Resolución Nº 3 - Modifica la Resolución Nº 1, Políticas Nacionales de Información Geoespacial
Made 2013-07-24 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Ecuador
- Subjects
- Air and atmosphere, Land and soil
- Keywords
- policy/planning, institution, access-to-information, data collection/reporting, survey/mapping, governance
Where to read it
No source link is recorded for this law.
Text
The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.
Segundo Suplemento -- Registro Oficial Nº 100 -- Lunes 14 de octubre de 2013 -- 9 CONSEJO NACIONAL DE GEOINFORMÁTICA CONAGE No. 003-CONAGE-2013 Considerando: Que, la Constitución de la República en el artículo 18, numeral 2, establece “Acceder libremente a la información generada en entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas. No existirá reserva de información excepto en los casos expresamente establecidos en la ley. En caso de violación a los derechos humanos, ninguna entidad pública negará la información”; Que, la Constitución de la República en el artículo 66, numeral 25, establece “EI derecho a acceder a bienes y servicios públicos y privados de calidad, con eficiencia, eficacia y buen trato, así como a recibir información adecuada y veraz sobre su contenido y características”; Que, la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en el artículo 1, establece: “El acceso a la información pública es un derecho de las personas que garantiza el Estado”. El artículo 5, señala: “Se considera información pública a todo documento en cualquier formato, que se encuentre en poder de las instituciones públicas y de las personas jurídicas a las que se refiere esta Ley, contenidos, creados u obtenidos por ellas, que se encuentren bajo su responsabilidad o se hayan producido con recursos del Estado”; Que, mediante Decreto Ejecutivo No.2250, del 11 de noviembre de 2004, publicado en el Registro Oficial No.466 de 22 de noviembre de 2004, se crea el Consejo Nacional De Geoinformática (CONAGE) como organismo técnico dependiente de la Presidencia de la República, cuyo objetivo es impulsar la creación de la Infraestructura Ecuatoriana de Datos Geoespaciales (IEDG); Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1577, publicado en R. O. No. 535, del 26 de febrero de 2009, se establece que la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo hará las veces de la Secretaría Técnica del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa; 10 -- Segundo Suplemento -- Registro Oficial Nº 100 -- Lunes 14 de octubre de 2013 Que, las “Políticas Nacionales de Información Geoespacial y Datos Geográficos Marco Clasificación”, se publicaron en Registro Oficial No. 269, del 01 de septiembre de 2010. Que, los diferentes procesos de planificación requieren un fácil acceso a los datos e información, a fin de optimizar su utilización e intercambio, procurando el manejo adecuado de los recursos y lograr la reusabilidad y democratización de la información. En uso de las atribuciones que le confiere la Ley: RESUELVE: Art. 1.- Aprobar en el documento “Políticas Nacionales de Información Geoespacial” el cambio de la política 2.3, cuyo texto original debe sustituirse por: "Las instituciones u organismos generadores de información geoespacial deben mantener un registro de la entrega, para fines estadísticos" Art. 2.- Aprobar en el documento “Políticas Nacionales de Información Geoespacial” el cambio de la política 4.5, cuyo texto original debe sustituirse por: “Se prohíbe la venta, arrendamiento y comercialización o cualquier otra forma conocida o por conocerse de transferencia de la propiedad intelectual, incluso como parte de otros servicios de la información geográfica de carácter público. Se prohíbe la redistribución de los datos e información pública vía Internet, excepto al Sistema Nacional de Información o salvo expresa autorización del generador y/o propietario de la información” Art. 3.- De la ejecución de la presente resolución que entrará en vigencia a partir de sus suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese a la Ing. Alejandra Repetto, funcionaria de la Dirección de Métodos, Análisis e Investigación, de la Subsecretaria de Información, de la SENPLADES. Para constancia y fe de lo actuado, firman la presente Acta la Presidenta, Secretario y delegados de instituciones miembros. Dado y firmado en la ciudad de Quito, a 24 de julio de 2013. f.) Ing. Natalia Cárdenas, Delegada de la SENPLADES, Presidenta del CONAGE. f.) Crnl. Pedro Cabezas, Delegado del IGM, Secretario del CONAGE. f.) Crnl. Patricio Salazar, Delegado IEE. f.) Ing. Martha Correa, Delegada INIGEMM. f.) Ing. Natalia Rumazo, Delegada MAGAP. f.) Javier Andino, Delegado INEC. f.) Ing. Patricia Villa, Delegada INOCAR.