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Laws of Honduras

Decreto Nº 238-2012 — Ley General de Minería

Made 2013-03-15 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Act
Organisation
European Union
Country
Honduras
Subjects
Land and soil, Mineral resources, Water
Keywords
mining, servitude, water rights, exploration, concession, continental shelf, international trade, institution, offences/penalties, classification/declassification, use restrictions, fees/royalties, authorization/permit, maritime zone, governance
Categories
*, metals-base, metals-precious, minerals-critical

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  1. ARTÍCULO 1.- La presente Ley tiene como objeto normar de la Autoridad Minera o de las municipalidades, en su caso y que comprende la concesión, permiso o registro; otorgando a su las actividades mineras y metalúrgicas en el país; por tanto es, de titular derechos según la actividad y sustancia de interés qu orden público, interés general y de aplicación obligatoria. corresponda.

  2. ARTÍCULO 2.- El Estado de Honduras ejerce dominio ARTÍCULO 6.- Las actividades mineras se amparan bajo eminente, inalienable e imprescriptible, sobre todos los minerales lafigurade Concesión o de Permiso Minero en caso de la pequeñ que se encuentren en el territorio nacional, mar territorial, minería y minería artesanal, excepto la comercialización, que plataforma marítima continental y zona económica exclusiva. En efectuará mediante un sistema de registro. ejercicio de su derecho de dominio, el Estado regula los recursos minerales inorgánicos y fiscaliza el aprovechamiento técnico y ARTÍCULO 7.- El Derecho Minero constituye un derecho racional de los mismos. real distinto y separado de la propiedad del predio superficial donde se encuentra ubicado. Es un inmueble y sus

  3. ARTÍCULO 3.- El Estado garantiza que los procedimientos mineros responden a los principios de legalidad, transparencia, La ¿faceta certeza, simplicidad, publicidad, uniformidad, eficiencia, participación ciudadana, simultaneidad y sostenibilidad. DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE HONDURAS D E C A N O D E LA P R E N S A H O N D U R E N A PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES

  4. ARTÍCULO 4.- Son postulados de la presente Ley, los LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA Gerente General siguientes: JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor a) Asegurar la recta y efectiva aplicación de sus normas, para EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS E.N.A.G, garantizar la seguridad jurídica en el rubro minero; Colonia Miradores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 b) Salvaguardar la vida humana y la salud general, privilegiando CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL el cuidado del suelo, agua, aire, flora y fauna, mediante la Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C, 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,088 partes integrantes y accesorias siguen tal condición aunque se ARTÍCULO 13.- La Prospección es libre en todo el territor ubiquen fuera de su perímetro. nacional a excepción de las zonas de exclusión que establece ést y otras leyes del país, y en las áreas en que, previo el procedimien Son partes accesorias del Derecho Minero, todos los bienes legal, el Estado haya otorgado un Derecho Minero y el mismo de propiedad del titular del derecho que estén aplicados o afectos de modo permanente alfineconómico y que identifique esté vigente. expresamente con tal carácter para cualquier relación con terceros. CAPÍTULO II CAPÍTULO II DE LA EXPLORACIÓN DE LA CLASIFICACION DE LOS DERECHOS MINEROS ARTÍCULO 14.- La Exploración comprende el conjunt de trabajos para la localización, determinación de la estructur

  5. ARTÍCULO 8.- Según su actividad, las Concesiones Mineras del yacimiento mineral, la morfología, dimensiones y condicione pueden ser de Exploración, Explotación y/o Beneficio; y a su vez, de la yacencía del cuerpo mineral, la tectónica de la zona que l de acuerdo a la sustancia de interés, éstas pueden ser metálicas, contiene, el cálculo de reservas y del contenido y calidad de la no metálicas, de gemas o piedras preciosas. clases de minerales existentes en el mismo, determinando las características geofísicas y geoquímicas del perímetro explora

  6. ARTÍCULO 9.- Los Permisos Mineros se clasifican en con el propósito de determinar la viabilidad del proyecto minero metálicos, no metálicos y de gemas o piedras preciosas. La etapa de Exploración se regirá por el Manual de Buena

  7. ARTÍCULO 10.- Corresponde a la Autoridad Minera Prácticas Ambientales Mineras, el que debe revisars determinar la clasificación del Derecho Minero en caso de duda sobre sus características, lo que determinará el tipo de periódicamente afinde mantenerlo actualizado. concesión o permiso que corresponda otorgar.

  8. ARTICULO 15.- Alfinalizarel período de Exploración de

  9. ARTÍCULO 11.- En el ejercicio de los derechos mineros el presentarse la delimitación definitiva de la zona del área titular queda obligado a establecer y cumplir todas las medidas concesionada que va a quedar vinculada a los trabajos y obras necesarias y pertinentes, orientadas a garantizar los derechos de de explotación, más las obras estrictamente necesarias para e la persona humana y su entorno, sobre todo su vida y la salud. beneficio, transporte interno, servicios de apoyo y obras de Asimismo queda obligado a realizar su aprovechamiento en forma carácter ambiental para lo cual deberán presentarse los valore armónica con los principios y normas de explotación racional de ubicación y cálculo de las reservas existentes. los recursos naturales no renovables y del ambiente, dentro de un concepto integral de desarrollo sostenible, sustentable y del ARTÍCULO 16.- La Concesión de Exploración de minera fortalecimiento económico y social del país. no metálicos y de gemas o piedras preciosas tiene una duració máxima de dos (2) años, contados a partir de la fecha de s TÍTULO III otorgamiento. DE LAS ACTIVIDADES MINERAS CAPÍTULO I La Concesión de Exploración de minerales metálicos, tend DE LA PROSPECCIÓN una duración máxima de cinco (5) años, contados a partir de fecha de su otorgamiento.

  10. ARTÍCULO 12.- La Prospección tiene por objeto la investigación de un prospecto con elfinde determinar indicios de En ambos casos podrá prorrogarse por igual término una so depósitos minerales. vez. Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C, 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,088

  11. ARTÍCULO 17.- El Estado no otorgará la Concesión de ARTÍCULO 22.- La Concesión de Explotación de Explotación si el concesionario del Derecho Minero de Exploración minerales no metálicos y de gemas o piedras preciosas, tendrá u no ha cumplido con las obligaciones establecidas en El Derecho plazo no menor de diez (10) años contados a partir de su Minero previamente otorgado. otorgamiento. En caso que el concesionario no continúe la Concesión de La Concesión de Explotación de minerales metálicos, tend Exploración a la de Explotación, debe cumplir con el cierre un plazo no menor de quince (15) años,,a partir de su correspondiente. otorgamiento. - CAPÍTULO m ARTÍCULO 23.- El concesionario podrá solicitar prórroga DE LA EXPLOTACIÓN del Derecho Minero dentro de tres (3) meses de anticipación al vencimiento del término.

  12. ARTÍCULO 18.- La Explotación comprende las operaciones, trabajos y labores mineras destinadas a la preparación y desarrollo En todo caso, tanto el plazo de la Concesión Minera, como de las minas, para la extracción técnica y racional de los minerales, su prórroga, quedan sujetas a las reservas probadas y el régimen su comercialización y beneficio. de explotación.

  13. ARTÍCULO 19.- La Autoridad Minera, en ningún caso Para efectos de determinar las reservas probables el otorgará la Concesión de Explotación o de beneficio, en tanto el concesionario podrá realizar las actividades de exploración qu concesionario no acredite la correspondiente licencia ambiental, estime pertinente. la que será emitida por la autoridad correspondiente en un plazo no mayor de noventa (90) días hábiles. CAPÍTULO IV DEL BENEFICIO

  14. ARTÍCULO 20.- En la construcción de las obras y en la ejecución de los trabajos de Explotación, deben adoptarse y ARTÍCULO 24.- El Beneficio comprende los procesos mantenerse las medidas sobre Seguridad, Higiene y Salud físicos, químicos y/ofisicoquímicos,que se realizan para e Ocupacional, Comunitaria y disponer del personal y de los medios o concentrar las partes valiosas de un agregado de minerales y/o materiales necesarios para preservar la vida e integridad de las para purificar, fundir o retinar metales. personas vinculadas a la empresa y de terceros, de conformidad con las normas vigentes. El Estado adoptará estrictas medidas ARTÍCULO 25.- La Concesión de Beneficio, otorga e de supervisión, para garantizar la conservación y manejo adecuado derecho a realizar cualquiera de los procesos siguientes: de los recursos. a) Separación mecánica;

