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Laws of Guatemala

Acuerdo Ministerial Nº 16-2014 – Crea el cuestionario de sanidad animal

Made 2014-01-30 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Country
Guatemala
Subjects
Livestock
Keywords
animal health, international trade, risk assessment/management
Categories
*

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Text

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  1. Dirección de Sanidad Animal Viceministerio de Sanidad Agropecuaria y Regulaciones VISAR MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACIÓN ACUERDO MINISTERIAL No. 16-2014 Edificio Monja Blanca, Guatemala, 30 de enero de 2014. EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACIÓN. CONSIDERANDO Que es de estricto interés del Estado y de interés general, a través del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, velar por la protección y sanidad de los animales, a través de disposiciones legales que faciliten la aplicación de las medidas sanitarias. CONSIDERANDO Que son funciones de la Dirección de Sanidad Animal, la prevención, control y erradicación de enfermedades transfronterizas; definir el estatus sanitario nacional y el establecimiento de disposiciones sanitarias para apoyar la competitividad de los productores. POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 23, 27, 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República; 2, 6, 20, de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Decreto número 36-98; 4, 7, 15, del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo número 338-2010. Dirección de Sanidad Animal Viceministerio de Sanidad Agropecuaria y Regulaciones VISAR ACUERDA CREAR EL CUESTIONARIO DE SANIDAD ANIMAL. ARTÍCULO 1.OBJETO: El presente Acuerdo Ministerial, tiene por objeto aprobar el Cuestionario de Sanidad Animal a efecto de proteger la salud de las personas y de los animales, del mismo modo evaluar los servicios veterinarios de los países que deseen exportar mercancías tales como animales vivos, productos de origen animal, material genético de animales, productos biológicos, productos destinados a la alimentación animal y material patológico, calificación que forma parte de un proceso de análisis del riesgo que servirá para determinar y revisar las medidas sanitarias que deben aplicarse de conformidad con las recomendaciones de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE). ARTÍCULO 2. El contenido del Cuestionario de Sanidad Animal será el siguiente: A. EVALUACION DE LA ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA DE LOS SERVICIOS VETERINARIOS. PROPORCIONE LA SIGUIENTE INFORMACION. 1. La organización y su estructura. 2. Si existe comunicación armónica y eficiente entre las demás autoridades del ejecutivo y otra entidad involucrada en los servicios veterinarios. 3. La capacidad que se tiene en cuanto a la vigilancia epidemiológica, y de las siguientes actividades: a) Control de enfermedades b) Control de las importaciones c) Procedimientos de notificación y declaración de las enfermedades d) Sistemas de identificación de los animales e) Sistema de trazabilidad f) Control de movimiento de animales Dirección de Sanidad Animal Viceministerio de Sanidad Agropecuaria y Regulaciones VISAR g) Divulgación de datos epidemiológicos h) Actualización de conocimientos i) Inspección y certificación. Describir los sistemas de laboratorio y de campo, así como su relación en el marco de la organización general. 4. Campos de actividad, tipo y número de diligencias que llevan a cabo. 5. Zonificación y regionalización. 6. Informes anuales, resultados de investigaciones y cualquier información relacionada con sus actividades en el campo veterinario. 7. Acuerdos concertados entre la autoridad veterinaria y otros prestadores de servicios importantes como universidades, laboratorios, servicios de información, etc. B. EVALUACION DE LOS SISTEMAS DE CALIDAD. 