Acuerdo Nº 22-05-2018 ─ Crea la Unidad de Prevención y Manejo de Conflictos Mineros
Made 2018-05-10 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- European Union
- Country
- Honduras
- Subjects
- Mineral resources
- Keywords
- institution, alternative dispute settlement, governance
- Categories
- metals-base, metals-precious, minerals-critical
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Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 25 DE MAYO DEL 2018 No. 34,649 Instituto Hondureño de de la Política Nacional del sector minero en general, con Geología y Minas la facultad de desarrollar programas, proyectos, planes y INHGEOMIN crear las unidades administrativas, técnicas y operativas necesarias, para cumplir con los fines y objetivos de la Ley General de Minería y su Reglamento. ACUERDO INHGEOMIN No. 022/05/2018 CONSIDERANDO (05): Que según lo establecido en el INSTITUTO HONDUREÑO DE GEOLOGÍA Y MINAS. artículo 5 literal L del Acuerdo Ejecutivo No. 042-2013 Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, diez de mayo de fecha 2 de agosto del año 2013, publicado en el Diario del año dos mil dieciocho. Oficial La Gaceta el 4 de septiembre del año 2013, el Director Ejecutivo tiene como atribución crear cuando estime CONSIDERANDO (01): Que mediante Decreto Legislativo No. 238-2012 de fecha veintitrés de enero del año dos mil trece y publicado en el Diario Oficial La Gaceta AH conveniente y cuente con disponibilidad presupuestaria otras unidades administrativas, técnicas y operativas para cumplir con la Ley General de Minería y su Reglamento. el dos de abril del año dos mil trece, se creó la Ley General de Minería, la cual entrará en vigencia veinte días después de N CONSIDERANDO (06): Que dentro de las atribuciones EG su publicación y mediante Acuerdo Ejecutivo No. 042-2013 de fecha dos de agosto del año dos mil trece, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el cuatro de septiembre del año del Director Ejecutivo está la de administrar y ejercer la representación legal de el Instituto Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, asumir las responsabilidades T- dos mil trece, se aprueba el Reglamento de la Ley General administrativas en relación al personal bajo su dependencia. de Minería. CONSIDERANDO (02): Que mediante Acuerdo No 84- U CONSIDERANDO (07): Que la problemática generada en torno a la actividad extractiva del país, crea la necesidad I-D 2017 el Secretario de Estado en el Despacho de la Secretaría de la Presidencia, acordó nombrar a partir del veinticinco de julio del año dos mil diecisiete, a la ciudadana NÍVIDA de desarrollar una estrategia que permita institucionalizar el diálogo como forma eficiente y oportuna de resolver los conflictos mineros, con el objeto de reducir el impacto
D FLOR HERNÁNDEZ AGURCIA en el cargo de Directora Ejecutiva del Instituto Hondureño de Geología y Minas económico y social negativo. “INHGEOMIN”. U POR TANTO: CONSIDERANDO (03): Que el Instituto Hondureño de La Directora Ejecutiva de el Instituto Hondureño de Geología Geología y Minas “INHGEOMIN”, ejercerá sus funciones y Minas “INHGEOMIN”, en uso de las facultades que la con independencia técnica, administrativa y presupuestaria; Ley le confiere y en aplicación de los artículos: 321 y 323 está facultado de la capacidad legal necesaria para emitir los de la Constitución de la República; 7, 8, 28 reformado según actos, celebrar contratos y comparecer ante los Tribunales Decreto 266-2013, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de de la República, todo ello en el ejercicio de su competencia. la Administración Publica; 1, 3, 4, 5, 19, 23, 24, 25, 26, 27, 30, 31, 32 y 33 de la Ley de Procedimiento Administrativo; CONSIDERANDO (04): Que el Instituto Hondureño de 1, 2, 3, 96, 97, 99, 100, 101 incisos a) y c) de la Ley General Geología y Minas “INHGEOMIN”, actúa como ejecutor de Minería; 5 inciso I), del Reglamento de la Ley General A. 7 Derechos Reservados ENAG Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 25 DE MAYO DEL 2018 No. 34,649 La Gaceta de Minería; Acuerdo No. 84-2017; 3 del Reglamento de y conciliadores municipales: h) Generar lineamientos para Organización Funcionamiento y Competencia del Poder facilitar la categorización de conflictos por zonas; i) Generar Ejecutivo. políticas para la disolución de conflictos de acuerdo a las categorías fijadas; j) Crear el un manual de resolución de ACUERDA: conflictos mineros, que se base en las experiencias de otros conflictos resueltos; k) Definición de indicadores estadísticos PRIMERO: Crear la UNIDAD DE PREVENCIÓN Y relacionados con el manejo de conflictos; I) Otros que MANEJO DE CONFLICTOS MINEROS del Instituto le fueren asignados por la máxima autoridad, acorde al Hondureño de Geología y Minas “INHGEOMIN”, que puesto y conocimiento; II) Crear y actualizar un sistema estará dentro de la estructura organizacional de la Institución informático de registro de conflictos, desde la presentación y dependiente de la Dirección Ejecutiva. SEGUNDO: La Unidad de Prevención y Manejo de Conflictos Mineros estará a cargo de un jefe, deberá ser un AH hasta resolución del mismo; m) Mantener comunicación constante con los interesados en realizar actividad minera; n) Mantener y actualizar la base de datos de contacto de los profesional universitario, con experiencia en el manejo de unidades gubernamentales, experiencia en administración de N titulares de derechos mineros; ñ) Facilitar la comunicación con las Unidades Técnicas de la Institución y los interesados
EG empresas, administración de proyectos, con conocimiento de metodología para la resolución alterna de conflictos. en realizar actividad minera; o) Proporcionar la información solicitada por los interesados en la actividad minera en el TERCERO: Las funciones de la Unidad serán las T- siguientes: a) Detectar a través de las diferentes Unidades país. U de la institución los posibles conflictos que se generen del otorgamiento de los derechos mineros; b) Proporcionar a los CUARTO: La Unidad de Prevención y Manejo de Conflictos Mineros será la encargada de llevar a cabo el proceso de las oposiciones presentadas en los trámites de la institución, I-D ciudadanos el mecanismo adecuado para la presentación de denuncias, sugerencias, conflictos o cualquier otra acción que se derive de un problema relacionado con la minería; desde el comienzo hasta el final de la misma de acuerdo a lo establecido en la normativa legal vigente en el país. D c) Cooperar con las unidades de la institución para la resolución de las denuncias u oposiciones que se presenten. QUINTO: La vigencia del presente Acuerdo es efectivo de U d) Formular, coordinar, brindar asistencia técnica, divulgar y fomentar políticas para aumentar niveles de acceso a la su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. justicia, a través de los métodos Alternos de resolución de conflictos; e) Llevar el registro de solicitudes, oposiciones, denuncias u otro que derive de un problema relacionado con NÍVIDA HERNÁNDEZ la minería; f) Analizar los costos sociales, ambientales, de DIRECTORA EJECUTIVA desarrollo y crecimiento monetario que se generan de los conflictos mineros, así como de un análisis costo beneficio por su resolución; g) Impulsar programas de capacitación en prevención y manejo de conflictos mineros; y determinar JORGE RUÍZ los parámetros y metodologías de formación de mediadores SECRETARIO GENERAL 8 A. Derechos Reservados ENAG