  15. ARTÍCULO 21.- Durante la etapa de Explotación se llevarán b) Metalurgia; y, registros e inventarios actualizados de la producción en boca de c) Refinación. mina y en sitios de acopio, para establecer en todo tiempo los volúmenes de los minerales en bruto y de los entregados a las Afinde motivar la instalación en el país de plantas de benefic plantas de beneficio, si fuera el caso. Estos registros e de minerales para la obtención del productofinal,el Estado pued inventarios, se suministrarán a la Autoridad Minera, con la otorgar los incentivos necesarios para el logro de este propósito periodicidad que ésta señale. de conformidad con la Ley. Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C, 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,088

  16. ARTÍCULO 26.- Quienes construyan y operen plantas e Por cierre definitivo, la remediación total de las labores instalaciones independientes para beneficiar minerales operaciones e instalaciones destinadas a la explotación de una provenientes de explotaciones de terceros e igualmente quienes mina, y de las áreas utilizadas de conformidad al plan de cierre se dediquen a la industria orfebre y procesado de gemas, deberán aprobado, de tal forma que se eliminen todos los pasivos obtener la respectiva Concesión de Beneficio y ajustarse a los ambientales generados en la zona. derechos y obligaciones objeto del Derecho Minero otorgado. La Autoridad Minera emitirá dentro del plazo de noventa (90

  17. ARTÍCULO 27.- La ejecución de las actividades de días hábiles, un Reglamento Especial que regule el cierre de mina explotación y de beneficio deben realizarse aplicando tecnologías adecuadas vigentes al momento de aprobación del proyecto, para ARTÍCULO 29.- En cualquier momento el concesionario garantizar la vida, la salud humana y la protección del medio puede solicitar el cierre y verificación o abandono de las actividade ambiente. mineras, de conformidad a los planes establecidos y aprobados para cada una de las etapas. La Autoridad Minera en conjunto La Concesión de Beneficio será obligatoria para aquéllos, con la Autoridad Ambiental tiene un plazo de seis (6) meses para que no siendo titulares de una concesión minera de explotación, determinar si el concesionario ha cumplido con los requisitos del capten minerales o productos intermedios minerales de plan de cierre. concesionarios y terceros con elfinde beneficiarlos.

  18. ARTÍCULO 30.- Para asegurar el desarrollo de la TÍTULO IV actividades de cierre a que se refiere la presente Ley, el DE LAS ACTIVIDADES POSTPRODUCTIVAS concesionario está obligado a otorgar garantía en base a lo cálculos de costos de cierre presentados por el concesionario y CAPÍTULO I aprobados por la Autoridad Minera, antes de empezar las obras. DEL CIERRE

  19. ARTÍCULO 28.- El cierre minero comprende las acciones ARTÍCULO 31.- El monto de la garantía, que será señala de rehabilitación que el titular del derecho minero debe efectuar por la Autoridad Minera, será el monto calculado necesario par simultáneamente en el desarrollo de su actividad productiva o al cumplir todas las etapas descritas en el plan de cierre e incluirá final de ésta, de acuerdo al cronograma y condiciones establecidos además, los costos aaministrativos del Estado durante su ejecució en el plan de cierre aprobado y supervisado por la Autoridad El monto de la garantía podrá cambiar durante el curso d Minera; mismo que puede ser temporal, progresivo o definitivo. desarrollo del proyecto para mantenerse siempre adecuado a las obligaciones por cumplir. Por cierre temporal se entienden las medidas de remediación aplicables en caso de suspensión de actividades, éste podrá ser CAPÍTULO II por un máximo de dos (2) años; la Autoridad Minera puede aprobar DE LA VERIFICACIÓN Y ABANDONO un segundo período de cierre temporal hasta por dos (2) años más, si después de este período la mina sigue inactiva, debe ARTÍCULO 32.- Al momento que el concesionario solici realizarse el cierre definitivo. su abandono, la Autoridad Minera debe verificar que se hayan cumplido todas las obligaciones derivadas de la concesión Por cierre progresivo, se entiende las actividades de incluyendo las que estén vinculadas a otras institucione remediación aplicables simultáneamente al proceso de explotación involucradas en la actividad. Con el propósito de salvaguarda y las cuales pueden ser de carácter definitivo. los intereses del Estado y de las comunidades, la garantía a qu Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C, 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,08 se refiere el Artículo anterior continuará vigente por el término de propuesto por el titular del Derecho Minero, tomando er cinco (5) años, contados a partir de la aprobación del proceso de consideración, en todo caso, el estudio de factibilidad y la< cierre. Una vez cumplidos con los requisitos del cierre respectivo, técnicas modernas en la materia, previendo salvaguardar la vid se liberará la garantía establecida por esta Ley. humana, la salud y el medio ambiente. CAPÍTULO m CAPÍTULO IV DE LA COMERCIALIZACIÓN DE LA EXPORTACIÓN

  20. ARTÍCULO 33.- Las sustancias minerales, cualquiera que ARTÍCULO 37.-El concesionario minero de explotación sea su estado, para que puedan ser exportadas del país deben el de beneficio, en su caso, como personas autorizadas tienen la previamente ser analizadas cualitativa y cuantitativamente bajo libre disposición de sus productos. La Comercialización d las normas internacionales de este tipo de productos, por productos minerales es libre, interna y externamente y para su laboratorios certificados que designe la Autoridad Minera para ejercicio no se requiere el otorgamiento de una concesión, n determinar la riqueza mineral; sin perjuicio de que el Estado, a obstante, debe solicitar su registro de comercializador para e través de sus representantes acreditados en el país de destino control de la comercialización de productos minerales y present final de la exportación, pueda autorizar que se practiquen análisis una declaración trimestral de sus volúmenes de venta ante comparativos, tomando muestras del material exportado. Autoridad Minera y la Autoridad Municipal. r — Del certificado de análisis que se verifique, la Autoridad Minera ARTICULO 38.- Los productos minerales comprados remitirá copias a la Secretaría de Estado en los Despachos de personas autorizadas para disponer de ellos, no son reivindicable Industria y Comercio, Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), La compra hecha a personas no autorizadas, sujeta al comprado Municipalidades involucradas y Banco Central de Honduras. Este a la responsabilidad administrativa, civil y penal correspondient informe, junto con las declaraciones de exportación y facturas de de manera solidaria. El comprador está obligado a verificar venta en los países de destino, servirán de base para el cobro de origen de las sustancias minerales. los impuestos fiscales y municipales, de conformidad al Toda persona que a cualquier título suministre minerale procedimiento que se establezca para tal efecto. explotados en el país para ser utilizados en obras, industrias servicios, debe acreditar la procedencia lícita de dichos mineral

  21. ARTÍCULO 34.- El procedimiento para cuantificar la con la identificación de la mina o cantera de donde provengan exportación de sustancias mineras, cualquiera que fuese su estado, mediante certificación de procedencia expedida por el beneficiar una vez obtenido copia de los análisis y ensayos de concentraciones del título minero. se regulará en el Reglamento de esta Ley. TÍTULO V

  22. ARTÍCULO 35.- No se permite, la autorización de DE LOS LÍMITES Y DIMENSIONES DE LOS exportación de productos minerales, sin que previamente la DERECHOS MINEROS autoridad aduanera haya recibido del exportador el certificado que acredite los análisis del producto, certificado de procedencia CAPÍTULO I y la acreditación del registro de comercialización extendido por la DE LAS MEDIDAS SUPERFICIALES DE LOS Autoridad Minera. DERECHOS MINEROS

  23. ARTÍCULO 36.- La Autoridad Minera, según la naturaleza ARTÍCULO 39.- El área de concesión minera constituye de la sustancia a extraer, aprobará o no, el método de explotación sólido de profundidad indefinida, limitado por planos vertical Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C, 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,08 correspondientes a los lados de un cuadrado, rectángulo o (100) hectáreas por municipio, a cuya entidad edilicia polígono cerrado, cuyos vértices están referidos a coordenadas corresponde hacer la individualización de las áreas, en cuadrícu Universales Transversales Mercator (UTM), exceptuando la o conjunto de cuadrículas colindantes al menos por un lado. concesión minera de beneficio. >

  24. ARTÍCULO 45.- Los permisos en pequeña minería

  25. ARTÍCULO 40.- La unidad básica de medida superficial de otorgarán en extensiones hasta diez (10) hectáreas, en cuadrícu los derechos mineros a excepción de la concesión de beneficio, o conjunto de cuadrículas colindantes al menos por un lado. que se otorgan de conformidad con la presente Ley, es una figura geométrica, delimitada por coordenadas Universales Transversales ARTÍCULO 46.- Los titulares de derechos mineros a q Mercator (UTM), según el Sistema de Cuadrículas que oficializará se refiere la presente Ley, sólo podrán aprovechar el mineral obje la Autoridad Minera. de los mismos, los que una vez extraídos son de su propiedad El cuadrado base del Sistema de Cuadrículas será una (1) hectárea (100 m por 100 m) y éstas deben ser colindantes al ARTÍCULO 47.- Cuando se descubran minerales distint menos por un lado. de los autorizados en la concesión, el titular de la misma es obligado a notificarlo a la Autoridad Minera, sin perjuicio d(

