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Laws of Spain

Real Decreto Nº 994/2000 - Modifica el Real Decreto Nº 145/1997, por el que se aprueba la lista positiva de aditivos distintos de colorantes y edulcorantes para su uso en la elaboración de productos alimenticios, así como sus condiciones de utilización

Made 2000-06-02 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

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About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
European Union
Country
Spain
Subjects
Food and nutrition
Keywords
food safety and quality, food additives

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  1. REAL DECRETO 994/2000, de 2 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 145/1997, de 31 de enero, por el que se aprueba la lista positiva de aditivos distintos de colorantes y edulcorantes para su uso en la elaboraci�n de productos alimenticios, as� como sus condiciones de utilizaci�n. La Directiva 95/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero, relativa a los aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes, se incorpor� al ordenamiento espa�ol mediante el Real Decreto 145/1997, de 31 de enero, por el que se aprueba la lista positiva de aditivos distintos de colorantes y edulcorantes para uso en la elaboraci�n de productos alimenticios, as� como sus condiciones de utilizaci�n. Posteriormente, se han producido progresos t�cnicos en el �mbito de los aditivos alimentarios, consider�ndose necesario adaptar el contenido de la citada Directiva 95/2/CE a estos cambios, lo que se ha llevado a cabo mediante la publicaci�n de la Directiva 98/72/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de octubre, relativa a los aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes, que es objeto de incorporaci�n al ordenamiento jur�dico espa�ol mediante el presente Real Decreto. El presente Real Decreto incluye un anexo que modifica el contenido de los anexos del Real Decreto 145/1997, e introduce asimismo modificaciones en su articulado. Se pretende con ello establecer una regulaci�n actualizada de estos aditivos, as� como de sus condiciones de utilizaci�n, todo ello con el objeto de garantizar la protecci�n de la salud y la informaci�n de los consumidores. Asimismo, la publicaci�n de la Orden ministerial de 5 de diciembre de 1996 por la que se modifican los anexos I y II del Real Decreto 280/1994, por el que se establecen los niveles m�ximos de residuos de plaguicidas en algunos productos de origen vegetal, con inclusi�n de las frutas y verduras y se dispone una lista de niveles m�ximos, con disposiciones espec�ficas sobre el tiabendazol, conlleva la supresi�n de esta sustancia del Real Decreto 145/1997, mediante la presente norma. Por otra parte, resulta necesario establecer de forma clara la asignaci�n de empleos y dosis de determinados aditivos, regulados en el presente Real Decreto, a productos espec�ficos cuya denominaci�n, claramente sancionada por el uso, no ha sido expl�citamente incluida en la Directiva comunitaria de procedencia. Por ello, se menciona de forma expresa el t�rmino espa�ol "mermeladas" en el grupo "preparados de fruta para extender". Procede, por tanto, en virtud de las obligaciones derivadas de la pertenencia del Reino de Espa�a a la Uni�n Europea, incorporar al ordenamiento jur�dico interno los preceptos contenidos en la Directiva 98/72/CE, de 15 de octubre, mediante la presente disposici�n que se dicta al amparo de lo dispuesto en el art�culo 149.1.16.a de la Constituci�n y de acuerdo con el art�culo 40.4 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Para su elaboraci�n han sido o�das las asociaciones de consumidores y los sectores afectados, habiendo emitido informe preceptivo la Comisi�n Interministerial para la Ordenaci�n Alimentaria. En su virtud, a propuesta de la Ministra de Sanidad y Consumo, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberaci�n del Consejo de Ministros en su reuni�n del d�a 2 de junio de 2000, D I S P O N G O : Art�culo �nico. Modificaci�n del Real Decreto 145/1997, de 31 de enero, por el que se aprueba la lista positiva de aditivos distintos de colorantes y edulcorantes para su uso en la elaboraci�n de productos alimenticios, as� como sus condiciones de utilizaci�n. El Real Decreto 145/1997, de 31 de enero, por el que se aprueba la lista positiva de aditivos distintos de colorantes y edulcorantes para su uso en la elaboraci�n de productos alimenticios, as� como sus condiciones de utilizaci�n, queda modificado en los siguientes t�rminos: 1. En el art�culo 1, se a�ade un nuevo apartado 6 y el texto siguiente: "El presente Real Decreto no es de aplicaci�n a las enzimas, con exclusi�n de las mencionadas en los anexos." 2. El apartado 5 del art�culo 1 se modifica como sigue: "El presente Real Decreto ser� de aplicaci�n a los agentes de tratamiento de la harina, distintos de los emulgentes, entendiendo como tales aquellas sustancias que se a�aden a la harina o masa para mejorar su calidad de cocci�n." 3. El apartado 1 del art�culo 3 se sustituye por el texto siguiente: "A los efectos mencionados en el apartado 1 del art�culo 2, as� como para los agentes de tratamiento de la harina distintos de los emulgentes, s�lo podr�n utilizarse en los productos alimenticios, las sustancias que figuran en los anexos I, III, IV y V." 4. El p�rrafo a) del apartado 3.4 del art�culo 3 se sustituye por el texto siguiente: "La leche (incluida la entera, la desnatada y la semidesnatada) pasterizada y esterilizada (incluida la esterilizaci�n UHT) y la nata entera pasterizada." 5. El p�rrafo a) del apartado 3.10 del art�culo 3 se sustituye por el texto siguiente: "La pasta seca, salvo la pasta sin gluten o la destinada a dietas hipoproteicas, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1809/1991, de 13 de diciembre." 