Resolución Nº CIPCS-001-2024 - Aprueba las directrices generales para la emisión del Reglamento de funcíonamiento interno del Comité Interinstitucional de Produccíón y Comercíalización Sostenible
Made 2024-05-22 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Country
- Ecuador
- Subjects
- Food and nutrition, Forestry, General
- Keywords
- institution, legal proceedings/administrative proceedings, governance, international trade, sustainable development, procedural matters, sustainable use, traceability, food safety and quality, afforestation/reforestation, forest management/forest conservation
- Categories
- *
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1.1. Primer Subcomité de Trazabilidad Objetivo principal: Coordinar las acciones interinstitucíonales a fin de identificar todos los procesos necesarios para apoyar el cumplimiento de las exigencias de los socios comerciales, mediante el registro de los productores y de la cadena de suministro. Institución líder: Ministerio de Agricultura y Ganadería Miembros: o Ministerio de Agricultura y Ganadería MAG, líder o Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca MPCEIP - Viceministerio de Producción (Subsecretaría de Agroindustria) o Ministerio de Ambiente y Transición Ecológica MAATE o Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana MREMH o Agrocalidad
1.2. Segundo Subcomité de Desforestación: Objetivo principal: Coordinar las acciones interinstitucionales a fin de contar con un mecanismo que permita la identificación de las áreas de producción en las que se pueda verificar la no deforestación, en cumplimiento de las normas internacionales. Institución líder: Ministerio de Ambiente y Transición Ecológica MAATE Miembros: o Ministerio de Ambiente y Transición Ecológica MAATE o Ministerio de Agricultura y Ganadería MAG o Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca MPCEIP - Viceministerio de Producción (Subsecretaria de Agroindustria) o Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana MREMH o Agrocalidad
1.3. Tercer Subcomité de Legalidad de uso de suelo. Objetivo principal: Coordinar las acciones interinstitucionales a fin de establecer los mecanismos de verificación de cumplimiento de la normativa nacional del uso de suelo agrícola. Institución líder: Ministerio de Agricultura y Ganadería MAG Miembros: o Ministerio de Agricultura y Ganadería MAG o Ministerio de Ambiente y Transición Ecológica MAATE o Agrocalidad o Invitados: • MIDUVI • AME 19 Miércoles 10 de julio de 2024 Suplemento Nº 597 - Registro Oficial • CONGOPE • CONAGOPARE • Superintendencia de Ordenamiento territorial, uso y gestión del suelo
1.4. Cuarto Subcomité de Legalidad laboral y formalidad jurídica. Objetivo principal: Coordinar las acciones interinstitucionales a fin de identificar los medios de verificación de cumplimiento de normativas nacionales en materia de derechos laborales (trabajo forzoso y trabajo infantil), cumplimiento de los deberes formales tributarios y otra normativa nacional e internacional a identificarse. Institución líder: Ministerio del Trabajo (MDT) Miembros: o Ministerio del Trabajo (MDT) o Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca MPCEIP - Viceministerio de Comercio Exterior (Subsecretaría de Negociaciones) o Ministerio de Agricultura y Ganadería MAG o Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana MREMH o SRI Directrices generales para el trabajo de los subcomités: - Los subcomités establecerán sus propios objetivos específicos y los presentarán a la Presidencia del Comité a más tardar a los quince (15) días posteriores a la creación del subcomité. - Cada subcomité podrá invitar a otras instituciones o delegados de otros subcomités a sus reuniones con el fin de coordinar acciones. La Secretaría del Comité designará a un delegado del MPCEIP para dar seguimiento a cada uno de los subcomités. En los subcomités se identificará en qué aspectos se deberá solicitar apoyo a la cooperación internacional. - Cada subcomité analizará la pertinencia de invitar al sector privado para aportar con insumos, información y coordinación con su cadena, para el cumplimiento de los objetivos del subcomité y de la normativa internacional. Se creará un grupo de trabajo transversal constituido por un delegado de la Coordinación o Dirección Jurídica de cada Institución, con el fin articular entre si, y con el Comité y los Subcmités, con el objeto de: revisión y análisis jurídico de la normativa vigente. 2. Reuniones y convocatorias del Comité y de los Subcomités: Una vez emitido el Reglamento por parte del Comité, los delegados principales del Comité, deberán sesionar al menos una vez cada dos meses. El delegado principal podrá informar de la participación de su suplente en la sesión convocada. A los cinco (5) días de emitido el Reglamento por parte del Comité, los líderes de los Subcomités deberán convocar a la primera sesión del subcomité de manera formal y por escrito. Esta reunión podrá llevarse a cabo de manera presencial y/o virtual. Cada líder de los subcomités deberá convocar a sus miembros, a las siguientes sesiones, con al menos 48 horas de anticipación. Las reuniones podrán llevarse a cabo de manera presencial y/o virtual. Los Subcomités se reunirán con una periodicidad de al menos una vez al mes. El líder de los subcomités deberá llevar un registro de sus reuniones y actas de las reuniones realizadas. 20 Registro Oficial - Suplemento Nº 597 Miércoles 10 de julio de 2024 Los Subcomités deberán presentar informes mensuales a la Presidencia y Secretaría del Comité donde se incluyan las acciones realizadas, a fin de incluir en la matriz de seguimiento respetiva, para las discusiones en el Comité. 3. Participación de otros actores públicos, privados y cooperación internacional: La Presidencia del Comité por iniciativa propia o por pedido de alguno de los miembros, invitará a actores públicos y/o privados, para que, en el ámbito de sus competencias, y de acuerdo a la materia o relevancia de los temas a ser tratados, participen y/o contribuyan de forma eventual en la gestión del mismo. La Presidencia podrá invitar a las sesiones ordinarias o extraordinarias a otras instituciones públicas o privadas, personas o actores en general en calidad de asesores técnicos que se encuentren relacionados a las cadenas agroalimentarias, forestales y al acceso a mercados internacionales por iniciativa propia o de cualquiera de los miembros, quienes participarán con voz y sin voto. La cooperación internacional podrá ser invitada a participar en las sesiones de los subcomités con la finalidad de aportar su experticia técnica en los temas a tratarse. En el caso de que uno de los miembros solicite la invitación a la reunión del Comité a los actores públicos o privados que considere, el requerimiento de invitación deberá ser remitido a la Secretaria del Comité con al menos cinco (5) días laborales previos a la próxima sesión del Comité, identificando claramente el actor al cual se convocará. 4. Emisión de resoluciones: El Comité articulará y aprobará las estrategias y mecanismos interinstitucionales adoptados por las entidades competentes, relacionado al cumplimiento de las normas y regulaciones emitidas por los socios comerciales en determinadas materias primas y productos derivados, en materia de sostenibilidad, promoviendo y fortaleciendo la exportación de la producción nacional, dicha aprobación se realizará a través de resoluciones. Previo a ser considerado un tema en el orden del dia de una sesión del Comité, que amerite una Resolución, el subcomité respectivo deberá remitir a la Secretaria del Comité, el Acta de la reunión en la que contenga la recomendación técnica para consideración y aprobación del Comité, con el proyecto de resolución que corresponda, a fin de que se remita en conjunto con la convocatoria al Comité. Firmado electrónicamente por: SANDRA ELIZABETH CORDONES CORELLA Razón: Fiel copia del original- 6 folios Localización: CIPCS Fecha: 2024-06-27T11:30:20.108734-05:00 21