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Laws of Ecuador

Resolución Nº 72 - NTE INEN 2 411 sobre bebidas energéticas

Made 2008-05-19 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Ecuador
Subjects
Food and nutrition
Keywords
food safety and quality, beverages, special dietary uses, standards, nutrition

Where to read it

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Text

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  1. Resolución No. 072-2008 EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACION Considerando: Que, está en vigencia la Ley 2007-76 del Sistema Ecuatoriano de la Calidad del 2007-02-08, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 26 del jueves 22 de febrero del 2007; Que, el Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN, entidad competente en materia de Reglamentación, Normalización y Metrología, ha formulado la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 411 BEBIDAS ENERGETICAS. REQUISITOS; Que, en su elaboración se ha seguido el trámite reglamentario; Que, el Directorio del INEN en las sesiones llevadas a cabo el 14 y 28 de marzo del 2008, respectivamente, conoció y aprobó la indicada norma; Que, por disposición del Directorio del INEN, el Presidente del Directorio debe proceder a la oficialización con el carácter de VOLUNTARIA, mediante su publicación en el Registro Oficial, a fin de que exista un justo equilibrio de intereses entre proveedores y consumidores; y, En ejercicio de las facultades que le concede la ley, Resuelve: Art. 1o. Oficializar con el carácter de VOLUNTARIA la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 411 (Bebidas energéticas. Requisitos), que establece los requisitos que deben cumplir las bebidas que por su composición química induzcan al organismo humano sano y maduro a mejorar su desempeño fisiológico. Incluye a aquellas bebidas que en su composición tengan uno o más nutrientes como aminoácidos, hidratos de carbono, vitaminas y minerales, pudiendo también incluir cafeína de cualquiera de sus fuentes. No incluye a las bebidas gaseosas ni a las hidratantes. Comuníquese y publíquese en el Registro Oficial. Dado en Quito, Distrito Metropolitano, 19 de mayo del 2008. f.) Ing. Marco Peñaherrera, Presidente del Directorio. f.) Ing. Civil, M. Sc. Felipe Urresta, Secretario del Directorio. MIC.- Certifico.- Es fiel copia del original. Archivo Central. f.) Ilegible.- 27 de mayo del 2008.

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