Acuerdo Nº 101/06 - Aprueba el modelo de contrato de autorización definitiva para utilizar bienes de dominio público para la instalación de centrales generadoras hidroeléctricas
Made 2006-06-20 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Caribbean Community (CARICOM)
- Country
- Guatemala
- Subjects
- Energy, Water
- Keywords
- hydropower generation, contracts, waterworks, renewable energy, energy conservation/energy production
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Articulo 2. EI presenteAcuerdoempieza a regir inmediatamente y debera publicarse en el Diario de Centroamerica. MINISTERIO DE ENERGiA . ' YMINAS . Acuerdase aprobar el MODELO DE CONTRATO DE AU,!ORIZACI6N DE- FINITIVA PARA UTILIZAR BIENES DE DOMINIO PUBLICO PARA LA '1NSTALACION DE CENTRALES GENERADORAS HIDROELECTRICAS (0 GEOTERMICAS).. . ACUERDO NUMERO AG-IOl-2006 Guatemala. 2.0 de junio de 2~06. (E-539-2006}-26-junio i!l;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;""",,,_;;;;;. MINISTRO DEENERGIA Y MiNAS --==-----~ CONSIDERANDO: Que de conformidad con el articulo 3 de Ia Ley General de Electricidad; Decreto rnimero 93-96 del Congreso de Ia Republica, el Ministerio de Energia y Minas, es el6rgano del Estado responsable de MINISTERIO'· DE RELACIONES formular y coordinar las politicas, planes de Estado, programas indicativos relativos al subsector electrico y aplicar esta ley y su reg1al'llento para dar cumplimiento a sus obligaciones. EXTi:RIORES CONSIDERANDO: Acuerdase conceder la nacionalidad guatemalteca por naturalizacion a Que el articulo 5 del Reglamento de la Ley General de Electricidad establece que corresponde al DAOUD MAHMOUD ISSA SALEH. Ministerio de Energia y Minas, preparar el Contrato de Autorizaci6n. ACUERDO GUBERNATIVO No; 274-2006 POR TANTO: Guatemala, 30 de mayo de 2006. En ~I ejercicio de de las funciones que Ie confieren los articulos 22 y 27 lit~ral m) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreta numero 114-97 del Congreso de la Republica, y can fundamento en los articulos 3 de la Ley General de Electricidad y 5 del Reglamento de la Ley citada, ~;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;; EL PRESIDENTE DE LA IU;PUBLICA ;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;~;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;I,!J ACUERDA: CONSIDERANDO:
Articulo 1: APROBAR el MODELO DE CONTRATO DE AUTORIZACION DEFINITIVA Que la Constituci6n Politica de la Republica de Guatemala reconoce la nacionalidad PARA UTILIZAR BIENES DE DOMINIO PUBLICO PARA LA INSTALACION DE guatemalteca por '1aluralizaci6n y Ie<ltorga a losguatemaltecos naluralizados los mismos derechos CENTRALES GENERADORAS HIDROELECTRICAS (0 GEOTERMICAS), que a que losde origen, salvolu Iimitacioncs quela misma establece. continuacion se transcribe: CONSIDERANDO: • Que DAOUD MAHMOUD ISSA SALEH: tambien identificado como DAHOUD (DAVID) MAHMOUD MANSIISSA ISSA, DAWOUD M M lSSA, DAWOUD l'tllSSA RABlHA, DAWOUD ISSA MAHMOUD, DAWOUD RAOIHA, DAROUD MAHMOUD MANSI ISSA ISSA, DAOUD MAHMOUD ISSA SALEH. DAOUD MAHMOUD ISSA. ISSA DAOUD MAHMOUD, DAHOUD NUMERO ( ). En la ciudad de Guatemala: eI (DAVID) ISSA HUSSEIN, DAOUD MAHMOUD MANSIISSA, DAUD MAHMOUD tSSASALEH, --- .,.- de del ana dos mil ANTE MI DAWOUD MAHMOUD ISSA SALEH, DAOUD MAHMOUD ISSA SALEH, DAHOUD MAHMOUD ------ , (Notario) (Escribano de Gobierno), comparecen por una parte, MANSI ISSA ISSA. DAWOUD MM ISSA inscrito en la Dirccci6n General de MigraciOn como ' 'JORDANO RESIDENTE en partida numero 176, folio 176 del Iibro 373 correspondiente al el senor: (datos de identificaci6n personal), quien Registro de Extranjeros. Residentes y como DOmiciliado en la partida numero 433, folio 433 del acnia en su calidad de MINISTRO DE ENERGIA Y MINAS, la que acredita con los libro. 47 de Extnmjeros Domiciliados del Registro Civil y de Vecindad, de esta cludad, quien documentos siguientes: , y por Ia solicit6 su nalUralizaci6n guatemalteca en expedientc cuyo tramite satisfizo tedos sus requisites y otra parte, (nombre y datos de identificaci6n personal formalidades legales pertinentes. . del adjudicatario y calidad con que acnia, identificando los documentos acreditativos de Ia representaci6n legal, si fuere el caso) . Como (Notario) PORTANTO: (Escribano de Gobierno) .hago constar que tuve a Ia vista los documentos anteriormente identificados, los cuales son suficientes de conformidad con la ley y a mi juicio para eI otorgamiento En ejercicio de las funciones que Ie contiere el Artfculo 183, literal e), de la Consliluci61T Politiea de la Republica. del presente contrato acreditando plenamente las representaciones que se ejercitan. Los comparecientes aseguran hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles, ser de los datos d~ ACUERDA: idtntificaci6n personal consignados con anterioridad y que por este acto suscriben CONTRATO DE AUTORIZACION DEFINITIVA PARA UTILIZAR BIENES DE DOMINIO
ARTICULO I, Conceder la nacionalidad guatemalteea por naturalizacien a DAOUD MAHMOUD PUBLICO PARA LA INSTALACI6N' DE UNA CENTRAL GENERADORA ISSA SALEH, tambien identiflcado como DAHOUD (DAVID) MAHMOUD MANSI ISSA ISSA, HIDROELECTRICA(O GEOTERMICA), de conformidad con las siguientcs chiusulas: DAWOUD M M ISSA, DAWOUD MISSA RABIHA, DAWOUD TSSA MAHMOUD. DAWOUD RABIHA, DAHOUD MAHMOUDMANSIISSA ISSA; DAOUD MAHMOUD ISSA SALEH. DAOUD MAHMOUD ISSA, ISSA DAOUD :\tAHMOUD, DAHOUD' (DAVID) ISSA HUSSEIN, DAOUD MAHMOUD MANSI ISSA, DAUD MAHMOUD ISSA SALEH, DAWOUD MAHMOUD TSSA SALEH, DAOUD MAHMOUD ISSA SALEH, DAHOUD MAHMOUD MANSIISSA·lSSA, DAWOUD MM ISSA, por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores. El inleresado debecumplir ademas . Con el objeto de desarrollar actividades de generacion de energia electrica, Ia enticlad , COil las formalidades prescritas por los articulos 37 Y. 38 del Decreto 1613 del Congreso de la ' en adelante "EL ADJUDICATARIO", formul6 la 'correspondiente solicitud de Autorizaci6n a Republica (Leyde Nacionalidad). que se refiere el articulo catorce (14) de Ia Ley General de Electricidad, Decreto mimero noventa y tres gui6n noventa y seis (93-96) del Congreso de la Republica en adelante "La Ley" y el articulo
