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Laws of Honduras

Acuerdo Nº 138/12 - Procedimiento para determinar la pérdida de fluidos en pollo congelado

Made 2012-12-05 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Honduras
Subjects
Food and nutrition
Keywords
food safety and quality, poultry products, inspection, hygiene/sanitary procedures, HACCP, processing/handling, packaging/labelling, standards, internal trade

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  1. REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARfA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INDUSTRIA Y COMER C IO Tegucigalpa M . D. C. OS de diciembre de 2012 ACUERDO No. 138- 2012 . EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INDUSTRIA Y COMERCIO CONSIDERANDO: Que el pasado 14 de mayo del ano 2012 se firm6 la Resoluci6n No. 291-2012 (COMIECO-LXII) del Consejo de Ministros de la Integraci6n Econ6mica Centroamericana con la primera actualizaci6n del Reg lamento Tecnico Centroamericano RTCA 01.01.11 :06 Cantidad de Producto en Pre empacados . CONSIDERANDO: Que en la segunda (II) Ronda de Negociaciones de Union Aduanera Centroamerica na llevada a cabo en la ci udad de Tegucigalpa, Honduras del 24 al 27 de ab ri l del ano 2012, se reunieron los Vi cem inistros de Inte graci6 n Econ6mica acordando que la regu laci6n d e l procedimiento para d eterminar la perdida de lfquidos permitida e n el polio se regira conforme a la legis laci6n nacional. CONSIDERANDO: Que m ediante Decreto 24-2008 se aprob6 la Ley de Protecci6n al Consumidor vigente, la cual en el artfculo 23 de Requisitos de Etiquetado, numera l 3) estipula que los bienes pre empacados o env asados para e l consumo o la sa lud deberan contener la informaci6n del Contenido Neto, cantidad o especificaciones de med1das. Sin perjuicio de las demas disposiciones legales que dicha ley contem p la. CONSIDERANDO: Que el Articul o 6 numeral 6 de la Ley d e Protecci6n a l Consu m idor otorga coma atribuci6n de la Autoridad de Apli caci6n e l dictar las re gulaciones y reglamentaciones necesarias para garantizar el pleno cumplimiento de la aplicaci6n de la ley; asf mismo e l artfculo 41 del mismo cuerpo manda obliga a la Autoridad de Aplicaci6n emit ir los reglamentos tecnicos necesarios a efecto de determinar el reg imen de tolerancia o de variaci6n aplicab le al contenido de los embases y empaques. , CONSIDERANDO: Que la Direcci6n General de Protecci6n al Consumidor efectu6 estudios de perdida de lfquidos en los polios, en los que participaron representantes de las empresas avfcolas, Companfa Avfcola Centroamericana (Pollo Rey), Empresa avfcola el Cortijo y Cargill de Honduras (Pollo Norteno), arrojando coma resu ltado e l porcentaje de promedio de perdida de lfquidos. POR TANTO: En uso de sus atribuciones y en aplicaci6n del artfculo 247 de la Constituci6n de la Republica; artfculos 36 numeral 8; 116 y 118 de la Ley General de la Administraci6n Publica; 6, 23 Y 41 de la Ley de Protecci6n al Consumidor. ACUERDA: Articulo 1. Em it i r e l presente Reglamento Tecnico sabre e l PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR LA PERDIDA DE FLUIDOS EN POLLO CONGELADO, e l cua l regula e l margen de to lerancia de perd ida de fluidos permitido en la Republica de Honduras para e l p o lio congelado Articulo 2. Principio General El lfquido que pie rde el polio congelado e n su proceso de descongelamiento no debe exceder mas de 120g/ Kg o 12% del contenido nominal al alcanzar su temperatura de polio fresco (o0 c a 4 °c). REPUSLICA DE HONDURAS SECRETARfA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INDUSTRIA Y COMERCIO Articulo 3. Toma de Muestras Las muestras se tomaran en las plantas de producci6n o en los puntos de distribuci6n con base a lo establecido en el Reglamento Tecnico Centroamericano RTCA 01.01.11:06 Cantidad de Producto en Preempacados vigente. Articulo 4. Preparaci6n previa a la aplicaci6n del procedimiento 4.1. Toma de Datos en la Planta de Producci6n o en los Puntos de Distribuci6n. Se deben registrar los datos en una hoja de control que establecera la Autoridad Nacional Competente. 