Acuerdo Nº 887/09 - Reglamento de áuditorías ambientales
Made 2009-07-20 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- European Union
- Country
- Honduras
- Subjects
- Environment
- Keywords
- institution, registration, non-governmental entity, environmental standards, environmental audit, environmental impact assessment (EIA), monitoring, inspection, access-to-information, legal proceedings/administrative proceedings, standards, protection of environment, governance
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r I '"La Gaceta REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 15 SECCION SEGUNDA PRINCIPIOS 8ecretaria de Recursos Naturales y Ambiente EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que en la Ley General del Ambiente, Decreta 104:'93 ~ aprobado por el Congreso Nacional, el27 de mayo de 1993; y en el Reglamento General de la Ley del Ambiente , aprobado mediante Acuerdo Ejecutivol 09-93, del20 de diciembre de 1993; se establecen normativas y regulaciones para la proteccion, defensa, conservacion y uso racional del ambiente y losrecursos naturales , y. la proteccion de la vida humana. , CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras, deviene obligado al fortalecimiento del marco legal, como un compromiso para garantizar la seguridad juddica, social Y:econom ica .de la poblacion; en las operaciones 'que puedan afectar los recursos naturales y elambiente; por medio de instrumentos efectivos para ejercer funciones de vigilancia, c?ntrol.y evaluacion ambientaI. CONSIDERANDO: Que las auditorias ambientales son un ,instrumento tecnico que permite evaluary armonizar las actividades de desarrollo, en la inversionprivada y publica, con la calidad del .ambiente, asegurando una mayor vida util y la productividad sostenible de los proyectos. ' CONSIDERANDO: Que en los nuevos tratados comerciales, aprobados por el Estado hondurefio, se establecen compromises 'para promover un desarrollo industrial eficiente, con estandares de calidad , donde no se comprorneta la salud ,del ser humano, ni los recursos ambientales en general; sin que estas medidas constituyan una barrera para la industria y el comercio. CONSIDERANDO: Que todo proyecto de reglarnento tiene que ser dictarninado por la Procuraduria 'Generai de la Republica, conforme 10 establece el Articulo 41 de Ia Ley de Procedimiento Administrativo y en cumplimiento de esto se mando a oir su opinion siendo el parecer favorable que se apruebe el Reglamento de Auditorias Ambientales. POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que Ie otorgan losArticulos: 145,245 numeral29 de laConstitucionde la Republica; en aplicacion de los Articulos 29 reformado y 117de la Ley General . de la Administracion Publica; 1, ?, 6, 28, 78 Y79 de la Ley General . del Ambiente; 140 del Reglamento General de la Leyde1Ambiente; y, 4 numeralS, 62, 63,64,71,73,79,105 y 112 del Reglamento del Sistema Nacional de Evaluaci6n de Impacto Ambiental. AC UERDA: PRIMERO: Aprobar el Reglamento de Auditorias Ambientales que literalmente dice: "REGLAMENTO DE AUDITORiASAMBIENTALES" CAPITULO I DISPOSICIONES 'GENERALES SEC8ION PRIMERA • OBJETIVO DEL REGLAMENTO , Articulo 1.-, EI presente Reglamento tiene como proposito, normar todo 10 relativo a las auditorias ambientales, derivadas del proceso de Iicenciamiento y control ambiental, en sus diversas modalidades; con el fin de establecer un mecanismo de control y seguimiento ambiental eficiente. '". . ~ ~~ . Articulo 2.- Las actividades relacionadas a este Reglamento, estaran regidas por los principios generales siguiente~: \ , a) EI derecho a un ambiente adecuado, que consagra la Constituci6n 'dela Republica .. b) La participaci6n del sectorprivado, como coadyuvante en la gesti6n ambiental, c) La simpJificaci6ny racionalizaci6n de los procedimientos, para. mejorar la eficiencia y competitividad, SECCION ·TERCERA AMBITO DE APLICACION DEL REGLAMENTO Articulo 3.