6. Los anexos del Real Decreto 145/1997 se modifican seg�n lo dispuesto en el anexo del presente Real Decreto. Disposici�n adicional �nica. T�tulo competencial. El presente Real Decreto se dicta al amparo de lo establecido en el art�culo 149.1.16.a de la Constituci�n, y de acuerdo con lo establecido en el art�culo 40.4 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Disposici�n transitoria �nica. Pr�rroga de comercializaci�n, hasta finalizar existencias. Queda prohibida a partir del 4 de noviembre del a�o 2000 la comercializaci�n de los productos que no se ajusten a lo dispuesto en este Real Decreto. Sin embargo, los productos puestos a la venta o etiquetados antes de dicha fecha, podr�n comercializarse hasta agotar las existencias, siempre que, no ajust�ndose a lo establecido en la presente disposici�n, cumplan con la legislaci�n vigente con anterioridad a su entrada en vigor. Disposici�n final �nica. Entrada en vigor. El presente Real Decreto entrar� en vigor el d�a siguiente al de su publicaci�n en el "Bolet�n Oficial del Estado". Dado en Madrid a 2 de junio de 2000. JUAN CARLOS R. La Ministra de Sanidad y Consumo, CELIA VILLALOBOS TALERO (VER IM�GENES, P�GINAS 22613 A 22624) ANEXO Modificaci�n del anexo I del Real Decreto 145/1997 Aditivos alimentarios permitidos con car�cter general en los productos alimenticios no contemplados en el apartado 3 del art�culo 3 Los aditivos que figuran en este anexo se completan con las siguientes nuevas inclusiones: E-469 Carboximetilcelulosa hidrolizada enzim�ticamente. E-920 L-Ciste�na (*). E-1103 Invertasa. E-1451 Almid�n acetilado oxidado. (*) Solamente puede utilizarse como agente de tratamiento de la harina. Modificaci�n del anexo II del Real Decreto 145/1997 Productos alimenticios en los que puede utilizarse un n�mero limitado de aditivos del anexo I Aceites y grasas: En el presente ep�grafe se a�ade la siguiente categor�a de productos alimenticios: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima Aceites y grasas sin emulsionar de origen animal o vegetal (excepto aceites v�rgenes y aceites de oliva) destinados espec�ficamente a cocciones y/o frituras o a la preparaci�n de salsas. E-270 �cido l�ctico. E-300 �cido asc�rbico. E-304 �steres de �cidos grasos del �cido asc�rbico. E-306 Extracto rico en tocoferoles. E-307 Alfa-tocoferol. E-308 Gama-tocoferol. E-309 Delta-tocoferol. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. E-322 Lecitinas. 30 g/l. E-471 Mono y diglic�ridos de �cidos grasos. 10 g/l. E-472c �steres de �cidos c�tricos de mono y diglic�ridos de �cidos grasos. Quantum satis. E-330 �cido c�trico. Quantum satis. E-331 Citratos de sodio. Quantum satis. E-332 Citratos de potasio. Quantum satis. E-333 Citratos de calcio. Quantum satis. Leche y productos l�cteos: Las siguientes categor�as de productos alimenticios: Nata esterilizada, pasterizada y UHT. Nata de valor energ�tico reducido. Nata pasterizada baja en materia grasa. Se sustituyen por: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima Nata entera pasterizada. E-401 Alg�nato s�dico. Quantum satis. E-402 Alg�nato pot�sico. Quantum satis. E-407 Carragenanos. Quantum satis. E-466 Carboximetilcelulosa s�dica. Quantum satis. E-471 Mono y diglic�ridos de �cidos grasos. Quantum satis. Mantequilla de nata agria. E-500 Carbonatos de sodio. Quantum satis. Productos vegetales elaborados: Las listas de aditivos de las siguientes categor�as de productos alimenticios se sustituyen por: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima Confituras, jaleas, marmalades y mermeladas seg�n el Real Decreto 670/1990, de 25 de mayo. E-270 �cido l�ctico. E-296 �cido m�lico. E-300 �cido asc�rbico. E-327 Lactato c�lcico. E-330 �cido c�trico. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. E-331 Citratos s�dicos. Quantum satis. E-333 Citratos c�lcicos. Quantum satis. E-334 �cido tart�rico. Quantum satis. E-335 Tartratos s�dicos. Quantum satis. E-350 Malatos s�dicos. Quantum satis. Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima 10 g/kg (por separado o en combinaci�n). E-400 �cido alg�nico. E-401 Alg�nato s�dico. E-402 Alginato pot�sico. E-403 Alginato am�nico. E-404 Alginato c�lcico. E-406 Agar-Agar. E-407 Carragenanos. E-410 Goma garrof�n. E-412 Goma guar. E-415 Goma xantana. E-418 Goma gellan. E-440 Pectinas. Quantum satis. E-471 Mono y diglic�ridos de �cidos grasos. Quantum satis. E-509 Cloruro c�lcico. Quantum satis. E-524 Hidr�xido s�dico. Quantum satis. Confituras, jaleas, marmalades y mermeladas de valor energ�tico reducido. E-270 �cido l�ctico. E-296 �cido m�lico. E-300 �cido asc�rbico. E-327 Lactato c�lcico. E-330 �cido c�trico. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. E-331 Citratos s�dicos. Quantum satis. E-333 Citratos c�lcicos. Quantum satis. E-334 �cido tart�rico. Quantum satis. E-335 Tartratos s�dicos. Quantum satis. E-350 Malatos s�dicos. Quantum satis. 10 g/kg (por separado o en combinaci�n). E-400 �cido alg�nico. E-401 Alg�nato s�dico. E-402 Alginato pot�sico. E-403 Alginato am�nico. E-404 Alginato c�lcico. E-406 Agar-Agar. E-407 Carragenanos. E-410 Goma garrof�n. E-412 Goma guar. E-415 Goma xantana. E-418 Goma gellan. E-440 Pectinas. Quantum satis. E-471 Mono y diglic�ridos de �cidos grasos. Quantum satis. E-509 Cloruro c�lcico. Quantum satis. E-524 Hidr�xido s�dico. Quantum satis. Preparados a base de fruta para extender, incluidos los de valor energ�tico reducido. E-270 �cido l�ctico. E-296 �cido m�lico. E-300 �cido asc�rbico. E-327 Lactato c�lcico. E-330 �cido c�trico. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. E-331 Citratos s�dicos. Quantum satis. E-333 Citratos c�lcicos. Quantum satis. E-334 �cido tart�rico. Quantum satis. E-335 Tartratos s�dicos. Quantum satis. E-350 Malatos s�dicos. Quantum satis. 