  26. ARTÍCULO 41.- Las concesiones mineras de exploración derecho a solicitar la adición, modificación o sustitución d y explotación metálicas se otorgarán en extensiones mínimas de sustancia de interés. cien (100) y hasta mil (1,000) hectáreas, en cuadrículas o conjunto de cuadrículas colindantes al menos por un lado, salvo en la La solicitud de adición, modificación o sustitución debe plataforma marítima continental donde podrán otorgarse en acompañada con el respectivo estudio de factibilidad de la nue\ cuadrículas mínimas de cien (100) hasta diez mil (10,000) o nuevas sustancias de interés, el cual será verificado po hectáreas. Autoridad Minera, la que oportunamente resolverá lo pertinen

  27. ARTÍCULO 42.- Las concesiones mineras de exploración CAPÍTULO II y explotación no metálicas o de gemas o piedras preciosas se ZONAS DE EXCLUSIÓN DE DERECHOS MINERO otorgarán en extensiones de cien (100) a cuatrocientas (400) hectáreas, en cuadrículas o conjunto de cuadrículas colindantes al menos por un lado, salvo en las explotaciones aluviales que ARTÍCULO 48.- En ningún caso la Autoridad Min será un máximo de diez (10) hectáreas; en el mar territorial y la otorgará derechos mineros en las zonas siguientes: plataforma marítima continental, podrán otorgarse en cuadrículas de cien (100) a mil (1,000) hectáreas. a) Las Áreas Protegidas declaradas e inscritas en el Catálo del Patrimonio Público Forestal Inalienable y en el Regis

  28. ARTÍCULO 43.- Con elfinde evitar el monopolio de de la Propiedad Inmueble, zonas productoras de ag concesiones mineras, una persona natural o jurídica, solamente declaradas, playas y zonas de bajamar declaradas como podrá ser titular de un máximo de diez (10) concesiones mineras, vocación turística; para lo cual debe acreditar ante la Autoridad Minera, la capacidad técnica yfinancierapara su ejecución. b) Zonas que habiendo sido intervenidas por cualquier tipo proyectos u otras causas, se encuentran en recuperado]

  29. ARTÍCULO 44.- Las áreas de minería artesanal se otorgan mitigación ambiental determinadas o autorizadas por a petición de la municipalidad respectiva hasta un máximo de cien Autoridad Ambiental; Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C, 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,088 c) Zonas de generación de energía renovable cuando sea CAPÍTULO IV incompatible con la actividad minera o resulte más rentable DE LAS AREAS ESPECIALES DE INTERES que el proyecto minero; y, MINERO • • d) Zonas declaradas como patrimonio nacional y aquellas que la • ARTÍCULO 52.- El Estado puede establecer convenios de Organización de las Naciones Unidas Para la Educación, la entendimiento sobre Prospección, Exploración y Explotación d Ciencia y la Cultura (UNESCO) haya declarado como cualquier mineral con empresas nacionales o extranjeras para patrimonio de la humanidad. constituir empresas públicas, privadas o mixtas.

  30. ARTICULO 49.- No pueden establecerse zonas del TÍTULO VI territorio que queden permanente o transitoriamente excluidas de DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES la minería, sin cumplir con el procedimiento legal correspondiente. DE LOS TITULARES DE DERECHOS MINEROS CAPÍTULO III CAPÍTULO I DEL REGIMEN DE TENENCIA DEL PREDIO DE LOS DERECHOS Y GARANTÍAS SUPERFICIAL

  31. ARTÍCULO 53.- Los titulares de concesiones, gozan de los derechos siguientes:

  32. ARTÍCULO 50.- El otorgamiento de concesiones mineras no puede menoscabar la garantía de propiedad privada y la a) Uso de la superficie de la concesión cuando se trate de propiedad que pertenece a las Municipalidades, que establece la terrenos, que siendo del Estado, no estén siendo utilizados Constitución de la República y desarrolla el Código Civil y los para labores productivas de ninguna naturaleza, previa tratados internacionales en materia de Derechos de Pueblos autorización de la autoridad que corresponda; Indígenas y Afrodescendientes, particularmente respetando el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), b) Establecer las servidumbres necesarias en el suelo de terceros Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes y la o áreas concesionadas, para la racional utilización de l Declaración de Naciones Unidas Sobre Derechos de los Pueblos concesión, de común acuerdo entre las partes o en su defec Indígenas. de conformidad a las normas legales respectivas; ^ ARTÍCULO 51.- El titular de un Derecho Minero, de c) Usar, de conformidad con las disposiciones legales especiales común acuerdo con los dueños del terreno o con la autoridad aplicables, las aguas dentro o fuera del bien concesionado, correspondiente en caso de que el predio sea un bien del Estado, que sean necesarias para el servicio doméstico del persona puede establecer servidumbres sobre los terrenos superficiales de trabajadores y para las operaciones de la concesión; par en que se ubiquen las concesiones mineras. este último caso será necesario la obtención del permi municipal y estatal, pagando los cánones respectivos, dand Las servidumbres constituidas deben ser inscritas en la Unidad el derecho preferente del uso del agua a las personas. de Registro Minero y Catastral y en el Instituto de la Propiedad. En caso de ño haber acuerdo con los dueños de los terrenos, d) Aprovechar las sustancias minerales contenidas en las aguas queda expedita la vía legal que las partes decidan. que generen en el área concesionada con sus labores; Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C, 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33.088 e) Solicitar a la Autoridad Minera la inspección de las actividades La suspensión no exime el pago del canon territorial; y, de concesiones mineras vecinas o colindantes, cuando existan indicios racionales de que se han sobrepasado los límites de k) Solicitar la adición, modificación o sustitución de la concesió su concesión, cuando existan justificados riesgos de minera, de acuerdo a la sustancia de interés. inundación, derrumbe o incendio, o por el desarrollo de los trabajos que se efectúen en éstos; CAPÍTULO n DE LAS OBLIGACIONES f) Realizar sus operaciones directamente o por medio de terceros, debiendo notificarlo a la Autoridad Minera. Cuando ARTÍCULO 54.- Los titulares de derechos mineros tienen se hace por medio de terceros, la responsabilidad por la las obligaciones siguientes: conducción de las operaciones es solidaria; a) Cumplir con toda la normativa vigente en el país, para asegura g) Presentar solicitudes a la Autoridad Minera y obtener respuesta un óptimo aprovechamiento del recurso minero, garantizand dentro de los plazos legales. De no producirse respuesta se está a lo establecido en la Ley de Procedimiento la protección de la vida y salud de la persona humana, suelo Administrativo; agua, aire,floray fauna; .. h) Gozar de confidencialidad en lo atinente a la información b) Aplicar el principio de precaución para la adopción d técnica y estadosfinancierosque suministren a la Autoridad medidas preventivas, cuando se presuma que hay posible Minera, exceptuando los requerimientos de autoridad daño; sin perjuicio del deber del Estado de aplicar este competente y los pagos de impuestos, tasas y contribuciones principio; al Estado, incluyendo los Municipios y otras que se deriven de los requerimientos de la Iniciativa para la Transparencia c) En el marco de la responsabilidad social empresarial, apoyar de las Industrias Extractivas; los programas de información, capacitación y concienciació i) Gozar de los beneficios y las garantías consignadas en esta ambiental permanente de su personal, personal de las alcaldía Ley, por el período de duración del Derecho Minero municipales y a los pobladores de las áreas de influencia d otorgado; los proyectos, para incentivar acciones que minimicen el deterioro ambiental y antes bien protejan lafloray fauna de j) Suspensión temporal de las operaciones, cuando las las áreas de influencia. condiciones de mercado nacional o internacional no permitan continuar con las mismas, debiendo solicitarla ante la Autoridad La planificación y ejecución de dichos programas debe se Minera con tres (3) meses de anticipación, salvo cuando la comunicada anualmente en la declaración anual consolidad causa se origine por caso fortuito o fuerza mayor, debe ante la Autoridad Minera; solicitarla dentro del término de diez (10) días posteriores al acaecimiento del hecho, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en otras leyes. d) Suspender inmediatamente las actividades mineras y notifica cuando en el área de exploración y explotación, encuen En ningún caso la suspensión de actividades mineras será presencia de vestigios del patrimonio cultural del país, afind mayor a cuatro (4) años, de conformidad al segundo párrafo que las autoridades competentes procedan a la delimitación del Artículo 28 de la Presente Ley. del área, misma que quedará excluida de la actividad mine Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C, 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,088 e) Facilitar y brindar la colaboración que sea necesaria en TITULO VII cualquier tiempo, para el libre acceso a la Autoridad Minera DE LOS CANONES o a la entidad que ésta designe, así como a las Municipalidades respectivas, para lafiscalizaciónde las obligaciones que les CAPÍTULO ÚNICO corresponda; DEL CANON TERRITORIAL f) Presentar anualmente ante la Autoridad Minera y a las ARTÍCULO 56.- El Canon Territorial es la contraprestación Municipalidades respectivas, en el mes de enero del año pecuniaria periódica que debe pagarse a partir del año en que se siguiente, una Declaración Anual Consolidada que consistirá hubiere formulado la solicitud del Derecho Minero y durante la en un informe técnico, económico, social y ambiental de las vigencia del mismo, de la manera siguiente: actividades desarrolladas en el año inmediatamente anterior, de conformidad al programa de actividades aprobado por a) El equivalente en moneda nacional a UNO CINCUENTA dicha autoridad. DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA i (US$.1.50) por año y por hectárea o fracción otorgada o solicitada, tratándose de concesiones metálicas de La información contenida en la Declaración Anual exploración; Consolidada y otros informes técnicos, será proporcionada por la Autoridad Minera a otros organismos del Estado, de b) El equivalente en moneda nacional a TRES CINCUENTA oficio o a petición de parte; DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$.3.50) por año y por hectárea o fracción otorgada o g) En caso de empresas extranj eras concesionarias éstas deben solicitada, tratándose de concesiones metálicas de tener un domicilio y un administrador o representante legal en explotación; Honduras, investido de las facultades necesarias para recibir y ejecutar las determinaciones que la autoridad competente, c) El equivalente en moneda nacional a CINCUENTA de acuerdo a lo establecido en esta Ley, adopte respecto a CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS sus concesiones; y, DE AMÉRICA (US$.0.50) por año y por hectárea o fracción otorgada o solicitada para concesiones no metálicas o d h) Paralizar inmediatamente las actividades de explotación, tan gemas o piedras preciosas de exploración; y, pronto tenga conocimiento que en su ejecución se han sobrepasado los límites autorizados en la concesión en perjuicio d) El equivalente en moneda nacional a DOS DÓLARES DE de concesión ajena o del Estado, sin perjuicio de devolver a LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA(US$.2.00) po su legítimo dueño el valor de los minerales extraídos, sin año y por hectárea o fracción otorgada o solicitada para deducción alguna. concesiones no metálicas o de gemas o piedras preciosas d explotación.