-Elpresente Reglamento es aplicable a todas las personas naturales 0 juridicas, privadas 0 publicas, cuyas empresas hayan iniciado sus operaciones antes dela entrada en vigencia de laLey General del Ambiente; aquellas que iniciaron su etapa de construcci6n u.operacion, una vez vigente Ia Ley, sin contar con la respectiva licencia ambiental ylas que cuentan con un penniso .ambiental; las cuales requieren de un control ambiental, para verificar que estan cumpliendo con la legislacion ambiental vigente. SECCION c:UARTA DEFINICIONES Y CONCEPTOS Articulo 4.- Cuando en este Reglamento se utilicen los conceptos 0 definiciones siguientes se entendera: Auditoria Ambiental: -Es la verificacion en elsitio de una obra 0 actividad en operaci6n, por parte del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto .Ambiental (SINEIA) 0 de una entidad . autorizada por este, con el objetivo de verificar, por medio de un procedimiento ordenado y estandarizado, que dichas actividades humanas no esten provocando dafiosambientales irreversibles. Las auditorias se realizan previa comunicaci6n y coordinacion entre el . ente auditor y el auditado. A. La Gaceta REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 15 Audltoria Ambiental de Cumplimientoe se orienta a verificar laobservancia de las medidas.a las cuales se oblige al representante legal de una empresa, antela Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA), sean estas derivadas de un contratode medidas de nomializaci6n y/o mitigacion; asi como de una resolucion administrativa, Este tipo de auditoria, puede ser realizada por la autoridad competente 0 por los Prestadores de Servicios Ambientales (PSA), registrados en la SERNA. Auditoria Ambiental de Cierre de Construcelen; se aplica a los proyectos que han finalizado su etapa de construccion y que por su naturaleza requieren de una verificaci6n ambiental. Esta auditoria puede ser realizada por la autoridad cornpetente 0 por los Prestadores de Servicios Ambientales (PSA) registrados en la . SERNA. Auditoria Ambiental de Cierre de Operacion: se aplica a empresas pr6ximas a cerrar operaciones y que por su naturaleza requieren de una verificaci6n ambientaI. Esta auditorfa puede ser realizada por la .autoridad competente 0 por los Prestadoresde Servicios Ambientales (PSA) registrados en la SERNA. Autoridad Competente: sutoridad administrativa respon sable, de conformidad con la Ley, 'para recibir solicitudes y otorgar un certificado ambiental en concordancia con los procedimientos definidos en el presente Reglamento. Certificado Ambiental: es el permiso que deben solicitar las empresas en funcionamiento, que no cuentan con una Iicencia ambiental y por medio del cual, se hace constar que el proponente ha cumplido en forma satisfactoria todosIos pasos y requisitos exigidos por la Ley, para continuar con las operaciones de su . empresa. . Compromiso Ambiental: conjuntode medidasambientales que son necesarias de aplicar para que JInproyecto, obra 0 actividad . pueda ejecutarse dentro de un marco deequilibrio ambiental, de prevencion y de correccion de la contaminacionEstas .medidas adquieren un caracter obligatorio cuando se formaliza el proceso de Licencia Ambiental por parte de la autoridad del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental (SINEIA). Empresa Categoria 1: corresponde a las obras 0 actividades cuya operaci6n causa 0 puedecausar un bajoimpacto 0 un bajo riesgo ambiental. Estas empresas estan listadas dentro de la tabla de categorizacionarnbiental vigente del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental (SINEIA). Empresa Categoria 2: corresponde a las obras 0 actividades . cuya operacion causa 0 puede causar un moderado impacto 0 un moderadoriesgo