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Laws of Spain

Resolución de 2 de enero de 2003 - Aprueba la forma, estructura y contenido del fichero del padrón catastral

Made 2003-01-02 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Spain
Subjects
Land and soil
Keywords
cadastre/land registration, data collection/reporting

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  1. RESOLUCIÓN de 2 de enero de 2003, de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueba la forma de remisión y la estructura, contenido y formato informático del fichero del padrón catastral. Conforme establece el artículo 78.5 de la Ley 39/1988, reguladora de las Haciendas Locales, en la redacción dada por el artículo 22 de la Ley 51/2002, de 27 de diciembre, de reforma de la misma, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles se gestiona a partir de la información contenida en el Padrón catastral y en los demás documentos expresivos de sus variaciones elaborados al efecto por la Dirección General del Catastro. Dicho Padrón, que se formará anualmente para cada término municipal, contendrá la información relativa a los bienes inmuebles, separadamente para los de cada clase y será remitido a las entidades gestoras del impuesto antes del 1 de marzo de cada año. El artículo 5.º del Real Decreto 1390/1990, de 2 de noviembre, sobre colaboración de las Administraciones Públicas en materia de gestión catastral y tributaria e inspección catastral, indica que el intercambio de información correspondiente deberá llevarse a cabo, siempre que sea posible, a través de la utilización de medios y tecnologías informáticas, y en este sentido las Resoluciones de 18 de enero de 1998 y de 26 de enero de 2001 de la Dirección General del Catastro aprobaron la forma de remisión y la estructura, contenido y formato informático del fichero del Padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, hasta ahora vigentes. Los formatos aprobados por ambas Resoluciones, y otros anteriores, han servido desde la creación del Impuesto de instrumento de normalización y homogeneización de estructuras de datos en el intercambio de información catastral. No obstante, la aprobación de la Ley 51/2002, de 27 de diciembre, ha introducido importantes modificaciones en la gestión del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, tales como una nueva regulación del régimen de exenciones y bonificaciones, la creación de una nueva clase de bienes inmuebles de características especiales o la posibilidad de aprobar tipos de gravamen diferenciados por usos o grupos. Asimismo, la disposición final primera de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, establece la aplicación a los bienes inmuebles rústicos a partir del 1 de enero de 2003, de los artículos 50 y siguientes de la Ley 13/1996, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y del Orden Social, que regula la obligación de incorporar la referencia catastral en las escrituras o documentos donde consten los actos o negocios de trascendencia real, relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles. En su virtud, y previo informe técnico de la Federación Española de Municipios y Provincias, esta Dirección General ha tenido a bien disponer: Primero.-Las Gerencias Territoriales del Catastro remitirán el Padrón catastral a los Ayuntamientos y, en su caso, a las Diputaciones Provinciales, Cabildos, Consejos Insulares y Comunidades Autónomas Uniprovinciales que tengan delegada la gestión tributaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles por aquéllos, mediante ficheros informáticos. Segundo.-Se aprueba la estructura, contenido y formato de los ficheros informáticos de remisión del Padrón catastral, para los bienes urbanos y de características especiales (PAD DGC) y rústicos (RUPAD-DGC) que figuran como anexos I y II de la presente Resolución. Tercero.