  33. ARTICULO 55.- Para garantizar el buen desarrollo y cumplimiento de las actividades mineras, de acuerdo a cada una ARTÍCULO 57.- El Canon Territorial correspondiente a de las etapas, los titulares de concesiones mineras están obligados año en que se formule la solicitud del Derecho Minero, debe a constituir y mantener caución a favor del Estado, cuya cuantía abonarse y acreditarse con motivo de la formulación de la misma la establecerá la Autoridad Minera, de acuerdo a los montos El valor abonado no es reembolsable, si la solicitud fuese establecidos en los planes de inversión. denegada. Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C , 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,088 El Canon Territorial correspondiente al segundo año, CAPITULO II computado a partir del uno de enero del año siguiente a aquel en DE LAS SANCIONES POR FALTA DE PRODUCCIÓN que se hubiere formulado la solicitud del Derecho Minero, debe abonarse en la primera quincena del mes de enero del año ARTÍCULO 59.- El concesionario que no cumpliere con laí siguiente. Igual regla se aplicará para los años subsiguientes. exigencias mínimas de producción está obligado a pag adicionalmente al canon territorial, una sanción pecuniariz Los titulares de derechos mineros, otorgados antes de la equivalente en moneda nacional a DIEZ DÓLARES DE LO vigencia de esta Ley, abonarán el canon territorial en los mismos ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$.10.00) por año valores que se establecen en este Artículo para las concesiones por hectárea, tratándose de concesiones de explotación metálic mineras en las etapas de exploración y explotación, y de CINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS D respectivamente. AMÉRICA (US$.5.00) por año y por hectárea, tratándose concesiones de explotación no metálicas y de gemas o piedra TÍTULO vni preciosas. Esta sanción se duplicará anualmente mientras DE LA PRODUCCIÓN MINERA concesionario no alcance la producción mínima, establecida en CAPÍTULO I Artículo anterior. DE LA PRODUCCIÓN MÍNIMA TÍTULO IX

  34. ARTICULO 58.- La Concesión Minera obliga a la DE LOS LÍMITES ALA TRANSFERENCIA DE ejecución del proyecto de inversión para la producción de DERECHOS MINEROS sustancias minerales, en los términos previstos en la misma. La i producción no puede ser inferior al equivalente en moneda nacional CAPÍTULO ÚNICO a QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE LA TRANSFERENCIA DE LOS DERECHOS DE AMÉRICA (US $. 500.00) por año y por hectárea otorgada, MINEROS tratándose de concesiones de explotación metálicas; y del equivalente en moneda nacional a TRESCIENTOS DÓLARES ARTÍCULO 60.- Otorgada que sea una Concesión Miner DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US $. 300.00) ésta no puede modificarse, cederse, gravarse, ni transferirse p por año y por hectárea otorgada, tratándose de concesiones de explotación no metálicas o de gemas o piedras preciosas. ningún título, salvo con la autorización previa de la Autorid Minera, debiendo publicarse sucintamente el cambio de titula Otorgada la concesión de explotación, su titular queda del Derecho Minero, a través del Diario Oficial La Gaceta y d obligado a alcanzar la producción rnínima a más tardar dentro del (2) medios escritos de mayor circulación, en el área donde tercer año, contado a partir de la fecha en que se hubiere otorgado desarrolla el proyecto minero. la misma La contravención a lo anteriormente dispuesto, dará luga La producción debe acreditarse con liquidaciones de venta la cancelación del Derecho Minero. emitidas con las formalidades exigidas por las regulaciones comerciales y tributarias. Dichas liquidaciones de venta deben ARTÍCULO 61.- Para el caso de cesiones, modificacione presentarse ante la Autoridad Minera juntamente con la o transferencias, el concesionario adquirente automáticament Declaración Anual Consolidada de que trata el Numeral 6) del asume los derechos y obligaciones del concesionario original y

  35. Artículo 54 de la presente Ley. aplican las mismas condiciones de idoneidad e inhabilidades. Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C, 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,088 TÍTULO X Se exceptúan del literal b), las obras de limpieza, correcciones DE LA PRELACIÓN DE DERECHOS MINEROS desazolvamiento, obras de control de inundaciones de cauces que ejecuten las municipalidades o la Secretaría de Estado en los CAPÍTULO ÚNICO Despachos de Obras Públicas, Transporte y Vivienda DEL ORDEN DE PRIORIDADES (SOPTRAVI), bajo los lincamientos técnicos de la Autoridad Minera. El material de desazolvamiento o excedente después d

  36. ARTÍCULO 62.- Cuando se haya otorgado una concesión la conformación de taludes, bordos y diques, debe ser de hidrocarburos por la autoridad competente y en el área comercializado para el financiamiento de las mismas. En todo caso concesionada existan indicios de yacimientos de otros minerales, el derecho de la comercialización de los materiales excedentes las concesiones podrán coexistir siempre que se demuestre, a corresponderá a la municipalidad respectiva. juicio de la Autoridad de Hidrocarburos y de la Autoridad Minera, la factibilidad de conducir ambas operaciones. En caso que la obra de beneficio comunal, nacional o de emergencia sea la reparación de una carretera se podrá llevar De igual manera podrá otorgarse una concesión de cabo la extracción a no menos de veinticinco (25) metros del eje hidrocarburos sobre una concesión minera ya otorgada. central de la misma, observando las recomendaciones técnicas de la Autoridad Minera.

