Acuerdo Ministerial No. 024-2020 - Se aprueba el procedimiento administrativo simplificado para recepcionar documentación que permita emitir las Licencias de Importación de Productos Lácteos y validar los Certificados de Origen de la República de China (Taiwán)
Made 2020-03-23 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- European Union
- Country
- Honduras
- Subjects
- Food and nutrition, General
- Keywords
- public health, coronavirus disease (COVID-19), international trade, legal proceedings/administrative proceedings, hygiene/sanitary procedures, milk/dairy products, breastfeeding/infant food, Codex Alimentarius, food safety and quality, registration, nutrition
- Categories
- *
Where to read it
Text
The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.
Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 28 DE MARZO DEL 2020 No. 35,212 Secretaría de Desarrollo efectos de importación de productos lácteos comprendidos Económico en las posiciones arancelarias del 04.01 a 04.06 y 1901.10.1 y 1901.90.20, 1901.90.90 y 2106.90.60, los importadores deberán contar con una Licencia de Importación emitida ACUERDO MINISTERIAL No. 024-2020 por la Secretaría de Industria y Comercio por intermedio de la Dirección General de Integración Económica y Política LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO Comercial. Las solicitudes para la emisión de las Licencias DE DESARROLLO ECONÓMICO deberán presentarse a la Dirección General de Integración Económica y Política Comercial. CONSIDERANDO: Que el Artículo 321 de la Constitución de la República manda: “Los Servidores de Estado no tiene CONSIDERANDO: Que el Artículo 2 del Decreto No. 251- más facultades que las que expresamente les confiere la Ley. 2013 del 07 de junio de 2013, establece que la Secretaría de Todo acto que ejecuten fuera de la -Ley es nulo e implica Estado en los Despachos de Industria y Comercio, subrogada responsabilidad” en sus funciones por la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico es la institución responsable de la CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en el administración de las Licencias de Importación. Despacho de Desarrollo Económico tiene como competencia lo concerniente a la formulación, coordinación, ejecución CONSIDERANDO: Que el Decreto Ejecutivo Número y evaluación de las políticas relacionadas con el comercio PCM-021-2020 establece en sus disposiciones, excepciones nacional e internacional de bienes y servicios, la promoción y restricciones por un periodo de 7 días para atender de las exportaciones, la integración económica, el desarrollo la emergencia nacional de infección por Corona Virus empresarial, la inversión privada y la negociación y aplicación de los Tratados y Acuerdos de Comercio Preferencial. COVID-19, pudiendo prorrogarse 7 días más. CONSIDERANDO: Que en fecha 07 de mayo de 2007, se CONSIDERANDO: Que en fecha 15 de marzo del 2020, se suscribió en Tratado de Libre Comercio entre la República de emitió Comunicado por parte del Gobierno de la República Honduras y Taiwán, el cual fue aprobado mediante Decreto en el marco de la Emergencia a Nacional ante la amenaza de 06-2018, del 30 de enero de 2008, el cual se encuentra vigente. propagación de COVID-19, el Sistema de Gestión de Riesgos (SINAGER), comunica especificaciones de las medidas de CONSIDERANDO: Que el 24 de septiembre de 2009 se cierre de negocios y empresas, de igual forma la suspensión emitió el Acuerdo Ejecutivo No. A-024-2009, que contiene de labores en el Sector Público y Privado. las disposiciones para la importación y comercialización de productos lácteos y se crea el registro de Importadores y la CONSIDERANDO: Que en fecha 24 de agosto de 2020 fue Licencia de Importación de Productos Lácteos y preparaciones publicado en el Diario Oficial “LA GACETA”, el Decreto alimenticias que contengan productos Lácteos. Ejecutivo No. PCM 045-2019, contentivo de las medidas de simplificación administrativa, con el propósito que CONSIDERANDO: Que el Artículo 3 del Acuerdo Ejecutivo procedan sin dilación alguna a emitir permisos, licencias, No. A-024-2009, del 24 de septiembre de 2009, reformado certificaciones, constancias y demás actos administrativos mediante Artículo 3 del Acuerdo Ejecutivo No. 41-2009 del que pongan fin al procedimiento administrativos en los plazos dieciocho de noviembre de dos mil nueve, establece que para legalmente establecidos. A. 15
Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 28 DE MARZO DEL 2020 No. 35,212 La Gaceta CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de c) Documentos que debe adjuntar en la solicitud: Estado las atribuciones comunes previstas en el Artículo • Copia del certificado sanitario oficial de exportación 36 de la Ley General de la Administración Pública el e importación emitido por el Servicio Nacional de conocimiento y resolución de los asuntos del ramo, pudiendo delegar el conocimiento de atribuciones específicas en los Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA) Subsecretarios, Secretarios Generales y Directores Generales. o comprobante del correlativo asignado por dicha Institución. POR TANTO. • Copia del Registro Sanitario vigente emitido por la autoridad competente La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en uso de las facultades que está investido y • Copia de Factura comercial o el formulario aduanero de conformidad al Artículos 321 de la Constitución de la en el caso de proceder de Centroamérica. República, Decreto 06-2018, Acuerdo Ejecutivo No. A-024- • Copia del comprobante de pago del recibo TGR-1 en la 2009, Decreto No. 251-2013, Decreto Ejecutivo Número casilla 12121 a nombre de la Secretaría de Desarrollo PCM-021-2020 y su reforma Decreto Ejecutivo No. 045-2019. Económico (institución 290). ACUERDA: d) La SDE en el mismo día hábil procesará la solicitud y enviará por correo electrónico copia escaneada en PRIMERO: Establecer un procedimiento administrativo formato PDF al interesado de la Licencia de Importación simplificado para recepcionar documentación que permita debidamente firmada y sellada para que sea presentada emitir las Licencias de Importación de Productos Lácteos y ante la Administración Aduanera de Honduras. validar los Certificados de Origen de la República de China (Taiwán). e) Declarado el fin de la emergencia nacional el interesado SEGUNDO: Para la emisión de las Licencias de Importación deberá avocarse a la Dirección General de Integración de Productos Lácteos, las personas naturales y jurídicas Económica y Política Comercial con los originales de deberán seguir el procedimiento siguiente: los permisos sanitarios de importación y recibo TGR-1 a reclamar el original de las Licencia de Importación de a) El importador interesado deberá enviar al correo Productos Lácteos emitidas para presentarla ante la Ad- electrónico solicitud.licencia.lacteos@gmail.com en ministración Aduanera de Honduras. formato PDF sin borrones y que sea legible, la información de respaldo que se ha solicitado para la emisión de las Licencias de Importación de Productos Lácteos. TERCERO: Para los Certificados de Origen en el marco del Tratado de Libre Comercio entre la República de China b) En la solicitud de licencia de importación de productos (Taiwán) y Honduras el procedimiento será el siguiente: lácteos debe consignar la información siguiente:
• Datos generales (nombre o razón social, teléfono, a) El importador interesado deberá enviar al correo dirección, correo electrónico y número de Registro electrónico solicitud. certificado taiwan@gmail.com de Importador de Productos Lácteos) en formato PDF sin borrones y que sea legible, la • Denominación comercial del producto a importar y la información siguiente: fracción arancelaria • Formato de Certificado de Origen • Cantidades en kilos y valores monetarios a importar debidamente llenado por el solicitante 16 A. Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 28 DE MARZO DEL 2020 No. 35,212 • Copia de la factura comercial Secretaría de Desarrollo • Copia del Bill of Lading (B/L) Económico • Copia del comprobante de pago del recibo TGR-1 en la casilla 12121 a nombre de ACUERDO MINISTERIAL No. 027-2020 la Secretaría de Desarrollo Económico (institución 290). LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO b) La Secretaría de Desarrollo Económico, procesará la solicitud asignando el número correlativo al certifica- do de origen y procederá a validarlo. En caso de ser CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la necesario la SDE devolverá la solicitud al interesado Constitución de la República, el Estado reconoce, garantiza para las correcciones respectivas. y fomenta las libertades de consumo y competencia; sin c) Una vez validado el Certificado por la SDE, se enviará embargo, por razones de orden público e interés social, al solicitante por correo electrónico en formato podrá dictar medidas para encauzar, estimular, supervisar, PDF. En el caso de los certificados validados por las orientar y suplir la iniciativa privada, con fundamento en regionales del Centro de Trámite de Exportaciones en s de Comayagua, Choluteca y San Pedro Sula, una política económica racional y planificada. deberá enviarse copia a la Dirección General de Administración y Negociación de Tratados de la SDE. CONSIDERANDO: Que el Artículo 8 del Decreto CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata Ejecutivo Número PCM-005-2020, publicado en el Diario y deberá de publicarse en el Diario Oficial “LA GACETA”. Oficial La Gaceta en fecha 10 de febrero del año 2020 Dado en la ciudad de Tegucigalpa a los 23 días del mes de marzo del año 2020. instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Desarrollo Económico a tomar medidas necesarias y aplique los mecanismos de control para evitar el incremento de precios a los productos y medicamentos que son utilizados
para combatir los efectos del virus del dengue y coronavirus MARIA ANTONIA RIVERA Encargada de la Secretaría de Estado en el Despacho (COVID-19). de Desarrollo Económico CONSIDERANDO: Que el Artículo 4 Numeral 2 del Decreto Ejecutivo Número PCM-021-2020 y su reforma, establece que la Dirección General de Protección al DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaria General Consumidor están exceptuados de la aplicación de la A. 17