4.2. Aseguramiento de la Muestra. Al retirar la muestra de polio congelado se debe colocar dentro de una balsa de polietileno impermeable, se cierra y se coloca en un recipiente tipo termo con hielo triturado para mantener la cadena de frio. 4.3. Traslado. El polio congelado se llevara preferiblemente de formcJ directa despues de retirar la muestra de las plantas de producci6n o de los puntos de distribuci6n sin retrasos indebidos al laboratorio. Nota: El laboratorio sera el lugar que la autoridad Competente ha preparado con el fin realizar el procedimiento para determinar la perdida de fluidos en el polio congelado. 4.4. Toma de Datos en el Laboratorio. Se deben registrar los datos en una hoja de control que establecera la Autoridad Nacional Competente. 4.5. Equipo y Materiales El equipo debe estar calibrado y con la referencia del certificado de calibraci6n vigente. a. Term6metro de espiga digital. b. Equipo para medir temperatura y humedad relativa. c. Balanza. d. Centrifuga. e. Balsas de polietileno impermeable para el traslado. f. Recipientes tipo termo. g. Balsas dobles de plastico de un tamano apropiado (aproximadamente 700 mm par 300 mm). h. Dispositivo para colgar el producto (polio entero congelado). i. Ganchos afilados de 230 mm hechos de alambre del diametro de 3mm (tipo gancho de carnicerfa). j. Tuba de ensayo para centrifuga con capacidad de 250 ml. k. Pipeta de Pasteur. I. Hielo triturado. m. Punz6n para abrir agujero en polio congelado (para toma de temperatura) con diametro igual o mayor al diametro del sensor de temperatura. Articulo 5. Procedimiento Se determinara la perdida de lfquido del polio mediante la aplicaci6n de la formula que se indica en el inciso 12 6 13.5 (segun sea el caso) de este procedimiento, el cual se desarrolla a continuaci6n. 1. Tome una doble balsa de plastico de un tamano apropiado (aproximadamente entre 700 mm par 300 mm) y pesela al gramo mas cercano llamado "A" en la formula. REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARfA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INDUSTRIA Y COMERCIO 2. Tamar el polio entero congelado en las plantas de produccion o en el puesto de distribucion aun en su empaque y proceder a limpiar el exterior del empaque de cualquier resto del proceso de produccion. 3 . Coloque el polio entero congelado con su empaque en la doble balsa plastica. Sin sacar el polio de la doble balsa plastica, remueva su empaque y cualquier etiqueta incluida. Retenga en la doble balsa plastica cualquier hielo formado dentro del empaque. 4. Descarte el empaque y la etiqueta. 5. Pesar el polio entero congelado dentro de la doble balsa plastica, al gramo mas cercano llamado "B" en la formula. 6. Cuelgue adecuadamente en un dispositivo para tal efecto el polio entero congelado dentro de la doble balsa p lastica y cierre con seguridad el cuello de la balsa. La doble balsa sera suspendida par ganchos (Los ganchos afilados de 230 mm hechos de alambre del diametro de 3mm son convenientes) . 7. Mantenga el polio entero congelado dentro de la doble balsa plastica colgada a una temperatura ambiente controlada entre 20°C ± 5°C, monitoreando permanentemente la temperatura del polio una vez iniciado el ensayo hasta que alcance la temperatura de polio fresco (0°C a 4°C). Para medir la temperatura en condiciones de polio fresco, se introducira el termometro en la pechuga del polio a una profundidad de 25 mm . 