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Laws of Ecuador

Resolución Nº 8 - Levanta la suspensión de importaciones de aves reproductoras, productos y subproductos de origen avícola procedentes de Colombia

Made 2006-02-24 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

research.laws.repealedOn

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Ecuador
Subjects
Livestock
Keywords
hygiene/sanitary procedures, poultry, international trade, pests/diseases, animal health, birds
Categories
*

Where to read it

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Text

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  1. Resolución No. 008 EL SERVICIO ECUATORIANO DE SANIDAD AGROPECUARIA - SESA Considerando: Que, mediante Resolución No 024 del 10 de octubre del 2005. se suspendió por tres meses la importación de aves para la reproducción, huevos fértiles, productos subproductos y derivados de las especies Gallus domésticus y gallopavo, procedentes de la República de Colombia por la detección serológica y aislamiento viral de una cepa de Influenza Aviar en tres granjas avícolas de reproducción en el Departamento del Tolima: Que, efectuado el análisis técnico de la información oficial aportada por el ICA mediante oficios No 13773 de fecha 23 de diciembre del 2005, No 075 de fecha 4 cíe enero del 2006. No. 915 de fecha 27 de enero del 2006 y No 142S de fecha 10 de febrero del 2006 sobre la situación sanitaria y epidemiológica de Influenza Aviar y de las zonas geográficamente afectadas: el SESA. de acuerdo a los mandatos legales tomará las medidas adecuadas para mantener el status interno sanitario del país \ evitar leí introducción de enfermedades exóticas: Que mediante memorando No 52 DTAP/SESA de fecha 22 de febrero, la Unidad de Análisis de Riesgo del SESA. luego de la evaluación de la información remitida por d Instituto Colombiano Agropecuario, referida a las alciones de control y vigilancia de Influenza Aviar en Colombia. recomienda la aplicación del principio de regionalización, del acuerdo a las Medidas Sanitarias y Fitosanitaria de la Organización Mundial de Comercio OMC; y, En uso de las atribuciones que le concede el literal d) del articulo 11 del tituló 8, Libro III del Decreto Ejecutivo No 3609. "Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio de Agricultura y Ganadería, publicado en la Edición Especial No 1 del Registro Oficial del 20 de marzo del 2003"; Resuelve: Art. 1.- Levantar la suspensión de importaciones de aves reproductoras, huevos fértiles, productos, subproductos y derivados de origen avícola, procedentes de Colombia, con excepción de los que procedan del Departamento de Tolima. Art. 2.- 1.a derogación total de la Resolución No 024 se formalizara, luego de la evaluación in situ, que realizará personal técnico del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria. Art. 3.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Registro Oficial. Dado en Quito, a 24 de febrero del 2006. f.) Ing. Abel Viteri Echanique, Director Ejecutivo del SLSA.

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