ARTICULO 2. EIpresente Acuerdo empieza a regiral diaslguiente de su publicaci6n en el Oiario de Centro America. cuatro (4) del Reglamento de Ia Ley General de Electricidad, en adelante <lEI Reg!amento", y habiendose cumplido con todos los requisitos exigidos en las leyes aplicables y concluido el procedimiento administrativo del expediente presentado de acuerdo con la Ley y el Reglarnento, el Ministerio de Energia y Minas emitio el Acuerdo Ministerial mimero (---.l de fecha COMVNIQUESE, -- , publicado en el Diario de Centro America con fecha _ mediante el cual sc concedi6 la Autorlzaci6n solicitada, acuerdo que se transcribe literalmente al final del presente contrato y que forma parte integrante del mismo, Para los efectos del presente contrato, se empleacin las siguientes abreviaturas y las definiciones tendran el significado siguiente., ' Abandono: EI retire voluntario. y negligente del Proyecto Objeto de Ia Autorizaci6n, por un periodo que exceda de veinticuatro meses, y que no sea provocado por un evento de fuerza mayor y/ 0 caso fortUito que este siendo tratado de conformidad con Ia cl:iusula decima prlmera del presente contrato. . . ~eade la Autorizacion: La totalidad del area geografica que corresponde a la (125Q88-2}-26-junio Autorizaci6n, mencionada en el Aliexo numero W. 4 Guatemala, LUNES 26 de junio de 2006 DIARIO de CENTRO AMERICA NUMERO 58 Proyecto Objeto de AproJillci6n del Estudio la autorizacion: Central Generadora hidroelectrica, propiedad de EL .r' de Evll1ullci6n de Impacto ADJUDICATARIO, que utilizara el caudal del rio y Ambientll1: La resoluci6n emitida por el MARN mediante el cual se afluentes quese encuentran en las COtaS relacionadas en la aprueba el Estudio del Impacto Ambiental del proyecto objeto Autorisacion. de Ia Autorizaci6n, inc1uyendo sus arnpliaciones y modificaciones que sean aprobadas de tiempo en tiempo, Pmdentes Practices Alltoridlld' de III Industria: Las practicas, rnetodos y tecnicas generalmente' aceptadas y .Gubernamentak Cualquier organismo, division 0 dependencia estatal, observadas por las empresas electricas independientes,. con 'J centralizada, descentra1izada 6 aut6noma con facultad legal relacion al disefio, construcci6n, operaci6n y mantemmiento para resolver sobre ,aspectos determinados, pero exc1uyendo a de equipos e instalaciones que integran la Autoriz~ci6n. Estas EL MINISTERIO. practicas, metodos y tecnicas tienen 1a intenci6n y se espera que resulten en una operacion licita, segura, economica y MARN: Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales. eficiente, y que se obtengan rendimientos de conformidad con las recomeridaciones de los fabricantes de los equipos iristalados. Contrato: EI presente Contrato de Autorizaci6n Definitiva, suserito entre EL MINISTERIO yEL ADJUDICATARIO Reglamento: El Reglamento de la Ley General de Electricidad. contenida en la presente escritura y sus futuras modificaciones y ampliaciones, de acuerdo con los anexos Solicitud: La solicitud para obtener una autorizacion Definitiva detallados en la clausula vigesin.'a. presentada a EL MINISTERIO por EL ADJUDICATARIO, con respecto a la Autorizaci6n que Contratos de la Autorizacion: ·Cualquier contrato vigente 0 que se celebre en el futuro entre forma parte integratite de este Contrato. EL ADJUDICATARlO y una tercera persona para el Supervisor: Persona (s) autorizada (s) por el Ministerio de Energia y Minas desarrollo, diseiio, financiamiento, construccion, operaci6n, para efectuar visitas al Proyecto Objeto de Ia Autorizacion de mantenimiento y venta de energia del Proyecto Objeto de la acuerdo a 10 establecido en la clausula Quinta del presente Autorizaci6n. contrato. Contrato de Financiamiento: Cualquier Contrato, vigente 0 que se celebrara en el futuro, entre EL ADJUDICATARIO y una Instituci6n Financiera, que tenga por objeto proporcionar financiamiento 0 refmanciamiento a EL ADJUDlCATARIO para ser EI objeto del presente Contrato es establecer las condiciones, los derechos y ob1igaciones, las propietario, operar, 0 mantener las instalaciones del Proyecto limitaciones y las causas de terminacion que regularan la Autorizacion. Objeto de la Autorizaci6n. Estudio de Evaluaci6n de Impacto Ambiental: EI estudio de la evaluaci6n del impacto ambiental del proyecto objeto de la Autorizaci6n, preparado por EL . 4.1 EI presente Contrato tendra un plazo de CINCUENTA.(50) alios, contados a partir de la ADJUDICATARIO y presentado y aprobado por el MARN, Fecha Efectiva, y se mantendra vigente hasta su expiracion 0 al darse por terminado de y sus futuras enmiendas y/ 0 modificaciones aprobadas de acuerdo a 10 establecido en la clausula decima cuarta del Contrato.(puede consignarse conformidad con la Ley Aplicable. plazo menor en cuyo CllSO si procederia una ampliacion del mismo en . forma . posterior, pero hasta llegar-a los cincuenta anos que la ley regula). EL ADJUDICATARlO: Entidad, asi como sus posibles cesionarios y/ 0 sucesores, de 4.2 Pro~acion dela Ejecuci6n de las Obras: conformidad con ia Ley Aplicable y el presente, a quien EL MINISTERIO otorga autorizaci6n definitiva para utilizar 4.2.1 EL ADJUDICt\.TARIO .iniciara la construccion del Proyecto dentro de los bienes de dominio publico para la instalaci6n del Proyecto (---:J meses de la Fecha Efectiva. objeto de la autorizaci6n de confotrnidad con el Acuerdo Ministerial mimero _ (AG-_--J. • 4.2.2 EL ADJUDICATARIO debera completar la construccion del Proyecto dentro de EL MINISTERIO: EI Ministerio de Energia y Minas de la Republica de los (---:J meses de la Fecha Efectiva. Guatemala. 4.2.3 La fecha de la Operacion Comercial ocurrirli dentro de los_ _ meses de la Fecha Experto: Una persona individual 0 juridica especializada en el diseiio, Efecpva. construccion y mantenimiento :u operaci6n de proyectos similares, 0 en materia ambiental y/ 0 social, que debera ser nombrada de conformidad con la clausula sexta del presente contrato, 5.1 EL ADJUDICATARIO tiene los derechos siguientes: Pecha de Operacion Comercial: Fecha en que el proyecto Objeto de la Autorizaci6n inicia las 5.1.1 A uti1izar el recurso natural (hidrico) (geotermico) que se Ie concede para la operaciones programadas' de producci6n de energia con fines generacion de energia electrica, con el proposito exclusivo de construir, operar, comerciales, la cual ocurrira luego de completarse las.pruebas mantener y vender la energia electrica con relacion al Proyecto Objeto de la de aceptacion del Proyecto Objeto de la Autorizaci6n. Autorizacion, de confotrnidad con los terminos ycondiciones contenidos en el presente Contrato, La Ley y el Reglamento, Fecha Efectiva: La fecha de suscripci6n del presente Contrato. (En el caso de las hidroelectricas, indicar la cantidad maxima de la ~esviacion, e1 Instituci6n Financiera: Cualquier persona natural 0 juridica, nacional 0 extranjera, que minimo ,y el maximo de los ·niveles de caudal rio abajo, minimo y maximo de haya proporcionado 0 proporcione en el futuro profundidad de la represa, etc.) fmanciarniento, credito, seguro 0 garantia a favor de EL ADJUDICATARIO con relacion al proyecto Objeto de la (En el'caso de los geotermicos, indicar cualquier limitaci6n que exista en e1 uso del Autorizaci6n. . vapor. Igualmente, debera indi'carse la programaci6n adecuada de los planes de explotacion y en el caso de encontrarse 'recursos geotermicos, planes de desarrollo y La Autorizaci6n: La Autorizaci6n Definitiva pari la uti1izaci6n de bienes de explotaci6n del mismo que garantice su aprovechamiento optima, y todo ello, de dominio publico para la instalacion de una central acuerdo con e1 articulo 16 del Reglamento), hidroelectrica, otorgada mediante Acuerdo Ministerial No. de fecha _ 5.1.2 Solicitar a EL MINISTERlO la imposicion de servidwnbres, conforme 10 sefialado en el Titulo II Capitulo III de la Ley. LA COMISION: La Comision Nacional de Energia Electrica, creada mediante el articulo 4 de la L e y . " 5.1.3 A emplear contratistas 0 subcontratistas para cwnplir con las obligaciones 0 ejercer los derechos del presente coatrato, siempre que el empleo de estas terceras personas Ley: La Ley General de Electricidad, Decretonumero 93-% del no exima a EL ADJUDICATARIO .de cualquier obligacion 0 responsabilidad qut; Congreso de la Republica. . Ie corresponde de conformidad con la Ley 0 este Contrato. Ley Aplicable: Todas las leyes, reglamentos, politicas y condiciones de cualquier aprobaci6n y otras normas, incluyendo la Ley y e1 5.1.4 Participar en la discusi6n y elaboracion de las reglas de manejo de agua y Reglamento, el Estudio de Evaluacion de Impacto Ambiental principa1mente en aquellas que se refieren al rio donde se ubica el Proyecto, cuando del Proyecto objeto de lit Autorizacion, y cualquier otra Ley, sea potestad de EL MINISTERIO permitirdicha participacion de confotrnidad con reglamento, regulaciones, condiciones, reglas . 