ambiental. Estas empresas estan listadas dentro 'de la tabla de categorizacion 'vigente del Sistema Nacional de Evaluacion de ImpactoArnbiental (SINEIA). . . Empresa Categoria 3: corresponde a las obras oactividades cuya operaci6n causa 0 puede causarun alto impacto 0 un alto riesgo ambiental. Estas empresas estan listadasdentro de la tabla . de categorizacion vigente del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental (SINEIA). Empresa Categorlaa; corresponde alas obi-as 0 actividades cuya operacion causa 0 puede causar un muy alto impacto 0 un muy alto riesgo ambiental. Los megaproyectos de desarrollo se consideran como parte de esta categoria, Estas empresas estan I!stadas dentro de la tabla de categorizacion vigente del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental (SINEIA). . Estudio de Auditoria Ambiental (EAA): es el documento, preparado por una empresa consultora0 un equipomultidisciplinario, que contiene toda la informacion recopilada, analizada e interpretada en eI.proceso de elaboracion de la auditoria ambiental y que se basa en Terminos de Referencia aprobados porla SERNA.. Formulario SINEIA F-01: instrumento de evaluacion ambiental que deben presentar, a modo de declaracion jurada, los proponentes de los proyectos, obras 0 actividades categorizados como de bajo impacto ambiental potencial. En este formate, se describe el proyecto, el terreno en que se localizara. iasi como su entorno; y se adquiere .el compromiso de cumplir, en todo 10 que aplique, ~I Codigo de Buenas Practicas Ambientales de Honduras. . . Formulario SINEIA F-02: instrumento de evaluaci6n ambiental que debe presentar, a modo de declaracion jurada, el representante legal de la empresa, obra 0 actividadcategorizada como de moderado yalto impacto ambiental potencial, junto con un consultor ambiental responsable. Por medio de este instrumento se describe la empresa, el terreno en el quese localiza, asi como su . entorno, y se establece una evaluacionde la significancia del impacto ambientaI. A partir de la significancia se estableceel requerimiento o no de elaborar otro instrumento mas profundo de evaluaci6n ~mbiental.0, en su defecto, la suscripcion de un documento de compromise para cumplir can las recomendaciones de la guia de Buenas PracticasAmbientales (GBPA) oficializada por la SERNA, segun 10 establezca el procedimiento tecnico del formulario. Galard6n Ambientali recoriocimierit~ otorgado por la Autoridad competente a aquellas empresas que hayan curnplido con los compromisosambientales adquiridos, . .i· .Manual de Evaluacion y Control Ambientalj Documento tecnico, emitido por la SERNA como ente rector del Sistema Nacional de Evaluacion .de Impacto Ambiental (SINEIA) que compila y completa .el conjunto de guias metodologicas del proceso de evaluacion, control y seguimiento ambiental. Podra ser publicado de .forma parcial, por tema 0 bien de forma integral ·incluyendo todas las fases o ·partes del proceso de evaluacion, contr-ol 'y seguimiento ambientaI. Permiso Ambiental: documento extendido por la Autoridad competente bajo la denominacion de Constancia de Registro Ambiental, Autorizacion Ambiental , LicenciaAmbientalo Certificado Ambiental, que faculta al titular para operar de conformidad con la legislacion vigente. A. La Gaceta REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 Permiso Provisional: Documento otorgado como parte del proceso de la solicitud de un certificado ambiental. La vigencia de este permiso es del2 meses, Plan de Mejoramiento Ambiental (PMA): conjunto de . operaciones tecnicas y acciones propuestas que tienen como objetivo asegurar la operaci6n de una actividad humana, dentro de las normas legales, tecnicas y ambientales para prevenir, corregir o mitigar los impactos 0 riesgos ambientales negativos y asegurar la mejora continua