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Laws of Ecuador

Resolución Nº 1 - Valores por servicios prestados en la sanidad vegetal y sanidad animal

Made 2004-04-19 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

research.laws.repealedOn

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Ecuador
Subjects
Livestock, Cultivated plants
Keywords
animal health, institution, fees/royalties, legal proceedings/administrative proceedings, governance, plant protection
Categories
agriculture

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  1. Resolución No 001 EL DIRECTORIO DEL SERVICIO ECUATORIANO DE SANIDAD AGROPECUARIA SESA Considerando: Que, el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria, SESA, como entidad de autogestión adscrita al Ministerio de Agricultura y Ganadería, financia sus actividades de protección sanitaria y fitosanitaria, a través de los servicios que presta, con fundamento en las leyes de Sanidad Vegetal, Sanidad Animal, de Erradicación de la Fiebre Aftosa, Ley 073 (Plaguicidas) y sus respectivos reglamentos; Que, en el Art. 11 de la Ley para la Promoción de la Inversión y la Participación Ciudadana, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No 144 del 18 de agosto del 2000, se faculta a las instituciones del Estado establecer el pago por los servicios de control, inspecciones, autorizaciones, permisos, licencias u otros de similar naturaleza, a fin de recuperar los costos en los que incurrieren para este propósito; y, su reforma introducida mediante No 039-2002-TC, publicada en el Registro Oficial No 130 del 22 de julio del 2003; Que, el presupuesto del SESA, será financiado con recursos de auto gestión y asignaciones del Estado, requiriéndose disponer de ingresos, obtenidos por el cobro de servicios prestados a los beneficiarios, para lo cual es necesario que estos valores sean actualizados de conformidad a los índices inflacionarios; y, En ejercicio de las atribuciones establecidas en el literal c) del Art. 6 del Capítulo II, Título VIII, Libro III del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio de Agricultura y Ganadería, constante en el Decreto Ejecutivo 3609, publicado en la Edición Especial No 1 del Registro Oficial del 20 de marzo del 2003, Resuelve: Art. 1.- Establecer en dólares americanos los valores que cobra el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria (SESA), por los servicios que presta en sus diversas áreas de trabajo en la sanidad vegetal y sanidad animal, de conformidad con las tablas anexas I y II que forman parte de la presente resolución. Art. 2.- Los valores que se señalan en las tablas anexas I y II a la presente resolución, se revisarán anualmente de conformidad a los costos que demande el servicio. Art. 3.- Las coordinaciones y direcciones provinciales del MAG, pagarán el 50% del costo por los servicios establecidos en las tablas anexas I y II a la presente resolución, siempre y cuando correspondan a aspectos inherentes a las funciones y programación anual. Art. 4.- Exonérase al SESA el pago por los servicios prestados, establecidos en las tablas anexas I y II a la presente resolución; cuando por funciones, deba cumplir actividades específicas establecidas en las leyes y reglamentos, previa justificación del Director Ejecutivo, o de los coordinadores provinciales. Art. 5.- Se excluye del pago de los servicios prestados, establecidos en las tablas anexas I y II a la presente resolución, a los organismos nacionales e internacionales que efectúan convenios de Cooperación Técnica y Económica y otras que realicen donaciones al SESA de: Reactivos, químicos, equipos, insumes agropecuarios, animales, y otros por valores iguales o superiores en relación a los costos de los servicios de las tablas anexas I y II de la presente resolución. Art. 6.- Las personas naturales o jurídicas que soliciten los servicios al SESA, previo a la realización de los mismos, deberán cancelar el valor correspondiente, a través del Banco Nacional de Fomento, BNF, u otro que se implante en el futuro. Art. 7.