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Laws of Honduras

Decreto Nº 159/05 - Hábitat del colibrí esmeralda hondureño

Made 2005-05-24 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Act
Organisation
European Union
Country
Honduras
Subjects
Wild species and ecosystems
Keywords
birds, endangered species, protection of habitats, protection of species, biodiversity

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  1. [ DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE HONDURAS La primera imprenta IIeg6 a Honduras en 1829, siendo instalaoa en Tegucigalpa, en el cuartel San Francisco, 10 pnrnero que se imprimi6 fue una proclama del General Morazar , con fecha 4 de dicierrbre de 1829, ANOCXXVIII TEGUCIGALPA, M. D.C., EU~RESA Despues se impnmi6 el primer periodico oficial del Gobierno can fecha 25 de mayo de 1830, conoc.do hoy, como Diario Oficial "La Gacea" Secci6n A Poder Legislativo DECRETO No.159-2005 EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras, tiene derechos soberanos sobre sus recursos naturales y SUMARlO Secci6n A Decretos y.Atuerdos PODERLEGISLATIVO 159-2005 Decreta: HABITATDELCOLIBRlESMERALDA HONDURENO. A. 1-6 SECRETARIADEGOBERNAOONYJUSTICIA Acuerdos Nos. 1059-2005.1061-2005;y, 1062-2005. A. 6-7 CONSIDERANDO: Que de acuerdo a los estudios tecnicos y cientificos realizados se fundamenta 1a declaracion de las areas naturales protegidas y se otorga la categoria y dernas lineamientos de manejo. esta interesado en el cumplimiento de los Articulos 172 y 340 de la Constituci6n de la Republica, de los Decretos No.1 03-93 de fecha 27 de mayo de 1993, que contiene la Ley del Instituto Hondurefio de Turismo y 104-91 de fecha 27 de mayo de 1993, que contiene la Ley General del Ambiente, concemientes a la proteccion del medio ambiente. Avance Secci6nB Avisos Legales Desprendible para su comodidad A. 8 B. 1-16 CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras es parte del Convenio sobre la Diversidad Biologica, suscrito en Rio de Janeiro, en junio de 1992, y tiene como compromiso establecer e1 sistema de areas protegidas de Honduras para conservar la diversidad biologica in-situ. CONSIDERANDO: Que la Ley General del Ambiente permite la confonnaci6n del Sistema Nacional de Areas Protegidas con diferentes categorias de manejo. CONSIDERANDO: Que la categoria, Area de Manejo Habitat/Especies, son aquellas areas terrestres y/o marinas sujetas a intervenci6n activa con fines de manejo, para garantizar el mantenimiento de los Habitat y/o satisfacer las necesidades de determinadas especies, incluyendo a1 hombre. Adicionalmente se permite actividad cientifica, monitoreo ambiental, educativas, recreativas que proporcionen beneficios a la economia A. Secclon A ~cuerdos y Jeyes REPUBLICA DE HONDVRAS - TEGUCIGALPA, M. D. c., 9 DE NOVIEMBRE DEL 2005 N°. 30,84~ local y naeional siempre que estas sean compatibles con los objetivos de manejo. CONSIDERANDO: Que el bosque muy seeo tropi cal (brns-T) es el ecosistema mas restringido de Centroamerica (Holdridge 1962), consecuentemente es importante proteger este ecosistema que se encuentra en el Valle del Aguan en Honduras, as! mismo es una oportunidad unica para conservar nuestro patrimonio biologico. CONSIDERANDO: Que este ecosistema es un bosque abierto y complejo con dos (2) 0 tres (3) estratos distintos y segun los estudios realizados hasta la fecha con una alta DECRETA: La siguiente: HABITAT DEL COLIBRI ESMERALDA HONDURENO ARTicULO 1.