10 g/kg (por separado o en combinaci�n). E-400 �cido alg�nico. E-401 Alg�nato s�dico. E-402 Alginato pot�sico. E-403 Alginato am�nico. E-404 Alginato c�lcico. E-406 Agar-Agar. E-407 Carragenanos. E-410 Goma garrof�n. E-412 Goma guar. E-415 Goma xantana. E-418 Goma gellan. Productos alimenticios Aditivos Dosism�xima E-440 Pectinas. Quantum satis. E-471 Mono y diglic�ridos de �cidos grasos. Quantum satis. E-509 Cloruro c�lcico. Quantum satis. E-524 Hidr�xido s�dico. Quantum satis. La siguiente categor�a de productos alimenticios: Productos alimenticios Aditivos Dosism�xima Frutas, legumbres y hortalizas no elaboradas, congeladas y ultracongeladas. E-300 �cido asc�rbico. E-301 Ascorbato s�dico. E-302 Ascorbato c�lcico. E-330 �cido c�trico. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. E-331 Citratos de sodio. Quantum satis. E-332 Citratos de potasio. Quantum satis. E-333 Citratos de calcio. Quantum satis. Se sustituye por: Productos alimenticios Aditivos Dosism�xima Frutas, legumbres y hortalizas no elaboradas, congeladas y ultracongeladas. E-300 �cido asc�rbico. E-301 Ascorbato s�dico. E-302 Ascorbato c�lcico. E-330 �cido c�trico. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. Frutas, legumbres y hortalizas no elaboradas, envasadas y refrigeradas, listas para el consumo. E-331 Citratos de sodio. E-332 Citratos de potasio. E-333 Citratos de calcio. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. Patatas envasadas peladas y sin elaborar. La lista de aditivos de la siguiente categor�a de productos alimenticios se sustituye por: Productos alimenticios Aditivos Dosism�xima Frutas, legumbres y hortalizas en conserva. E-260 �cido ac�tico. E-261 Acetato pot�sico. Quantum satis. Quantum satis. E-262 Acetatos s�dicos. Quantum satis. E-263 Acetato c�lcico. Quantum satis. E-270 �cido l�ctico. Quantum satis. E-296 �cido m�lico. Quantum satis. E-300 �cido asc�rbico. Quantum satis. E-301 Ascorbato s�dico. Quantum satis. E-302 Ascorbato c�lcico. Quantum satis. E-325 Lactato s�dico. Quantum satis. E-326 Lactato pot�sico. Quantum satis. E-327 Lactato c�lcico. Quantum satis. E-330 �cido c�trico. Quantum satis. E-331 Citratos s�dicos. Quantum satis. E-332 Citratos pot�sicos. Quantum satis. E-333 Citratos c�lcicos. Quantum satis. E-334 �cido tart�rico. Quantum satis. E-335 Tartratos s�dicos. Quantum satis. E-336 Tartratos pot�sicos. Quantum satis. E-337 Tartrato doble de sodio y potasio. Quantum satis. E-509 Cloruro c�lcico. Quantum satis. E-575 Glucono-delta-lactona. Quantum satis. Quesos: La lista de aditivos de la siguiente categor�a de productos alimenticios se sustituye por: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima Quesos de tipo mozzarella y quesos obtenidos a partir de lactosueros. E-260 �cido ac�tico. E-270 �cido l�ctico. E-330 �cido c�trico. E-575 Glucono-delta-lactona. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. En el presente ep�grafe se a�ade la siguiente categor�a de productos alimenticios: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima Queso madurado en lonchas y rallado. E-170 Carbonatos de calcio. E-460 Celulosas. Quantum satis. Quantum satis. E-504 Carbonatos de magnesio. Quantum satis. E-509 Cloruro c�lcico. Quantum satis. E-575 Glucono-delta-lactona. Quantum satis. Zumos: El presente ep�grafe se completa a�adiendo otros productos as� como un nuevo aditivo: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima Zumos de frutas seg�n el Real Decreto 1650/1991, de 8 de noviembre. E-300 �cido asc�rbico. E-330 �cido c�trico. Quantum satis. 3 g/l. Zumo de uva, seg�n el Real Decreto 1650/1991, de 8 de noviembre, y Real Decreto 1044/1987, de 31 de julio. E-170 Carbonatos de calcio. E-336 Tartratos de potasio. E-300 �cido asc�rbico. E-330 �cido c�trico. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. 3 g/l. N�ctares, seg�n el Real Decreto 1650/1991, de 8 de noviembre. E-300 �cido asc�rbico. E-330 �cido c�trico. E-270 �cido l�ctico. Quantum satis. 5 g/l. 5 g/l. Zumos de pi�a seg�n el Real Decreto 1650/1991, de 8 de noviembre. E-296 �cido m�lico. E-300 �cido asc�rbico. E-330 �cido c�trico. E-440 Pectinas. 3 g/l. Quantum satis. 3 g/l. 3 g/l. N�ctares de pi�a, seg�n el Real Decreto 1650/1991, de 8 de noviembre. E-270 �cido l�ctico. E-300 �cido asc�rbico. E-330 �cido c�trico. E-440 Pectinas. Quantum satis. 5 g/l. 5 g/l. 3 g/l. Zumos de fruto de la pasi�n, seg�n el Real Decreto 1650/1991, de 8 de noviembre. E-300 �cido asc�rbico. E-330 �cido c�trico. E-440 Pectinas. Quantum satis. 3 g/l. 3 g/l. N�ctares de fruto de la pasi�n, seg�n el Real Decreto 1650/1991, de 8 de noviembre. E-270 �cido l�ctico. E-300 �cido asc�rbico. E-330 �cido c�trico. E-440 Pectinas. Quantum satis. 5 g/l. 5 g/l. 3 g/l. Otros: La lista de aditivos de la siguiente categor�a de productos alimenticios se sustituye por: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima Gehakt. E-300 �cido asc�rbico. Quantum satis. E-301 Ascorbato s�dico. Quantum satis. E-302 Ascorbato c�lcico. Quantum satis. E-330 �cido c�trico. Quantum satis. E-331 Citratos s�dicos. Quantum satis. E-332 Citratos pot�sicos. Quantum satis. E-333 Citratos c�lcicos. Quantum satis. Modificaci�n del anexo III del Real Decreto 145/1997 Conservadores y antioxidantes permitidos en determinadas condiciones En la parte C: otros conservadores, del presente anexo, se suprime el E 233 Tiabendazol. Az�cares: La categor�a de productos alimenticios: "Az�cares en el sentido del Real Decreto 1261/1987, de 11 de septiembre, excepto el jarabe de glucosa, deshidratado o no", as� como la dosis m�xima de SO2, se sustituye por: Dosism�xima -mg/kg Productosalimenticios Aditivos Az�cares, en el sentido