y la compatibilidad con elambiente. Este Plan . es elaborado por un auditor ambiental registrado ante la SERNA. Prestador de Servicios Ambientales (PSA): son los consultores individuales, empresas consultoras y laboratorios .de analisis, debidamenteacreditados 0 certificados, que efectuan estudios ambientales 0 reportes que deban ser presentados ante la SERNA. Resolueiom es el acto por el cuallaAutoridad Administrativa pone fin al procedimiento administrativo y, en su parte resolutiva, decide todas las cuestiones planteadas por los interesados y cuantas del expediente resulten, promovidas 0 no por los interesados. Significancia del Impacto Ambiental(SIA): consiste en la valoracion cualitativa y cuantitativa de un impacto ambiental que se da en el contexto de un proceso de armonizaci6n de criterios, tales como el marco regulatorio ambiental vigente, la finalidad de uso planeado para el area 0 factor ambiental en consideracion, su condieion de fragilidad ambiental, elpotencial grado de controversia publica que pudiera darse.y la r~lacionde parametres ambientales delaaccion humana causante del efecto ambiental, Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental (SINEIA.): conjunto armonico de elementos institucionales, naturales 0 juridicos, norm as y regulaciones tecnicas y legales que determinan las relaciones entre cada uno de los componentes y aspectos necesarios para realizar el proceso de Evaluacion de Impacto Ambiental de Politicas economico-sociales, iniciativasde inversion publica 0 privadas y de actividades economicas establecidas susceptibles de afectar el ambiente. . . Tabla de Categorizacien Ambiental: es la enumeracion y clasificacion ordenada de proyectos, obras, industrias 0 cualquier . otra actividad de acuerdo al impacto ambiental potencial 0 bien al riesgo ambiental , asi como tambien la modificacion nociva 0 notoria del paisaje 0 de los recursos culturales del patrimonionacional. Para su elaboraci6n se toma como referencia una estandarizaci6n basada efla Clasificacion IndustrialInternacional Uniforme de Todas las Actividades Econ6micas (CIIU). Es en consideracion de esta categorizacion y en cumplimiento del principio de proporcionalidad que se aplican los diferentes instrumentos de evaluacion, control y seguimiento ambiental. . Terminos de Referencia (TdR):es el documento elaborado o aprobado por la Direccion deEvaluacion y Control Ambiental (DECA) en el que se dan todas las referencias y antecedentes pertinentes de la empresa categoria 4, y se determina en forma clara y especifica aquellas actividades que tendran que ser realizadas por el Proponente para elaborar a satisfacci6n el Estudio de Auditoria Ambiental. CAPiTULO II TWO Y PROCEDIMIENTOS DE LAS AUDITORIAS AMBIENTALES SECCION PRIMERA DE LAS AUDITORIAS AMBIENTALES PARA EMPRESAS SIN PERMISO AMBIENTAL Articulo 5.- Las empresas que hayan iniciado operaciones y .no cuenten con permiso ambiental , asi como las que se establecieron antes de que entrara en vigencia la Ley General de Ambiente (20 de julio de 1993), y que pertenezcan a Iascategorias 1,2,3, Y 4 estipuladas en la tabla de categorizacion vigente, deberan solicitar un Certificado Ambiental a la autoridad competente para continuar sus operaciones y garantizar, con ello, el cumplimiento de la legislacion ambiental. Articulo 6.- Todas las empresas que sean categoria 1 <teberan presentar el formulario SINEIA ;F-0 1Ysometerse al C6digo 0 a las GUlas de Buenas Practicas Ambientales aplicables al sector . productivo correspondiente. En caso de no existir el C6digo ni las GUlasde Buenas Practicas Ambientales, los P:M:A seran elaborados con base en la experiencia de los auditores ambientales. Articulo 7.