-Declarar bajo la categoria Area de Manejo Habitat/Especies Colibri Esmeralda Hondureiio, ubicado en el alto y medio Aguan, como parte integrante del Sistema Nacional de Areas Protegidas de Honduras (SINAPH). RELACION DE MEDIDAS PUNTO COORDENADASX COORDENADASY Tabla 1. Poligono de Tiro de la Fuerza Aera de Honduras diversidad de especies de flora y fauna eudernicas. CONSIDERANDO: Que el Colibri Esmeralda Hondurefio (Amazillia luciae), es la unica ave endemica para Honduras, y es la especie en mayor peligro de extincion en todo Centroamerica. Asimisrno, se tiene otras especies de fauna endemicas como el jamo negro iCtenosaura melanosterna), CONSIDERANDO: Que en el bosque seco tropical en el ambito nacional es un centro importante de endemismo ya que en el se encuentran once (11) especies endernicas, de las cuales nueve se encuentran en el poligono de tiro: Berkaides ia molin ae, Eugenia coyolensis, Lonchocarpus trifolius, Dijoon ejia, Zamia standleyii, Capparis admirabilis, Acanthocereus sp. Nov, Opuntia hondurensis, y Ctenocereus yunkeri. Por 10 que representa uno de los sitios con mayor endemismo para Honduras. 01 17 509132 509571 La qaceta DIARIO OFICIAL DE LAREPUBLICA DEHONDURAS DECANO DELAPRENSA HONDURENA PARA MEJOR SEGURIDAD DESUS PUBLICACIONES RAUL OCTAVIO AGUERO Gerente General MARCO ANTONIO RODRiGUEZ CASTILLO Supervision yCoordinacion EMPRESA NACIONAL DEARTES GRAFICA:3 E.N.A.G. Colonia Miraflores Telefono/Fax: Gerencia 230-4956 Administraci6n: 230-6767 Planla: 230-3026 CENTRO CIVICO GUBERNAMENTAL A.'" Secelen A Acuerdos y leyes REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. c., 9 DE NOVIEMBRE DEL 2005 N°. 30,845 27 509846 1708520 36 510140 1708745 47 510288 1709159 50 510599 1709195 55 510847 1709188 59 511174 1709116 65 511244 1708921 6S S1140S 1708803 72 511474 1708498 85 511917 1708798 102 512400 1709064 31 512829 1709098 41 513019 1708963 62 513382 1708862 69 513650 1708809 72 513887 1708734 86 514280 1708405 91 514432 1708188 95 514462 1708122 128 514410 1707613 143 514138 1706956 184 514023 1706199 203 513799 1705892 210 513142 170S76() 243 512172 1705589 270 S 11 049 1705492 302 511249 1706393 319 511191 1706794 344 511149 1707092 373 511059 1707539 389 510953 1709975 394 510914 1708187 400 509882 1707700 405 509403 1707601 413 509285 1707693 Area 1157.4 Ha. Tabla 2. Predio del Senor Anal Reyes PUNTO COORDENADASX COORDENADASY 0511630 1704728 2 0511393 1704670 3 0511556 1704891 4 0512079 1705074 5 0512029 1704724 6 0511961 1704723 7 0512005 1704570 Area 12.938 Ha. Tabla 3. Predio del Senor Evilio Reyes PUNTO COORDENADASX COODENADASY 0513684 1705061 2 0513812 1705437 3 0513848 1705475 4 0513820 1705532 5 0513796 1705870 6 0514578 1705408 7 0514517 1704928 8 0513885 1705896 A." Area 18.268 Ha. Seccion A Aeuerdos y Jeyes REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. c., 9 DE NOVIEMBRE DEL 2005 N". 30,84: Area 5.645 Ha. Tabla 4. Predio del Senor Felix Soto PUNTO COORDENADASX COODENADASY 1 0510683 1705193 2 0510782 1705218 3 0510877 1705204 4 0510398 1705147 ') 0511023 1705188 6 0511298 1705188 7 0511349 1705727 8 0510777 1704304 9 0510882 1704298 10 0510739 1704378 11 0510659 1704772 Area 21.061 Ha. Tabla 5. Predio de la Senora Marieta de Puerto PUNTO COORDENADASX COODENADASY I 0515340 1704303 2 0515203 1705026 3 0514695 1704304 4 0514626 1704798 5 0514995 1705027 6 0514644 1704718 Tabla 6. Predio del Senor Guadalupe Bustillo PUNTO COORDENADASX COODENADASY 1 0525328 1705418 2 0525111 1705517 3 0525083 1705451 4 0525028 1705989 Area: 2.146 Ha. ARTiCULO 2.-Dec1arar como zona de proteccion absoluta el area del poligono de tiro de la Fuerza Aerea Hondurefia, ubicada en la aldea de San Lorenzo Arriba, exc1uyendo el area de la diana para entrenarniento de tiro y bombardeo, area de control y la pista de aterrizajc. ARTICULO 3.-Los propietarios y poseedores de terrenos ubicados dentro del area natural protegida. Area de Manejo Habitat/Especies, conservaran sus derechos de dominio 0 posesi6n y usa actual de las tierras sujetandose a cumplir y a colaborar que se cumpla el presente Decreto y el plan de manejo que para esta area natural protegida se apruebe e implemente. ARTICULO 4.