Resolución Nº 13 - Modifica la Resolución Nº 4, sobre la regulación de asambleas generales y de los consejos de administración y vigilancia de las cooperativas de la economía popular y solidaria
Made 2015-10-19 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Regulation
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Ecuador
- Subjects
- Agricultural and rural development
- Keywords
- cooperative/producer organization, legal proceedings/administrative proceedings, non-governmental entity
Where to read it
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Text
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Artículo 1.- Incorpórese luego de artículo 31, el siguiente artículo:
Artículo 32.- Las cooperativas mediante resolución de su máximo órgano de gobierno en función de sus intereses y necesidades, deberán incorporar en su reglamento de elecciones de la Directiva, el mes dentro del cual se efectuarán las mismas. El período estatuario para el ejercicio de funciones directivas, correrá a partir del registro de los vocales de consejos y directivos en la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- En función de sus intereses y necesidades, el máximo órgano de gobierno de las cooperativas que actualmente cuenten con un reglamento de elecciones aprobado, en un plazo no mayor a 180 días deberán ajustarlo conforme a lo dispuesto en el primer inciso del artículo 32. SEGUNDO.- Por esta única ocasión, el máximo órgano de gobierno de las cooperativas de la Economía Popular y Solidaria mediante votación secreta, podrán resolver la terminación anticipada o la prórroga en las funciones de sus vocales de consejos y directivos, sin ser sujetos de sanción por parte del órgano de control, a fin de homologarlas con el período establecido en su reglamento de elecciones de conformidad con el artículo 32 de esta resolución.
Artículo 2.- De la ejecución de esta Resolución encárguese a la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, quien publicará en su portal web la presente Resolución.
Artículo 3.- Esta Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.