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Laws of Honduras

Acuerdo Nº 389/04 - Disposiciones para el control y la erradicación de la mosca del Mediterráneo

Made 2004-04-22 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Honduras
Subjects
Cultivated plants
Keywords
plant protection, pests/diseases, inspection, fruits/edible nuts
Categories
agriculture

Where to read it

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Text

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  1. REPUBLICA DEHONDURAS · TEGUCIGALPA, M. D.C. 25 DE SEPTIEMBRE DEL 2004 Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganaderia Tegucigalpa, M. D. C., 22 de abril 'del 2004 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA CONSIDERANDO: Que es funcion del Estado, velar y promover la preservaci6ndelpatrimonio agropecuario nacional, mediante la promulgaci6n de disposiciones juridicas y de otras normas que coadyuven a este fin. CONSIDERANDO: Que para lacorrespondienteapl icaci6n de la Ley Fitozoosanitaria,eruitida mediante Decreto Legislativo W . 157-94, del 04de noviembre de 1994, publicada en el Diario Oficial LA GACETA, N° 27,552 del 13 de enero de 1995, y en cumplimiento de los Articulos 12, 16, 17Y22 de la Ley citada, se emitieron Resoluciones para la Declaratoria rl~ Areas f ibres de Plagas y Areas de Cuarentena Interna sometidas a consideraciones por Organismos Internacionales, certificandose asi lacalidad fitosanitaria de las exportaciones. CONSIDERANDO: Que correspondeal Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria, planificar y ejecutar acciones de Vigilancia Fitosanitaria y Erradicaci6n de la plaga Moscamed (Ceratitis capitata (Wied.j), asi como tambien controlar los aspectos fitosanitarios de la produccion, industrializacion, comercializaci6n y movilizacion de vegetales, sus productos, vehiculos de transporte, materiaJes, maquinaria y equipos agricolas 0 forestales cuando impliquen un riesgo fitosanitario. CONSIDERANDO: Que el Estado reconoci6 mediante Acuerdo Ejecutivo N"657-02 de fecha 22dejulio del 2002, a la region comprendida entre los departamentos de Yoro y Col6n, extension geogra fica delimitada legalmente con los municipios de Sonaguera, Saba, Trujillo, Tocoa, Bonito Oriental, SantaFe, Olanchito, ArcnalyJocon, Area Libre de Mosca delMcditcrranco (Ceratitis capitata (Wied.)). CONSIDE RANDO: Que la movilizaci6n de frutas infestados por moscamed (Ceratitis cap itata (Wied.)), propicia la dispersion de esta plaga a la zona libre, por10 quees necesario integrar esfuerzos entre las organizaciones de productores agricolasy elGobiemo dela Republica paraprotegery mantener la zona lihre de esta plaga cua renrenaria. CONSJDERANDO: Queenvirtud de la falta de reguJaci6n y dadas las condiciones fitosanitarias actuales de las diversas zonas productoras de frutos hospederos de moscamed, as! como de su movilizaci6n dentro del territorio nacional es necesario establecerde manera urgente, la expedici6n de lasdisposiciones tecnicas, procedimientos y requisitos fitosanitarios que regulen la movilizaci6n de estos productos hospederos de mosca del Meditemineo, conel objeto de proteger la zona libre. POR TANTO: En usode sus facultades y en aplicacion de los Articulos 9 literal a), b), f) y g) de la Ley Fitozoosanitaria, Decreto N" 157-94; 66, 93, 94 y 95, del Reglamento de Cuarentena Agropecuaria, Acuerdo N" 1618-97; 17, 18, 19, 24, 3I, 32 y 33 del Reglamcnto de Diagnostico, Vigilancia y Carnpafias Fitosanitarias, Acuerdo W . 002-98 Y 36 numeral 8, 116, 118, 11 9 numeral 3 y 122 de 1a Ley General de Administraci6n Publica. ACUERDA: PRIMERO: Que las disposiciones establecidas en este Acuerdo se aplicaran en el area geografica con la categoria fitosanitaria de Zona Libre, regulando medianteinspecci6n a los productos provcnicntcs de las zonas que no estan bajo control A. . . REPUBLICA DE HONDURAS· TEGUCIGALPA, M. D.c, 2S DE SEPTIEMBRE DEL 2004 fitosanitario interesadas en movilizar hacialazonalibre, bajo las siguientes espec ificaciones: a) Areas de producci6n de frutos hosp ederos d~ mosca d~l Mediterraneo como huertos comerciales yarboles defrutos en areasurbanas, reservas ecologicas y zonassilvestres. b) Instalaciones como empacadoras, industrializadoras, centrosde acopio,centrosde cornercializaciony unidades de tratamientos fitosanitarios. c) Autotransportes decargaengeneral,vehiculos automotores y transporte de pasajeros. d) Equipajes, bolsas 0 paquetes que contengan frutos en los puestos de cuarentena interna, terminales de ferrocarril, transporte de pasajeros, puertos maritimos, aeropuertosy fronteras. SEGUNDO: Los Oficiales de Cuarentena lntema, estan facultados para realizar las acciones de inspeccion, diagnostico, tratamientos, destruccion y decomiso de productos de origen vegetal acarreados en cualquier medio de transporte; as! como tambien cualquier existencia