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Laws of Guatemala

Acuerdo Nº 216/05 - Modifica el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación

Made 2005-06-20 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Caribbean Community (CARICOM)
Country
Guatemala
Subjects
Agricultural and rural development, Livestock, Food and nutrition
Keywords
institution, legal proceedings/administrative proceedings, governance

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  1. ( BiBLl9TECA DEL CONGRESO l 8 l REPUDLICA DE GUATEMAIA.J DIARIO DE CENTRO AMERICA 23 de junio•de 2005 NUMER04 ~ .......................................... w ............................................ ~ MINJSTERIO DE AGRICULTURA, G~NADEIUA Y ALIMENTACION Acuerdase reformar el REGLAMENTO ORGANICO INTERNO DEL· MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERiA Y ALIMENTACION contenido en el Acuerdo Gubernativo No. 278-98 de fecha 20 de mayo de 1998. . . ACUERDO GUBERNATIVO No. 216-2005 Guatemala, 20 de junio clel 2005. I 11!;;,o""""'""""'""""'""""'""' EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA ----~,.e!I CONSIDERANDO: Que de confonnidad con lo dispuesto en el Acuerdo Ministerial 750-2002 de lecha 17 de mayo de 2002, emltido por el Minlsterio de Agricultura, Ganaderla y Allmentacl6n, fUe creada la Unlclad de Planlflcacl6n Geogranca y Gestl6n de ,f? BIBLIOTECA DEL CONGRESO NUMER04 DIARIO DE CENTRO AME:RICA-23 de junio de 2005 P.EPUBLIC/1 DE GU1\TEMALA Riesgo como una Unldad Especial de •Ejecuclon dentro de dlcho Mlnlsterio, y durante el tiempo transcumdo desde su aeaclon a .la presente fecha, se ha determinado convenlente transformar a dicha Unidad come una dependencia permanente dentro de su estructura, para lo cual es necesario modificar el Reglamento Organico lnlemo del Ministerio de Agricultura, Ganaderla y Alimentaci6n, contenido en el Acuerdo Gubemativo Numero 278-98 de fecha 20 de mayo de 1998 y sus reformas. · CONSIDERANDO: Que a traves del Acuerdo Gubemativo 90-2003 de fecha 6 de marzo de 2003, se modific6 el Reglamento OrgAnlco lntemo del Mlnlsterio de Agricultura, Ganad~rla y Alimentaci6n con el objeto de crear el Vicemlnlsterlo de Segurldad Ahmentana Y Nutricion1>1, co~ respecto al cual se ha esteblecido la conveniencia y nece~idad de modificar y actualizar sus tunclones con el objetivo de hacer mas eficrente su funcionamiento y que dichas funciones guarden congruencia con lo d1spuesto en el Decreto 32-2005 del Congreso de la Rep0bllca, LEY DEL SISTEMA. NACIONAL OE SEGURIDAD ALIMENT ARIA Y NUTRICIONAL. PORTANTO: En ejercicio de las funciones que le confiere el artlculo 183, literal e) de la Constituci6n Polltica de la Rep0blica de Guatemala, ACUERDA: Las siguientes reformas al REGLAMENTO ORGANICO INTERNO DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANAOERIA Y ALIMENTACl6N contenido en el Acuerdo Gubernativo No. 278-98 de fecha 20 de mayo de 1998 y sus retormas. Artlculo 1. Se reforma el numeral UJ del artlcula 4, el cual quede de la forma siguiente: "Ill. Funciones sustantivas: a. b. C. d. e. f. g. Unidad de Pollticas e lnformaci6n Estrategica. Unidad de Gesti6n para el E>esarrollo. Unidad de Operaciones Rurales. Unidad de Normas y Regulaciones. Unldad de Coordinacion de Proyectos, Cooperaci6n Extema Y Fideicomisos: Unldad de Manejo de la Pesca y Acuicultura. Unldad de Planificacl6n Geogn!fica y Gesti6n de Riesgo." Articulo 2. Se reforms el artlculo 9 BIS, el cual queda de la forma siQUiente: • ARTICULO 9 BIS. Es funclon principal del Vlceminlstro de Seguridad Allmentarla y Nutriclonal, coma lntegrante del Despacho Ministerial, aslstlr al Mlnlstro en las materlas concemlentes a la Seguridad Aflmentaria y Nutricional, ocupar la jerarquia inmediata inferior al Mlnlstro en · el Despacho Ministerial, cuando corresponds, asl como suplir o representar al Mln(stro cuando asi se le delegue. Coordlna la ejecuci6n de todos los programas y actividades tecnicas de su ramo Y sus funciones son las siguientes: a) b) c) d) e) Participer con las lnstituciones nacionales involucradas en la tematlca de Seguridad Aflmentaria y Nutricional y en la implemenlaci6n de las planes estrateglcos de segurldad alimentar1a ejecutando las acclones lnherentes al sector agroperuario. flromover programas y proyectas que contrlbuyan a la dlsponibilidad y el abastacimlenlo permansnte y suflclente, en cantidad y calldad, de alimentos, medlante la lmplemenlaci6n de . proyectos Y activid~des sectoriales que equilibren el suminlstro de ahmentos por la via de la producci6n naclonal e importaci6n. En