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Laws of Honduras

Acuerdo Nº 32-2015 ─ Plan de Manejo para la Reserva Biológica Misoco, para el período 2015-2027

Made 2015-11-26 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Honduras
Subjects
Forestry, Wild species and ecosystems
Keywords
forest management/forest conservation, forestry protection measures, zoning, protected area, protection of habitats, biosphere reserves, policy/planning, biodiversity

Where to read it

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  1. 5 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2016 No. 34,080 ACUERDO No. 032-2015 EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE. APROBACIÓN PLAN DE MANEJO DE RESERVA BIOLÓGICA MISOCO, PARA EL PERÍODO 2015 2027. CONSIDERANDO: Que la Ley Forestal Áreas Protegidas y Vida Silvestre aprobada mediante Decreto Legislativo 98-2007, en su Artículo 111, concede al Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal Áreas Protegidas y Vida Silvestre ICF, las facultades de Manejo y Administración de Áreas Protegidas y Vida Silvestre del País. CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Conservación Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, es responsable de administrar las áreas protegidas y la vida silvestre, de conformidad con la normativa estipulada en la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, sus reglamentos, así como en las leyes especiales contenidas en los Decretos de declaratorias de las áreas protegidas, convenios y tratados internacionales aprobados y ratificados por Honduras, los cuales forman parte de nuestro marco jurídico interno y vigente. CONSIDERANDO: Que la Ley Forestal Áreas Protegidas y Vida Silvestre (Decreto 98-2007), establece en su Artículo 113 que es obligación del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), la elaboración y actualización de los planes de manejo y planes operativos de las áreas protegidas y vida silvestre públicas así como, la vigilancia del adecuado cumplimiento de los mismos, ya sea en forma directa o a través de terceros. Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG 6 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 8 DE JULIO DEL 2016 No. 34,080 CONSIDERANDO: Que el plan de manejo de un área protegida constituye un instrumento técnico legal y operativo que establece los objetivos, estrategias y normativa de uso de los recursos naturales en sus diferentes zonas, incluyendo la programación e inversiones necesarias, alianzas y otros, todo esto enmarcado sobre la base legal del área protegida, procesos de consulta con los beneficiarios y en respuesta a las amenazas priorizadas dentro de cada área protegida en particular. CONSIDERANDO: Que el plan de manejo es necesario para mantener la sostenibilidad del área protegida, para lograr la integridad ecológica de los ecosistemas existentes en la Reserva Biológica, facilitando el accionar en la investigación científica, educación ambiental, recreación, turismo y el manejo participativo de los recursos naturales, siempre que sean compatibles con la conservación de las áreas protegidas que conforman dicha Reserva. CONSIDERANDO: Que el marco jurídico forestal vigente determina que se declara de prioridad nacional y de interés general el manejo racional y sostenible de los recursos forestales, áreas protegidas y vida silvestre que se realizará de manera compatible con la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad, los recursos genéticos y la reducción de la vulnerabilidad ambiental y antropológica. CONSIDERANDO: Que es atribución del ICF aprobar los planes de manejo para la conservación, protección, aprovechamiento racional y sostenible de las áreas forestales, áreas protegidas y vida silvestre así como en su reglamento general, y que la Reserva Biológica Misoco es de destacada relevancia a nivel nacional, albergando una diversidad de ecosistemas y biodiversidad. CONSIDERANDO: Que según Dictamen Técnico DAP 179-2015, emitido por el Departamento de Áreas Protegidas, el documento fue elaborado de conformidad con la Guía para la Elaboración de Planes de Manejo de Áreas Protegidas del SINAPH y recomienda aprobar el Plan de Manejo para la Reserva Biológica Misoco para el período 2015-2027. POR TANTO La Dirección Ejecutiva del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), en uso de las facultades que la Ley le confiere y con fundamento en los Artículos 1, 80 y 340 de la Constitución de la República; 1, 3, 5, 6, 11 (numerales: 7, 21, 22, 24, 62), 14, 17, 18, 20, 111, 112, 113, 114, 115, 118 y 211 de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (Decreto No.98 2007); Artículos 324, 346, 347, 348, 376, 377, 378 y 379 del Reglamento General de la Ley Forestal; Artículos 21, 22, 23, 24, 25, 26 y 27 de la Ley de Procedimiento Administrativo. ACUERDA PRIMERO: APROBAR EL PLAN DE MANEJO DE LA RESERVA BIOLÓGICA MISOCO, para el período 2015-2027.- Reserva declarada mediante Decreto Legislativo 87-87, con una superficie de 4,572.36 hectáreas y está dividido en dos zonas de manejo: Zona Núcleo con un total de 897.87 hectáreas y Zona de Amortiguamiento 3,674.49 hectáreas. SEGUNDO: Remitir el presente Acuerdo al Departamento de Áreas Protegidas para su conocimiento e inmediata ejecución. TERCERO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y se publicará en el Diario Oficial La Gaceta y en la página WEB del ICF. Dado en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil quince. PUBLÍQUESE. MISAEL ALSIDES LEÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA GUDIT MARIEL MUÑOZ SECRETARIA GENERAL Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG

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