Resolución Nº 16 - Modifica la Resolución Nº 28, sobre requisitos para los buques que realizan el transporte de carga del continente hacia la provincia de Galápagos y viceversa
Made 2011-03-24 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Ecuador
- Subjects
- Sea, Environment
- Keywords
- marine pollution, pollution control, protected area, navigation, environmental standards, oil pollution, certification, transport/storage, authorization/permit, standards, protection of environment
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Resolución No. 016/11 EL CONSEJO NACIONAL DE LA MARINA MERCANTE Y PUERTOS Considerando: Que, mediante Resolución No. 028/10 del 10 de diciembre del 2010, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 352 del 30 de los mismos mes y año, este Consejo estableció los requisitos que deben cumplir los buques que realizan el transporte de carga del continente hacia la provincia de Galápagos y viceversa; Que, la resolución indicada en el considerando anterior, fue elaborada con la participación del Consejo de Gobierno del Régimen Especial de Galápagos, Dirección del Parque Nacional Galápagos, el Sistema de Inspección y Cuarentena para Galápagos, la Subsecretaria de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial y la Dirección Nacional de los Espacios Acuáticos, con el fin de garantizar que el transporte de carga hacia la indicada provincia, cumpla con todas las regulaciones de seguridad marítima y protección del medio marino, una vez que la Organización Marítima Internacional -OMI adoptó como Zona Marítima Especialmente Sensible a Galápagos; Que, el Consejo de Gobierno del Régimen Especial de Galápagos, ha solicitado que se extienda el plazo para la exigencia de todos los requisitos establecidos en la Resolución No. 028/10, indicada en el primer considerando, a fin de que todos ellos sean exigidos a partir del 1 de julio del 2011, en consideración a que mediante la Resolución Nº 010-CGREG-2011 del 28 de febrero del 2011, dicho Consejo aprobó el “Procedimiento para el otorgamiento del permiso de operación insular POI a los buques que transportan carga desde el continente hacia la provincia de Galápagos o viceversa”; y, En uso de sus facultades legales, http://www.derechoecuador.com/index.php?option=com content&view=article&id=6245:registro-oficial-no-471-jueves-16-de-junio-de-2011-suplemento&catid=349:junio&Itemid=610#N 01611 Resuelve: Art. 1.- Reformar la disposición transitoria de la Resolución No. 028/10 del 10 de diciembre del 2010, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 352 del 30 de los mismos mes y año, la misma que dirá: “DISPOSICIÓN TRANSITORIA Todos los requisitos establecidos en esta Resolución para el trasporte de carga del continente hacia la provincia de Galápagos y viceversa, serán exigidos a partir del 1 de julio del 2011” Art. 2.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y de su cumplimiento se encargarán las autoridades mencionadas en el Art. 15 de la Resolución No. 028/10. Dada en la ciudad de Guayaquil, en la sala de sesiones de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de la Marina Mercante y Puertos, a los veinticuatro días del mes de marzo del año dos mil once. f.) Ab. Andrés Martínez Landívar, Delegado del Ministro de Transporte y Obras Públicas, Presidente del Consejo Nacional de la Marina Mercante y Puertos. f.) Dr. Publio Farfán Vélez, Secretario Ad-hoc del Consejo Nacional de la Marina Mercante y Puertos.