0 politicas la ley Aplicable. establecidas por EL MINISTERlO 0 cuaiquierAutoridad Gubemamental. 5.1.5 Los demas que Ie confieran las Leyes Aplicables.: 5.2 EL ADJUDICATARIO tiene las ob1igaciones siguientes: Partes: EL ADJUDICATARIO YEL MINISTERIO. 5.2.1 Conservar las obras e instalaciones del Proyecto Objeto de la Autorizacion en Permisos: Cualquier licencia, corisentimiento, operacion, petrniso 0 condiciones adecuadas para su operacion eficiente, manteniendo razonables medidas .autonzacion, inc1uyendo cualquier renovaci6n, que sea de 'seguridad en el mismo, durante e1 periodo de vigencia del presente Contrato. necesario • que EL ADJUDlCATARIO, contratista 0 subcontratista obtenga de cualquier Autoridad Gubemamental 5.2.2 Cwnplir con las Norma. de Seguridad tie Presas y las Reglas de Manejo de Aguas, de o entidad particular de confotrnidad con la Ley Aplicable. acuerdo a 10 establecido en el.numeral cinco punto uno punto cinco (5.1.5). ---~ -. ...... ; ~ ,. - ... - NUMERO 58 DIARIO de CENTRO AMERICA Guatemala, LUNES 26 de junia de 2006 5 5.2.3 Disefiar, construir y operar el Proyecto objeto de la Autorizacion, observando los 6.1.1 Cuando I;'s informes de inspecci6n presentados por los Supervisores, comprueben que han pianos de ingenieria, diseiios y otra informacion induida en .la Solicitud, la efectuado cambios, en el Proyecto Objeto de la Autorizacion con respecto a la informacion Evaluacion del Impacto Ambiental, las Prudentes Pnicticas de la Industria y Leyes presentada en la Solicitud, que impliquen una modificacion de las estructuras principales del Aplicables. Proyecto Objeto de la Autorizacion, y siempre que dichos cambios: a) constituyan una violacion a 10 establecido en el Estudio de Evaluacion del Impacto -i\mbiental; 0 b) tengan 5.2.4 Presentar, al fmalizar cada una de las etapas mas importantes del Proyecto Objeto de un impacto adverso grave a la salud, yI 0 seguridad de las personas; 0 c) sean contrarios a las la Autorizacion, inforl1les firmados por el profesional responsable de cada etapa, de Prudentes Practicas de la Industria; se procedera de conformidad con 10 establecido en el acuerdo ill calendario de ejecucion de las obras vigente. numeral seis punto uno punto dos (6.1.2) a continuaci6n. 5.2.5 Perrnitir las visitas al Proyecto Objeto de la Autorizacion de los supervisores, previo 1i.1.2 (a) EL MINISTERIO noiificara a EL ADJUDICATARIO sobre los cambios requetiruiento y durante horas habiles, las cuales deberanser solicitadas por escrito encontrados de acuerdo al numeral seis punto uno punto uno (6.1.1) anterior. (b)! EL por EL MINISTERIO a EL ADJUDICATARIO con setenta y dos horas de ADJUDICATARIO debera pronunciarse sobres dichos cambios, y justificarlos, si asi 10 anticipacion, indicando el objeto de la rnisma. Los supervisores deberan observar considera conveniente. (c) EL MINISTERIO junto con EL ADJUDICATARIO, todas las medidas deseguridad de cumplirniento general aplicables en relacion al analizaran los cambios efectuados y en caso se tengan por justificados los mismos por parte Proyecto objeto de la Autorizacion. de EL ADJUDICATARIO frente a EL MINISTERIO, se dejara constancia por escrito de dicho extrerno. De no Ilegarse a un acuerdo, se levantani un acta en la que se describan 5.2.6 Notificar, de conformidad con 10 establecido en la clausula sexta del Contrato, a EL detalladamente los puntos en desacuerdo y EL ADJUDICATARIO en un plazo que no MINISTERIO Y solicitar su aprobacion de aquellos cambios que EL exceda de quince (15) Was habiles de suscrita el acta, debera proponer a EL MINISTERIO ADJUDICATARIO considere necesario realizar y que impliquen una modificacion a un Experto, para que este emita un dictamen que resuelva las diferencias, De estar de con respecto de la solicitud, de.las estructuras principales del Proyecto Objeto de la acuerdo EL MINISTERIO con el Experto propuesto, procedera a nombrarlo en un plazo Autorizacion. que no exceda de cinco (5) Was habiles a partir de la propuesta y debera indicar las razones de su aprobacion, En 'caso EI MINISTERIO no este de acuerdo con el Experto propuesto. 5.2.7 Cumplit con 10 resuelto por el Experto de conformidad con 10 establecido en la debera detallar los requisitos que debera cumplir el Experto, debiendo ser estos requisitos clausula sexta del presente contrato. razonables de conformidad con las Prudentes Practicas de la Industria, dentro del mismo plazo, y EL ADJUDICATARIO podra proponer a otro Experto que cumpla con 10 5.2.8 Informar a EL MINISTERIO dentro de los noventa (90) was siguientes iniciada la requerido por EL MINISTERIO, dentro de los siguientes quince (15) Was habiles de construccion del Proyecto Objeto de la Autorizacion, sobre el avance del prograrna haberse notificado de la desaprobacion, Si el Experto cumple con 10 requerido por EL de trabajo de la construccion objeto de la Autorizacion, Posteriormente presentar a MINISTERIO, este no podra denegar su aprobacion. (d) EI Experto debera emitir su EL MINISTERIO un programll de tiabajo actualizado, cada vez que se introduzcan dictamen dentro de un plazo razonable establecido de comun acuerdo entre las Partes, . modificaciones al programa original. segun la magnitud y naturaleza de las diferencias. (e) EI dictamen emitido por el Experto, debera ser acatado por ambas partes. En caso que de dicho dictamen se desprenda la 5.2.9 Presentar a EL MINISTERIO un programa de trabajo actualizado, cada vez que se necesidad de efectuar rectificaciones, ampliaciones 0 nuevos cambios en el Proyecto Objeto introduzcan modificaciones relevantes al programa original contenido en el Anexo de la Autorizacion, EL ADJUDlCATARIO presentara un cronograma para la Uno (I) del presente Contrato. implernentacion de las recomendaciones contenidas en el dictamen. EL ADJUDICATARIO rendira los informes de avance correspondientes. 