cocrdinaci6n · con instttuclones naclonales responsabies de tematices especfficas, promover acciones or/enladas a que la pat,Jacion con:"'ma productos hlglenlcos, lnocuos y con propiedades nutric,onales, propic1ando la preservaci6n del ambients y las recurses naturales renovable,s. , Dar seguimlento y evaluacl6n a las programas y proyactos orientados a tortalecer la disponlbllidad y el acceso a ·alimeotos lmplementados por el Mlnlsterlo de Agricuftura, Ganaderla y Affmentaci6n ejacutando oportunamente las correctivos pertinentes. Articular con lnstituclones de goblemo y la soeiedad civil, las acclones derivadas de eonvenlos con el sector agropecuario, proplclando las condleiones qua contrlbuyan a la produccl6n de allmentos adecw!dos en cantidad y calldad, para la poblacl6n. En coherencla con la Polltlca Seciorial Agropecuaria, dlaeftar e irAplem'enter estrateglas, que permltan ldentlficar y slender las poblaclones de mayor riesgo en el araa rural, desarrollando programas especlflcos de asls!Alncla alimenteria y desarrollo productive sostenlble. . L g) Dlsenar e implementer un slstema de lnformaci6n y de alerta sabre la dlsponibllidad y acceso alimentario del pals dentro el sector agropecuario, que permita la toma de decisiones oportunas. h) En coordinacion con fas instituciones responsab/es de atender fas situaciones de emergencia alimentaria y la Secretaria de Seguridad Afimentaria y NutriClonal de la Presidencia de la Repilblica, disenar e lmplementar programas coyunturales que permltan proveer allmentos oportunamente a poblaclones en lnseguridad allmentarla alectadas par desastres naturales. i) En cocrdlnaei6n con ias Unidades, Programas y Proyactos del Ministerio de Agriculture, Ganaderla y Alimentaci6n y con la Secretarla de Seguridad Alimentaria y Nutrlclonal de la Presidencia de la Republlca, promover en poblaclones priorizadas, acclones tendentes a mejorar el acceso flslco y econ6mico a los alimentos. j) Promover acciones orientadas para la generaci6n de tecnologla que permits la conservaci6n y el aprovechamiento racional de la agrobiodiversidad del pals, en apoyo a la Seguridad Allmentarla". Articulo 3. Se adiciona el articulo 28 BIS: "ARTICULO 28 BIS. La Unidad de Planiftcaci6n Geografica y Gesti6n de Riesgo tiene coma ob]etivo establecer las mecanlsmos que permitan profundizar el proceso de generacl6n y utillzacl6n de lnlormaci6n digital georeferenciada para orientar la toma de decislones del Ministerio e instancias vinculadas, en temas de planiflcaci6n seclorial y en medidas de prevencl6n-mltlgaci6n de danos causados por desastres naturales. • Artlculo 4, Se adiciona el artlculo 28 TER: · "ARTICULO 28 TER - La Unidad de Planlflcaci6n Geografica y Gesti6n de Riesgo tien~ las atrlbuclones slgulentes: · a) b) c) d) e) f) Definlr las criterlos de aru!lisis y metodos aproplados para solventar las soljc,ludes de apoyo t8cnjco, dictamenes, estudios y proyectos reaJizadas par el Despacho Ministerial dentro de la tematica de su dominio, enmarcados en cartografla digital y tematica referida a Recurses Naturales Renovables y medidas de prevenei6n-mltigaci6n de daftos causados par desastres naturales. Generar cartografla digital de temas vlnculados al Desarrollo Rural, con diferentes escalas cartograficas, cumpUendo en cada escala de trabaJo con las estandareg de calidad tecnica exlgidos por el lnstituto Geografico Naclonal. Promovar convenios y/o alianzas estraleglcas con 'instiluciones nacionales e internaclonales, necesanos para el fortalecimiento de su accionar y el: cumpllmlento de sus objetlvoa. Recibir y respondlll" las demandas de solicitud de informecl6n que reallcen usuarlos extemos al Ministerio de Agriculture, Ganaderia y Afimentacion, a traves de un mecanismo de atencl0n al usuarlo que se establecenl por med!O de Acuerdo Mlnlsterial. Capacitar a las tecnicos del Mlnisterio de Agricultura, Ganaderla y Aflmenteci6n y proyectos, vlnculados qua el Despacho Ministerial indique, en las temas de su competencia. Por medlo de su Coordinador, a de la persona que este designs, representar al Ministerio de Agricultura, Ganaderfa y Aflmentacl6n en las dlstintas organlzaciones, faros y eventos que se relacionen a las temas de Planlflcacl6n Geografica y Gesti6n de Riesgo, 8SP81,lalmente ante la Coordinadora Nacional para la Reducci6n de Desastres -CONRED-. • Articulo 5. B presente Acuerdo Gubernativo empleza a reglr el dla slgulente de su publicaci6n en el Dlario de Centro America. COMUNIQUESE, (E-411 'lOOS)-2005 9

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