todo caso la ejecución de planes de manejo biocombustibles en los centros de mezcla autorizados y en funció supervisados, mediante los cuales en definitiva se proteja el bosque del precio paridad de importación vigente de las gasolinas y diese de incendios, se reforesten las áreas degradas, se produzca un importados. manejo de la población correcta de los árboles, procure mayor volumen y calidad de la madera por unidas de tierra y se genere Los biocombustibles a los que se refiere este Artículo, debe empleo masivo y una cadena de valor a perpetuidad, antes y ser obtenidos obligatoriamente de materias primas nacionale después del plantel de generación eléctrica. procesadas en el país.
Sección A Acuerdos y Leyes L a Gsiceta R E P U B L I C A D E HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M. D. C , 11 DE A B R I L D E L 2014 No. 33,403 En el caso del bioetanol, es obligatorio que sean transferidos en los Despachos de Industria y Comercio (SIC), el presupuesto al precio que paga el consumidor final en el país, los beneficios necesario para su debido funcionamiento y necesario siguientes: fortalecimiento, que garantice en propiedad el cumplimiento estricto de todas sus facultades legales para la Producción y Consumo de a) Los ahorros obtenidos por la potencial eliminación de la Biocombustibles debiendo para ese efecto consensuar con la gasolina superior (con un octanaje actual de 94), producto Unidad Técnica de Biocombustibles ( U T B ) el monto a ser de mejorar la calidad de la gasolina regular (con un octanaje asignado según la planificación correspondiente que esta unidad actual de 88) con la adición del bioetanol, convirtiéndola por acredite, tomando en todo caso en consideración para este efecto ello en una gasolina de alto octanaje (alcanzando un octanaje lo dispuesto en el Artículo 20 de la presente Ley. de aproximadamente 92.5 con esta adición de bioetanol) y promoviéndola en adelante por esta causa para su uso general La presente disposición es efectiva a partir del ejercicio fiscal y exclusivo en el país; y, 2012 en adelante. b) Los ahorros por la eliminación del aditivo oxigenante actual A R T I C U L O 3.- El presente Decreto entrará en vigencia denominado MTBE, que lo tienen ambas gasolinas actualmente partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial de la y que aumentan su costo final, mismo que también se eliminaría República. con el uso y adición del bioetanol por ser éste un mejor oxigenante e inocuo. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los Se garantiza efectivamente la mezcla de los biocombustibles trece días del mes de enero dedos m i l trece. producidos en el país, referidos en los literales a) y b) anteriores, hasta los porcentajes máximos establecidos en los mismos y para cumplimiento de esta garantía se ordene y se faculta a la Secretaría MAURICIO OLIVA H E R R E R A de Estado en los Despachos de Industria y Comercio (SIC), por PRESIDENTE, POR L A L E Y medio de la Unidad Técnica de Biocombustibles (UTB) para monitorear, certificar y verificar que se ejecute la mezcla de los biocombustibles efectivamente producidos en el país como queda J A R I E T WALDINA PAZ autorizado, disponiendo para ese efecto y anualmente estos SECRETARIA porcentajes a partir de la vigencia legal del presente Decreto en adelante, en consideración estricta de la producción anual real que pueda ser objeto de la mezcla autorizada, considerando ÁNGEL DARÍO BANEGAS L E I V A adicionalmente para ese efecto que en todo caso no se afecte la producción que cubra o se destine al consumo directo nacional, SECRETARIO todo en relación a lo establecido en el Artículo 11,13 y demás aplicables de la presente Ley. Líbrese al Poder Ejecutivo en fecha 20 de marzo de 2014.
Queda facultada a su vez la Secretaría de Estado en los Por Tanto: Ejecútese. Despachos de Industria y Comercio (SIC), por medio de la Unidad T é c n i c a de Biocombustibles ( U T B ) para procurar que se deduzcan las responsabilidades legales o interponer las acciones Tegucigalpa, M.D.C., 08 de abril de 2014. legales que correspondan ante autoridad competente, contra quienes incumplan esta disposición legal todo en relación inclusive JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO a lo establecido en el Artículo 16 de la presente Ley". PRESIDENTE DE L A REPÚBLICA A R T Í C U L O 2.- En estricto interés nacional, ordénese a la E L SECRETARIO D E ESTADO E N LOS DESPACHOS Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para que por DE RECURSOS NATURALES, A M B I E N T E Y M I N A S . medio del procedimiento más expedito asigne a favor de la Unidad Técnica de Biocombustibles (UTB) de la Secretaría de Estado JOSÉ ANTONIO GALDÁMEZ