Resolución Nº 293 - NTE INEN 67 sobre requisitos del queso Cheddar
Made 2011-09-09 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Ecuador
- Subjects
- Food and nutrition
- Keywords
- food safety and quality, milk/dairy products, treated food, standards, processing/handling, packaging/labelling
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Text
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Resolución No. 11 293 MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD Considerando: Que, mediante Ley 2007-76, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 26 del jueves 22 de febrero del 2007, se establece la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad; Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 1119 de 1973-12- 26, publicado en el Registro Oficial No. 487 de 1974-02- 05, se oficializó con carácter de Obligatoria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 67 QUESO CHEDDAR. REQUISITOS; Que la primera revisión de la indicada norma ha seguido el trámite reglamentario; Que, la Subsecretaría de Industrias, Productividad e Innovación Tecnológica del Ministerio de Industrias y Productividad, conoció y aprobó la primera revisión de la indicada norma; Que, de conformidad con la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, el Ministerio de Industrias y Productividad es la institución rectora del Sistema Ecuatoriano de la Calidad. En consecuencia, es competente para aprobar, oficializar y mantener con el carácter de OBLIGATORIA a la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 67:2011 (QUESO CHEDDAR. REQUISITOS) primera revisión, http://www.derechoecuador.com/index.php?option=com content&view=article&id=6403:registro-oficial-no-559-miercoles-19-de-octubre-de-2011&catid=358:octubre&Itemid=604#N 11293#N 11293 mediante su promulgación en el Registro Oficial, a fin de que exista un justo equilibrio de intereses entre proveedores y consumidores; y, En ejercicio de las facultades que le concede la ley, Resuelve: ARTÍCULO 1.- Aprobar y oficializar con el carácter de OBLIGATORIA la primera revisión de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 67 (Queso Cheddar. Requisitos), que establece los requisitos que debe cumplir el queso cheddar destinado al consumidor final. ARTÍCULO 2.- Las personas naturales o jurídicas que no cumplan con lo establecido en la mencionada norma, serán sancionadas de conformidad con la ley. ARTÍCULO 3.- De conformidad con el Acuerdo Ministerial No. 11 256 de 15 de julio del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 499 de 26 de julio del 2011, el Instituto Ecuatoriano de Normalización INEN, deberá publicar la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 67:2011 (primera revisión) en la página web de esa institución. (www.inen.gob.ec). ARTÍCULO 4.- Esta norma técnica reemplaza a la NTE INEN 67:1974 y entrará en vigencia desde la fecha de promulgación de la presente resolución en el Registro Oficial. Comuníquese y publíquese en el Registro Oficial.- Dada en Quito, Distrito Metropolitano, 9 de septiembre del 2011. http://www.inen.gob.ec/ f.) Tclga. Catalina Cárdenas, Subsecretaria de la Calidad (E). MIPRO.- Ministerio de Industrias y Productividad.- Certifico.- Es fiel copia del original.- Archivo Central.- Firma: Ilegible.- Fecha: 9 de septiembre del 2011.