  37. ARTÍCULO 63.- En caso que dos (2) o más peticionarios de concesión minera soliciten la misma área, se amparará al que TÍTULO XI primero presentó su. solicitud. DEL PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE LA CONCESIÓN MINERA

  38. ARTÍCULO 64.- Mientras se encuentre en trámite una solicitud de concesión minera y no haya sido resuelta CAPÍTULO I definitivamente, no se admitirá ninguna solicitud sobre la misma DEL OTORGAMIENTO DE CONCESIONES DE área, cualquiera que fuere el peticionario, ni aún condicionada a EXPLORACIÓN la resolución denegatoria, salvo que por interés nacional el Estado haga uso de su derecho preeminente a efecto de realizar Alianzas ARTÍCULO 66.- La solicitud de Concesión de Exploració Público-Privadas. debe contener los requisitos siguientes: Para no afectar el interés particular, este derecho del Estado a) Identificación plena del solicitante y de su capacidad para debe realizarse en un plazo no mayor de tres (3) años. ejercer actos de comercio;

  39. ARTICULO 65.- Se prohibe la explotación de sustancias b) Descripción de los vértices del área solicitada; minerales, en los casos siguientes: c) Sustancia(s) de interés; a) A una distancia menor de doscientos (200) metros del eje central de las carreteras primarias; y, d) Recibo de pago del canon establecido; b) A una distancia menor de quinientos (500) metros aguas arriba e) Programa de actividades con la descripción correspondient y quinientos (500) metros aguas abajo de los puentes, y plan de inversión mínima comprometida; malecones, caja-puente, represas, obras de infraestructura urbana, en el cauce de losríosy riachuelos. f) Estados Financieros; y, La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C, 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,088 g) Copia de la notificación presentada a la municipalidad debe practicarse en el municipio en el cual la concesión sea correspondiente en donde se informa la intención de presentar territorialmente mayor, sin perjuicio de que los vecinos de los la solicitud de Concesión Minera de Exploración. otros municipios puedan concurrir a la consulta. Admitida la solicitud con los documentos respectivos, la CAPÍTULO II Autoridad Minera ordenará publicar por una sola vez un extracto DEL OTORGAMIENTO DE CONCESIONES DE de la misma en un diario escrito y una radio de cobertura en la EXPLOTACIÓN zona y en .el sitio web de la Autoridad Minera, e iniciará su evaluación desde la perspectiva técnica y legal.

  40. ARTÍCULO 69.- La solicitud de Concesión de Explotació Si dentro de los quince (15) días siguientes a la publicación se Minera Metálica debe contener los requisitos siguientes: presentare oposición, siendo la misma de carácter incidental, se tramitará en pieza separada, conforme al procedimiento A. Resultados de Exploración, los cuales deben contener por lo administrativo correspondiente. No presentándose oposición o menos, los cálculos de reservas, calidad, condiciones de resuelta ésta, la Autoridad Minera procederá a resolver la solicitud yacencia, mineralogía asociada, Geología General y Detallada; de concesión minera, en un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) días. B. Proyecto de viabilidad que contenga como mínimo: La Autoridad Minera emitirá la resolución correspondiente y a) Descripción del diseño de explotación que contenga siendo favorable, ordenará su inscripción en la Unidad de Registro equipo, personal, estructura jerárquica del proyecto, Minero y Catastral. insumos y reactivos a emplear;

  41. ARTÍCULO 67.- Previo a la resolución de otorgamiento de la Explotación, la Autoridad Minera solicitará a la Corporación b) Planos generales y en detalle de todas las obras a Municipal respectiva y la población realizar una consulta ciudadana construir; m un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario, contados a Dartir de la notificación, en los términos que señala la Ley de c) Secciones transversales y longitudinales de los sitios a Municipalidades, cuyo resultado le será informado en un término explotar; 10 mayor de diez (10) días hábiles. La decisión adoptada en la consulta es vinculante para el otorgamiento de la Concesión de d) Estudio económico; Explotación. e) Flujograma del proceso de minado; Si el resultado de la consulta ciudadana fuere de oposición a a explotación, no se puede volver a realizar sino hasta después le tres (3) años. f) Programa de actividades y plan de inversión a Comprometer; y, La autoridad rhunicipal respectiva debe solicitar el auxilio y la .sistencia técnica y supervisión del Tribunal Supremo Electoral g) Certificación extendida por el Tribunal Supremo Electoral TSE), para el desarrollo de la consulta. (TSE), donde consta los resultados del proceso;

  42. ARTÍCULO 68.- Cuando el área de la concesión abarque C. Planos en detalle de las comunidades, municipios, las de un municipio, la consulta a que se refiere el Artículo anterior propiedades, fuentes de agua y facilidades involucradas. A. 13 Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C, 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,088 Admitida la solicitud, la Autoridad Minera resolverá en un ARTÍCULO 72.- Presentada la solicitud con los requisitos plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) días. técnicos señalados en el Artículo anterior, la autoridad procederá a resolver dentro del término de quince (15) días.

  43. ARTICULO 70.- La solicitud de concesión de Explotación Minera No Metálica debe contenerlos requisitos siguientes: ARTÍCULO 73.- La resolución correspondiente se inscribirá en la Unidad de Registro Minero y Catastral y será a) Geología General, tipo de material a explotar y su uso; comunicada a la o las Municipalidades donde se ubique el Derecho Minero. b) Descripción del diseño de explotación que contenga equipo y personal a emplear; ARTÍCULO 74.- Contra las resoluciones emitidas por la Autoridad Minera, pueden interponerse los recursos que establece c) Planos generales de todas las obras a construir; la Ley de Procedimiento Ao^riinistrativo. d) Flujograma del proceso de minado; CAPÍTULO IV e) Certificado del Tribunal Supremo Electoral (TSE) sobre las DE LA CAPACIDAD E INHABILIDADES PARA consultas. ADQUIRIR DERECHOS MINEROS CAPÍTULO ni ARTÍCULO 75.- Tienen capacidad para ser titulares de DEL OTORGAMIENTO DE LAS CONCESIONES DE concesiones mineras, las personas naturales y las jurídicas BENEFICIO constituidas en el país o autorizadas para ejercer el comercio en Honduras. Se exceptúan:

  44. ARTÍCULO 71.- La solicitud de Concesión de Beneficio debe contener los requisitos siguientes: a) El Presidente de la República y Designados a la Presidencia; los Diputados del Congreso Nacional; Magistrados y Jueces a) Una memoria descriptiva de la planta y de sus instalaciones del Poder Judicial; Secretarios y Subsecretarios de Estado principales, auxiliares y complementarias, indicando la clase y Directores Generales de la Administración Pública; de mineral que será tratado, capacidad instalada por día, Procurador y Subprocurador General de la República; procedimiento de beneficio, reactivos, naturaleza de los Gerentes, Presidentes o Directores de instituciones autónomas, productosfinales,desechos, distancia a poblaciones o zonas descentralizadas o desconcentradas del Estado; Procurador agrícolas más próximas y el diagrama deflujode planta; y Subprocurador del Ambiente y los Recursos Naturales; Magistrados del Tribunal Superior de Cuentas; Fiscales del b) Planos y cortes longitudinales a escala 1:500 de las obras Ministerio Público y los Funcionarios nombrados por el descritas en el numeral anterior; Congreso Nacional. Quedan inhabilitados los parientes de c) Autorización de uso de aguas; y, los mencionados en este numeral, dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad y sus cónyuges; d) LicenciaAmbiental. b) Los Gobernadores Políticos, miembros de las Corporaciones Los requisitos anteriores también le son exigidos a todo titular Municipales y de las Fuerzas Armadas y Policiales en el de Concesión Minera de explotación que pretenda realizar territorio donde ejerzan jurisdicción. Asimismo, quedan actividades de beneficio. inhabilitados los parientes de los mencionados en este numeral cuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,088 dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de F. Derecho de Vigencia o Superficie o el llamado Canon afinidad y sus cónyuges; Superficial Territorial; y c) Los funcionarios y empleados públicos que directa o G La minería no metálica de carácter industrial y la de gemas indirectamente intervienen, dictaminan o resuelven en la materia piedras preciosas, pagarán dos punto cinco por ciento (2.5%) minera. Esta inhabilitación se extiende hasta dos (2) años en base al valor FOB o en base al valor en planta o ex-fábrica después de haber finalizado sus funciones; así como a sus según sea el caso, desglosado así: parientes en el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, y sus cónyuges; a) Uno por ciento (1 %) para el municipio donde se extrae el material; d) Los morosos con el Estado y el municipio en lo atinente a obligaciones tributarias; y, b) Cero Punto Cincuenta por ciento (0.50%) a favor de la Autoridad Minera; y, e) Los miembros del Consejo de la Judicatura. c) Uno por ciento (1 %) en concepto de Tasa de Seguridad Las personas comprendidas en este Artículo no deben solicitar, adquirir o poseer directa o indirectamente derechos mineros mientras ejerzan sus funciones o se mantengan en los cargos para H. La minería metálica, los óxidos y sulfuros (no metálicos) ios que fueron electos o nombrados o mientras persista la situación los cuales se extraen metales pagará el seis por ciento (6%) que los inhabilite. sobre el valor FOB de las ventas o exportaciones, desglosándolo de la manera siguiente: TÍTULO XII DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO a) El dos por ciento (2%) en concepto de Tasa de Seguridad que debe ingresar a la Tesorería General de la República; CAPÍTULO ÚNICO DE LOS IMPUESTOS b) El dos por ciento (2%) en concepto de impuesto municipal, que debe ingresar directamente a la Tesorería Municipal donde