- Dejar sin efecto los acuerdos ministeriales: 073, 250 y 217, publicados en los registros oficiales No 298 de 3 de abril del 2001; Suplemento del R.O. No 408 de 10 de septiembre del 2001 y Registro Oficial No 211 del 14 de junio de 1989, respectivamente. Art. 8.- De la ejecución y modificación de la presente resolución y sus tablas anexas I y II, encárguese al Director Ejecutivo del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria, SESA, la misma que entrará en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Comuníquese y publíquese.- Dado en Quito, a, 19 de abril del 2004. f.) Salomón F. Larrea R., Ministro de Agricultura y Ganadería, Presidente del Directorio, SESA. f.) Dr. Teófilo Lama, Ministro de Salud Pública, miembro del Directorio, SESA. f.) Señora Ivonne Juez de Baki, Ministra de Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y Competitividad, miembro del Directorio, SESA. Certifico: Que la resolución que antecede y sus anexos sofí copias iguales a sus originales que reposan en los archivos del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria, SESA.- f.) José Parias, Jefe Archivo del SESA.- Quito, a 20 de abril del 2004.- Anexo: Tablas I y II de valores por servicios. ANEXO TABLA 1 SERVICIO ECUATORIANO DE SANIDAD AGROPECUARIA - SESA TABLA DE VALORES POR LOS SERVICIOS DE CONTROL, INSPECCIÓN, AUTORIZACIONES, TRATAMIENTO FITOSANITARIO Y CERTIFICACIÓN FITOSANITARIA EN CENTROS DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA DE PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS, DERIVADOS DE ESTOS Y OTROS ARTÍCULOS REGLAMENTADOS DE ORIGEN SERVICIOS POR INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN FITOSANITARIÁ INTERNACIONAL PARA EXPORTACIÓN Código SERVICIOS DE INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN Unidad de medida Exportación en USD a) Material vegetal de propagación 1) Para investigación por inspección hasta 30 Kg 10,00 2) Siembras comerciales: De 31 a 100 Kg Lo indicado 10,00 De 101 a 500 Kg Lo indicado 20,00 De 501 a 1000 Kg Lo indicado 30,00 De 1001 Kg en adelante Lo indicado 50,00 3) Por la extensión del certificado fitosanitario Certificado 4,00 b) 1) Por la inspección y precertificación fitosanitaria en plantas procesadoras de productos vegetales, refrigerados, congelados, industrializados, semiprocesados y elaborados Inspección 50,00 2) Por contenedor, al granel o cualquier otra forma, la inspección entre el 1 al 2% por cada 20 Tm 20 Tm 20,00 3) Por la extensión del certificado fitosanitario Certificado 4.00 c) Por la inspección entre el 1 al 2% en el sitio de embarque de: Café, cacao, granos en general y fibras de origen vegetal hasta 100 Tm 100 Tm 20,00 Por cada Tm adicional a las 100 Tm pagará USD 0.025 1) Por la inspección fitosanitaria de madera industrializada, procesada, elaborada que se realice en las fábricas el exportador pagará trimestralmente Inspección trimestral 200,00 2) Por la inspección fitosanitaria de maderas en bruto, pingos, rolliza en el puerto de embarque Inspección 50,00 3) Por la extensión del certificado fitosanitario Certificado 4,00 d) Por la inspección fitosanitaria en el sitio de embarque de: Concentrados, pulpas, y otros de carácter agrícola hasta 100 Tm 100 TM 20,00 Por cada Tm adicional a las 100 Tm pagará USD 0.025 e) Productos agrícolas para promoción en mercados, consumo doméstico y análisis de laboratorio en el exterior (muestras de hasta 30 Kg) 30 Kg 10,00 f) Inspección para exportación entre el 1 al 2% de 1) Banano, plátano y otros frutos de musáceas en caja, por cada 1000 cajas inspeccionadas Inspección 5,00 Plátano y otros frutos de musáceas vía terrestre Hasta 100 Tm Lo indicado 20.00 De 101 Tm a 200 Tm Lo indicado 40.00 Más de 200 Tm Lo indicado 60,00 Código SERVICIOS DE INSPECCIÓN Y CERTIFICACIÓN Unidad de medida Exportación en USD 2) Otros frutos