del Real Decreto 1261/1987, de 11 de septiembre, excepto az�car terciado,az�carmorenodeca�a,az�car en polvo, az�car cande y el jarabe de glucosa deshidratado o no. SO2 10 Bebidas alcoh�licas: En el presente ep�grafe se a�ade la siguiente categor�a de productos alimenticios: Dosis m�xima -mg/l Productosalimenticios Aditivos Bebidas alcoh�licas destiladas que contengan peras enteras. SO2 50 Productos de la pesca: En el presente ep�grafe, la categor�a de productos alimenticios "Crust�ceos frescos, congelados y ultracongelados de las especies Peneidae, Solenceridae, Aristeidae", se sustituye por: "Crust�ceos frescos, congelados y ultracongelados de las familias Peneidae, Solenceridae, Aristeidae". Dosis m�xima -mg/kg Productosalimenticios Aditivos Crust�ceos y cefal�podos cocidos. SO2 50 (en las partes comestibles). Productos vegetales elaborados: a) En el presente ep�grafe, la categor�a de productos alimenticios "Preparados de fruta para extender, incluidos los de valor energ�tico reducido o sin az�cares a�adidos". Se sustituye por: "Mermeladas/Preparados de fruta para extender incluidos los de valor energ�tico reducido o sin az�cares a�adidos". b) Los aditivos y dosis m�xima permitidos en la categor�a de productos alimenticios: "Aceitunas y preparados a base de aceitunas", se sustituyen por: Dosism�xima -mg/kg Productos alimenticios Aditivos Aceitunas y preparados a base de aceitunas. Sa Ba 1.000 500 Sa + Ba 1.000 c) En el presente ep�grafe, la categor�a de productos alimenticios: "Copos y granulado de patata deshidratada", se sustituye por: "Patatas deshidratadas". d) En el presente ep�grafe, se suprime el aditivo E-233 Tiabendazol, de las siguientes r�bricas: Tratamiento de superficie de los c�tricos. Tratamiento de superficie de los pl�tanos. e) En el presente ep�grafe se a�aden las siguientes categor�as de productos alimenticios: Dosism�xima -mg/kg Productos alimenticios Aditivos Dulce de membrillo. Ba 1.000 Remolacha de mesa cocida. Ba 2.000 Frutos secos aderezados. SO2 50 Ma�z dulce envasado al vac�o. SO2 100 Quesos: La lista de aditivos de la siguiente categor�a de productos alimenticios, se sustituye por: Dosism�ximaProductos alimenticios Aditivos Tratamiento de superficie de queso curado o madurado, duro, semiduro y semiblando. E-235 1mg/dm2desuperficie (no presente a 5 mm de profundidad). Sa Quantum satis. E-280 a E-283 Quantum satis. Salsas: Los aditivos y dosis m�ximas permitidos en las categor�as de productos alimenticios: a) Salsas emulsionadas con un contenido m�nimo de grasas del 60 por 100. b) Salsas emulsionadas con un contenido de grasa inferior al 60 por 100. Se sustituye por: Dosism�xima -mg/l Productosalimenticios Aditivos Salsas emulsionadas con un contenido m�nimo de grasa del 60 por 100. Sa 1.000 Ba 500 Sa + Ba 1.000 200 (galatos y BHA por separado o en combinaci�n) expresados sobre la grasa. E-310 a E-312 E-320 Salsas emulsionadas con un contenido de grasa inferior al 60 por 100. Sa 2.000 Ba 1.000 Sa + Ba 2.000 200 (galatos y BHA por separado o en combinaci�n) expresados sobre la grasa. E-310 a E-312 E-320 Suced�neos: El presente ep�grafe se modifica como sigue: Dosism�xima -mg/kg Productosalimenticios Aditivos Suced�neos de carne, pescado, crust�ceos y cefal�podos a base de prote�nas. Sa SO2 (1) 2.000 200 Suced�neos de queso a base de prote�nas. Sa 2.000 Suced�neos de queso a base de leche. E-251 y E-252 50 (cantidad residual expresada en NO3Na). Sa 2.000 Tratamiento de superficie de suced�neos de queso. Sa Quantum satis. E-280 a E-283 Quantum satis. (1) S�lo para suced�neos de carne, pescado y crust�ceos. Alimentos con denominaci�n no espa�ola: a) En el presente ep�grafe se a�adir�n los siguientes productos alimenticios: Dosism�xima -mg/kg-mg/l Productosalimenticios Aditivos Mehu y Makeutettu...Mehu. Sa 500 Ba 200 Marmelada. Sa + Ba 1.500 Ostkaka. Sa 2.000 Dosism�xima -mg/kg-mg/l Productos alimenticios Aditivos Pasha. Sa 1.000 Semmelk n�delteig. Sa 2.000 Mascarpone. E-234 10 Polsebrod, boller ydansk flutes envasados. E-280 a E-283 2.000 expresado como �cido propi�nico. b) La lista de aditivos de la siguiente categor�a de productos alimenticios se sustituye por: Dosism�ximaProductos alimenticios Aditivos Foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras. E-249 y E-250 150 cantidad a�adida indicativa, expresada como NO2Na. E-249 y E-250 100 cantidad residual en el punto de venta al consumidor final expresada como NO2Na. E-251 y E-252 50 expresado como NO3Na. Otros: En el presente ep�grafe se a�ade la siguiente r�brica: Dosism�ximaProductos alimenticios Aditivos Envolturas a base de col�geno con una actividad acuosa de m�s del 0,6. Sa Quantum satis. Modificaci�n del anexo IV del Real Decreto 145/1997 Otros aditivos permitidos Los aditivos que figuran en este anexo se completan con las siguientes nuevas inclusiones: E-343 Fosfatos de magnesio: a) Fosfato monomagn�sico. b) Fosfato dimagn�sico. E-425 Konjac: a) Goma konjac. b) Glucomananos de konjac. E-459 Beta ciclodextrina. E-905 Cera microcristalina. E-1518 Triacetato de glicerilo (triacetina). En el cuadro correspondiente a los aditivos E-338 a E-452 se incluye un nuevo aditivo, el E-343: E-338 a E-341 E-343 E-450 a E-452 Las dosis solos o en combinaci�n no se modifican. Por lo que resultan modificadas las listas de aditivos de las siguientes categor�as de productos alimenticios por la inclusi�n del nuevo aditivo E-343 Fosfatos de magnesio. Az�cares: az�car glac�. Bebidas alcoh�licas: bebidas alcoh�licas (1). (1) Excepto vino y cerveza. Bebidas no alcoh�licas: blanqueadores de bebidas ; bebidas l�cteas de chocolate y malta. Caldos y sopas. Cereales para el desayuno. Harinas: harinas, harina con levadura. Helados: helados, sorbetes y tartas heladas. Huevos y ovoproductos: huevo l�quido (clara, yema o huevo completo). Leche y productos l�cteos: Leche esterilizada y UHT. Leche parcialmente deshidratada: a) Con menos del 28 por 100 de s�lidos. b) Con m�s del 28 por 100 de s�lidos. Leche en polvo y leche desnatada en polvo. Natas pasterizadas, esterilizadas, UHT. Nata batida. Panes especiales y boller�a: panes especiales y boller�a fina. Pasteler�a, reposter�a y galleter�a: pasteler�a, reposter�a y galleter�a. Productos alimenticios destinados a una alimentaci�n especial: a) Productos alimenticios destinados a usos m�dicos especiales, excluidos los alimentos para lactantes y ni�os de corta edad a que hace referencia el Real Decreto 72/1998, de 23 de enero, y Real Decreto 490/1998, de 27 de marzo. b) Preparados completos de r�gimen para el control de peso que reemplacen una comida o el r�gimen alimenticio de un d�a. Productos de aperitivo: productos de aperitivo. Productos c�rnicos: productos c�rnicos, agentes de recubrimiento para productos c�rnicos. Productos de confiter�a: Confiter�a: confiter�a a base de az�car. Quesos: queso no madurado (excepto mozarella). Sal y sustitutos de la sal: sal y sustitutos de la sal. Salsas: salsas. Suced�neos: suced�neos de grasas vegetales. Otros: coberturas (jarabes para tortitas, jarabes aromatizados para batidos y helados ; productos similares). Alimentos con denominaci�n no espa�ola: soda bread, noodles. Alimentos en general: La lista de aditivos de las siguientes categor�as de productos alimenticios se sustituye por: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima 1. Alimentos en general (excepto los contemplados en el art�culo 3.3). E-420 (1) y E-421 (1). E-953 (1). E-965 (1) a E-967 (1). E-551 (2) a E-556 (2). Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. Quantum satis. E-559 (2). Quantum satis. E-620 a E-625. 10 g/kg solos o en combinaci�n. Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima E-626 a E-635. 500 mg/kg solos o en combinaci�n. E-425 Konjac (3). i) Goma Konjac. ii) Glucomananos de Konjac. 10 g/kg s�lo o en combinaci�n. E-459 Ciclodextrina beta (2). Quantum satis. 1.1 Alimentos desecados en polvo. E-338 a E-341. E-343. E-450 a E-452. 10 g/kg solos o en combinaci�n. E-551 a E-556. 10 g/kg solos o en combinaci�n. (1) Excluidas las bebidas, salvo licores. (2) S�lo para alimentos en tabletas y en forma de grageas. (3) No podr�n utilizarse para producir alimentos deshidratados que se rehidratan al ingerirlos. Aceites y grasas: La lista de aditivos de las siguientes categor�as de productos alimenticios se sustituye por: Productosalimenticios Aditivos Dosis m�xima 2. Margarina. E-338 a E-341. E-343. 5 g/kg solos o en combinaci�n. E-450 a E-452. E-405. 3 g/kg. E-475. 5 g/kg. E-481 y E-482. 10 g/kg solos o en combinaci�n. E-491 a E-495. 10 g/kg solos o en combinaci�n. E-959 (1). 5 mg/kg. (1) S�lo como potenciador del sabor en los productos definidos en los anexos B y C del Reglamento (CE) n�mero 2991/94. Productosalimenticios Aditivos Dosis m�xima 3. Minarina. E-338 a E-341. E-343. 5 g/kg solos o en combinaci�n. E-450 a E-452. E-385 (1). 100 mg/kg. E-405. 3 g/kg. E-475. 5 g/kg. E-481 y E-482. 10 g/kg solos o en combinaci�n. E-491 a E-495. 10 g/kg solos o en combinaci�n. E-959 (2). 5 mg/kg. (1) Productos tal y como se definen en los anexos B y C del Reglamento (CE) n�mero 2991/94, con un contenido en grasa de hasta el 41 por 100. (2) S�lo como potenciador del sabor en los productos tal y como se definen en los anexos B y C del Reglamento (CE) n�mero 2991/94. Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima 4.1 Otros preparados y emulsiones grasas excepto mantequillas. E-338 a E-341. E-343. E-450 a E-452. 5 g/kg solos o en combinaci�n. E-405. 3 g/kg. E-432 (1) a E-436 (1). 10 g/kg solos o en combinaci�n. E-473 (1) y E-474 (1). 10 g/kg solos o en combinaci�n. E-475. 5 g/kg. E-476 (2) (3). 4 g/kg. E-477 (1). 10 g/kg. E-479 b (4). 5 g/kg. E-481 y E-482. 10 g/kg solos o en combinaci�n. E-491 a E-495. 10 g/kg solos o en combinaci�n. (1) S�lo emulsiones de grasa para boller�a. (2) Materias grasas para untar, tal como se definen en los anexos A, B y C del Reglamento (CE) n�mero 2991/94, con un contenido en grasa de hasta el 41 por 100. (3) Productos grasos similares para untar con un contenido en grasa inferior al 10 por 100. (4) S�lo emulsiones de grasa para fre�r. Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima 4.2 Materias grasas para untar los moldes de reposter�a. E-551 a E-559. 30 g/kg solos o en combinaci�n. Bebidas alcoh�licas: La lista de aditivos de la siguiente categor�a de productos alimenticios se sustituye por: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima 2. Sidra y perada. E-338 a E-341. E-343. 2 g/l solos o en combinaci�n. E-450 a E-452. E-405 (1). 100 mg/l. E-900 (1). 10 mg/l. E-999 (1). 200 mg/l calculado como extracto anhidro. (1) Excepto en perada y cidre bouch�. Bebidas no alcoh�licas: La lista de aditivos de las siguientes categor�as de productos alimenticios se sustituye por: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima 1. Bebidas no alcoh�licas aromatizadas. 700 mg/l. 0,5 g/l en aguas de mesa preparadas y bebidas para deportistas (solos o en combinaci�n). E-338 a E-341. E-343. E-450 a E-452. Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima 20 g/l bebidas a base de prote�nas vegetales (solos o en combinaci�n). E-405. 300 mg/l. E-444 (1). 300 mg/l. E-445 (1). 100 mg/l. E-900. 10 mg/l. E-957 (2). 0,5 mg/l. E-999 (2). 200 mg/l. (1) S�lo para bebidas turbias. (2) S�lo para bebidas no alcoh�licas aromatizadas a base de agua. Productosalimenticios Aditivos Dosis m�xima 2. T�, infusiones de hierbas y otras bebidas calientes. E-297. 1 g/kg productos instant�neos para la preparaci�n de t� aromatizado e infusiones de hierbas. E-338 a E-341. E-343. 