-En el fichero PAD-DGC se incluirá la información de los grupos a que pertenecen cada uno de los bienes inmuebles de características especiales, para la aplicación de lo establecido en el apartado 2 del artículo 72 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, de acuerdo con las claves detalladas en el cuadro 1 del anexo I, así como la de los usos establecidos para la valoración de las construcciones correspondientes a los bienes inmuebles urbanos, para la aplicación de lo establecido en el apartado 4 del artículo 72 y en la disposición transitoria décima de la Ley 51/2002, de 27 de diciembre, de reforma de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, de acuerdo con las claves detalladas en el cuadro 2 del anexo I. En el fichero RUPAD-DGC se incluirán los datos disponibles en las Gerencias Territoriales del Catastro sobre los beneficios fiscales de los bienes inmuebles rústicos, en la forma que refleja el anexo II, a efectos meramente informativos y sin perjuicio de la competencia de los Ayuntamientos establecida en el artículo 78.1 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. Cuarto.-En lo sucesivo, no se remitirán en papel a los entes gestores del Impuesto sobre Bienes Inmuebles los listados del Padrón catastral. La remisión de los ficheros aprobados por la presente Resolución se realizará utilizando medios telemáticos, a través de los mecanismos que se establezcan, que garantizarán la autenticidad, integridad, confidencialidad y no repudio de los envíos. A tal efecto, las entidades locales que ejerzan la gestión tributaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles deberán disponer de una dirección de correo electrónico destinada a tal fin y acceso a Internet. En tanto no se implante este sistema se podrán realizar los envíos a través de soportes magnéticos convencionales de acuerdo con lo establecido en los anexos a la presente Resolución. Disposición derogatoria única. Quedan derogadas las Resoluciones de 18 de enero de 1998 y de 26 de enero de 2001 de la Dirección General del Catastro, por la que se aprobó la forma de remisión y la estructura, contenido y formato informático del fichero del Padrón del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y su adaptación al euro. Madrid, 2 de enero de 2003.-El Director general, Jesús Salvador Miranda Hita. ANEXO I (VER IMÁGENES, PÁGINAS 1731 A 1736). Fichero informático de remisión del Padrón catastral correspondiente a los bienes inmuebles urbanos y de características especiales Nombre genérico del fichero: PAD-DGC. Características de los soportes magnéticos: Tipo de soporte: Cinta magnética de carrete abierto. Densidad de grabación: 1.600 ó 6.250 bpi. Código de grabación: ASCII. Etiquetas: Sin etiquetas. Tipo de registros: Fijos bloqueados. Longitud de los registros: 720 caracteres. Factor de bloqueo: 10 registros por bloque. Estructura del fichero: Contendrá los siguientes tipos de registros: Tipo 01: Registro de cabecera. Existirá uno para todo el fichero independientemente del tamaño del Padrón catastral y de que el fichero recoja la información correspondiente a un solo municipio o varios. Tipo 50: Registro de Padrón catastral. Existirán tantos como bienes inmuebles urbanos o de características especiales estén incluidos en el Padrón catastral. Tipo 90: Registro de cola. Existirá uno para todo el fichero, incluso si éste contiene la información de Padrón catastral referente a varios municipios. Detalle de la estructura: (Ver imágenes páginas 1731 a 1736) Grupo de Datos Posición inicial Longitud Formato Descripción Registro de cabecera Tipo de Registro. 1 2 N Tipo de registro (01). Datos de cabecera. 3 8 N Fecha de generación del fichero (formato (AAAAMMDD). 11 6 N Hora de generación del fichero (formato HHMMSS). 17 3 N Código de la entidad generadora del fichero. 20 30 X Procedencia del fichero. 50 40 X Descripción del contenido del fichero. 