  45. ARTÍCULO 76.- Son aplicables a los titulares de se encuentra ubicada la explotación minera; concesiones de explotación y beneficio, de acuerdo a las leyes especiales, las siguientes cargas: c) El uno por ciento (1 %) de contraparte en los proyectos de desarrollo de la Ley de Promoción de la Alianza Público A. Lo señalado en la Ley del Impuesto Sobre la Renta; Privada (COALIANZA); y, B. Lo dispuesto en la Ley del Impuesto Sobre Ventas; d) El restante uno por ciento (1 %) a favor de la Autoridad Minera para fortalecerla en sus actividades de control e investigación C. Impuesto al Activo Neto; científica D. Las tasas por servicios y tributos establecidos en la Ley de Los tributos establecidos en los literales g) y h) no son Municipalidades y en el Plan de Arbitrios Municipal; aplicables a los titulares de explotaciones artesanales. E. Tasa de Seguridad según se describe en los literales f) y g) de ARTÍCULO 77.- Del impuesto mensual que le correspond este Artículo; a la o las Municipalidades, se destinará un cinco por ciento (5% A. 15 Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C, 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,088 para la conformación de un Fondo de Inversión Social, bajo la d) Cuando la producción exceda de las reservas probadas de figura de un Fideicomiso, con el propósito de ejecutar proyectos mineral. Esta última disposición no aplica a las concesiones de inversión en áreas distintas a la minería, para la generación de de beneficio. i empleo en otros rubros. Una vez establecida la causal de suspensión del Derecho El impuesto a que se refiere este Artículo se pagará dentro de Minero, y dentro del término de cinco (5) días se señala audiencia los primeros cinco (5) días del mes siguiente, de acuerdo a la de descargo al interesado para que se pronuncie al respecto y presentación de liquidaciones y actas de exportación del mes aporte las pruebas que estime pertinentes. Concluido el plazo, y anterior y es deducible como gastos para la determinación del con la estimación de las pruebas aportadas, se resolverá lo Impuesto Sobre la Renta. procedente. Además de los tributos anteriores, los concesionarios mineros CAPÍTULO II están obligados al pago de los impuestos estatales establecidos DE LA TERMINACIÓN DE DERECHOS MINEROS en otras leyes que les sean aplicables.

  46. ARTÍCULO 79.- Los derechos mineros se terminan por nulidad, cancelación o extinción. Las condiciones de inversión del Fideicomiso a que se refiere este Artículo, serán determinadas en el Reglamento de la presente

  47. ARTÍCULO 80.- Son causas de nulidad del Derecho Ley. Minero: TÍTULO XIII a) Las otorgadas a persona inhábil; DE LA SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN DE LOS DERECHOS MINEROS b) Las otorgadas sin llenar los requisitos establecidos en esta Ley; y, CAPÍTULO I DE LAS CAUSAS DE SUSPENSIÓN c) Las otorgadas para el aprovechamiento de minerales o sustancias no sujetas a esta Ley.

  48. ARTÍCULO 78.- La Autoridad Minera, previa comprobación, ordenará al titular del Derecho Minero por medio El funcionario que violente lo establecido en esta norma, será de resolución, la suspensión de las actividades mineras en los responsable civil y penalmente. casos siguientes:

  49. ARTÍCULO 81.- Son causas de cancelación del Derecho a) Cuando existiere elriesgoo peligro inminente para la vida de Minero, las siguientes: las personas o sus bienes; a) No pagar el Canon Territorial, Canon de Beneficio, Penalidad b) Cuando no se cumplan las disposiciones de seguridad en el y tributos nacionales y municipales, por dos (2) años trabajo, de conformidad con las leyes de la materia; consecutivos; c) Por vencimiento de la licencia ambiental mientras no se acredite b) La falta de presentación de la Declaración Anual Consolidada su renovación o trámite; y, durante dos (2) años consecutivos; La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M . D. C , 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,088 c) Haber sido sancionado tres (3) veces en un período de dos cumplimiento y aplicación de esta Ley y su Reglamento e impone (2) años por los mismos hechos; las sanciones derivadas de su incumplimiento. d) Cancelación de la licencia ambiental por parte de la autoridad ARTÍCULO 85.- Las sanciones se aplicarán en la forma competente, por la ejecución de una sentencia firme, siguiente: consecuencia de la comisión de un delito ambiental; y, a) Multa equivalente a tres (3) salarios mínimos en la categoría e) Si al fallecimiento del titular, los herederos no acreditan su más alta aplicada en la zona, por la presentación extemporánea capacidad o idoneidad legal para manejar y asumir las de la Declaración Anual Consolidada y los informes requeridos responsabilidades mencionadas en el Derecho Minero, en un por la Autoridad Minera; plazo no mayor de seis (6) meses. b) Multa de dos (2) salarios mínimos en la categoría más alta

  50. ARTÍCULO 82.- Son causas de extinción del Derecho aplicada en la zona, por la presentación incompleta o no Minero, las siguientes: relacionada de los informes, lo cual no exime al titular del derecho de rectificar en el término que establece la Ley; a) Vencimiento del término por el cual fue otorgada la Concesión sin haber solicitado su prórroga tres (3) meses antes del vencimiento del mismo; c) Multa de seis (6) salarios mínimos en la categoría más alta aplicada en la zona, por la comercialización de minerales b) • Cuando el yacimiento haya agotado su reserva, sin perjuicio provenientes de explotaciones ilegales. Si como resultado d del cumplimiento del Plan de Cierre; posteriores auditorías se comprueba que continúa l comercialización y compra de minerales provenientes d c) Disolución de la persona jurídica concesionaria; explotaciones ilegales, se sancionará con el cien por ciento (100%) del valor explotado y el resarcimiento de los daños d) Insolvencia financiera que le impida cumplir con las perjuicios que hubiere ocasionado, todo sin perjuicio de l obligaciones concesionales; y, responsabilidad penal a que hubiere lugar en Derecho; e) Renuncia expresa del titular de el Derecho Minero ante la d) El no pago del canon territorial o de beneficio en el tiemp Autoridad Minera. establecido por esta Ley, se sanciona con un diez por cient (10%) adicional a la mora por mes o fracción de retraso; A R T Í C U L O 83.- Las declaraciones de suspensión y terminación de derechos mineros, se harán sin perjuicio del e) Comercialización de sustancias mineras no autorizadas, e cumplimiento de las responsabilidades y obligaciones derivadas cuyo caso pagará el valor total del producto sin deducció de los mismos. del costo por producción; TÍTULO X I V t) Multa de dos (2) salarios mínimos en la categoría más alt D E L A S SANCIONES aplicado en la zona, por no concurrir por sí o debidament representado a las visitas de inspección que practique l CAPÍTULO ÚNICO Autoridad Minera, sin que medie causa justificada; DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS A R T Í C U L O 84.- La Autoridad Minera es el órgano g) Multa de dos (2) salarios mínimos en la categoría más alt competente para supervisar, inspeccionar y velar por el aplicado en la zona, por encontrarse ejecutando obras A. 17 Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C, 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,088 actividades no aprobadas en los programas de actividades y ARTÍCULO 87.- Sin perjuicio de las concesiones existentes, Planes de Inversión, sin justificación; y, para acceder a los derechos y beneficios que este Capítulo confiere, los interesados deben solicitar a la Autoridad Minera en h) Multa de seis (6) salarios mínimos en la categoría más alta caso de los literales a), c) y d) aprobados anteriormente y del aplicado en la zona, por no permitir a la Autoridad Minera, literal b) a la Municipalidad correspondiente, un permiso para Autoridad Ambiental, Alcaldías Municipales y demás ejercer la condición de mineros a pequeña escala, el cual está Instituciones competentes, las funciones de control, sujeto al procedimiento que señale el Reglamento de la presente fiscalización y de auditoría de las actividades mineras. Ley. Cualquier otra infracción a las obligaciones previstas en esta ARTÍCULO 88.- Corresponde a la Autoridad Minera Ley y no contemplada en los incisos anteriores se sanciona con promover, desarrollar, evaluar y dar seguimiento a través de una multa comprendida entre dos (2) y seis (6) salarios mínimos programas y acciones institucionales, el aprovechamiento racional en la categoría más alta aplicado en la zona, ajuicio de la Autoridad y responsable de los recursos mineros que realice la pequeña Minera, tomando en consideración la gravedad de la falta. minería y la minería artesanal. Las multas anteriormente establecidas se aplicarán a la CAPÍTULO II pequeña minería rebajada en tres cuartas (3/4) partes. DE LAMINERIA ARTESANAL • TÍTULO XV ARTÍCULO 89.- Se entiende por Minería Artesanal, el DE LA PEQUEÑA MINERIA Y MINERÍA aprovechamiento de los recursos mineros que desarrollan personas ARTESANAL naturales de manera individual o en grupos organizados mediante el empleo de técnicas exclusivamente manuales. CAPÍTULO I DE LA PEQUEÑA MINERÍA Los residuos o pequeñas cantidades a granel de metales o piedras preciosas existentes en terrenos de acarreo, cauces,