-. Todas las empresas que sean categoria 2 'y 3 . deberan presentar el formulario SINEIA F-02 ante la Autoridad Competente y, de acuerdo al nivel de significancia de impacto ambiental identificado por medio del formulario, se determinara la herramienta de control ambiental mas adecuada para controlar los impactos identificados. : : Articulo 8.- Cuando el valor de la Significancia de Impacto Ambiental (SIA) identificadosea "moderado" y el sector cuente con Gulas 'deBuenas Practicas Ambientales, la empresa podra optar por el contrato de medidas de normalizaci6n,0 por la implementacion de las guias comocompromiso ambiental ante la Autoridad Cornpetente; pero la implementaci6n de las guias s610 sera reconocida cuando sea emitida y notificada la resolucion administrativa respectivay sera suficiente para obtener el Permiso Provisional. La empresa tendra 12 meses para implementar las medidas estipuladas en dichasguias. Durante ese periodo debera someterse a una auditoria de.cumplimiento para verificar que ha acatado en su totalidad las medidas y disposiciones emitidas.Luego de esta auditoria, se Ie otorgara el Certificado Ambiental. Articulo 9.- Cuando el valor de la Significancia de Impacto Ambiental identificado sea "Alto", la ernpresa debera elaborar y presentar a conformidad un PMA como compromise ambiental ante la Autoridad Competente. En este caso no sera necesaria la firma de un contrato de medidas de normalizacion, sino solamente la resolucion administrativa mediante la que se otorga el Permiso Provisional. La empresa, tendni 12 meses para implementar la~ A. La Gaceta REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. c., 15 ' '~ ' 4 ' ' '=.":" ",::W" . I· I I medidas estipuladas en dicho Plan. Durante este peri,?do debera someterse a una auditorfa de cumplimento para verificar que ha curnplidoen su totalidad las medidas y disposiciones, luego de 10 cual, se Ie otorgara el Certificado Arnbiental. Articulo 10.- Cuando el valor de Ia: Significaucia de Impacto Ambiental (SIA) identificado sea "MuyAlto", las empresas deberan someterse al proceso serialado para las que son categoria 4. Articulo 11.- Todas las empresas que sean categoria 4, y .como parte del proceso de obtenci6n de un certificado ambiental, . deberan elaborar un Estudio de Auditoria Ambiental con la finalidad de determinar la Significancia de Impacto Ambiental de sus operaciones. Articulo 12.- EI Estudio deAuditoriaAmbiental (EAA) debera elaborarse bajo los Iineamientos preestablecidos en el Manual de Evaluaci6n y Control Ambiental del SistemaNacional de Evaluaci6n de Impacto Ambiental (SINEIA) 0 en los Terminos de Referencia especificos preparados por la SERNA, posterior a una inspeccion de campo. Articulo 13.... Cuando laempresa sujeta a auditoria real ice el E~tudio de Auditorfa Ambiental (EAA) con base en los Terminos de Referencia preestablecidos en el Manual de Evaluaci6n y Control Ambiental, debera elaborar un Plan de Mejoramiento Ambiental (PMA) basado en los resultados de dicha auditorfa. Tanto el EAA como el PMA deberan ser presentados ante la Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA) al momento de solicitar el Certificado Ambiental. Articulo 14~- Cuando la empresa sujeta a auditoria opte por realizar el EAA con base en Terminos de Referencia especificos elaborados por la SERNA, debera presentar previamente a esta la solicitud del Certificado Ambiental. Como resultado de la auditoria debera elaborar un PMA y tanto el EAA. como el PMA deberan ser presentados ante la Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA). Articulo 15.- Si el EAA y el PMA son aceptados por la SERNA, esta procedera a resolver de conformidad y sesuscribira eI Contrato de Medidas de Normalizaci6n entre el representante legal de la empresa y el Secretario de Estado de la SERNA, quien extendera el Permiso Provisional. Dicho permiso tendra una vigencia de 12 meses, 'periodo en el cual la empresa debera implementar las medidas derivadas del PMA. Durante este periodo, y por rnedio de una auditoria de cumplimiento, se verificara el acatamiento de las medidas. Si estas medidas han side implementadas a satisfacci6n de la SERNA, dicha Secretaria le extendera el Certificado AmbientaI. Articulos 16.