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Laws of Honduras

Decreto Nº 25/09 - Crea el Comité de Seguro Agrícola (CSA)

Made 2009-10-19 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Honduras
Subjects
Agricultural and rural development
Keywords
institution, agricultural development, agricultural commodities, hazards, governance, insurance

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  1. ! ..; Cacda •. : ICAD! HO "l'n'loll \ \<lllIII,,,, Il-~l' PA, M. D. C., 27 DE OCTUBRE DEL 2009 . No. 32.047 Poder Ejecutivo ELPRESIDENTE CONSTITUQONALDE LA REPUBLICAEN CONSEJo.DE MINISTROS CONSIDERANDO: Que el Presidente de la Republica tiene a su cargo la suprema direcci6ny coordinaci6n de la Administmci6nGeneral delEstado, CONSIDERANDO: Que es necesario consolidar la coordinacionde lasaccionesdelsectoragricolaparaarmonizar e integraruna politicade impulsoal segura agricola, tendiente a mejorar las condiciones para 1apromoci6n de inversiones y financiamiento en el sector, a la vez que se protege a los productores y pobladores del medio rural contra desastres naturales. CONSIDERANDO: Que segun el Articulo 13 de la Ley General de la Administracion Publica, el Presidente de la Republica estafacultado para crear, parapropositos de interes publico, comisiones integradas por funcionarios pubticos y representantes de losdiversossectoresde lavida nacional. CONSIDER4NDO: Que segun el Articulo 14 de la Ley General de Ia Administracion Publica, el Presidente de la Republica por DecretoEjecutivo en Consejo de Ministros, podra crear dependencias intemas que fueren necesariaspara labuenaadministraci6n. PORTANTO: El Presidente Constitucional de la Republica, en Consejo de Ministros, y en cumplimiento de los Articulos 235, 245 atribucion 32, 252 de la Constituci6nde la Republica; Articulos 9,11, 13, 14, 17,18,20,22 numeral 10),24, 116, 117y 119 de la Ley General de la Administraci6n Publica y . demasque laConstitucion y las leyesle confieren. DECRETA: ARTICULO 1. Creaeten. Crease cl Comite de Seguro Agricola (CSA), entidad intersectorial, adscritaa la Secretaria de Estado en el Despacho de Agricultura y Ganaderia, como ente encargado de coordinar la PoliticaNacional d~ Desarrollo de los SegurosAgricolas. ARTICULO 2. Objetivos Generales: EI Comite tiene como objetivos los siguientes: a) Asesorar al Presidente de la Republica, asi como alos demas miembros del Gabinete de Gobierno, en la formulacion, seguimiento y evaluacion de estrategias, programas, presupuestos y servicios relacionados con el .desarrollo delseguro agricola, enunavisiondecorte,mediano y largoplaza; b) Determlnar la armonizacion en la asignacion de recursos destinados a impulsar el seguro agricola; c) Actuar como organo de coordinacion y enlace entre las empresas aseguradoras, los productores individuales, asociacionesu organizacionesde productoresy entidades gubernamentales y no gubernamentales que dcsarrollcn actividades vinculadas a lossegurosagricolas. ARTicULO 3. Funci6n General: EI Comite tendra como funcionprincipaly generalla elaboracion a nivel de propuesta de la PoliticaNacionalde Desarrollode los SegurosAgricolas, como instrurnento de urdenaci6n agricola que permita el desarrollo de este tipo de seguros en el pais. ARTicULO 4. Funciones Especlftcas: El Comite tendra las funcionesespecificassiguientes: a) Constituirse cump un organo de consulta del Poder Ejecutivo en cuanto a los temas relacionados con la administraci6n delosriesgosagncolas; b) Evaluar y dar seguimiento