Orden AAA/1278/2013 - Dispone la concesión de títulos de obtención vegetal en el Registro de Variedades Protegidas
Made 2013-06-26 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Spain
- Subjects
- Cultivated plants
- Keywords
- plant variety, seeds/planting material, biotechnology, breeders' rights, registration, vegetables/legumes, cereals/grains/rice, viticulture/oenological practices, fruits/edible nuts, plant production, crops, agricultural commodities, intellectual property rights
- Categories
- agriculture
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 161 Sábado 6 de julio de 2013 Sec. III. Pág. 50587 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 7416 Orden AAA/1278/2013, de 26 de junio, por la que se dispone la concesión de títulos de obtención vegetal en el Registro de Variedades Protegidas. El artículo 32 de la Ley 3/2000, de 7 de enero, de Régimen Jurídico de la Protección de las Obtenciones Vegetales, según la redacción dada por la Ley 3/2002, de 12 de marzo, de modificación de la Ley 3/2000, atribuye al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, actualmente Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, la competencia para la tramitación de los procedimientos para la concesión de los títulos de obtención vegetal. Por otra parte, la disposición transitoria primera de la Ley 3/2000, de 7 de enero, establece que las solicitudes del título de obtención vegetal que se hubiesen presentado con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley, serán tramitadas y resueltas conforme a la normativa legal vigente en la fecha de presentación. De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 12/1975, de 12 de marzo, de Protección de Obtenciones Vegetales y en el artículo 32 de la Ley 3/2000, de 7 de enero, y una vez cumplidos todos los trámites que se establecen en las citadas Leyes, dispongo: Se concede el título de obtención vegetal a los solicitantes que en el anexo de la presente orden se mencionan, para las variedades de las especies cuyas denominaciones figuran en dicho anexo. La presente orden agota la vía administrativa de conformidad con el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en relación con la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Contra ella podrá recurrirse, potestativamente, en reposición, ante el Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su publicación o ser impugnada, directamente ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, también contado desde el día siguiente al de su publicación. Debe advertirse que no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, si éste se hubiera interpuesto. Asimismo, se advierte que el plazo para la interposición del recurso jurisdiccional, en caso de desestimación presunta del recurso de reposición, es de seis meses a partir del día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y el 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. La presente orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 26 de junio de 2013.–El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P. D. (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril), la Secretaria General de Agricultura y Alimentación, Isabel García Tejerina. cv e: B O E A 2 01 3 74 16 BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 161 Sábado 6 de julio de 2013 Sec. III. Pág. 50588 ANEXO Concesión de título de obtención vegetal Variedad Número título Duración de la protección Solicitante Especie: Albaricoquero, Prunus armeniaca L. Moixent. 002606 Hasta 31-12-2043 IVIA. Especie: Arroz, Oryza sativa L. Carlet. 002607 Hasta 31-12-2038 Cámara Arrossera del Montsia, SCCL. Marquesa. 002608 Hasta 31-12-2038 Semillas Certificadas Castells. Mata. 002609 Hasta 31-12-2038 Semillas Certificadas Castells. Montell. 002610 Hasta 31-12-2038 Cámara Arrossera del Montsia, SCCL. Riet. 002611 Hasta 31-12-2038 Cámara Arrossera del Montsia, SCCL. Especie: Cebada, Hordeum vulgare L. Doblona. 002612 Hasta 31-12-2038 Semillas Batlle, S.A. Especie: Garbanzo, Cicer arietinum L. Pilar. 002613 Hasta 31-12-2038 INIA/IMIDRA. Especie: Girasol, Helianthus annuus L. ESA 2010. 002614 Hasta 31-12-2038 Directorate of Thrace Agricultural Research Institute. Especie: Judía de mata baja, Phaseolus vulgaris L. Peñorada. 002615 Hasta 31-12-2038 INIA-ITACYL. Especie: Mandarino clementino, Citrus clementina hort. ex Tanaka. Carruquina. 002616 Hasta 31-12-2043 A.V.A.S.A. Especie: Naranjo, Citrus sinensis (L.) osbeck. M7. 002617 Hasta 31-12-2043 Chislett Investments PTY Ltd. Especie: Tomate, Lycopersicon esculentum mill. UMH 1200. 002618 Hasta 31-12-2038 Universidad Miguel Hernández. UMH 1203. 002619 Hasta 31-12-2038 Universidad Miguel Hernández. Especie: Trigo blando, Triticum aestivum L. ATAE. 002620 Hasta 31-12-2038 Semillas Batlle, S.A. Especie: Trigo duro, Triticum durum desf. Boniduro. 002621 Hasta 31-12-2038 Semillas Batlle, S.A. Especie: Vid, Vitis vinifera L. Sheegene 10. 002622 Hasta 31-12-2043 Sheehan Genetics, LLC. Sheegene 4. 002623 Hasta 31-12-2043 Sheehan Genetics, LLC. Sheegene 6. 002624 Hasta 31-12-2043 Sheehan Genetics, LLC. Sheegene 9. 002625 Hasta 31-12-2043 Sheehan Genetics, LLC. cv e: B O E A 2 01 3 74 16 http://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X