5.2.10 Proporcionar a EL MINISTERIO dentro de los ciento ochenta (180) Was de conduida la construccion del Proyecto Objeto de la Autorizacion, planos de las obras 6.2 Durante la vigencia del presente contrato, EL ADJUDlCATARIOse obliga a no efectuar realizadas, induyendo un mapa de ubicacion del Proyecto Objeto de la Autorizacion, modificaciones al objeto de la Autorizacion, sin el previo consentirniento escrito de EL asi como la ubicacion de todas las instalaciones y equipos insta1ados. MINISTERIO, consentimiento que no podra ser denegado 0 di1atado infundadamente, a menos que: 5.2.11 Cumplitcon los plazos seiialados en la Clausula cuarta, numeral cuatro punto dos (4.2) del presente Contrato. a. La modificacion pudiera tener un impacto adverso en el medio ambiente, la seguridad 0 la salud de los residentes locales, o 5.2.12 Obtener y mantener en plena vigencia todos los permisos y aprobaciones neeesarias b. Resultara en la modificacion de la informacion contenida en la Solicitud. para la optima operacion del objeto de la Autorizacion, imponiendo las mismas obligaciones a sus trabajadores, agentes, contratistas y subcontratistas, que Ie sean 6.3 EL MINISTEJ,UO debera aprobar las modificaciones propuestas al objeto de la aplicables, Autorizacion, sf cumpliera con las Leyes Aplicables y el Supervisor certificara por escrito que cumple con las Prudentes Practicas de fa Industria y que no tendran un impacto adverso. La 5.2.13 Notificar a EL MINISTERIO prontamente, pero en ningiln caso despues de dos aprobacion del MINISTERIO no sustituira cualquier otra autorizacion, permiso, 0 (2) dias de que tenga conocimiento, de cualquier circunstancia, condicion 9J'ractica aprobacion que lega1mentese requiera. que, si no se rectificara razonablemente, podria resultar en violacioh de la Ley Aplicable, 0 podria constituir un riesgo a laseguridad 0 bienestar publico, al medio 6.4 EL MINISTERIO no tendra ninguna obligacion de.comercializar 0 vender la energia que ambiente, 0 a los bienes historicos 0 culturales. Dieha notificacion debera indicar en el objeto de la Autorizacion genere durante la vigencia del presente contrato, detaIle las circunstancias, condiciones 0 practicas, y las medidas que EL ADJUDlCATARIO pretende tomar para rectificarlas, asi como los terminos para poner en practica dichas medidas. . . 5.2.14 Obtener y mantener vigentes todas las servidumbres sobre bienes de dominio publico 0 propiedad privada, qJle sean necesarias para la construccion y operacion del Proyecto objeto de la Autorizacion, 7.1 Las servidumbres de bienes de dominio publico y sobre propiedad privada se constituiran !*.15 Permitir el uso publico del agua, siempre que dicho uso no perjudique los derechos conforme 10 seiiaIado en el Titulo II Capitulo III de la Ley General de Electricidad y deberan adquiridos por medio de este Contrato, la seguridad, mantenimiento y operacion mantenerse vigentes por todo el tiempo que dure la Autorizacion. optima del Proyecto Objeto de la Autorizacion, considerando 10 establecido en el Estudio de Evaluacion de Impacto Ambiental y las Reglas de Manejo de Aguas 7.2 EL ADJUDlCATARIO debera- negociar y celebrar los acuerdos con las Autoridades • vigentes, en caso sea aplicable. Gubernamentales respectivas, para establecer las servidumbres sobre bienes de dominio publico que sean necesarias para los efectos de la construccion y operacion del objeto de la 5.2.16 Entregar a EL MINISTERIO la informacion que ,este Ie requiera por escrito, dentro Autorizacion, particularmente en 10 que se refiere al pago de las compensaciones a que de un plazo prudenciaI, relacionada con el objeto de la presente autorizacion hubiere lugar por la imposicion de las servidumbres, 5.2.17 Extender y entregar al Ministerio, el primer testimonio de esta escritura, conjuntamente con los anexos que se indican en la clausula vigesima cuarta de este 7.3 EL ADJUDlCATARIO debera negociar y celebrar los acuerdos correspondientespara contra to, en un plazo de tres was de S)1 compulsacion. establecer las servidumbres sobre propiedad privada que sean necesarias para la construccion y operacion del objeto de la Autorizacion, particu1arrnente en 10 que se refiere al pago de la compensacion a que hubiere lugar por la imposicion de la servidumbre. Si los 5.2.18 EL ADJUDlCATARIO a solicitud de EL MINISTERIO, Y a partir de la Fecha titulares de las propiedades privadas objetaran la imposicion de las servidumbres 0 si EL Efectiva y hasta la Fecha de Operacion Comercial, debera proporcionar evidencia ADJUDlCATARIO no pudiera Ilegar a un acuerdo con el propietario sobrelos terminos de razonablemente sarisfactoria para EL MINISTERIO que ha realizado las la misma, EL ADJUDlCATARIO presentani a EL MINISTERIO una solicitud para la actividades necesarias para esa fecha, requeridas para la implementacion del Proyecto imposicion de servidumbre legal- de utilidad publica, de acuerdo· con 10 previsto en el Objeto de la Autorizacion de confortnidad con el programa que se adjunta como Articulo 40 de laLey, y cumpliendo con los procedirnientos establecidos para la imposicion Anexo uno (1). del presente Contrato, y que se han iniciado los tranutes necesanos de las mismas. para que una Institucion Financiera financie el Proyecto Objeto de la Aurorizacion 0 que cuenta con los fondos propios para financiarlo, en el momento que esto sea 7.4, Las servidumbres otorgadas 0 constituidas de acuerdo a las dos secciones anteriores mantendnin su vigencia PQr todo el tiernpo que se encuentre vige~te la Autorizacion y.el necesario de acuerdo al programa aplicable, presente Contrato. 5.2.19 Presentar al MINISTERIO programa de comunicacion y constancia de suejecucion 7.5 EL ADJUDICATARIO Ilevani un registro debidamente actualizadq de las servidumbres en las comunidades en donde el proyecto tendni impacto yI 0 influencia. impuestas a su favor, e1'tni$,mo debeni induir un mapa que muestre ·todas las servidumbres, deb.iendo presentar a solicitud de EL MINISTERIO clicho mapa, asf como fotoeopias 5.2.20 Cumplit con las disposiciones de la Ley, el Reg1amento y demas Leyes Aplicables.' leRalizadas de los documentos cons.titutivosde dichas servidumbres. 6.1 .EL MINISTERIO ejerceni la fiscaliza~on, control y verificaci6n del cumplirniento del 8.1 EL ADJUDlCATARIO declara de mariera expresa que: presente Contrato en forma permanente y directa, 0 a traves de los Supervisores y personal autorizado, comprobando el estricto cumplirniento de las obligaciones que imponen la Ley, 8.1.1 No tiene impedimetito para desarrollar actividades comerciaIes, celebrar contratos y el R-eglamento y el presente Contra to. obligarse a cumplit con 10 pacl\ldo en el presente Contrato. . 6 Guatemala, LUNES 26 de junio de 2006 DIARIO de CENTRO AMERICA NUMERO 58 11.3.2 EI cumplimiento tardio causado por la falta de contrataci6n de contratistas, subcontratistas 0 8.1.2 No Ie ha sido notificada alguna sentencia pendiente de ejecuci6n contra el 0 procesos proveedores calificados 0 por no contratar el rnimero adecuado de personal. • ante. cualquier tnbu~al, autoridad gubernamental 0 arbitro que razonablemente EI ADJUDICATARIO que se vea afectado por causas de fuerza mayor y/o caso fortuito pudi~ra afectar material y adversamente su condici6n financiera u operacional, ni la estara exceptuado del cumplimiento de sus obligaciones por la demora que tal evento de habilidad para cumplir con las obligaciones que se contrae en este Contrato. fuerza mayor yI 0 caso fortuito cause, inc1uyendo las obligaciones establecidas en Ia clausula cuarta numeral cuatro punto dos (4.2) de este Contrato, siempre que: . 