frescos tradicionales y no tradicionales que se exporten en cajas o al granel: Hasta 50 Tm Lo indicado 10,00 De 51 a 100 Tm Lo indicado 20,00 Más de 100 Tm Lo indicado 40,00 3) Tubérculos y raíces en general: De 1 Tm a 20 Tm Lo indicado 10,00 Más de 20 Tm Lo indicado 20,00 4) Hortalizas en general: De 1 Tm a 20Tm Lo indicado 10,00 Más de 20 Tm Lo indicado 20,00 5) Por la extensión del certificado fitosanitario Certificado 4,00 8) Productos, subproductos o derivados de origen vegetal que no consten en esta tabla para exportación pagarán por el servicio prestado: De 1 Kg a 100 Kg Lo indicado 20,00 De 101 Kg a 500 Kg Lo indicado 40,00 De 501 Kg a 100 Kg Lo indicado 60,00 Por cada Kg adicional a los 1000 Kg pagará USD 0.01 SERVICIOS PARA ESTABLECER REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA IMPORTACIÓN E INSPECCIÓN FITOSANITARIA EN EL PUERTO DE ENTRADA a) Material vegetal y semillas de propagación con fines de investigación hasta 30 Kg: Permiso por producto 10,00 b) Semillas, material vegetal de propagación, cultivos in - vitro con fines comerciales: Hasta 50 Kg Permiso por producto 10,00 De 51 Kg hasta 100 Kg Permiso por producto 20,00 Del 01 Kg hasta 200 Kg Permiso por producto 30,00 De 200 Kg hasta 400 Kg Permiso por producto 40,00 Por cada Kg adicional a los'400 Kg pagará USD 0.01 1) Material vegetal para promoción y/o exposiciones Permiso por producto 20,00 c) 1) Cereales, leguminosas, oleaginosas y otros: Hasta 100 Tm Permiso por producto 10.00 De 101 Tm a 500 Tm Permiso por producto 20,00 De 501 Tm a 1000 Tm Permiso por producto 40,00 Por cada Tm adicional a las 1000 Tm pagará USD 0.025 d) Productos vegetales en general procesados o semiprocesados para consumo o uso industrial: De 1 Kg a 100 Kg Permiso por producto 10,00 De 101 Kg a 500 Kg Permiso por producto 20,00 De 501 Kg a 1000 Kg Permiso por producto 40,00 Por cada Kg adicional a los 1000 Kg pagará USD 0.01 e) Frutas frescas: De 1 Tm a 10 Tm Permiso por producto 10,00 De 11 Tm a 20 Tm Permiso por producto 20.00 De 21 Tm a 50 Tm Permiso por producto 40,00 Por cada Tm adicional a las 50 Tm pagará USD 0.025 f) Hortalizas frescas y/o deshidratadas: De 1 Kg a 100 Kg Permiso por producto 20,00 De 101 Kg a 500 Kg Permiso por producto 40,00 Más de 500 Kg Permiso por producto .60,00 Por cada Kg adicional a los 1000 Kg pagará USD 0.01 g) Organismos benéficos para control biológica Monto fijo 10.00 Productos, subproductos o derivados de origen vegetal que no consten en esta tabla para importación pagarán por el servicio prestado: De 1 Kg a 100 Kg Permiso por producto 20,00 De 101 Kg a 500 Kg Permiso por producto 40,00 De 501 Kg a 1000 Kg Permiso por producto 60,00 Por cada Kg adicional a los 1000 Kg pagará USD 0.01 Código SERVICIOS POR ANÁLISIS, INSPECCIONES, REGISTROS Y OTROS Unidad de medida Servicio en USD 1 Inspección y certificación orgánicos: Registro y evaluación de productores (por dos años): Extensión del cultivo: a) Hasta 5 has Costo F. 5.00 b) de 5,1 has-20 has Costo F. 15,00 c) de 20,1 has-100 has Costo F. 50,00 d) de 100,1 has-500 has Costo F. 100,00 e) de 500,1 has-1000 has Costo F. 250,00 f) Más de 1000 has Costo F. 300,00 2 Recolectores de productos silvestres y comercializadores locales Costo F. 50,00 3 Comercializadores internacionales Costo F. 100,00 4 Registro y supervisión de certificadoras Costo F. 150,00 5 Registro inspectores Costo F. 10,00 6 Registro laboratorios Costo F. 50,00 7 Venta de parasitoides, para control biológico por cada mil unidades Millar 22,00 8 Certificación para exportación de parasitoides para control biológico por cada 1000 unidades Millar 5,00 9 Inspección fitosanitaria en lugares de almacenamiento y/o producción Inspección 50,00 10 Inspección para certificación fitosanitaria de centros de propagación vegetativa Inspección 50,00 11 Emisión del certificado fitosanitario para funcionamiento de: Centros de propagación vegetativa (bianual) a) Hasta 500 m2 Certificado 