2 g/l solos o en combinaci�n. E-450 a E-452. E-473 y E-474. 10 g/l solo para polvos para preparar bebidas calientes (solos o en combinaci�n). E-481 y E-482. 2 g/l solo para polvos para preparar bebidas calientes (solos o en combinaci�n). Caf�: En el presente ep�grafe se a�ade la siguiente categor�a de productos alimenticios: Productosalimenticios Aditivos Dosis m�xima Bebidas a base de caf� para m�quinas expendedoras. E-338 a E-341. E-343. 2 g/l solos o en combinaci�n. E-450 a E-452. Complementos alimenticios: La lista de aditivos de la siguiente categor�a de productos alimenticios se sustituye por: Productosalimenticios Aditivos Dosis m�xima Complementos de la dieta. E-338 a E-341. Quantum satis. E-343. Quantum satis. E-450 a E-452. Quantum satis. E-405. 1 g/kg. E-416. Quantum satis. E-432 a E-436. Quantum satis. Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima E-468 (2). 30 g/kg. E-473 y E-474. Quantum satis. E-475. Quantum satis. E-491 a E-495. Quantum satis. E-551 a E-556. Quantum satis. E-559. Quantum satis. E-1201 (1) y E-1202 (1). Quantum satis. (1) S�lo para complementos de la dieta en tabletas y en forma de grageas. (2) S�lo para complementos de la dieta s�lidos. Goma de mascar: La lista de aditivos de la siguiente categor�a de productos alimenticios se sustituye por: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima Goma de mascar o chicle. E-297. 2 g/kg. E-338 a E-341. Quantum satis. E-343. Quantum satis. E-450 a E-452. Quantum satis. E-405. 5 g/kg. E-416. 5 g/kg. E-432 a E-436. 5 g/kg solos o en combinaci�n. E-473 y E-474. 10 g/kg solos o en combinaci�n. E-475. 5 g/kg. E-481 y E-482. 2 g/kg solos o en combinaci�n. E-491 a E-495. 5 g/kg solos o en combinaci�n. E-553 b. Quantum satis. E-900. 100 mg/kg. E-927 b (1). 30 g/kg. E-950 (2). 800 mg/kg. E-951 (2). 2.500 mg/kg. E-957 (2). 10 mg/kg. E-959 (2). 150 mg/kg. E-1518. Quantum satis. (1) S�lo para chicles sin az�cares a�adidos. (2) S�lo para chicles con az�cares a�adidos. Se aplicar� la regla de la proporcionalidad. Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima Agentes de recubrimiento para goma de mascar. E-901 a E-905. Quantum satis. Leche y productos l�cteos: En el presente ep�grafe se incluyen las siguientes r�bricas: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima Mantequilla de nata agria. E-338 a E-341. E-343. E-450 a E-452. 2 g/kg solos o en combinaci�n. Nata esterilizada y nata esterilizada con bajo contenido de materia grasa. E-473 y E-474. 5 g/kg solos o en combinaci�n. Masas para rebozar: La lista de aditivos de la siguiente categor�a de productos alimenticios se sustituye por: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima Masas para rebozar. E-338 a E-341. E-343. E-450 a E-452. 12 g/kg solos o en combinaci�n. E-900. 10 mg/kg. Postres: La lista de aditivos de la siguiente categor�a de productos alimenticios se sustituye por: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima Postres. E-297. 4 g/kg postres gelificados, postres con aromas de frutas. E-355 a E-357. 6 g/kg solos o en combinaci�n, s�lo para postres gelificados. 1 g/kg solos o en combinaci�n, s�lo para postres con aromas de frutas. E-338 a E-341. E-343. E-450 a E-452. 3 g/kg solos o en combinaci�n. E-363. 6 g/kg. E-416. 6 g/kg. E-432 a E-436. 3 g/kg solos o en combinaci�n. E-473 y E-474. 5 g/kg solos o en combinaci�n. E-475. 2 g/kg. E-477. 5 g/kg. E-481 y E-482. 5 g/kg solos o en combinaci�n. E-483. 5 g/kg. Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima E-491 a E-495. 5 g/kg solos o en combinaci�n. E-957. 5 mg/kg (s�lo como potenciador del sabor). Mezclas de sustancias s�lidas en polvo para la preparaci�n de postres. E-297. 4 g/kg. E-355 a E-357. 1 g/kg solos o en combinaci�n. E-338 a E-341. E-343. E-450 a E-452. 7 g/kg solos o en combinaci�n. E-957. 5 mg/kg (s�lo como potenciador del sabor). Productos de confiter�a: La lista de aditivos de la siguiente categor�a de productos alimenticios se sustituye por: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima 3. Agentes de recubrimiento para productos de confiter�a (excepto chocolate). E-551 a E-559. E-901 a E-905. Quantum satis. Quantum satis. Productos de la pesca: La lista de aditivos de la siguiente categor�a de productos alimenticios se sustituye por: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima Pescados congelados y ultracongelados sin elaborar. E-338 (1) a E-341 (1). E-343. E-450 (1) a E-452 (1). 5 g/kg solos o en combinaci�n. E-420 y E-421. Quantum satis. E-953. Quantum satis. E-965 a E-967. Quantum satis. (1) S�lo para pescado cortado. Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima 2. Crust�ceos y moluscos sin elaborar, congelados y ultracongelados. E-338 a E-341. E-343. E-450 a E-452. 5 g/kg solos o en combinaci�n. E-385 (2). 75 mg/kg. E-420 y E-421. Quantum satis. E-953. Quantum satis. E-965 a E-967. Quantum satis. (2) S�lo para crust�ceos. Productosalimenticios Aditivos Dosis m�xima 3. Productos a base de crust�ceos, congelados y ultracongelados. Pasta de crust�ceos. Pasta de pescado. E-338 a E-341. E-343. E-450 a E-452. 5 g/kg solos o en combinaci�n. Surimi. E-338 a E-341. E-343. E-450 a E-452. 1 g/kg solos o en combinaci�n. 4. Conservas de pescados moluscos y crust�ceos. E-385. 75 mg/kg. 5. Conservas a base de crust�ceos. E-338 a E-341. E-343. E-450 a E-452. 1 g/kg solos o en combinaci�n. E-385. 75 mg/kg. Productos vegetales: La lista de aditivos de las siguientes categor�as de productos alimenticios se sustituye por: Productosalimenticios Aditivos Dosis m�xima Preparados de frutas y hortalizas. E-338 (1) a E-341 (1). E-343 (1). E-450 (1) a E-452 (1). 800 mg/kg solos o en combinaci�n. E-405. 