8.1.3 No, ha incumplido ningun contrato que sea parte 0 por ~I cual sus bienes 0 activos esten comprometidos, ru tampoco ha incumplido ninguna obligacion que pudiera 11.4.1 Durante la demora en el cumplirniento de I~ obligaci6n por caso fortuito 0 fuerza tener un .efecto adverso en la capacidad de la compailla de cumplir sus obligaciones mayor, EL ADJUDICATARIO hara sus mejores esfuerzos para remediar los establecidas en el contrato. . efectos de esta, tan pronto como sea posible, salvo que Ia forma de resolver cualquier conflicto laboral este bajo el exc1usivocontrol de un tercero, 8.1.4 Toda Ia informacion proporcionada a E1 MINISTERIO es verdadera y correcta y que no.?a omitido datos 0 hec?os materiales 0 necesarios para hacer alguna 11.4.2 EI ADJUDICATARIO que invoque fuerza mayor y/o caso fortuito, mantendra a declaracion, comprorruso 0 garantta mexacta contenidos en todos los documentos ELMINISTERIO informado de todas las actividades y esfuerzos que este presentados en su solicitud. desarrollando para contrarrestar los efectos de esta y la fecha probable en que se reasumira el cumplimiento de la obligacion, 8.1.5 A la fecha y du~ante la vige?cia ~eI p~esente Contrato no es propietario, ni opera, ni c~ntrola cualqwer, instalacion 0 actividad de transmision o. distribucion de energia 11.5. Ninguna causal de fuerza mayor yI 0 caso fortuito se extenders para el cumplimiento de las electnca en la Republica de Guatemala. (Salvo 10 dispuesto en el Articulo 7 de la Ley obligacionespor mas de un (1) afio, en 10 que se refiere a lineas secundarias). 11.6 Dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de ocurrido el evento de fuerza mayor yI 0 caso 8.2 EL MINISTERIO dec1arade manera expresa que: fortuiro, EL ADJUDICATARIO debera notificar por escrito a EL MINISTERIO, indicando la duraci6n estimada del mismo. Dentro de los diez (10) dias posteriores a la 8.2.1 No le ha sido notificada alguna sentencia perrdiente de ejecucion contra el 0 procesos ocorrencia del evento EL ADJUDICATARIO debera informar por escrito y en detal1e el ante. cualquier tnbunal, autoridad gubernamental 0 arbitro que razonablemente hecho y la manera en que se vera afectado el cumplimiento de sus obligaciones, las medidas pudiera afectar material y adversamente su habilidad para cumplir con las' que se estsn tomando para contrarrestar Ia fuerza mayor yI 0 caso fortuito, Ia duracion obliga~lo~~s que se contrae en este Contra to, y especiahnente para otorgar Ia estimada y los costos adicionales en que se incumran para remediarlos. Autonzacion. 8.2.2 EI prese~lte ~ontrato, debida?,ente.suscrito por EL MINISTERIO, constituye una _ obliga.clon valida y legalmente exigible, de acuerdo con los terminos y condiciones. del mismo, y obliga a otras dependencias de EL MINISTERIO, a que cumplan con 12.1 EL ADJUDICATARIO sera responsable conforme la Ley Aplicable, de indemnizar de 10 preceptuado en Ia Ley. rodo dano 0 perjuicio que cause a las personas y a Ia propiedad, relacionado directamente con el Proyecto Objeto de la Autorizaci6n. Queda claramente establecido entre las partes, 8.2.3 De acuerd~ con las Leyes Aplicables, se han agotado los procedimientos previos para que EL MINISTERIO no nene, ni asume ninguna responsabilidad con cualquier persona la celebracion y suscripcion del presente Contrato, estando facultado para exigi! el que contrate EL ADJUDICATARIO, quien se obliga a cumplir con las disposiciones curnplimiento del mismo. laborales vigentes y con toda Ia Ley Aplicable 8.2.4 No tornara acciones que impidan 0 afecten materialmente Ia habilidad de EL ADJUDlCATARIO, de desarrollar, disefiar, construir, operar y mantener el objeto de Ia Autorizacion en la forma establecida en Ia Solicitud y en el presente Contrato, 0 12.2 En caso de terminaci6n de la ' Autorizacion EL ADJUDICATARIO debera •dar que haga aumentar significativamente el CoS!O de tales actividades. cumplimiento a 10 establecido en el articulo veinticuatro (24) del Reglamento. . , 8.2.5 Durante la vigencia del presente Contrato no otorgara 0 aprobara ninguna 12.3 La revision, aprobaci6n 0 aceptaci6n de cualquier documento por EL MINISTERIO del Autorizacion que pueda afectar el aprovechamiento de los recursos naturales, objeto Proye.cto O~jeto de ~ Autorizaci6n 0 cualquier acuerdo, documento, instrumento, plano, de Ia Autorizacion otorgada, sin tomar en cuenta los derechos adquiridos por medio especificacion 0 diseno propuesto por EL ADJUDICATARIO con relaci6nal presente Coritrato, no hace a EL MINISTERIO responsable para con EL ADJUDlCATARIO, ni de Ia presente Autorizacion. para con un tercero, de ningUn dafio 0 perjuicio como consecuencia de dicha aprobaci6n. 8.2.6 Aplicara Ia legislacion pertinente, inc1uyendo Ia Ley Yel Reglamento, en forma justa e imparcial, y no tomara medidas discriminatorias contra EL ADJUDICATARIO durante Ia ejecucion del presente Contrato. 8.2.7 Cumplira con todo 10 que sea aplicable para el otorgamiento de las servidumbres Sj EL ADJUDICATARIO incumpliera alguna de las disposiciones 0 condiciones sobre bienes de dominio publico 0 propiedad privada, que sean necesarias para la conterudas en Ia Ley, el Reglamento, y/o el presenre Contrato, LA COMISION, q.ieda fac~tada a establecer las multas expresadas con forme. el procedimiento establecido en los construccion y operacion del Proyecto Objeto de Ia Autorizacion y que sean .artlculos 115 y 116 del Reglamento, y no eximen a EL ADJUDICATARIO de cualquier solicitadas a EL MINISTERIO, de conformidad con Ia Ley. otra responsabilidad que tuviera con EL MINISTERIO 0 con terceros de acuerdo a las Leyes Aplicables. . ./ ' EL ADJUDI~T'ttRI() debera contratar y mantener vigente Ia cobertura de seguros 0 fia,:,zas por danos contra nesgos generales y responsabilidad civil que cubra como minimo lesiones corporales y danos a Ia propiedad, en los tipos y montes usualmente considerados como Prudentes Practicas de la Industria. Para el efecto, EL ADJUDICATARIO debera 14.1 Con excepcion de \0'dispuesto en la clsusula DECIMA, EL ADJUDlCATARio no ~odr:i acreditar anualmente ante EL MINISTERIO Ia vigencia de los seguros ya relacionados. En ceder 0 transferir de cualquier manera ninguno de los bienes, derechos u obligaciones caso ocw:~a algun siniestro que provoque dafios y perdidas al Proyecto Objeto de Ia relacionados 0 materia del presente Coatr-ro, sin el previo consentimiento escrito de EL A~M1ZaClon, EL,ADJUDICATARIO notifi~ar:i a EL MINISTERIO sobre el 0 los danos y MINISTERIO. Para 1a consideraci6n y aprobacion por parte de EL MINISTERIO de p~rdidas, informandole en dicha notificacion el cronograma para Ia reparacion' de los cualquier transferencia, sera condici6n que Ia persona. a quien se Ie transferir:in jps bienes, mismos. propiedades 0 derechos, acepte previarnente por escrito Ia transferencia y curnpla con los requisitos exigidos a EL ADJUDICATWO. 