5,00 b) de 501 m2 a 1000 m2 Certificado 10,00 0 Más de 1000 m2 Certificado 25,00 12 Inspección y registro fitosanitario para el funcionamiento del laboratorio de cultivos meristemáticos (anual) Certificado 50,00 13 Certificado fitosanitario de funcionamiento para laboratorios o empresas que producen o comercializan semillas o material vegetativo de origen transgénico (anual) Certificado 100,00 14 Análisis de riesgo de plagas a) Recopilación y/o avalización de información fitosanitaria para el análisis de riesgo de plagas Análisis 500,00 b) Análisis de riesgo de plagas Documento 1000,00 c) Avalización de la información fitosanitaria para el análisis de riesgo de plagas Documento 100,00 15 Inspección para peritaje o dirimencia en aspectos sanitarios y fitosanitarios Inspección 50,00 16 Por inspección y certificación de productos agrícolas y pecuarios con destino a la provincia de Galápagos: a) De 1 Kg a 20 Kg Certificación 1,00 b) De 21 Kg a 40Kg Certificación 3,00 c) De 41 Kg a 80 Kg Certificación 6,00 d) De 81 Kg a 120 Kg Certificación 11.00 e) De 121 Kg a 200 Kg Certificación 18,00 f) De 201 Kg o más Certificación 25,00 17 Otros servicios: a) Renovación de la vigencia del permiso sanitario o fitosanitario para importación o exportación Permiso 20,00 18 Por certificado de registro anual de las plantaciones de mango para exportación Certificado 15.00 19 Por certificado de registro de agentes de control biológico de polinización u otros (por producto) Certificado 500,00 20 Por supervisión de pruebas de efectividad biológica Certificado 500,00 21 Registro de Empresas prestadoras de servicios fitosanitarios y otros Certificado 500,00 22 Por certificado de registro de otras actividades que no consten en este tarifario (anual) Certificado 500.00 Código SERVICIOS DE INFORMACIÓN TÉCNICA SANITARIA Y FITOSANITARIA Unidad de medida Servicios en USD 1 Por revisión técnica sanitaria y fitosanitaria del Estatuto de feria exposición agropecuaria y permiso de funcionamiento de la feria Permiso 20,00 2 Por la revisión y emisión de informe técnico para la aprobación de documentos de: Fundaciones, asociaciones, corporaciones, federaciones, gremios de productores agropecuarios, gremios de profesionales agropecuarios en el aspecto de sanidad agropecuaria Permiso 20,00 3 Por la revisión de reformas al estatuto o reglamentos internos y/o calificación de nuevos socios a organizaciones en el aspecto de sanidad agropecuaria Revisión 20,00 4 Por la aprobación y registro de directivas de las organizaciones de aspectos de sanidad agropecuaria Certificado 20,00 5 Por el registro de funcionamiento de la organización agropecuaria en aspectos de sanidad agropecuaria Certificado 15,00 6 Por documentos técnicos de sanidad agropecuaria (publicaciones) por hoja Por hoja 0,20 7 Por copia certificada de estatuto, reglamento interno, acuerdo ministerial de aprobación de organizaciones en aspectos de sanidad agropecuaria por documento Por certificado 5,00 8 Reinscripción de organizaciones en aspectos de sanidad agropecuaria Reinscripción 20,00 9 Retraso en la presentación de directivas en las organizaciones en aspectos de sanidad agropecuaria Nombramiento 10,00 10 Por envío de documentación técnica sanitaria y fitosanitaria al exterior por cada cinco hojas Envío 10,00 SERVICIOS POR REGISTRO DE AGROQÜIMICOS Y PRODUCTOS VETERINARIOS a) Inscripción de empresas o personas naturales como: Fabricantes; formuladores; importadores y comercializadores; exportadores y envasadores de plaguicidas por cada cinco años Certificado 500,00 b) Inscripción de empresas o personas naturales como: Fabricantes; formuladores; importadores y comercializadores; exportadores y envasadores de productos de uso veterinario por cada cinco años Certificado 500,00 c) Mantenimiento anual del registro de plaguicidas y productos de uso veterinario Certificado 20,00 d) Permiso de funcionamiento anual de almacenes de expendio de plaguicidas y/o productos