5 g/kg. (1) S�lo para preparados de frutas. Productosalimenticios Aditivos Dosis m�xima Frutas y hortalizas confitadas, escarchadas y glaseadas. E-338 (1) a E-341 (1). E-343 (1). E-450 (1) a E-452 (1). 800 mg/kg solos o en combinaci�n. E-520 a E-523. 200 mg/kg solos o en combinaci�n. (1) S�lo para frutas confitadas. Productosalimenticios Aditivos Dosis m�xima Patatas transformadas (incluidas las congeladas, ultracongeladas, refrigeradas y deshidratadas). E-338 a E-341. E-343. E-450 a E-452. 5 g/kg solos o en combinaci�n. Patatas fritas congeladas y ultracongeladas. E-338 a E-341. E-343. E-450 a E-452. 5 g/kg solos o en combinaci�n. Tratamiento de superficie de frutas frescas. E-445 (1). E-473 y E-474. 50 mg/kg. Quantum satis. E-901 (2) a E-904 (2). Quantum satis. E-905 (3). Quantum satis. Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima E-912 (4). Quantum satis. E-914 (4). Quantum satis. (1) S�lo c�tricos. (2) S�lo c�tricos, melones, manzanas, peras, melocotones y pi�as. (3) S�lo mel�n, papaya, mango y aguacate. (4) S�lo c�tricos, mel�n, mango, papaya, aguacate y pi�a. Quesos: La lista de aditivos de las siguientes categor�as de productos alimenticios se sustituye por: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima Queso fundido. E-338 a E-341. E-343. E-450 a E-452. 20 g/kg solos o en combinaci�n. E-551 (1) a E-559 (1). 10 g/kg solos o en combinaci�n. (1) S�lo para queso en lonchas o rallado. Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima Queso duro o semiduro en lonchas o rallado. E-551 a E-559. 10 g/kg solos o en combinaci�n. Suced�neos: La lista de aditivos de las siguientes categor�as de productos alimenticios se sustituye por: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima Suced�neos de queso fundido. E-338 a E-341. E-343. E-450 a E-452. 20 g/kg solos o en combinaci�n. E-551 a E-559. 10 g/kg solos o en combinaci�n. Suced�neos de queso en lonchas o rallado. E-551 a E-559. 10 g/kg solos o en combinaci�n. Suced�neos de nata y leche. E-432 a E-436. 5 g/kg solos o en combinaci�n. E-475. 5 g/kg. E-473 (1) y E-474 (1). 5 g/kg solos o en combinaci�n. E-477. 5 g/kg. E-491 a E-495. 5 g/kg solos o en combinaci�n. (1) S�lo para suced�neos de nata. Otros: En el presente ep�grafe se incluye la siguiente r�brica: Productosalimenticios Aditivos Dosis m�xima Emulsiones pulverizables a base de agua para untar los moldes de horneo. E-338 a E-341. E-343. E-450 a E-452. 30 g/kg solos o en combinaci�n. La lista de aditivos de la siguiente categor�a de productos alimenticios se sustituye por: Productosalimenticios Aditivos Dosis m�xima Condimentos y aderezos. E-476 (1). 4 g/kg. E-620 a E-625. Quantum satis. E-626 a E-635. Quantum satis. E-551 (2) a E-559 (2). 30 g/kg solos o en combinaci�n. (1) S�lo para aderezos. (2) S�lo para condimentos. En el presente ep�grafe se incluye la siguiente r�brica: Productosalimenticios Aditivos Dosis m�xima Rellenos para productos de cacao y chocolate. Rellenos de cacao y chocolate. E-442. 10 g/kg. Modificaci�n del anexo V del Real Decreto 145/1997 Soportes y disolventes soportes permitidos En el anexo V se a�adir�n los cuadros siguientes: N�meroE Denominaci�n Usorestringido E-322. E-432-436. Lecitinas. Polisorbatos. Agentes de recubrimiento para frutas. E-470 a Sales s�dicas, pot�sicas y c�lcicas de �cidos grasos. E-471. Mono- y diglic�ridos de �cidos grasos. E-491-495. Sorbitanos. E-570. �cidos grasos. E-900. Dimetilpolisiloxano. Polietilenglicol 6000. Edulcorantes. E-425. Konjac: i) goma konjac. ii) glucomananos de konjac. E-459. Ciclodextrina beta. 1 g/kg. E-1451. Almid�n acetilado oxidado. E-468. Carboximetilcelulosa s�dica. Edulcorantes. E-469. Carboximetilcelulosa hidrolizada enzim�ticamente. Modificaci�n del anexo VI del Real Decreto 145/1997 ADITIVOS ALIMENTARIOS PERMITIDOS EN LOS ALIMENTOS PARA LACTANTES Y NI�OS DE CORTA EDAD Las dosis m�ximas de uso indicadas se refieren a los alimentos listos para el consumo, preparados seg�n las instrucciones del fabricante. Primera parte. Aditivos alimentarios permitidos en preparados para lactantes sanos La nota 2 se sustituye por el siguiente texto: Si se a�ade a un producto alimenticio m�s de una de las sustancias E 322, E-471, E-472c y E-473, la dosis m�xima establecida para este alimento para cada una de estas sustancias se reducir� en la parte proporcional en que las otras sustancias en su conjunto est�n presentes en dicho alimento. La lista de aditivos se sustituye por: N�meroE Denominaci�n Dosism�xima E-270. �cido l�ctico [s�lo la forma L(+)] Quantum satis. E-330. �cido c�trico. Quantum satis. E-331. E-332. Citratos de sodio. Citratos de potasio. 2 g/l por separado o en combinaci�n. Con arreglo a las limitaciones impuestas en el Real Decreto 72/1998. E-338. E-339. E-340. �cido fosf�rico. Fosfatos de sodio. Fosfatos de potasio. 1 g/l expresado como P2 O5. Con arreglo a las limitaciones impuestas en el Real Decreto 72/1998. E-304. Palmitato de L-ascorbilo. 10 mg/l. E-306. E-307. E-308. E-309. Extracto rico en tocoferoles. Alfa tocoferol. Gamma tocoferol. Delta tocoferol. 10 mg/l por separado o en combinaci�n. E-412. Goma guar. 1 g/l cuando el producto l�quido contenga prote�nas parcialmente hidrolizadas y se ajuste a las condiciones establecidas en el Real Decreto 72/1998. E-322. Lecitinas. 1 g/l. E-471. Mono y diglic�ridos de los �cidos grasos. 4 g/l. E-472 c. �steres c�tricos de monoglic�ridos y diglic�ridos de los �cidos grasos. 7,5 g/l para productos en polvo. 9 g/l para productos en forma l�quida, cuando los productos contengan prote�nas, p�ptidos o amino�cidos parcialmente hidrolizados y se ajusten a las condiciones impuestas en el Real Decreto 72/1998. E-473. Sucro�steres de los �cidos grados. 