a los programas y asignaciones presupuestales paraactividades relacionadas con losseguros agricolas; c) Coordinar las actividades de las diversas empresas, organizaeiones, instituciones y entidades vinculadas a los seguros agricolas, para armonizar acciones que logren resultadosmas eficientes; d) Suscribir con diversas instituciones publicas y privadas, convenios de cooperaci6n que le permitan obtener asesoramiento 0 colaboracien parael fortalecimientode la PoliticaNacionalde Desarrollode losSeguros.Agricolas; e) Informar calificadamente sobre el avaricey desarrollo de los seguros agricolas en el pais; f) Divulgar losseguros agricolas; g) Fomentar el desarrollo de capacidades en Ia materia para todos los participantesen este serviciode protecci6ncontra riesgos; h) Actuar como facilitador en las acciones que se deriven de losseguros agricolas y que sean sometidas expresarnente a su decisi6narbitral,por acuerdo de laspartes. .... vet.'l,," \ \",; r .. ' .~ \ .... ! .\ \ .. 1" ta REPUBLICA DE HONDURAS -TE UCIGALPA, M.D" C., l' DE OCTl1BRE o i) Definir la regulaciondel sectoragricola. ARTICULO S. Integraci6n del Comite: El Comite de Seguro Agricola estara conformado por catorce miembros, representantes de lossiguientes sectores: 1. Sieterepresentantes de Iussiguientes organos delGobierno Central: a) Un representante de la Secretaria de Agricultura y Ganaderia(SAG); b) Un representante de la Secretariade Industriay Comercio, a traves de la Direccion de Sectores Productivos; c) Dos representantesde la Secretariade Recursos Naturales yAmbiente, uno de la Unidadde Cambio Climaticoy otrode IaDireccionGeneral deRecursos Hidricos; d) Un representante de la Comision Nacional de Bancos y Seguros (CNBS); e) Unrepresentante del.Banco Nacional deDesarrolloAgricola (BANADESA);y, t) Un representante del Banco Hondureno pard la Produccion y la Vivienda(BANHPROVI). 2. Un representante de la Camara Hondurei'ia de Aseguradores(CAHDA); 3. Un representante de las Compatiias de Seguros; 4. Dos representantesde lasAsociacionesu Organizaciones de Productores; 5. Un representante de la Banca Privada; 6. Un representante de la academia relacionada con la investigaci6n agricola;y, 7. Un representante del Servicio de MeteorologiaNacional, Carla uno de los sectores establecera Ia forma para el nombramientode sus representantes. EIpropioComite de SeguroAgricola podra determinarla participacioncomo invitadosde otrosrepresentantes. ARTICULO 6. Organizaci6n del Comite: EI Comite contaracon la siguienteorganizacion: a) LaPrcsidenciaestaffirepresentadaporla Secretaria de Estado en los Despachos de AgriculturayGanaderia (SAG); b) El Vicepresidente sera el representante del Banco Nacional de DesarrolloAgricola (8ANADESA); c) La SecretariaTecnicaestararepresentadaporel Gobierno, quea 10 intemoseraasistidopor la Unidad deRiesgos; y, d) Nueve (9) Vocales que seran elegidos dentro del resto de los miembros del Comite, ARTICULO 7. Unidad de Riesgos: Crease la Unidad de Riesgos la cual estarabajo laresponsabilidad de laSecretaria Tecnica de este Comite y lasfunciones especlficas seran: a) Evaluar los riesgosasociados a las actividadesagricolas; b) Centralizar, procesar y difundir toda la informaci6n (Estadisticas, Estudios, PruebasPilotos,etc.),necesariaspara laevall.iaci6ndelriesgoagricola; c) Realizar EstudiosTerritorialesde vulnerabilidadagricola influenciados porlasvariables climaticas, edaficas ehidricas; d) Identificar y ofreceraltemativas dediversificaci6n