90 4 N Año del Padrón del IBI 94 627 X Relleno a espacios. Longitud: 720 Grupo de Datos Posición inicial Longitud Formato Descripción Registro de datos de Padrón Tipo de Registro. 1 2 N Tipo de registro (50). Identificación del bien inmueble. 3 2 N Código de Delegación del MEH. 5 1 N Código de la Gerencia. 6 3 N Código del municipio (según la Administración Tributaria del MEH). Referencia Catastral 9 7 X Primera parte: Identificación por coordenadas UTM de la manzana, y número secuencial de parcela. 16 7 X Segunda parte: posición de la manzana en la Hoja del Plano Parcelario en la que se ubica el centroide de la manzana. 23 4 N Número secuencial del bien inmueble fiscal (número de cargo) dentro de la parcela catastral. 27 1 X Primer carácter de control. 28 1 X Segundo carácter de control. Grupo de Datos Posición inicial Longitud Formato Descripción 29 8 N Número fijo del bien inmueble (asignado por la Gerencia Territorial). 37 1 X Carácter de control del número fijo del bien inmueble. 38 15 X Campo para la identificación del bien inmueble asignado por el Ayuntamiento. 53 5 N Coeficiente de participación (en caso de recibo separado, expresado con tres enteros y dos decimales). 58 2 N Código de provincia (INE). 60 3 N Código de municipio (INE). 63 2 N Distrito municipal, en caso de existir. 64 Domicilio tributario (localización del bien inmueble). 65 2 X Código de entidad menor, en caso de existir. 67 5 N Código de vía pública asignado por la D. G. del Catastro. 72 5 X Tipo de vía o sigla pública. 77 25 X Nombre de la vía pública. 102 4 N Primer número de la vía. 106 1 X Primera letra (carácter de duplicado). 107 4 N Segundo número en la vía. 111 1 X Segunda letra (carácter de duplicado). 112 5 N Kilómetro (expresado con tres enteros y dos decimales). 117 4 X Bloque. 121 25 X Texto de dirección no estructurada. 146 5 N Código postal. 151 2 X Escalera. 153 3 X Planta. 156 3 X Puerta. 94 Identificación del titular. 159 8 X NIF. 167 1 X Carácter de control del DNI/NIF. 168 1 X Personalidad: F, J, E (física, jurídica, entidades). 169 60 X Primer apellido, segundo apellido, y nombre, o razón social. 70 Domicilio fiscal (del titular). 229 2 N Código de Delegación del MEH. 231 3 N Código del Municipio (DGC). 234 2 N Código de Provincia (INE). 236 3 N Código de Municipio (INE). 239 5 N Código de vía pública asignado por la D.G. del Catastro. 244 5 X Tipo de vía o sigla de vía pública. 249 25 X Nombre de la vía pública. 274 4 N Primer número de la vía. 278 1 X Primera letra (Carácter de duplicado). 279 4 N Segundo número en la vía. 283 1 X Segunda letra (Carácter de duplicado). 284 5 N Kilómetro (expresado con tres enteros y dos decimales). 289 4 X Bloque. 293 25 X Texto de dirección no estructurada. 318 2 X Escalera. 320 3 X Planta. 323 3 X Puerta. 326 5 N Código postal. 331 5 N Apartado de correos. 336 25 X Nombre del país. 361 25 X Nombre de provincia. 386 25 X Nombre del municipio. Grupo de Datos Posición inicial Longitud Formato Descripción 182 Datos económicos del bien inmueble. 411 4 N Año del valor catastral y la base liquidable. 415 12 N Valor catastral. 427 12 N Valor catastral del Suelo. 439 12 N Valor catastral de la Construcción. 451 12 N Base liquidable. 463 1 X Clave de grupo de los bienes inmuebles de características especiales, o de uso de los bienes urbanos, según codificación establecida en los cuadros 1 y 2 que figuran al final de este anexo. 464 4 N Año de la última revisión o modificación de valores. 468 4 N Año de la última notificación de nuevo valor a efectos de liquidación. 472 6 N Número de la última notificación de nuevo valor a efectos de liquidación. 478 7 N Superficie del elemento o elementos constructivos asociados al cargo, en el caso de procedimientos de valoración de fincas construidas (en metros cuadrados). 485 7 N Superficie del elemento o elementos del suelo asociados al cargo, en el caso de procedimientos de valoración de solares (en metros cuadrados). 