de uso veterinario Permiso 50,00 e) Permiso de funcionamiento anual de clínicas veterinarias Permiso 50,00 f) Registro de plaguicidas y productos afines de uso agrícola por producto Certificado 500,00 g) Registro de productos de uso veterinario por producto Certificado 300,00 h) Supervisión de pruebas de eficacia y economía para plaguicidas (por ensayo) Supervisión 600,00 i) Supervisión de pruebas de eficacia para productos de uso veterinario Supervisión 600,00 j) Inscripción y permiso de funcionamiento de empresas de sanidad vegetal (cada cinco años) Inscripción 500,00 k) Modificación del registro de plaguicidas y productos de uso veterinario: 1 Cambio de razón social Certificado 10,00 2 Cambio de titularidad del registro (por producto) Certificado 10,00 3 Adición o cambio de país de origen (por producto) Certificado 10,00 4 Adición o cambio de nombre comercial (por producto) Certificado 10,00 5 Adición o cambio de una empresa fabricante o formuladora del producto (por producto) Certificado 10.00 6 Reubicación del producto en una categoría toxicológica diferente (por producto) Certificado 10,00 Código SERVICIOS POR REGISTRO DE AGROQÜIMICOS Y PRODUCTOS VETERINARIOS Unidad de medida Servicios en USD l) Emisión del certificado de registro y libre venta (por producto) Certificado 10,00 m) Inspección de entrada de plaguicidas de usó agrícola por puertos, aeropuerto y puestos fronterizos Inspección 25,00 n) Inspección de entrada de productos de uso veterinario por puertos, aeropuerto y puestos fronterizos Inspección 25.00 ñ) Emisión de estado de cuenta por tarifa de mantenimiento del registro Certificado 5,00 SERVICIOS DE ACREDITACIÓN DERECHOS DE ACREDITACIÓN BIANUAL a) Personas jurídicas privadas Certificado 300,00 a) 1. Técnicos de estas empresas Certificado 150,00 b) Personas naturales privadas b) 1. Ingenieros agrónomos Certificado 150,00 b) 2. Médicos veterinarios Certificado 150,00 b) 3. Personal paratécnico auxiliar (bachiller agrónomo) Certificado 50,00 c) Persona jurídica oficial Certificado 50,00 01. Funcionario público de la persona jurídica oficial Certificado 25,00 SUPERVISIONES DE TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS 1 En instalaciones oficiales o particulares y contenedores Kg 0,0025 2 En barcos y aeronaves , Inspección 100,00 3 En vehículos: a) Hasta 200 qq Costo F. 5,00 b) 200 en adelante Costo F. 10,00 c) Bodegas m3 0,10 TRAMITACIÓN Y EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS 0 Toda importación o exportación como mínima será de: Trámite 10,00 1 Certificado fitosanitario de exportación o reexportación, permiso fitosanitario de importación Documento 4,00 2 Permiso fitosanitario de internación temporal Permiso 10,00 3 Productos agrícolas para promoción, en mercados, consumo doméstico y análisis de laboratorio en el exterior (muestras hasta 30 Kg) Inspección 10,00 4 Tránsito internacional Embarque 50.00 5 Por la inspección y precertificación fitosanitaria en las plantas procesadoras de productos vegetales: frescos, refrigerados o congelados, industrializados, semiprocesados y elaborados en planta o en campo Inspección 50,00 6 Inspección según Art. 28 del Reglamento de la Ley de Sanidad Vegetal. Para introducción al país de productos vegetales no prohibidos y en pequeñas cantidades Inspección 10,00 ANEXO TABLA II SERVICIO ECUATORIANO DE SANIDAD AGROPECUARIA (SESA) TABLA DE VALORES POR LOS SERVICIOS DE CONTROL Y CERTIFICACIÓN SANITARIA EN CENTROS DE PRODUCCIÓN PECUARIA, ANIMALES, PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS, DERIVADOS DE ESTOS, Y OTROS DE ORIGEN ANIMAL Código Descripción del producto Unidad de medida Importación USD Exportación USD 01.01. Caballos, asnos, mulos, burdéganos vivos 0101.10. Reproductores de raza pura 0101.10.10. Caballos Animal 20,00 0 0101.10.90 Los demás Animal 20.00 0 0101.90. Los demás Animal 20,00 0 Código Descripción del producto Unidad de medida Importación USD Exportación USD Caballos 