- La tarifa por expedici6ri del Certificado Ambiental se regira por 10 establecido en el Articulo cinco (5) de Ia Ley General del Arnbiente, reformado por el Articulo 30 de la Ley de Equilibrio Financiero y de la Protecci6n Social. SECCION SEGUNDA DE LAS AUDITORIAS AMBIENTALES DE CUMPLIMIENTO PARA EMPRESAS CON PERMISO , AMBIENTAL Articulo 17.- .Todas las empresas con permiso ambiental, otorgado antes del31 de diciem bre del afio 2006 inclusive, deberan someterse de inmediato a una auditorla de cumplimiento apartir de lavigencia del presente Reglarnento. Las auditorias antes mencionadas deberan repetirse con una frecuencia de 2 afios 0 bien cuando 10 estime pertinente la Autoridad Competente. Articulo 18.- Las empresas que cuenten con permisoambiental otorgado a partir del 2 de'enera del afio 2007 deberansometerse a una auditorfade cumplimiento luego de transcurrido un afio de fa entrada en vigencia de este Reglamento..Las auditorias para estas empresas deberan realizarse con una frecuencia de 2 ailos, 0 cuando . 10 estime pertinente la autoridad competente. Articulo 19.~ Las empresas que hanestado bajo 'control perrnanente de la Autoridad Competente y que en el ultimo afio, previa a la entrada en vigencia de este Reglamento, han efectuado auditorfas de cumplimiento, estanexentasde efectuar una auditoria hasta transcurridos dos (2) afios de esta vigencia. Se exceptuan las empresas que por disposicion de la Autoridad Competente requieran deauditorias de cumplimiento con una mayorperiodicidad. SECCION TERCERA DE LAS AUDITORiAS AMBIENTALES DE CUMPLIMIENTO PARA RENOVACION DE PERMISO AMBIENTAL Articulo 20.- Aquellas empresas a las ,que les .corresponda ren~var su permiso ambiental, deberan efectuar y presentar una auditoria de cumplimiento. Si la empresa hubiese realizado una auditoria de cumplimento en los ultimos 6 meses previos a la presentaci6n de la solicitud de renovacion, podra presentar dicho estudio como requisito para su renovacion, Dicho tramite debera ser realizado ante la SERNA. Articulo 21.,. Larenovacion de los permisos ambientales deb era solicitarse con cuatro (4) meses de anticipaci6na su vencimiento. SECCION CUARTA DE LAS AUDITORiAS AMBIENTALESDE CUMPI;IMENTO EN MUNICIPIOS CON DELEGACION DEL PROCESO DE EVALUACION Y CONTROL AMBIENTAL Articulo 22.- Todas aquellas empresas ubicadas en los municipios que se deleguen por decreto legislative 0por convenio suscrito con SERNA, para.llevar a cabo el proceso de licenciamiento y control ambiental deberan presentar sus auditorias de , cumplimiento ante la autoridad municipal correspondiente. Los tiemposy la forma de las auditorias seran los' mismos estipulados en este reglamento. ' A. REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 15 I ] La.Gaceta , Las empresas ubicadas en aquellos municipios aun no delegados por SERNA para lIevara cabo el proceso de Iicenciamientoy control ambiental, deberan efectuar dicho trarnite ante la SERNA. ' SECCION QUINTA DE LAS AUDITORiAS AMBIENTALES DE CIERRE POR CONSTRUCCION 0 FINALIZACION DE OPERACIONES Articulo 23.- Todas las empresas que hayan obtenido su licencia ambiental bajo la tabla de categorizacion emitida en el acuerdo 635-2004 del 4 de noviembre del 2004 , que se hayan c1asificadocomo categoria 3 y que esten en proceso de construccion, una vez finalizada la obra, deberan someterse a una auditoria ambiental de cierre por construcci6n, para verificar que hayan implementado las medidas exigidas por la autoridad competente. Articulo 24.