492 7 N Coeficiente de propiedad respecto a la finca (expresado con tres enteros y cuatro decimales). 88 Datos de la última alteración catastral. 499 8 N Fecha de alteración catastral (AAAAMMDD). 507 1 X Entidad origen de la alteración(Gerencia 'G', Entidad colaboradora 'E', Notario o Registrador, 'N'). 9 Relleno final. 509 211 X Relleno a espacios (filler). Longitud: 720 Grupo de datos Posición inicial Longitud Formato Descripción Registro de cola Tipo de Registro. 1 2 N Tipo de registro (90) Datos de cola. 3 7 N Número total de registros de tipo igual a 50 (registros de datos de unidad fiscal/titular). 10 15 N Valor catastral total, como suma de los valores catastrales contenidos en los registros de unidad urbana. 25 15 N Valor catastral total del suelo, como suma de los valores catastrales del suelo contenidos en los registros de unidad urbana. 40 15 N Valor catastral total de la construcción, como suma de los valores catastrales de construcción contenidos en los registros de unidad urbana. 55 15 N Base liquidable total, como suma de las bases liquidables contenidas en los registros de unidad urbana. 70 651 X Relleno a espacios. Longitud: 720 CUADRO 1 Codificación de los grupos de los bienes inmuebles de características especiales Código Grupo según artículo 2.7 de la Ley del Catastro Inmobiliario 1 a) Inmuebles destinados a la producción de energía eléctrica y gas, al refino de petróleo y centrales nucleares. 2 b) Presas, saltos de agua y embalses. 3 c) Autopistas, carreteras y túneles de peaje. 4 d) Aeropuertos y puertos comerciales. CUADRO 2 Codificación de los usos de los bienes inmuebles urbanos Código Uso A Almacén-Estacionamiento. V Residencial. I Industrial. O Oficinas. C Comercial. K Deportivo. T Espectáculos. G Ocio y Hostelería. Y Sanidad y Beneficencia. E Cultural. R Religioso. Código Uso M Obras de urbanización y jardinería, suelos sin edificar. P Edificio singular. ANEXO II Fichero informático de remisión del Padrón catastral de bienes inmuebles rústicos Nombre genérico del fichero: RUPAD-DGC. Características de los soportes magnéticos: Tipo de soporte: Cinta magnética de carrete abierto. Densidad de grabación: 1.600 ó 6.250 bpi. Código de grabación: ASCII. Etiquetas: Sin etiquetas. Tipo de registros: Fijos bloqueados. Longitud de los registros: 720 caracteres. Factor de bloqueo: 10 registros por bloque. Estructura del fichero: Contendrá los siguientes tipos de registros: Tipo 01: Registro de cabecera. Existirá uno para todo el fichero independientemente del tamaño del Padrón catastral y de que el fichero recoja la información correspondiente a un solo municipio o varios. Tipo 60: Registro de Padrón catastral. Existirán tantos como combinaciones de parcela rústica/titular estén incluidos en el Padrón catastral. Tipo 90: Registro de cola. Existirá uno para todo el fichero, incluso si éste contiene la información de Padrón catastral referente a varios municipios. Detalle de la estructura: Grupo de Datos Posición inicial Longitud Formato Descripción Registro de cabecera Tipo de Registro. 1 2 N Tipo de registro (01). Datos de cabecera. 3 8 N Fecha de generación del fichero (formato (AAAAMMDD). 11 6 N Hora de generación del fichero (formato HHMMSS). 17 3 N Código de Delegación + Gerencia (DGC). 20 30 X Nombre de la Gerencia Territorial. 50 40 X Descripción del contenido del fichero. 90 4 N Año del Padrón del IBI. 94 11 X Número de envío. Relleno final. 105 616 X Relleno con espacios. Longitud: 720 Registro de datos de parcela/titular Tipo de Registro. 1 2 N Tipo de registro (60). 3 2 N Código de Delegación (DGC). 5 1 N Código de la Gerencia. 6 3 N Código del Municipio (DGC). Grupo de Datos Posición inicial Longitud Formato Descripción Referencia Catastral. 9 2 N Código de Delegación (DGC). 11 3 N Código del Municipio (DGC). 14 1 X Código de sector. 15 3 N Código del polígono catastral. 