14.2 Cualquier transferencia de Ia Autorizacion debers observar las disposiciones contenidas en los articulos 26 al 28 del Reglamento. Exc1usivamente para los efectos de financiar 0 refin~nciar Ia construccion, operaci6n 0 mantenimiento del proyecto objeto de Ia Autorizaci6n, EL ADJUDICATARIO podr:i constituir gravamen 0 dar en garantia derechos, propiedades, intereses 0 .activos del objeto de Ia Autorizaci6n, a favor de aJguna Instituci6n Financiera que Ie proporcione financiamiento, gravamen que EL AI?JUDICATARIO debera notificar a EL MINISTERIO, remitiendo para el efecto fotocopias legalizadas de los documentos 15.1 La Autorizaeion terminara por: (i) vencimiento del plazo; (ii) por rescision del Contrato de pertinentes para su conocimiento e incorporaci6n en.el expediente respectivo. Autorizacion, conmotivo del incumplimiento de EL ADJUDlCATARIO de cualquier causal establecida en la CLiusuia Decima Quinta, siempre que el incump1irniento no haya sido subsanado de' acuerdo a 10 establecido en el presente Contrato, 0 (iii) por renunc.ia DECIMA PlUMERAl previamente calificada por EL MINISTERIO. Eq todos estos casos, si fuera pertinente 0 11.1 EI cumplimiento de los terminos y condiciones del presente Contrato, es obligatorio salvo. aplicable, 1a transferencia de los derechos de la Autorizaci6n y de los bienes que se requieran fuerza mayor yI 0 caso fortuito, confo~e a 10 establecido .en el articulo 1426 del Codigo para continuar con su operaci6n, se procedera conforme 10 estipulado en Ia cmusula Civil Y 53 de la Ley, debldamente calificados por LA COMISI6N 0 Ia entidadque ella DECIMA CUARTA'de este.Contrato. determine. 15.2 Si EL ADJUDICATARIO razonablemente determina que continuar' desarrollando el, 11.2 .Salvo 10 dispuesto en el inciso once punto tres (11.3) de esta cl:iusula, se entendera por Casb Proyecto Objeto de la Autorizaci6n no es factible, debera solicitar a EL MINISTERIo. por Fortuito 0 Fuerza Mayor cualquier evento impredecible 0 irresistible, mas al1:i del razonable escrito, Ia rescision del presente Contrato, observando para el efecto 10 establecido en el control de las partes, que no pueda ser superado a pesar del ejercicio de Ia debida di1igencia y
Articulo 25 del Reglamento. Inmediatamente despues de recibida 1a misma, EL que impida 0 retrase, directa 0 indirectamente, total 0 parcia!mente el cumplimiento de una MINISTERIO podr~ aceptar la rescisi6n del Contrato, en cuyo caso revocara Ia obligaci6n bajo este. C',lfitrato por una de las partes. Se podran entender como causas de Autorizacion, 10 que significa que EL ADJUDICATARIO perdera cualquier pago fuerza mayor yI 0 caso fortuito las siguientes: los actos' de enernigos publicos, guerra, adrninistrativo que haya efectuado,. aSI como cualquier pago que haya hecho a EL insurreccion, bloqueos, tumultos, huelgas, rayos, tormentas, sequia, inundacion, terremotos, derrumbes, epidemias, disrurbios civiles, terrorismo, restricciones por orden judicial 0 de MINISTERIO, 0 pagas por servidumbres que EL MINISTERIO haya impuesto de acuerdo a la Ley, sin perjuicio de quedar obligado a restaurar de acuerdo a 10 que para el autoridad publica, actos de actividades militares y cualquier otro acontecimiento derivado de efecto establece el Estudio de Evaluacion de Impacto Ambiental, el Area de Ia un fen6meno narural ajeno a la voluntad de EL ADJUDICATARIO. Autorizaci6n a su condici6n antes de haberse altei:ado por EL ADJUDlCATARlO Y a 113 Nose entendera por fuerza mayor yI 0 caso fortuito 10 siguiente: cumplir las demas obligaciones pendientes que tuviere a la fecha. . 11.3.1 La entrega tardia de materiales 0 equipos por culpa de EI ADJUDICATARIO 0 cualquiera 15.3 La terminaci6n de la Autorizaci6n sera confoi;nl.ese regula en los articulos' 20, 24 Y25 del de sus contratisras 0 subcontratistas. Reglamento. . _1lI.~~~',~ 16.1 __ I.;'ticl~X{"i~'; DIARIO de CENTRO AMERiCA ,'" Sujeto it 10 establecido en la Clausula Decima Primera constituiran incumplimientos de Contrato por EL ADJUDICATARIO, los siguientes: ' 20.2 Guatemala, LUNES 26 de junio de 2006 aplicaci6n general a todos los adjudicawios de los servicios de generaci6n. Asimismo, EL ADJUDICATARlO queda sujeto a todas las leyes de la Republica. En toda cuesti6n htigiosa relacionada con la aplicaci6n, interpretaci6n, ejecucion y terminacion por cualquier causa del presente contrato, EL ADJUDICATARlO renuncia en forma expresa 7 16.1.1 Incumplimiento de los plazos establecidos en la clausula cuarta numeral cuatro , por este acto, al fuero de su domicilio y se somete a los tribunales con sede en la ciudad de punto dos (4.2) del presente contrato. Guatemala, senalando lugar para recibir notificaciones Queda entendido que 16.1.2 Incumplimiento de las obligaciones contenidas en las clausulas quinta y10 novena del EL ADJUDICATARlO, los contratistas y subcontratistas de este, 0 sus socios que sean presente contrato, extranjeros, no podran r~cup:ir en cualquier forma a la reclamaci6n por la v.iade la pratecci6n diplomatica, en 10 relacionado con la aplicaci6n, interpretacion, ejecuci6n y terminacion por 16.1.3 Cualquier declaraci6n, informaci6n 0 documentaci6n falsa consignada en el presente cuaiquier causa de este contrato. . ,~,j. .... Contrato, en la Solicitud, asi como cualquier omisi6n voluntaria material que haya viciado la misma y que afecte la implementaci6n del Proyecto Objeto de la 20.3 Este contrato debera interpretarse como un todo y ninguna dispoSi~i6n del mismo tendra Autorizaci6n. relevancia, vigencia 0 significado alguno pOr si sola, 0 haciendo caso omiso del significado y existencia de otras disposiciones contenidas en la Ley y.los reglamentos. EI nombre dado a 16.1.4 La suspensi6n deftnitiva de la operaci6n del Proyecto Objeto de la Autorizaci6n cada clausula no tiene mas objeto que la referencia inforrhativa y no forma 'parte integrante de declarada por la autoridad competente, y previo proceso legal correspondiente, como este contrato. Si a!guna parte de este contrato se tiene como invalida debido a la contradicci6n consecuencia del incumplimiento de la Ley Aplicable, incluyendo las Normas de con una disposicion legal, la validez de las demas partes no sera afectada. Seguridad de Presas. 20.4 Las diferencias que surjan entre las partes con motivo 0 derivadas del, presente contra to, 16.1.5 EI Abandono del Prayecto Objeto de la Autorizaci6n: deberan dirimirse ante el Tribunal de 10Contencioso Administrativo. 