-El area protegida bajo la categoria del manejo Area de Manejo Habitat/Especies tendra los objetivos de conservaci6n siguientes: 1) Utilizar de forma sustentable el bosque muy seco tropical a fin de conservar el habitat del colibri A." Secctcn A Acuerdos y leyes REPUBLICA DE HONDl'RAS - TEGlJCIGALPA, M. D. c., 9 DE NOVIEMBRE DEL 2005 N°. 30,845 csmcralda hondureiio y de las dem:'IS especies en peligro 0 endcmicas del area natural protegida; 2) Desarrollar investigaciones cicnti ficas a fin de general' conocimiento sobre nuestra riqueza natu ral; 3) General' espacios para actividades de educacion ambienta1 y ecoturismo dentro del area natural protegida y sus zonas de influencia; y, 4) Recuperar areas del habitat del colibri esmeralda hondurefio, ARTICULO 5.-La municipalidad de Olanchito, en cuya jurisdiccion se encuentra el area natural protegida, coordinara esfuerzos para la conscrvacion de la misma, apoyando asi ala instancia con competencia en el tema, y propiciando los canales para lograr los objetivos de manejo del area natural protegida, ARTICULO 6.-Las autoridades responsables de la administracion del area natural protegida promoveran cl establecimiento de alianzas con los actores locales para implementar un manejo participative de la 111is111a. ARTicULO 7.-Los propietarios 0 poseedores de terrenos que estan dentro del area natural protegida que pretendan desarrollar alguna actividad U [Jroyectos turisticos quedan exentos de pago por la expedicion de la licencia ambiental, no asi de la normativa establecida. ARTicULO ~.-La Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganaderia (SAG), coordinara esfuerzos con la autoridad administrativa para fomentar el desarrollo de actividades agropecuarias que sean amigables con el ambiente, yen arrnonia a los objetivos de conservacion del area natural protegida. ARTICULO 9.-Sin perjuicio de las disposiciones le gales vigentes y de las vedas que para otras especies cmitan las autoridades competentes se prohibe la caza y captura de todas las especies con fines no cientificos; el COlic, la quema, cxtraccion de especies vulnerables, introduccion de especies exoticas, y la explotacion minera ARTICULO lO.-Siendo el presente Decreta una normativa ambiental, la contraveneion a las disposiciones aqui contenidas, constituyen infracciones que deberan ser sancionadas de acuerdo a la legislacion vigente. ARTicULO 11.-El Estado a traves de las Secretarias en los Despachos de Seguridad y Defensa Nacional, proveera vigilancia y control del area natural protegida con el prop6sito de hacer curnplir la presente Ley y otras normas legales conexas. ARTicULO 12.-El Sistema Nacional de Areas Protegidas (SINAPH), a traves del Consejo Nacional de Areas Protegidas (CGNAP), tornara las decisiones pertinentes para que el Area de Manejo Habitat/Especies Colibri Esmeralda Hondurerio, cuente con los instru mentos de planificaci6n y financiamiento a travcs del fondo de fideicomiso que el Estado ha destinado para tal fin. ARTICULO 13.-Las acciones de planificacion para el manejo, conservacion y desarrollo integral del area protegida sera una responsabilidad compartida entre los A." Seccion A Aeuerdos y leyes REPUBLICA DE HONDlJRAS - TEGUCIGALPA, M. D. c., 9 DE NOVIEMBRE DEL 2005 ~(). 30,84~ diferentes nivelcs que con forman el Sistema Nacional de Areas Protegidas (SINAPH), y la participacion social y equitativa de las comunidades y actores locales. ARTICULO 14.-La presente Ley entrara en vigencia a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salon de Sesiones del Congreso Nacional, a los veinticuatro dias del mes de mayo de dos mil cinco. PORFIRIO LOBO SOSA Presidente JUAN ORLANDO HERNANDEZ ALVARADO Secretario ANGEL ALFONSO PAZ LOPEZ Secretario Al Poder Ejecutivo. Par Tanto: Ejecutese. Tegucigalpa, M.D.C., 27 dejunio de 2005. RICARDO MADURO Presidente de la Republica El Secretario de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente. PATRICIA PANTINGGALO A.&11

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