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Laws of Ecuador

Resolución Nº ARCONEL-005/15 ─ Modelo de factura para el pago de los servicios públicos de energía eléctrica y alumbrado público general

Made 2015-12-02 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Ecuador
Subjects
Energy
Keywords
energy conservation/energy production, internal trade, fees/royalties

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Text

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  1. 3.1 GENERALES d. Cargos por potencia, cuando corresponda;

  2. 3.1.1 Las facturas se elaborarán con sujeción a las disposiciones del artículo 40 de la Ley Orgánica de Defensa e. Comercialización; del Consumidor y del Reglamento de Comprobantes de Venta y de Retención. f. Subsidio cruzado, cuando corresponda;

  3. 3.1.2 El tamaño de la hoja deberá permitir que se g. Subsidio por la tarifa de la dignidad, cuando incluya toda la información requerida, y el tipo de papel corresponda; 12 – Jueves 17 de marzo de 2016 Registro Oficial Nº 714 h. Penalización por bajo factor de potencia, cuando En esta sección se debe incluir la siguiente aclaración: corresponda; «Estos valores no forman parte de los ingresos de la empresa eléctrica». Además, por cada rubro se debe i. Interés por mora generados respecto del servicio especificar la institución beneficiada y el sustento. eléctrico o alumbrado público, cuando corresponda; 7. Valor Total a Pagar debido a los valores correspondientes j. Peajes, cuando corresponda; al consumo de los servicios públicos de energía eléctrica, alumbrado público, valores pendientes y k. Consumo interno de energía y potencia del recaudación de terceros. transformador, cuando corresponda; En el Anexo de la presente Regulación, se muestra un l. Otros rubros o subsidios establecidos mediante leyes, modelo de factura por los servicios públicos de energía siempre que se encuentren relacionados con el servicio eléctrica y alumbrado público general que deben cumplir las de energía eléctrica. distribuidoras de energía eléctrica. Los campos señalados en este cuerpo son referenciales y deberán constar siempre m. Valores correspondientes a corte y reconexiones de y cuando se apliquen al consumidor específico que se esté servicio; facturando, otra información adicional, relacionada con la prestación del servicio podrá ser incluida por la empresa n. Servicio de Alumbrado Público General; distribuidora en caso de estimarla necesaria. 4. FACTURAS CONSUMIDORES ESPECIALES o. Servicios adicionales contratados por el consumidor, con la empresa para la prestación de servicios relacionados Para los consumidores a quienes se les aplica tarifas con el eléctrico y que no sean de responsabilidad del con demanda horaria en media y alta tensión, que por distribuidor. sus características especiales, requieran que se incluya alguna información y gráficas adicionales, a las que 3. Rubros correspondientes a «Valores Pendientes»: señala el modelo de la presente Regulación, las empresas distribuidoras deberán diseñar un modelo especial, para a. Planillas anteriores; este tipo de consumidores. Para el efecto deberán cumplir, además, con la información básica solicitada en la presente b. Pagos adelantados o abonos realizados. Regulación, y la desagregación señalada en el numeral 3, esto es: consumo de energía eléctrica, valores pendientes, 4. Historial de consumos de los 13 (trece) últimos meses, alumbrado público general, rubros de terceros y su incluido el mes de consumo actual. Esta información consecuente totalización. debe presentarse en formato gráfico y además incluir valores numéricos que permitan su correcta lectura. Para los clientes no regulados, se deberá adaptar el modelo Este gráfico deberá además incluir una recta horizontal de factura, con la información dependiendo del tipo de en el valor límite para la entrega del subsidio Tarifa cliente, considerando: prestación del servicio, valores Dignidad, se deberá indicar que dicha recta corresponde pendientes y rubro de terceros. al límite mencionado. 5. DISPOSICIONES TRANSITORIAS 5. Tabla de información de ahorro por subsidios, cuando corresponda: Primera: El modelo de factura dispuesto en la presente Regulación deberá implementarse como máximo a partir de a) Cocción Eléctrica; la facturación de los consumos del mes de enero de 2016. Hasta dicha fecha se podrá utilizar el modelo de factura b) Calentamiento de Agua; aplicado previo a la aprobación de la presente Regulación. c) Subsidio a la tarifa eléctrica, calculado como la Segunda: Las tasas por el servicio de recolección de basura diferencia entre el costo real del servicio de energía podrán ser recaudadas a través de la planilla eléctrica hasta eléctrica y la tarifa aplicada al consumidor; enero de 2016. Una vez finalizado este período se sujetará a lo dispuesto en la Disposición General Tercera de Ley d) Tarifa de Dignidad; y, Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica. Tercera: El financiamiento de la cocina de inducción e) Total por los conceptos anteriores. podrá incluirse en la factura y ser recaudado por la empresa distribuidora, mientras permanezca en vigencia el programa Para aquellos consumidores que al momento de aplicar PEC. el Decreto Ejecutivo No. 451-A de 30 de junio de 2007 (Tarifa Dignidad), el valor de dicho subsidio sea igual Cuarta: El financiamiento de refrigeradoras de acuerdo al a USD 0,00 (cero dólares de los Estados Unidos de Plan Renova, podrá incluirse en la factura y ser recaudado América), en la casilla correspondiente se incluirá la por la empresa distribuidora, mientras permanezca en siguiente frase: «Valor cubierto por subsidio cruzado». vigencia dicho proyecto. 6. Recaudación por Terceros, únicamente se podrán 6. DEROGATORIA incluir los siguientes: La presente Regulación deroga a la Regulación No. a. Información sobre el financiamiento de la cocina de CONELEC – 004/14, «Modelo de factura para el pago inducción, de acuerdo al programa PEC; y, de los valores correspondientes por el servicio público de energía eléctrica y alumbrado público general», aprobada b. Información sobre el financiamiento de refrigeradoras, por el Directorio del CONELEC, mediante Resolución No. de acuerdo al Plan Renova. 059/14, de 15 de julio de 2014. Registro Oficial Nº 714 Jueves 17 de marzo de 2016 – 13 Certifico que esta Regulación fue aprobada por el Directorio de ARCONEL, mediante Resolución No. ARCONEL 089/15 de 02 de diciembre de 2015. f.) Lcda. Lorena Logroño S., Secretaria General, Encargada ,ARCONEL. ANEXO Modelo de factura para el pago de los servicios públicos de energía eléctrica y alumbrado público general, hoja única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