16.1.6 EI incumplimiento de cualquier obligaci6n, termino 0 condici6n derivada del 20.5 Es convenido por las partes que en este contrato se entenderan incorporadas todas las Leyes y presente Contrato, la Ley, el Reglamento 0 del estudio de impacto ambiental. Reglamentos aplicables, vigentes al momento de su suscripcion, ' 16.2 Constituira incumplimiento por EL MINISTERIO, la omision de cualquier termino 0 20.6 Los epigrafes que preceden a las clausulas de este contrato, no tienen validez interpretativa, y condicion materi~1 del presente Contra to, la Ley 0 el Reglamento. unicamente tienencaracter referencial. VlGtSIMA PI.UMER,A: NOTIFICACIONES 17.1 En caso o,:urra algUnincumplimiento por parte de EL ADJUDICATARIO de los previstos 21..1 Las comunicaciones entre las partes se efectuaran en las siguientes direcciones: a) en relacion en la clausula anterior, EL MINISTERIO 10 hara del conocimiento de EL a EL ADJUDICATARIO, en la y b) en relacion a EL MINISTERIO ADJUDICATARIO fijandole un plazo razonable dentro de las prudentes practicas de la en la sede de la Direccion General de Energia ubicada en la veinticuatro calle, veintiuno industria, el cual no p~dra ser mayor de noventa (90) dias para enmendarlo, a menos que guion doce, zona doce de esta ciudad (24 calle, 21-12, zona 12). En caso de variacion del demuestre a satisfaccion de EL MINISTERIO que materialmente no es posible repararlo lugar que se sefiala para recibir notificaciones, esta se debera hacer constar por escrito, con dentro del tal plazo..Si esto ocurriera EL ADJUDICATARIO presentara a EL constancia de recepcion por la otra parte. Caso contrario se tendran como validas y bien MINISTERIO un ~rograma de enmienda para dicho incumplimiento, dentro de un plazo hechas las notificaciones, citaciones yI 0 emplazamientos que ahi se efectuen, razonable y procedera diligentemente a repararlo de acuerdo con el referido programa. 21.2 Las notificaciones 0 citaciones solamente surtiran .efecto a partir de la fecha en que .17.2 Si EL A,DJUDICATARIO omite reparar el dafio causado dentro del plazo establecido en el efectivamente se hayan recibido . numeral anterior, EL MINISTERIO dara aviso a' la Instituci6n Financiera del Incumplirruento, para que dicha entidad 0 su designada, a su elecci6n, proceda a subsanar el incumplimiento en un plazo razonable dentro de las Prudentes Peicticas de la Industria, el cual no podra ser mayor de noventa (90) dias, a menos que demuestre a satisfacci6n de EL Para el mejor entendimiento y desarrollo del presente Contrato, las Partes podran celebrar MINISTERIO que materialmente no es posible repararlo dentro del tal plazo, Si esto acuerdos complementarios, siernpre que los mismos consten por escrito y cumplan con las ocurriera la Instituci6n Financiera presentara a EL MINISTERIO un programa de mismas formalidades exigidas para la celebraci6n y suscripcion del' presente Contrato. enmienda para dicho incumplimiento, dentro de. un plazo razonable y procedera Queda entendido que forman parte de este Contrato, el Anexo uno (1) que contiene el diligentemente a repararlo de acuerdo con el referido programa programa de ejecuci6n del Proyecto Objeto de ·Ia Autorizacion (tal y como este sea actualizado de tiempo en tiempo) y e1 Anexo Dos (II) que contiene e1 Area Geografica de la 17.3 Si EL ADJUDICATARIO y/o la Instituci6n Fillanciera 0 su designada (en caso que esta Autorizacion, Paraefectos legales y contractuales los documentQs.c\etalladosenlapr~sente ultima haya manifestado su intencion) omite reparar el incumplimiento de acuerdo a 10 clausula fo:man un solo cuerpo y una sola obligaci6n con el presente Contrato. establecido anteriormente, EL MINISTERIO podra declarar la terminaci6n del Contrato. 17.4 EL ADJUDICATARIO sera responsable ante EL MINISTERIO 0 terceros. por los dafios 0 perjuicios causados 0 resultantes del incumplimiento. Todos los gastos y honorarios ,que demande el otorgamiento de la Escritura Publica su ampliaci6n 0 modificacion y las inscripciones correspondientes, seran de cargo del ADJUDICATARIO, quien debera presentat a EL MINISTERIO dentro de un plazo LATERMINAC maximo de diez dias contados a partir de la suscripcion del contrato, e1 testimonio de la escritura publica respective. 18.1 En caso de que se de por terminado este Contrato, los derechos otorgados a EL ADJUDICATARIO se revierten a EL MINISTERIO, entendiendose que la Autorizaci6n queda sin vigor. ;i:::ft-~.-,,~ • El presente Contrato sera registrado de oficio por EL MINISTERIO en el libra de 18.2 Si 'll' diere la terminaci6n de la Autorizaci6n, EL MINISTERIO asumira temporalmente Registro de Autorizaciones de Electricidad de EL MINISTERIO. Tambien deberan todos los derechos de esta, hasta que los .bienes de la Autorizaci6n sean subastados en inscribirse a costa de EL ADJUDICATARlO en el Registro General de la Propiedad, las remate ,publico como una unidad economica, dentro de los ciento ochenta (180) dias de la servidumbres constituidaa.las cuales gravan los inmuebles objeto de las mismas, fecha de terminaci6n de la Autorizaci6n. Del valor obtenido en la subasta, el MINISTERIO descontara todos los gastos incurridos y todas las sumas pendientes de pago por EL ADJUDICATARIO con relacion a la prapiedad u operaci6n de la Autorizacion, incluyendo todas aquellas derivadas del presente Contrato, la Ley, el Reglamento (, cualquier VIGESIMA QUINTA; TRANSCRIPCIONQEL A(:Ulj:R;Q:O MlNIS:J;WJJ;U. cantidad adeudada por dafios y perjuicios, derechos, servidumbres sobre bienes de dominio publico 0 propiedad privada, y cualquier otra de acuerdo con los Contratos de Autorizaci6n En virtud de 10 dispuesto por el articulo 19 de la Ley, por el presente acto, el infrascrito • y los Contratos de Financiamiento. EI saldo que quedara sera entregado a EL (Notario) (Escribano de Gobierno) pracedo a transcribir integramente el Acuerdo Ministerial ADJUDICATARIO, quien podra participar en la subasta publica, 'en igualdad de numero de fecha (Transcripcion) condiciones, siempre que la autorizaci6n no haya terminado por mala calidad en la prestacion del servicio, obligandose por el presente a no oponerse a dicha subasta. 18.3 En cualquier OlSO de terminaci6n de la autorizaci6n, EL ADJUDICATARlO, garantizara la continuidad del servicio de acuerdo con 10 dispuesto en la Ley y el Reglamento.. Las-partes contratantes, en la calidad con que cada una de elias actus, aceptan el contenido integra de todas y cada una de las clausulas del presente contrato, Reconocen como titulo suficiente, con pleno valor prabatorio y perfecto el-testimonio de esta escritura que para tales efectos tenga que compulsarse, Yo, e1 Notario, hago constar que tuve a la vista: las cedulas de vecindad relacionadas y documentos ,con que a~editan su representaci6n los otorgantes, y que por designacion de estos, lei integramente 10 escrito, quienes bien enterados de su Este contrato podra ampliarse 0 extenderse en funci6n de los requerimientos de LA contenido, valor y demas efectos legales, 10aceptan, ratifican y flrman. AUTORIZACI6N, por convenio entre las partes, previa Autorizaci6n de EL' MINISTERIO, siempre y cuando el plazo del contrato originalme~te otorgado no sea de cincuenta ailos, en cuyo <;aso podt3 ampliarse hasta completar el plazo maximo que' conforme a la ley no puede exceder del ya citado. COBERTU~DESEGUROS .. 