sospechosa de la plaga alojada en materiales de embalaje que represente un riesgo para la propagacion y establecimiento de la mosca del Mediterraneo (Ceratitis capitata (Wied.)) en el Area Libre. Corocito, departamento de Colon lacon, departamento de Yoro. Y algUnotroqueel SENASA ccnsidere necesario dar apertnra a futuro. CUARTO:Laregulacion de laplaga y losfrutos hospederos estaran sujetos a las siguientes disposiciones al transitar per el Area Libre, DE LA PLAGA: La mosca del Mediterraneo, Ceratitis capitata (Wied), por las posibles incursiones de esta especie de la zona infestada del proyecto y del resto del pais que no cuenta conprogramas de control 0 erradicaci6n. DELOSFRUTOSHOSPEDEROS: Losfrutoshospederos seran considerados de cuarentena parcial y absoluta segun el Dictamen Tecnico emitido mediante la presenteResoluci6n por el personal de cuarentena interna, a los frutos considerados de cuarentena parcial, sera permitido su ingreso, realizada una vez su respectiva inspecci6n 0 aplicada la medida tecnica que corresponde; en el caso de los de cuarentena absoluta sera restringido su ingreso al Area Libre. De los frutos de cuarentena absoluta: Se consideran fruto: de cuarentena absoluta los siguientes: EspeeieFruticola Nombre comun Nombre cientifico TERCERO: Las zonas de aplicacion estaran comprendidas en ladenominada ZonaLibre,comprendidaenlosdepartamentos de Colon y Yoro. Los sitios de observacion estan ubicados especificamenteen los puestos decuarentena internacreadospara tal fin, geograficamente distribuidos de la siguiente manera: Trujillo, departamento de Colon Planes, departamento de Colon Rio Marne, Olanchito, departamento de Yoro Frutosfrescos del genero Cidra 0 cidro Citrusmedica citrus LImadulce Citrus Litnetta Limonreal Citrus Limon Mandarina Citrus re ticulate Naranja dulce Citrus sinensis Naranja agria Citrus aurantium Pamela Citrusmaxima Toronja Citrus paradis! A. " REPUBLICA DE HONDURAS· TEGUCIGALPA, M. D. c., 25 DE SEPTIEMBRE DEL 2004 Los fru tos de cuarentena parcial 0 absoluta industrializados y procesados podran movi lizarse libremente. QUINTO: EI muestreo de frutos determinara el grado de infestacion del embarquey se debe realizar especifieamente en los puestos de inspeccion cuarentenaria, ya sea a productos que transiten par la zona libre provenientes de ernpacadoras, centros de acopio 0 comcrcia lizac i6n, industrial izadoras 0 hucrtos eomerc iales ubieados geograficamente en zonas sin control fitosanitario certificados por el SENASA. Los gastos de esta actividad deben ser sufragados por los interesados y se llevara aeabo el muestreo basado en el Manual creado para tal fin. Frutos frescos del genero Naranja china 0 Fortunellajaponicn Forrunclla japoncsa 0 Kumquat Frutos frescos del genero Mango en todas Manguifera indi ca Mallgllifera susvariedades Frutos frescos del genern Naranj a trifoliada Poncints tri f oliata Poncirus Frutos frescos del genera Guayaba Psidiumgu4iaba PSil!iUIU en todas sus vanedades, lineas o tipos de acuerda a cadaregion. Adernas, otros frutos Carambola Averrhoa carambola frescos hospederosde Albaricoque Prunusanueniaca moscamed, tales como: Nispero Manilkara zapata Ciruela Prunus domestica Ciruelaamari lla Spondias mombin Durazno y Prunuspersica nectarina Piinicagranatum Granada Ficusspp. Higo Pouterlasapota Mamey Malus spp. Manzanacornun y variedades Cydonia oblonga Membrilla Pyruscommunis Peru e ra/neguspubesceus Tejocote Mammen america"a Zapote mamey Cuajinicuil(jinicuilo) Chapote amarillo Chirimoya Uarambuyo Guanabana Ieaco Mara ilon Nispero Persimon Pomarrosa Zapoteamarillo Zapote bJanco(malasanos) Zapote negro(prieto) Zaramuyo(anana cachirnan) lngajinicuil Sargentta gregu coult Annona cherimola Cereusgeometrizans Annonamlll'icafa Chrysobalonus icaco Anacardiumoccidentale Eriobotryajaponica Diospyros kaki Syzygiumj ambos Pouteriacampechiana Casimiroa edulis Diospyros digyna Annonasquamosa No mbrc Comun Arrayan Anona Baricoco Cairnito Capuhn Cirueladel pais,jocote 0 jobo Numb. e cteuutlcu Psidiumsartorianum A11110 11(1 spp. Micropholis niexicana CIIIYSOpIW1J1I1II cainito Prunuscapulli SPOildills spp. SEXTO : Laaplicacion de tratamientos fitosanitarios, debera aplicarse en origen 0 en destine (punto de verificacion interna), en presencia de personal oficial autorizado por la Secretarfa de Agricultura y Ganaderia (SAG), quienes certificaran el cumplimiento de la norma existente para tratamientos cuarentenarioa. A. REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA M. D. C., 25 DE SEPTIEMBRE DEL 2004 · ., SEPTIMO: EI prcsente Acuerdo esde ejecuci6n inmediata y debera publicarse en el Diario Oficial LAGACETA. COMUNiQUESE: GERMAN PEREZ D'ESTEPHEN Secreta rio de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganaderla, por ley DIONICIO CRUZ Seeretario General SAG A.

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