- Todas las empresas 'que posterior a la entrada en vigencia de este Reglamento soliciten su liceneia ambientalbajo el nuevo procedimiento del Reglamento del·Sistema Nacional de Evaluacion de ImpactoAmbiental, y que se hayan c1asificadocomo eategoria 3 y 4, deberan, una vez finalizada laobra, someterse a una auditoria ambiental de cierre por construccion, previo al inieio de sus operaeiones para verificar que hayan implementado las inedidas exigidaspor laAutoridad Cornpetente. ' Articulo 25.- Todas aquellas empresas con permiso ambiental y que por decision propia u exigencia gubernamental, cierren sus operaciones, deberan someterse, un afio antes de su clausura, a una auditorfa ambiental de cierre por finalizaci6n de operaciones, .para verificar que hayan implementado las medidas exigidas por la autoridad competente 0 para identificar posibles irnpactos ambientales que hayan surgido como consecuencia de sus operaciones. SECCION SEXTA DE LOS PROCEDIMIENTOS T'ECNICOS DE LAS AUDITQRiAS AMBIENTALES Articulo 26.- Todos ,lo s procedimientos tecnicos de las auditorias ambientales mencionados en este reglamento se regiran , por 10 especificado en el Manual de Evaluacion y ControlAmbiental. ,CAPITULO III INCENTIVOS AMBIENTALES . SECCION PRIMERA , DE. LOS 'GALARDONES Articulo 27.- Todas las empresas en operacion podran optar a un galardon ambiental en el que se certifique su nivel de calidad ambiental. Esto sera en funcion del resultado del proceso de control y seguirniento ambiental por medio d~ auditorias ambientales yel grade de cumplimiento de los compromisos ambientales, EI - .. - ~- - ..- , - .- - . •.. mecanisme de clasificacion y otorgamiento de losreferidos galardones se regira por 10 estipulado en laseccion de incentivos ambientales del Reglamento del SINEIA. SECCION SEGUNDA DE LOS INCENTIVOS FISCALES Articulo 28.- Las inversiones en equipos tecnicos de prevenci6n 0 depuracion de contaminantes realizados por empresas en operacion seran deducidas de la renta bruta para efectos de , . pago del Impuesto sobre la Renta (ISR). La adquisici6n de diehos equipos estara exenta de impuestos de importacion, tasas, sobretasas e impuestos sobre ventas, segun 10 estipulado en el Articulo 81 de la Ley General del Ambiente; ' . CAPiTULO IV ' INFRACCIONES Y SANCIONES SECCION PRIMERA DE LAS INFRACCIONES Articulo 29.- Se entendera por infracciones administrativas las acciones u omisiones queviolen las Ieyes, disposiciones y , resolucionesadministrativas en materia ambiental y de recursos naturales, siempre que no esten tipificadas como delitos. Articulo 30.- Para los efectos de este Reglarnento las infracciones administrativas se clasifican en leves, menos graves y graves. Articulo 31.- Seran infracciones leves las siguientes: a) Impedir 0 dificultar, por primera vez, las inspecciones 0 comprobaciones que realicen los funeionarios competentes. ' b) Presentar ante las autoridades competentes datos total 0 parcialmente falsos , en sus respectivas solicitudes para la aprobacion del Certificado Ambiental. Articulo 32.- Sera infracci6n menos grave la reincidencia en la comision de una infracci6n leve. Articulo 33.- Serlin .infracciones graves las siguientes: a) Actuar al margen 0 en contra de este Reglamento y de las disposiciones legales y resoluciones administrativas emitidas por la autoridad competente. b) Impedir 0 dificultar, por mas de una vez, las inspecciones y comprobaciones de los funcionarios competentes recurriendo a medios de cualquier indole para inducirlos alerro~; c) Alterar, falsificar, modificar, cambiar, ocultar datos, hechos, cifras, numeros, analisis, resultados, informes y cualquier ,informacion oral 0 escrita que penn ita una evaluaci6n incorrecta . de la empresa. A. La Gaceta REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., I ' i I d) Continuar operando sin los permisos ambientales correspondientes, e) Ejecutar actividades potencialmente contaminantes 0 degradantes en contravenci6n a 10 dispuesto en las disposiciones, resoluciones 0 contratos emitidos por la Secretariade Recursos Naturales y Ambiente (SERNA). ' SECCION SEGUNDA DE LAS SANCIONES Articulo 34.