120 mg/l en productos que contengan prote�nas, p�ptidos o amino�cidos hidrolizados. Segunda parte. Aditivos alimentarios permitidos en preparados de continuaci�n para lactantes sanos Nota 2. Se sustituye por el texto siguiente: Si se a�ade a un producto alimenticio m�s de una de las sustancias E 322, E-471, E-472 c y E-473, la dosis m�xima establecida para este alimento para cada una de estas sustancias se reducir� en la parte proporcional en que las otras sustancias en su conjunto est�n presentes en dicho alimento. La lista de aditivos se sustituye por: N�meroE Denominaci�n Dosism�xima E-270. �cido l�ctico [s�lo la forma L(+)] Quantum satis. E-330. �cido c�trico. Quantum satis. E-331. E-332. Citratos de sodio. Citratos de potasio. 2 g/l por separado o en combinaci�n. Con arreglo a las limitaciones impuestas en el Real Decreto 72/1998. E-338. E-339. E-340. �cido fosf�rico. Fosfatos de sodio. Fosfatos de potasio. 1 g/l expresado como P2 O5. Por separado o en combinaci�n. Con arreglo a las limitaciones impuestas en el Real Decreto 72/1998. E-304. Palmitato de L-ascorbilo. 10 mg/l. E-306. E-307. E-308. E-309. Extracto rico en tocoferoles. Alfa tocoferol. Gamma tocoferol. Delta tocoferol. 10 mg/l por separado o en combinaci�n. E-322. Lecitinas. 1 g/l. E-407. Carragenano. 0,3 g/l. E-410. Goma garrofin. 1 g/l. E-412. Goma guar. 1 g/l. E-440. Pectinas. 5 g/l s�lo en preparados de continuaci�n acidificados. E-471. Mono y diglic�ridos de los �cidos grasos. 4 g/l. E-472 c. �steres c�tricos de monoglic�ridos y diglic�ridos de los �cidos grasos. 7,5 g/l para productos en polvo. 9 g/l para productos en forma l�quida, cuando los productos contengan prote�nas, p�ptidos o amino�cidos parcialmente hidrolizados. Con arreglo a las limitaciones impuestas en el Real Decreto 72/1998. E-473. Sucro�steres de los �cidos grados. 120 mg/l en productos que contengan prote�nas, p�ptidos o amino�cidos hidrolizados. Tercera parte. Aditivos alimentarios permitidos en preparados de destete para lactantes y ni�os de corta edad El texto de la nota se sustituye por el siguiente: Los preparados y alimentos para el destete de lactantes y ni�os de corta edad podr�n contener E-414 (goma de acacia o goma ar�biga) y E-551 (di�xido de silicio) como resultado de la adici�n de preparados nutritivos que contengan un m�ximo de 150 g/kg de E-414 y 10 g/kg de E 551, as� como E-421 (manitol) cuando es utilizado como portador de la vitamina B12 (un m�nimo de una parte de vitamina B12 por 1.000 partes de manitol). El aporte de E-414 en el producto listo para consumo no deber� exceder los 10 mg/kg. Los preparados y alimentos de destete para lactantes y ni�os de corta edad podr�n contener E-301 (L-ascorbato s�dico) utilizado a nivel de quantum satis en aditivos de recubrimiento de preparados nutritivos que contengan �cidos grasos poliinsaturados. El aporte de E-301 en el producto listo para el consumo no deber� exceder los 75 mg/l. Las dosis m�ximas de utilizaci�n se refieren a los alimentos listos para el consumo, preparados seg�n las instrucciones del fabricante. Preparados de destete: La lista de aditivos se modifica con la inclusi�n del: N�meroE Denominaci�n Dosism�xima E-1451. Almid�n acetilado oxidado. 50 g/kg. Alimentos para ni�os de corta edad distintos de los elaborados a base de cereales: En el presente ep�grafe se incluye la siguiente r�brica: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima Productos a base de frutas con bajo contenido en az�car. E-333*. Quantum satis. (*) No se aplica la nota de la cuarta parte. La lista de aditivos se sustituye por: Productosalimenticios Aditivos Dosism�xima Postres y pudin. E-341 (1)(2). 1 g/kg como P2 O5. E-400 a E-402. E-404. 0,5 g/kg por separado o en combinaci�n. (1) S�lo para postres a base de frutas. (2) No se aplica la nota de la cuarta parte. Cuarta parte. Aditivos alimentarios permitidos en los alimentos para lactantes y ni�os de corta edad para fines m�dicos especiales Nota: se aplicar�n las tablas contenidas en las partes primera a tercera del anexo VI. Se incluyen los siguientes aditivos: N�meroE Denominaci�n Dosism�xima Condicionesespeciales E-401. Alg�nato s�dico. 1 g/l Desde los cuatro meses en productos alimenticios especiales con la composici�n requerida para tratar trastornos metab�licos y para alimentaci�n por sonda general. N�meroE Denominaci�n Dosism�xima Condicionesespeciales E-405. Alginato de propano-1,2-diol. 200 mg/l A partir de los doce meses en dietas especializadas destinadas a ni�os que no toleren la leche de vaca o con defectos metab�licos cong�nitos. E-410. Goma garrofin. 10 g/l Desde el nacimiento en productos destinados a reducir el reflujo gastroesof�gico. E-412. Goma guar. 10 g/l Desde el nacimiento, en productos l�quidos que contengan prote�nas hidrolizadas, p�ptidos o amino�cidos, de conformidad con el Real Decreto 72/1998, de 23 de enero. E-415. Goma xantana. 1,2 g/l Desde el nacimiento, en productos basados en amino�cidos o p�ptidos destinados a pacientes con problemas de mala absorci�n de prote�nas, deficiencias del aparato gastrointestinal o errores innatos del metabolismo. E-440. Pectinas. 10 g/l Desde el nacimiento, en productos utilizados en casos de trastornos grastrointestinales. E-466. Carboximetil celulosa s�dica. 10g/lokg Desde el nacimiento, en productos destinados al tratamiento diet�tico de trastornos metab�licos. E-471. Mono y diglic�ridos de �cidos grasos. 5 g/l Desde el nacimiento, en dietas especializadas en particular, en dietas sin prote�nas. E-1450. Octenil succinato s�dico de almid�n. 20 g/l Preparados para lactantes y preparados de continuaci�n para lactantes.

Real Decreto Nº 994/2000 - Modifica el Real Decreto Nº 145/1997, por el que se aprueba la lista positiva de aditivos distintos de colorantes y edulcorantes para su uso en la elaboración de productos alimenticios, así como sus condiciones de utilización · Nelum