1. Programa oficial de sistemas de calidad, basado en normas recomendadas por la OIE o, particularmente en el caso de los laboratorios de los servicios veterinarios, o en otras normas internacionalmente reconocidas, los servicios veterinarios sometidos a evaluación deberán facilitar pruebas de acreditación, detalles sobre los procesos de calidad documentados y resultados documentados de todas las evaluaciones realizadas. 2. Sistemas oficiales de calidad para prestar sus servicios. Dirección de Sanidad Animal Viceministerio de Sanidad Agropecuaria y Regulaciones VISAR C. EVALUACION DEL RECURSO HUMANO. 1. Recursos humanos, empleado o funcionarios público que labora plenamente dedicados a su servicio. 2. Médicos Veterinarios y personal administrativo. 3. Funciones de las distintas categorías del personal de los servicios veterinarios. 4. Ejecución de los programas de control de enfermedades en animales. 5. Infraestructuras, equipos y recursos presupuestarios para sus actividades zoosanitarias en las zonas ganaderas del país. D. EVALUACION ANUAL DE LOS RECURSOS MATERIALES. 1. Recursos financieros. a) Presupuesto anual real de los servicios veterinarios. 2. Recursos administrativos. a) Locales b) Comunicaciones. c) Medios de transporte. 3. Recursos técnicos. a) Cadena de frio para muestras de laboratorio y medicamentos veterinarios. b) Laboratorios de diagnóstico. c) Investigación. Dirección de Sanidad Animal Viceministerio de Sanidad Agropecuaria y Regulaciones VISAR E. LEGISLACION Y CAPACIDAD DE INTERVENCIÓN. 1. Sanidad y bienestar de los animales y salud pública veterinaria. 2. Inspección de importaciones y exportaciones. F. CONTROLES ZOOSANITARIOS. 1. Situación zoosanitaria. 2. Control de enfermedades de animales. 3. Sistema nacional de declaración de enfermedades en animales. G. PROGRAMAS DE SALUD PÚBLICA VETERINARIA. 1. Higiene alimentaria. 2. Programas de control de zoonosis. 3. Programas de detección de residuos químicos. 4. Medicamentos veterinarios. 5. Integración de los programas de sanidad animal y salud pública veterinaria. H. PROGRAMAS DE EVALUACION DEL RENDIMIENTO Y DE AUDITORIA. 1. Planes estratégicos. 2. Evaluación del rendimiento. 3. Conformidad. 4. Administración de los servicios. a) Informes anuales. b) Informes de organismos de auditoria gubernamentales. c) Informes de comisiones especiales de investigación o de organismos de auditoria independientes. Dirección de Sanidad Animal Viceministerio de Sanidad Agropecuaria y Regulaciones VISAR d) Programas internos de formación y actualización de conocimientos del personal. e) Publicaciones. f) Relaciones oficiales con expertos científicos independientes. g) Prestaciones anteriores en el ámbito comercial. I. PARTICIPACION EN LAS ACTIVIDADES DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE SANIDAD ANIMAL. J. EVALUACION DEL ORGANISMO VETERINARIO ESTATUTARIO. 1. Campo de aplicación. En función del objetivo de la evaluación del organismo veterinario estaturario, podrán tenerse en cuenta los elementos siguientes: x Objetivos x Funciones x Bases reglamentarias e independencia y capacidad de intervención. x Composición del organismo y representación de sus miembros x Responsabilidad y transparencia de la toma de decisiones x Fuentes de financiamiento y gestión de fondos x Gestión de los programas de formación y actualización continua de los conocimientos de los veterinarios. x Dirección de Sanidad Animal Viceministerio de Sanidad Agropecuaria y Regulaciones VISAR 2. Evaluación de los objetivos y funciones. 3. Evaluación de las bases reglamentarias, la independencia y la capacidad de intervención. 4. Evaluación de la representación de los miembros del organismo. 5. Evaluación de la responsabilidad y transparencia de la toma de decisiones. 6. Evaluación de las fuentes de financiación y de la gestión de fondos. 7. Evaluación de los programas de formación y actualización continua de los conocimientos de los veterinarios. 8. Evaluación de los mecanismos de coordinación entre la autoridad veterinaria y el organismo veterinario estatutario. ARTICULO 3. El presente acuerdo ministerial empieza a regir el siguiente día de su publicación en el Diario de Centro América.

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