20.1 EL ADJUDICATARlO se obliga aeurnplir con todas las disposiciones previstas en la Ley, su Estos deben adjuntarse en original y copia RegIamento, posibles reforrnas 0 modificaciones y derruis disposiciones legales que sean de 8 Guatemala, LUNES 26 de junio de 2006 DIARIO de CENTRO AMERiCA NUMERO 58 C MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS .) • tres de marzo de dos mil cinco, que documenta el punto decimo tercero d~1 acta ---_.-...•..._-_._---_.-.._._----- numero 47-2005, por el que se autoriz6 la creaci6n de lei denominada ''Tasa --.--::-.•.._---------------_ ..__.... _.-;._..._---- municipal por gastos administrativos por deslindes y mediciones", as --------_._--_.._-_. _._- ..... _... _-------._----- AREA GEOGRAFICA DE LA AUTORIZACION __ inconstitucional por contravenir los articulos 1°, 2°, 39, 157, y 171 de la ---._--------_•.._----_. ._-_. __ _ _ - _.._ _.._. - - - Constituci6n Polltica de la Republica de Guatemala; b) el Estado de Guatemala --_. __....__ .., -"--_-::_------..~_._'. Descripci6n y pianos. garantiza la propiedad privada como un derecho inherente a la persona humana, ---_._---------,---"_._-,.,-,--_._--_._._-~,_._ " __ .. .._, _.---_._--- _._--_.._---- y debe crear las condiciones que faciliten al propietario el usa y disfrute de ~us bienes, en tal sentido se encuentra vigente la Ley de Titulaci6n Supletoria, con el objeto de que los guatemaltecos como legltimos poseedores de bienes regulen PAGO DE DERECHOS POR EL usa DE BIENES DE DOMINIO PUBLICO (A LAS MUNICIPALIDADES) . debidamente sus derechos posesorios a traves de la usucapi6n reconoclda por la
Articulo 2. Se deroga el Acuerdo de este Ministerio mimero AG-192-2002 de fecha 2 de diciembre legislaci6n del pars; c) el poseedor de bienes inmuebles, que carezca de tltulo de 2002. inscribible t;n el Registro de la Propiedad, podra solicitar,su titulaci6n supletoria
Articulo 3. El presente Acuerdo empieza a regir a partir de Is fecha de su emision y debera pnblicarse en el Diario de Centro America. , . ante el Juez de Primera Instancia jurisdiccional del lugar en que se encuentre COMUNIQUESE, ubicado el inmueble; cumplidos los requisitos de ley, elJuez manda que la mu'nicipalidad en cuya jurisdicciqn este situado el inmueble rinda en el perentorio termino de quince dras, el informe a que se refiere el articulo 8° de la Ley de Titulaci6n Supletoria, misma que debera contener, I.a existencia real del inmueble y su identlficaci6n precisa, acreditada con inspecci6n ocular practicada por. el EL VICEMINISTRO propio alcalde, dicho informe no causara honorarios; d) el concejo municipal de . Quetzaltenango, en acta "numero47-2005, punta decimo tercero, acuerda crear la tasa municipal por gastos administrativos por deslindes y mediciones que sean ~-533.2006)--,.26-junio tramitadas ante dicha Munlcipalidad y para aplicar en aquellas diligencias de titulaci6n supletoria, mediciones de inmuebles, deslindes, cesiones de areas PUBLICACIONES VARIAS entre otros que sean tramitados, establecilmdose los siguientes cobros: @I w· (88TE DE (ONSTITU(IONAIIDAD concejo municipal de Quetzaltenango, mediante acuerdo municipal pretende reformar parcialmente la Ley de Titulaci6n Supletoria, especrficamente en su articulo 8°, al crear la tasa municipal,' imponiendo al sujeto pasivo en las .. ') diligencias voluntarias detitulaci6n supletoria el cobro indicado en dichb acuerdo, EXPEDIENTE 1243-2005 --~ .. -- - __._-----.._ ----- ._-_.• ...... ..-.._-- .,. ..,.-. ' _~ CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD. INTEGRADAP-OR-COS MAGISTRADOS contraviniendo la Ley de Titulaci6n Supletoria, pues la misma en su articulo 8° .........__ .._--_. __ .__ ._---- JUAN FRANCISCO FLORES JUAREZ QUIEN LA PRESIDE, RODOLFO indica que . el informe que rmda la municipalidad no causara honorarios;,e) en tal - ROHRMOSER VALDEAVELLANO. NERY SAUL DIGHERO HERRERA, MARIO virtud dicho acuerdo debe ser' declarado inconstitucional ya que no garantiza ni GUILLERMO RUIZ. WONG Y CIPRIANO FRANCISCO SOTO TOBAR: , protege el derecho de los guatemaltecos,ni facili!a al propietario el uso y disfrute __ 0 ..-.... ._._...__._._---- • _ _- : - _ · _ - - _ . , - - - - - - - - - _ . : - -•• _ _ 0._. . . _ ' .•• _ . _ . - __ de sus bienes..de manera que se alcance el progreso individual y el desarrollo Guatemala, veintiocho de marzo de dos mil seis. ---_ ..._ - - - - - - - - _.._-_._-- - ._. ---._- ._-~-_. nacional en beneffclo de todos los guatemaltecos; pues la vigencia de dicho Se tiene a la vista para dictar sentencia la acci6n de inconstitucionalidad acuerdo Iimita el derecho de propiedad, la Iibre disposici6n de los bienes total del acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de la Municipalidad de -_ _-_ _ _._---_._._-_.--_ _.. .._._--_.. . ......•......_ conforme a la ley, el derecho inherente a la persona a que se practique la _._----.._-- ...• _------- Quetzaltenango, en sesi6n de fecha tres de marzo de dos mil cinco, que -_ -.__ ...__ ._._-_._---_._---_._-_.__._ ...._- _.-._-_ _._------ .. ...._ ... ... inspecci6n sin causar hcnorarios 0 gastos administrativos, Iimita el poder del documenta el punta decimo tercero del acta numero 47-2005 por el que se - - - - -••••- - - ' . - . - •. _ _. _ . • • ••. _ •••• _ _. _... "_0"_• • --_.__. . __ __ ._--- ....__ ' Organismo Legislativo en ser el unleo ente en crear leyes con observancia ._----_._-------- autoriz6 la creaci6n de la denominada "Tasa por gastos administrativos por -_ .._ _-----_ ....._-_._-_._-_.-.. _--_._.- - _._-.._._---- .. .•... ---. -.-..--.-- - --.--.-.- -c------ . general. Solicit6 se declare con lugar la acci6n de inconstitucionalidad planteada. deslindes y mediclones", promovida por Hector Francisco Tercero Castillo. EI --_._-----------_._._---_._-_ ..__ .__ _--,_._ ..•..• _.- - - ~ - - _._-_ _.._.. .•-_ _ __ .__ __ _. _-_._---- accionante actu6 con el auxilio de los abogados Romeo Gonzalez Barrios, II. TRAMITE DE LA INCONSTITUCiONALIDAD --- -.....--- . ._ -_-0__-- _._____ . _.. .._ _. ~_ .. ----_._----..,.-_. -_..- ..•._.. _...._-_., ... _-_..._- .. _.._--_. Werner Danilo de Le6n Pleitez y Pedro Francisco Guzman Escobar. Se decret6 la suspensi6n provisional del acuerdo adoptado por el Concejo ._~--_._--_._- •._... -. __ .MuniCipal de Quetzaltenango, en sesi6n de fecha tres de marzo de dos mil cinco, ._----~ .._~----- ANTECEDENTES -------_. -_._------._...•......._..._-----.__.._ ------- I. FUNDAMENTOS JURIDICOS DE LA IMPUGNAC16N que docurnenta el punto declmo tercero del acta numero 47-2005, por el que se Lo expuesto por el solicitante se resume: a) el acuerdo adoptado por el autoriz61a creaci6n de la denorninada "Tasa municipal por gastos administrativos -_ .. _._~-- --------'._------_.__ ..__ .__•._--_ ..•_------ Concejo Municipal de Ia Municipalidad de Quetzaltenango, en sesi6n de fecha por deslindes y mediciones". Se dio audiencia por quince dlas al Congreso de la ---_._---------_._-_._.__ ._... _-._._---_._ ..... _--_.