  51. ARTÍCULO 86.- Para efectos de esta Ley, se entiende por playas, lechos deríos,deben ser explotados de manera artesanal. Pequeña Minería las actividades mineras en las que se utilicen medios mecánicos sencillos y que presenten las características El volumen permitido para explotar oro placer artesanal, siguientes: minerales no metálicos de manera individual será de diez (10 metros cúbicos diarios y de treinta (30) metros cúbicos po a) Capacidad de producción hasta doscientas (200) toneladas grupo organizado y registrado ante la autoridad competente. de broza al día, tratándose de metálicas;

  52. ARTÍCULO 90.- La Autoridad Minera, a petición de las b) Capacidad de Producción hasta cien (100) metros cúbicos Municipalidades, adjudicará las áreas de explotación artesana por día, tratándose de no metálicos; en los Municipios, en áreas libres de derechos mineros. c) Capacidad de explotación hasta diez (10) metros cúbicos El otorgamiento de los permisos de extracción artesanal es diarios, tratándose de gemas o piedras preciosas; y, atribución exclusiva de las municipalidades. d) Capacidad de explotación de mineral metálico de placer hasta ARTÍCULO 91.- Sin perjuicio de las atribuciones de la cincuenta (50) metros cúbicos diarios. Autoridad Minera, establecidas en esta Ley, la Minería Artesana La Gaceta REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C, 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,088 y la Pequeña Minería, serán supervisadas por la Unidad Municipal rigurosas medidas de protección a la salud y el ambiente Ambiental (UMA) correspondiente, la cual velará por la con elfinde optimizar sus actividades para la mejor captació implementación y cumplimiento de las medidas de mitigación de sus ingresos; y, ambiental, que para tal efecto se establezcan en el Manual de Buenas Prácticas Minero-Ambiental para Minería Artesanal, g) Cuando se trate de áreas de minería metálica artesanal concertado por la Autoridad Minera y la Ambiental. donde se extraigan hasta treinta (30) metros cúbicos de or placer y más de veinte (20) toneladas al día por individuos

  53. ARTÍCULO 92.- La tasa municipal de la Minería Artesanal grupos de individuos, la municipalidad respectiva, e por la extracción de minerales no metálicos, será establecida por coordinación con la Autoridad Minera o consultore la Municipalidad en su Plan de Arbitrios correspondiente. especializados en el campo de las geo-ciencias, coordinará creación de parques mineros industriales, los cuales debe

  54. ARTÍCULO 93.- Los mineros artesanales pueden cumplir con todas las regulaciones para la protecció aprovechar los recursos mineros que se encuentren dentro de las ambiental, higiene laboral y seguridad industrial. áreas establecidas por la Autoridad Minera como reserva minera artesanal y en las reservas mineras aprobadas por el Congreso CAPÍTULO III Nacional. DEL CORTE, RELLENO Y NIVELACIÓN Dicha actividad se debe realizar de manera racional, ARTÍCULO 95.- Para la ejecución de obras civiles, sustentable y protegiendo el ambiente y las comunidades. permiso de corte, relleno y nivelación será otorgado por Municipalidad correspondiente.

  55. ARTÍCULO 94.- Corresponde a las municipalidades las obligaciones siguientes: El material excedente será destinado para losfinespúblic que señale la Autoridad Municipal respectiva y no debe s a) Llevar un registro actualizado de los mineros artesanales; comercializado bajo ningún concepto. b) Remitir anualmente a la Autoridad Minera el registro de los En cuanto a lo que se refiere a obras públicas, la extracci permisos mineros artesanales otorgados; de los materiales a utilizarse, se estará a lo dispuesto en la L para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en c) Gestionar ante la Autoridad Minera áreas de reserva Infraestructura Pública. - minero-artesanal; TÍTULO XVI d) Colaborar con las autoridades correspondientes en la vigilancia DE LA AUTORIDAD MINERA y control de las actividades mineras; CAPÍTULO I e) Controlar la explotación racional y sustentable de los recursos DEL INSTITUTO HONDURENO DE GEOLOGÍA Y mineros y la protección del ambiente en las áreas de reserva MINAS (INHGEOMIN) • minero-artesanal;

  56. ARTÍCULO 96.- Créase el Instituto Hondureno f) Fomentar la organización y capacitación de los mineros Geología y Minas que se identificará con las sigl artesanales, para que las actividades mineras se hagan con "INHGEOMIN", como un ente desconcentrado del Estad A. WÚ Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C, 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,088 dependiente de la Presidencia de la República, con domicilio en e) Ambiente y Seguridad; y, la capital de la República, pudiendo establecer oficinas en los lugares que estime conveniente, con exclusividad en la f) Desarrollo Social. competencia que establece esta Ley, la que ejercerá con independencia técnica, administrativa y presupuestaria. Está Las Unidades consignadas en el presente Artículo, así como dotado de la capacidad legal necesaria para emitir los actos, aquellas de carácter administrativo, técnicas y operativas sus celebrar contratos y comparecer ante los Tribunales de la facultades y funciones se consignarán en el Reglamento de la República, todo ello en el ejercicio de su competencia. presenteLey. El INHGEOMIN actúa como ejecutor de la Política Nacional CAPÍTULO m del sector minero en general, con facultad de desarrollar DE LAS ATRIBUCIONES DEL INSTITUTO programas, proyectos y planes y de crear las unidades administrativas, técnicas y operativas necesarias, para cumplir con HONDURENO DE GEOLOGÍA Y MINAS esta Ley. (INHGEOMIN) Para los efectos de la presente Ley, éste organismo se ARTÍCULO 99.- Son atribuciones del Instituto Hondureno denominará simplemente como Autoridad Minera. de Geología y Minas (INHGEOMIN): CAPÍTULO ÍI a) Proponer, dirigir, ejecutar y supervisar la Política Minera; DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA AUTORIDAD MINERA b) Otorgar, modificar y extinguir derechos mineros y otras obligaciones mineras de conformidad a esta Ley;

  57. ARTICULO 97.- La Estructura Orgánica de la Autoridad Minera es la siguiente: c) Consolidar en un sistema de cuadrículas el área cubierta por • los derechos mineros; a) Dirección Ejecutiva; d) Fiscalizar, en coordinación con los organismos competentes de las Secretarías de Estado en los Despachos de Trabajo y b) Subdirección de Minería; y, Seguridad Social, de Salud y las Unidades Municipales c) Subdirección de Investigación e Información Minera. Ambientales (UMA), el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad de las empresas que realicen actividades mineras;