agricola. e) Fungircomo unaoficinade Consultay apoyo tecnico a las companiasde segurosy bancosyproporcionarinformaciOny modelosde riesgospara laelaboraci6ndeplanesde creditosy polizasde segurosagricolas; f) Convertirse en la oficina de respaldo y asesorla a los productoresdel Campoen materiade riesgosclimaticosy de mercado; y, g) Formaci6n y capacitacion a prestadores y usuarios de coberturas de riesgos agropecuarios. ARTiCULO 8. Estructura Administrativa y Presupuestaria: El Cornite no contara con una estructura administrativa propia y no recibira asignaciones de orden presupuestal, en virtud de cumplir funciones de consulta y .coordinaci6n. Se debera apoyar de los recursos quela Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganaderia Ieproporcione para ejercer sus funciones. ARTICIJLO 9. Constitucion:EI Comite.estara eonstituido pennanentemente y se reunira por 10 rnenos cada dos meses en sesi6n ordinaria y en sesiones extraordinarias cuando las circunstancias 10ameriten,en el lugarque sedesigneal efecto. Las reuniones se realizaran mediante convocatoria de la Presidencia, ARTiCULO lo~ ReglameiHo de Operatividad: Se facultaa Ia Secretaria de Estado en loS Despachos de Agriculturay Ganaderia (SAG}para queapruebeel Reglamento Operativodel Comite de Segura Agricola. ~TiCUL911.Vlgencia: ElpresenteDecreto Ejecutivo es de ejecuci6n inmediata y debera ser publicadoenelDiario Oficial"LAGACEIA". 1.<1 (, <ll'lla "'l'lLlIlII \ \,'11" .I,,, \ I, \ l' , REPUBLICA DE HONJ)URAS -'TEGUCIGALPAM. D. C., 27 DE OCTITRRE DEL 2009 No~32,047, Dado en Casa Presidencial, Tegucigalpa, municipio del DistritoCentral. a los diecinuevedias del mesde octubredel afiodos nueve. COMUNlQUFSE: ROBERTO MICHELETTI BAiN PRRSIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA OSCAR RAUL MATUTE CRUZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIONYJUSTICIA RAFAEL PINEDA PONCE SECRETARIO DE ESTADO EN ELDESPACHO PRESIDENCIAL MARTHA LORENA ALVARADO SECRETARIA DE ESTADO EN ELDESPACHO DE RELACIONES EXTERIORES, PORLEY SAMUEL BENJAMiN BOGRA.N SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS OR INDUSTRIAYCOMERCIO GABmELANUREZENNABE SECRETARIADEESTADOEN EL DESPACHO DE FINANZAS ADOLFO LIONEL SEVILLA SECREIARlO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSANACIONAL JORGE ALBERTO RODASGAMERO SECRETARIO DE ESTADOEN ELDESPACHO DESEGURIDAD ANA ABARCA IJCLES SECRETARIA DE ESTADOEN EL DESPACHO DE TURISMO NICOL..ls GARCiAZORTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJOY SEGURIDAD SOCIAL MARIO LUIS NOt VILLAFRANCA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DESALUD SANTOS ELIO SOSA SECRETARIO DE ESTADOEN ELDESPACHO DE EDUCACION JOSE ROSARIO BONANNO SECRETARIO DE ESTADOEN LOS DESPACHOS DE OBRASPUBLICAS,TRANSPORTE YVIVIENDA MYRNA CASTRO ROSALES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE CULTURA.ARTES YDEPORTES JUAN JOSE OSORIO ALVAREZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA YGANADERIA.PORLEY VALERIO GUTIERREZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES YAMBIENTE LUIS ANTONIO ORTEZ SECRETARIO DE ESTADOEN ELDESPACHO DE LA nNENTUD JOSE ROLDAN ECHEVERRiA MELENDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN ELDESPACHO D,E DESARROLLO SOCIAL CARLOS HERNAN BANEGAS MINISTRODIRECTOR DEL FONDO HONDURENO DE INVERSION SOCIAL VIKAMARTEL SECRETARIATECNICAYDE COOPERACION INTERNACIONAL , I MARIA MARTHA DIAZ MINISTRA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MUJER

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