- Las sanciones aplicables a las acciones u omisiones que violen la legislacion ambiental y resoluciones administrativas consistiran en: a) Multas; b) Clausura definitiva de las actividades 0 instalaciones total 0 parcial; c) Suspension temporal de actividades; d) Indemnizacion de dafios yperjuicios; , e) Reposicion 0 restitucion de lascosas u objetos afectados a su , ser y estado natural. ' SECCION TERCERA DE LA CUANTiA DE LAs MuLTAS Articulo 35.- Las infracciones 'Ieves' seran sancionadas con multas que no pueden ser inferiores a un mil Lempiras (L.I ,OOO.OO) Iii mayores decinco mil Lempiras (L.S, 000.00). ' Articulo 36.- Las infracciones menos graves seran sancionadas. . . . . con multaatendiendo a10 siguiente: a) Cuando reincida ehuna infracci6n leve, por primera vez, la cuantia de la multa no sera inferior ni igual a cinco mil Lempiras (L.S,OOO.OO'), ni superiordeveinte milLempiras (L. 2.0,0,00.00). b) Cuando reincida en una infraccion leve, por mas de una vez, la cuantia sera superior de veinte mil Lempiras (L.20,000.OO) e inferior de cien mil Lempiras (L.I 00,000.00). 'Articulo 37.- Las infracciones graves previstas en el Articulo 33 se sancionaran con multa, de la siguiente forma: ' a) Las seftaladas en los incisos a, bye, se sancionara~ CC;>Ii multa no inferior ni igual a cien mil Lempiras (L.IOO,OOO.OO), ni superior a doscientos mil Lempiras (L.200,000.00). b) ,Las seftaladas en los .incisos dye, se sancionaran con,multa no igual ni inferior de seiscientos mil Lempiras (L.600,000.00), ni superior a un millen de Lempiras (L.I ,000,000.00). SECCION CUARTA DEL PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO Articulo 38.- El procedimiento sancionatorio se iniciara de oficio 0 a solicitud de una parte interesada como 10 ordena la Ley de Procedimiento Adrninistrativo, y lo establecidoen el Reglamento General de IiiLey del Ambiente. Articulo 39.- Cuando se reunieren suficientes elementos y hubiere meritos para imponer sanciones en concepto de multa y/o suspensi6n y cancelacion, se citara al pres unto infractor para que se apersone al procedimiento y alegue cuanto estime pertinente y, si 10 pidiere, se abrira el procedimiento a prueba. Articulo 40.-Finalizado el periodo de prueba y el de audiencia, la autoridad competente dictara la resoluci6n correspondiente, la cualdebera motivarse mediante la indicacion de los hechos que se Ie imputan. Articulo 41~- Las resoluciones en las que se ordenen multas, suspensiones provisionales, asi como cancelaciones definitivas, debera~ ser ejecutadas en la forma prevista poria Ley de ProcedimientoAdministrative. CAPlTULOV ' DISPOSIC}ONES TRANSITORIAS Articulo ,42.- Mientras no este en vigencia el Manual de Seguimiento y Control Ambiental, el procedirniento tecnico 'de la elaboracionde I~s auditorias ambie~tales s~ regira porlas disposiciones que emita la Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA). , Articulo 43.- En caso de no existir el Codigo o Guia de Buenas , " Practicas Ambientales, para un sector especifico, las empresas de dicho sector se regiran por las disposiciones que emita la Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA). ' SEGUNDO: EI presente Reglamento entrara en vigencia a partir de la fechade su publicaci6n en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinte dias delmes dejulio del afio dos mil riueve. COMUNIQUESE Y PUBLiQUESE..' ROBERTO MICHELETTI BAiN, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA VALERIO GUTIERREZ LOPEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS ,DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE A.