  58. ARTÍCULO 98.- El Instituto Hondureno de Geología y Minas (INHGEOMIN) está integrado por las Unidades e) Fiscalizar en coordinación con los organismos competentes siguientes: de la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos a) Registro Minero y Catastral; Naturales y Ambiente (SERNA), el cumplimiento de las normas de protección, restauración y manejo sostenible del b) Investigación y Laboratorios: ambiente, por las empresas titulares de derechos mineros; c) Minas y Geología; í) Consolidar, sistematizar, divulgar y mantener disponible en un banco de datos permanente y actualizado, información sobre d) Fiscalización Minera; los recursos minerales del país, a través de un plan de La Gaceta REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,088 publicaciones, biblioteca abierta y disponibilidad de archivos correspondiente teniendo el rango de Ministro y Viceministros, digitales; respectivamente. g) Realizar Investigación científica en el ámbito de las ARTÍCULO 101.-Son atribuciones del Director Ejecutivo: geo-ciencias y minería; a) Administrar y ejercer la representación legal del Instituto h) Adquirir, potenciar y difundir el conocimiento científico y Hondureno de Geología y Minas (INHGEOMIN); tecnológico relacionado con las actividades del Instituto, mediante la gestión y apoyo a planes, programas y proyectos b) Regular el otorgamiento de derechos mineros y su destino de de investigación, formación y desarrollo, proponiendo la conformidad con la Ley; correspondiente política de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, en las materias de competencia c) Nombrar y remover el personal del INHGEOMIN, previa del Instituto, en consonancia con el Plan de Nación y Visión evaluación curricular y laboral; de País; d) Aprobar Manuales e Instructivos técnicos para la i) Realizar y suscribir convenios y contratos, a través de Alianzas implementación de la Ley; Público-Privada para el desarrollo de Proyectos Mineros; e) Elaborar el Reglamento de esta Ley, de conformidad al Artículo j) Delimitar áreas para minería artesanal a solicitud de las 114 de esta Ley; municipalidades de acuerdo a lo establecido en el Artículo 90 de esta Ley; f) Suscribir convenios y acuerdos con universidades e instituciones nacionales e internacionales dedicadas a la k) Elaborar el Reglamento del Régimen de la Carrera Minera; y, investigación minera, afinde promocionar la investigación técnica y científica en el campo de las geo-ciencias; í) Las demás que le confiere la Constitución de la República; Tratados Internacionales en la materia, la presente Ley y su Reglamento g) Ejecutar, coordinar, supervisar y evaluar la ejecución de la política minera; CAPÍTULO rv DE LOS REQUISITOS, ATRIBUCIONES E h) Formular el Anteproyecto de Presupuesto del INHGEOMIN; INHABILIDADES DEL DIRECTOR Y SUBDIRECTORES EJECUTIVOS i) Aprobar el Plan Operativo Anual del INHGEOMIN; •

  59. ARTÍCULO 100,-Para ser Director o Subdirectores del j) Planificar, dirigir y coordinar programas de investigación en el INHGEOMIN se debe cumplir con los mismos requisitos exigidos área de geo-ciencias; y, a los Secretarios de Estado y ser Profesional Universitario con conocimiento en la materia. k) Las demás que le señale esta Ley y su Reglamento. Estos funcionarios son nombrados por el Presidente de la ARTÍCULO 102.- En ausencia del Director Ejecutivo, asume República, prestarán promesa y deben rendir la Fianza sus funciones el Subdirector Ejecutivo de Minería. A. El Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C , 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,088 ARTÍCULO I03.-No pueden ser Director Ejecutivo, ni Sub TÍTULO XVIII Directores del Instituto: DEL RÉGIMEN ECONÓMICO a) Los que incurran en las inhabilidades establecidas en la CAPÍTULO ÚNICO Constitución de la República para los Secretarios y DEL PATRIMONIO DEL INSTITUTO HONDURENO Subsecretarios de Estado y las establecidas en la Ley DE GEOLOGÍA Y MINAS (INHGEOMIN) General de la Administración Pública para los Presidentes, Gerentes, Directores o Subdirectores de las Instituciones ARTÍCULO 107.- Son recursos del INHGEOMIN: Autónomas; a) Los activos que actualmente pertenecen a la Dirección b) Los titulares de derechos mineros o socios de empresas Ejecutiva de Fomento a la Minería (DEFOMIN); mineras; cónyuges y parientes dentro del cuarto grado de • consanguinidad y segundo de afinidad; y, b) Los montos provenientes de los ingresos por concepto de tasas por servicios, pago de canon, penalidades y multas; c) Los exgerentes o directivos de compañías mineras, salvo tres c) Los montos asignados anualmente en el Presupuesto General (3) años después de separación del cargo. de Ingresos y Egresos de la República y el porcentaje establecido en esta Ley; y, TÍTULO XVII DEL RÉGIMEN LABORAL d) Herencias, legados y donaciones. TÍTULO XIX CAPÍTULO ÚNICO DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y DE LA EXCLUSIVIDAD DE SERVICIOS, SISTEMAS FINALES DE RECLUTAMIENTO Y RÉGIMEN DE LA CARRERA MINERA CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS

  60. ARTÍCULO 104.- Los funcionarios y empleados del Instituto Hondureno de Geología y Minas (INHGEOMIN), deben prestar ARTÍCULO 108.-E1 Instituto Hondureno de Geología sus servicios con carácter exclusivo; no pueden desempeñar otros Minas (INHGEOMIN) debe nombrar o contratar los servicios cargos o labores ajenas, relacionadas con su desempeño en la de los empleados que a la fecha de entrar en vigencia la presente Institución, salvo el de docencia o salud, cuando sus horarios de Ley, laboren en la Dirección Ejecutiva de Fomento a la Minería trabajo lo permitan. (DEFOMIN), en cuyo caso conservarán la antigüedad y demá derechos laborales y sociales que les corresponda.

  61. ARTÍCULO 105.-La selección del personal se hará La selección de este personal se hará previa evaluación mediante el sistema de concurso público. curricular, técnica, psicométrica y del historial de desempeño.

  62. ARTÍCULO 106.-El personal técnico y administrativo del A los empleados de la Dirección Ejecutiva de Fomento a la INHGEOMIN es regulado mediante el Reglamento del Régimen Minería (DEFOMIN) que no fueren contratados, se les pagarán de la Carrera Minera. los derechos laborales que legalmente correspondan. La Gaceta REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C, 2 DE ABRIL DEL 2013 No. 33,088 Los empleados y funcionarios que opten por su retiro Oficial La Gaceta bajo número 29,298 de fecha 30 de noviembre voluntario, tienen el derecho al reconocimiento y pago de sus de 1998 que contiene la Ley General de Minería y todas aquellas prestaciones e indemnizaciones laborales. Para estos efectos se disposiciones legales que se opongan a la presente ley. autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, efectuar los ajustes presupuestarios. ARTÍCULO 112.-Corresponderá a la Secretaría de Estado - en el Despacho de la Presidencia, la elaboración del Reglamento La selección inicial del personal se hará mediante el sistema con el apoyo del Instituto Hondureno de Geología y Minas de concurso público. (INHGEOMIN), en consulta con la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA), en un

  63. ARTÍCULO 109.-Los expedientes que se encuentren en término de sesenta (60) días, a partir de la vigencia de la presente trámite de solicitud de concesión a la fecha de entrada en vigencia Ley. de esta Ley, se continuarán tramitando hasta su terminación con la normativa que se iniciaron, sin perjuicio de la revisión, evaluación ARTÍCULO 113.- La presente Ley entrará en vigencia veinte y subsanación que pudieren presentar los expedientes. (20) días después de su publicación en el Diario Oficial La Gacet Los derechos mineros vigentes otorgados al amparo de leyes Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito anteriores, en cuanto a las nuevas exigencias ambientales, Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los obligaciones y cargas tributarias se sujetarán a la presente Ley. Veintitrés días del mes de Enero de Dos Mil Trece. La solicitud de concesiones Mineras Metálicas presentadas ALBA NORA CUNERA OSORIO con posterioridad al Decreto Ejecutivo No. PCM-09-2006, PRESIDENTA publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 30928 de fecha 14 de Febrero del año 2006, que suspende el otorgamiento de RIGOBERTO CHANG CASTILLO concesiones mineras metálicas, deben rechazarse por SECRETARIO extemporáneas pudiendo presentarse nuevamente, bajo los requisitos de la presente Ley y hasta la aprobación de su GLADIS AURORA LÓPEZ CALDERÓN Reglamento. •» SECRETARIA

  64. ARTÍCULO 110.- El proceso de transición de la Dirección Ejecutiva de Fomento a la Minería (DEFOMIN) al Instituto Al Poder Ejecutivo. Hondureno de Geología y Minas (IHNGEOMIN), debe realizarse en un plazo no superior a seis (6) meses a partir de la entrada en Por Tanto: Ej ecútese, vigencia de la presente Ley. Tegucigalpa, M.D.C., 15 de marzo de 2013. El traspaso de los bienes de la Dirección Ejecutiva de Fomento PORFIRIO LOBO SOSA a la Minería (DEFOMIN) al Instituto Hondureno de Geología y PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Minas (INHGEOMIN), será supervisado por una Comisión AD HOC nombrada por el Secretario de Estado en los Despachos EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA) con personeros DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE. del Tribunal Superior de Cuentas (TSC). RIGOBERTO CUÉLLAR CRUZ CAPÍTULO II DE LAS DISPOSICIONES FINALES EL SECRETARIO DE ESTADO DEL DESPACHO PRESIDENCIAL.

  65. ARTÍCULO 111.- Queda derogado el Decreto Legislativo No.292-98 de 30 de noviembre de 1998, publicado en el Diario MARÍA ANTONIETA GUILLEN VÁSQUEZ A. 23

Decreto Nº 238-2012 — Ley General de Minería · Nelum