18 5 N Número de la parcela catastral. Número secuencial del bien inmueble fiscal. 23 4 N Dentro de la parcela catastral. 27 1 X Primer carácter de control. 28 1 X Segundo carácter de control. 29 7 N Número de orden de la unidad fiscal (titular individual o comunidad de bienes), asignado por la Gerencia dentro del municipio. 36 2 X Régimen de titularidad (PR: Propiedad, US: Usufructo, CA: Concesión administrativa, DS: Derecho de superficie). 38 5 N Coeficiente de participación (figurará un valor distinto del 100 por 100 sólo en caso de consignarse en Padrón distintos titulares para una misma parcela). 43 1 X Indicador de Comunidad de Bienes (S/N, sí/no). 44 3 N Número de componentes en caso de Comunidad de Bienes. 47 11 X Relleno con espacios. 55 Localización de parcela. 58 2 N Código de Provincia (INE). 60 3 N Código de Municipio (INE). 63 3 N Código del Municipio origen en caso de Agregación (DGC). 66 2 N Código de la zona de concentración. 68 3 N Código del polígono catastral. 71 5 N Número de la parcela catastral. 76 30 X Paraje. 106 53 Relleno con espacios. 101 Identificación del titular. 159 9 X NIF. 168 1 X Personalidad: F, J, E (Física, Jurídica, Entidades). 169 60 X Primer apellido, segundo apellido y nombre o razón social. 70 Domicilio fiscal (del titular). 229 2 N Código de Delegación de Economía y Hacienda. 231 3 N Código del Municipio (DGC). 234 2 N Código de Provincia (INE). 236 3 N Código de Municipio (INE). 239 5 N Código de vía pública asignado por la D.G. del Catastro. 244 5 X Tipo de vía o sigla de vía pública. 249 25 X Nombre de la vía pública. 274 4 N Primer número de la vía. 278 1 X Primera letra (Carácter de duplicado). 279 4 N Segundo número en la vía. 283 1 X Segunda letra (Carácter de duplicado). 284 5 N Kilómetro (expresado con tres enteros y dos decimales). 289 4 X Bloque. 293 25 X Texto de dirección no estructurada. 318 2 X Escalera. 320 3 X Planta. 323 3 X Puerta. Grupo de Datos Posición inicial Longitud Formato Descripción 326 5 N Código Postal. 331 5 N Apartado de Correos. 336 25 X Nombre del País. 361 25 X Nombre de Provincia. 386 25 X Nombre del Municipio. 182 Datos económicos de la parcela. 411 10 N Superficie de la parcela en hectáreas (expresada con seis enteros y cuatro decimales). 421 12 N Valor catastral de la parcela (expresado en céntimos de euro). 433 12 N Valor condonado en el caso en que se aplique condonación (expresado en céntimos de euro). 445 12 N Importe del valor catastral afectado por bonificación/exención (expresado en céntimos de euro). 457 1 X Clave de la bonificación/exención aplicada: A, L, R, J, C, de acuerdo con la tabla que figura al final del presente anexo. 458 4 N Año de alta en Padrón. 51 Relleno final. 462 239 X Relleno con espacios. Longitud: 720 Registro de cola Tipo de Registro. 1 2 N Tipo de registro (90). Datos de cola. 3 7 N Número total de registros de tipo igual a 51 (registros de datos de unidad fiscal/titular). 10 15 N Valor catastral total, como suma de los valores catastrales de las diferentes parcelas rústicas. 22 Relleno final. 25 696 X Relleno con espacios. Longitud: 720 CLAVE DE LOS BENEFICIOS FISCALES APLICABLES Estado, CC. AA., Municipios, Iglesia, Asociaciones confesionales, Cruz Roja, Gobiernos extranjeros, Convenios internacionales. LRHL Artículo 63.1, apartados a, b, c, d y e. A Centros docentes concertados. LRHL Artículo 63.2, apartado a. Fundaciones. Ley 30/1994. Montes vecinales en mano común. LRHL Artículo 63.1, apartado b. Montes poblados con especies de crecimiento lento (madera y corcho). LRHL Artículo 63.1, apartado f. L Ley 19/1995. RD 378/93. RD 152/96. Repoblaciones forestales y tramos en regeneración de masas arboladas. LRHL Artículo 63.2, apartado c. R Monumentos y jardines históricos. Artículo 63.2, apartado b. J Cooperativas Agrarias Protegidas (bonificación del 95 por 100). Ley 20/1990. C

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