Resolución Nº 50 - Reconoce los libros rojos oficiales de especies amenazadas del Ecuador
Made 2002-08-08 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Ecuador
- Subjects
- Wild species and ecosystems
- Keywords
- biodiversity, birds, classification/declassification, endangered species, hunting/capture, inventory, research, wild fauna, wild flora, protection of species
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Text
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Resolución No. 050 Lourdes Luque de Jaramillo MINISTRA DEL AMBIENTE Considerando: Que el Art. 86 de la Constitución de la República del Ecuador y el Art. 12. incisos cinco, seis y siete de la Ley de Gestión Ambiental, obligan al Estado a garantizar la preservación de la naturaleza y a declarar de interés público la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, así como a velar por la protección y restauración de la diversidad biológica; Que según el Art. 76 de la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre, le corresponde al Ministerio del Ambiente proteger y evitar la eliminación de las especies de flora y fauna silvestres amenazadas o en proceso de extinción; Que según el Art. 145 del Reglamento de Aplicación a la Ley Forestal y de Conservación de Areas Naturales y Vida Silvestre, el Ministerio del Ambiente determinará, mediante acuerdo ministerial, las especies de flora y fauna de prohibida exportación, las cuales generalmente constituyen especies sometidas a algún factor de amenaza y disminución de sus poblaciones; y. En uso de sus facultades legales, Resuelve: Art. 1. Reconocer como los libros rojos oficiales de especies amenazadas del Ecuador a los siguientes documentos: a) Libro Rojo de los Mamíferos del Ecuador, editado en el año 2001 por Diego Tirira, SIMBIOE, EcoCiencia, UICN y el Ministerio del Ambiente; b) Libro Rojo de las Aves del Ecuador, editado en el año 2002 por Tarsicio Granizo, Cecilia Pacheco, María Belén Ribadeneira, Mauricio Guerrero, Luis Suárez, SlMBIOE, Conservación Internacional, EcoCiencia, UICN y el Ministerio del Ambiente; y, c) Libro Rojo de las Plantas Endémicas del Ecuador 2000, editado por Renato Valencia, Nigel Pitman. Susana León - Yánez, Peter Jorgensen, Herbario QCA de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador. Art. 2. Promover la actualización de estos documentos, mediante el apoyo a estudios ecológicos y taxonómicos de estas especies, así como la generación de información correspondiente a especies amenazadas de otros grupos taxonómicos de la biodiversidad del Ecuador. Art. 3. Prohibir la captura, cacería, comercialización y transporte de especimenes vivos, elementos constitutivos y subproductos de las especies incluidas en los mencionados libros rojos, por considerarse amenazadas de extinción. DISPOSICION TRANSITORIA: Las futuras ediciones de los documentos señalados en el Art. 1 reemplazarán a las ediciones anteriores y serán documentos oficiales. Sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, la presente resolución ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción. Comuníquese y publíquese. Dado en Quito, a los diez y nueve días del mes de agosto del 2002. f.) Lourdes Luque de Jaramillo, Ministra del Ambiente.