8. Abra la doble balsa plastica sin sacar el polio descongelado, y sin permitir que cualquier lfquido escape, retire y conserve cualquier dispositivo que asegura las piernas y extraiga cualquier menudo contenido en el polio, en caso que el polio entero lo contenga. 9. En caso de que el polio entero tenga menudo: 9.1 Drene el exceso del lfquido del paquete de los menudos en la doble balsa plastica, quite los menudos y suspendalos de un ala del ave por media de un gancho de alambre pequeno. Conserve el paquete vacfo de los menudos. 9.2 Asegurese de que todas las partes del menudo del polio puedan drenar libremente y con seguridad, cierre de nuevo el cuello de la doble balsa plastica. 9 .3 Pese en forma conjunta el paquete vacfo de los menudos y cualquier dispositivo de sujecion de la pierna al gramo mas cercano llamado "C" en la formula. 10. Drene par otro perfodo, siempre y cuando no se exceda la temperatura de polio fresco (0°C a 4°C). Al final del perfodo remueva el polio despues de sacudirlo para quitar cualquier lfquido que pueda estar atrapado dentro del ave. 11. Pese la doble balsa plastica y el contenido al gramo mas cercano llamado "D" En la formula. 12. Si no hay capa de grasa de polio en la doble balsa plastica: Utilice esta formula para calcular la proporcion de lfquido: Proporci6n de fluido expresado g / kg = D-A B-A-C 1000 X 1 REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INDUSTRIA Y COMERC IO D6nde: A = Peso de la doble balsa plastica vacfa. B = Peso de! poli o entero congelado dentro de la doble balsa plastica. C Peso de! paquete vacfo de los menudos y cualquier dispositivo de sujeci6n de la pierna. D = Peso de la doble balsa plastica y el contenido. 13. Si hay capa de grasa de polio en la doble balsa plastica: 13.1 Vierta cuidadosamente el contenido de la doble balsa plastica en el tuba de ensayo para la centrifuga seleccionando el volumen adecuado (aproximadamente 250 ml). 13.2 Pesar el tuba de ensayo para la centrifuga y su contenido al gramo mas cercano liamado "E" en el formula . 13.3 Inicie la centrifugaci6n a 1000 rpm durante un periodo de 5 - 10 minutos, quite la capa de grasa de! polio de! tuba de ensayo con la ayuda de una pipeta de Pasteur. 13.4 Pesar de nuevo el tuba de la centrifuga y su contenido al gramo mas cercano liamado "F" en la formula. 13.5 Utilice esta formula para calcular la proporci6n de lfquido: D6nde: Proporci6n de fluido expresado g/kg A Peso de la doble balsa plastica vacfa. = D -A (E- F) B-A-C X B = Peso de! polio entero congelado dentro de la doble balsa plastica. 1000 1 C Peso del paquete vacfo de los menudos y cua lquier dispositivo de sujeci6n de la pierna. D = Peso de la doble balsa plastica y el contenido. ;, E Peso del tub a de ensayo y su contenido en gramo, antes del centrifugado. F = Peso del tu ba de ensayo y su contenido en gramo, despues de! centrifugado. Articulo 6. Transitorio. Las empresas deberan dar cumplimiento a lo establecido en el prinop10 general del Procedimiento para Determinar la Perdida de Fluidos en Pollo Cange/ado, aceptandose hasta un maxima de 14% de perdida de fluidos del cont enido nominal a partir de! 01 de junio de! ano 2013, hasta el 31 de mayo del ano 2014, y a partir de! 01 de junio del ano 2014 el porcentaj e maxima de perdida de flu idos de! contenido nominal sera un 12%. Articulo 7. Vigencia. El presente Acuerdo entrara en vigencia el 01 de junio del ano 2013 y debera ser publicado en el Diario Oficial "La Gaceta". COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE

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