0101.90.11. Para carrera Animal 20.00 0 0101.90.19 Los demás Animal 20,00 0 0101.19.90.10 De raza pura Animal 20,00 0 0101.90.90 Los demás Animal 20,00 0 0101.19.90.91 Para polo Animal 20,00 0 0101.19.90.99 Los demás Animal 20,00 0 0101.20.00.00 Asnos, mulos y buerdéganos Animal 20,00 0 0101.90.00.00 Los demás Animal 20,00 0 0101.90.11.00 Para carrera Animal 20,00 0 0101.90.19.00 Los demás Animal 20,00 0 0101.90.90.00 Los demás Animal 20,00 0 01.02. Animales vivos de la especie bovina 0102.10.00. Reproductores de raza pura: Animal 20,00 0 0102.90. Los demás Animal 20,00 0 0102.90.10. Para lidia Animal 20,00 0 0102.90.90 Los demás Animal 20,00 0 01.03. Animales vivos de la especie porcina 0103.10.00. Reproductores de raza pura: Animal 5,00 0 Los demás 0103.91.00. De peso inferior a 50 Kg Animal 5,00 0 0103.91.00.10 De raza pura Animal 5,00 0 0103.91.00.90 Los demás Animal 5,00 0 0103.92.00. De peso superior o igual a 50 Kg Animal 5,00 0 0103.92.00.10 De raza pura Animal 5,00 0 0103.9Z.00.90 Los demás Animal 5,00 0 01.04. Animales vivos de las especies ovina o caprina 0104.10. De la especie ovina: Animal 5,00 0 0104.10.10 Reproductores de raza pura Animal 5,00 0 0104.10.90. Los demás Animal 5.00 0 0104.20. De la especie caprina: Animal 5,00 0 0104.20.10. Reproductores de raza pura Animal 5,00 0 0104.20.90 Los demás Animal 5,00 0 01.05. Gallos, gallinas, patos, gansos, pavos (gallipavos) y pintadas, de las especies domésticas, vivos De peso inferior a o igual 185: 0105.11.00. Gallos y gallinas Animal 0,005 0 0105.12:00. Pavos (gallipavos) Animal 0,005 0 0105.19.00. Los demás Animal 0.005 0 Los demás Animal 0.005 0 0105.92.00. Gallos y gallinas de peso inferior o igual a 2000 gr. Animal 0,100 0 0105.99.00. Los demás Animal 0,100 0 01.06. Los demás animales vivos 0106.19.00.10 Perros Animal 20,00 10,00 0106.19.00.90 Los demás Animal 20,00 10,00 Aves: 0106.32.00. Psitaciformes (incluidos los loros, guacamayos, cacatúas, y demás papagayos) Animal 10,00 0 0106.39.00 Los demás: Animal 10,00 0 0106.90. Los demás: Animal 10.00 0 0106.90.10 Camélidos sudamericanos Animal 0.50 0 0106.90.90 Los demás Animal 0,50 0 0106.90.90.10 Abejas y los demás insectos Lote 12.00 0 0106.90.90.90 Los demás Lote 12.QO 0 C.2 Carnes y despojos comestibles 02.01. Carnes de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada 0201.10.00. En canales o medias canales Kg 0.01 0 0201.20.00. Los demás cortes (trozos) sin deshuesar Kg 0,01 0 0201.30.00. Deshuesada Kg 0,01 0 02.02. Carne de animales de la especie bovina, congelada 0202.10.00. En canales o medias canales Kg 0,01 0 0202.20.00. Los demás cortes (trozos) sin deshuesar Kg 0,01 0 0202.30.00. Deshuesada Kg 0.01 0 Código Descripción del producto Unidad de medida Importación USD Exportación USD 02.03. Carnes de animales de la especie porcina, fresca, refrigerada o congelada Fresca o refrigerada: 0203.11.00. En canales o medias canales Kg 0,01 0 0203.12.00. Piernas, paletas y sus trozos, sin deshuesar Kg 0,01 0 0203.19.00. Las demás Kg 0,01 0 Congelada: 0203.21.00. En canales o medias canales Kg 0,01 0 0203.22.00. Piernas, paletas y sus trozos, sin deshuesar Kg 0,01 0 0203.29.00. Las demás Kg 0,01 0 02.04. Carnes de animales de la especie ovina o caprina fresca, refrigerada o congelada 0204.10.00. Canales o medias canales de cordero frescas o refrigeradas Kg 0,01 0 Las demás carnes de animales de la especie ovina, frescas o refrigeradas: Kg 0,01 0 0204.21.00. En canales o medias canales Kg 0,01 0 0204.22.00. Los demás cortes (trozos) sin deshuesar Kg 0,01 0 0204.23.00. Deshuesada Kg 0,01 0 0204.30.00.. Canales o medias canales de cordero congeladas Kg 0,01 0 Las demás carnes de animales de la especie ovina, congeladas Kg 0,01 0 0204.41.00 En canales o medias canales Kg 0,01 0 0204.42.00. Los demás cortes (trozos) sin deshuesar Kg 0,01 0 0204.43.00. Deshuesadas Kg 0,01 0 0204.50.00. Carnes de animales de la especie caprina Kg 0,01 0 0205.00.00. Carne de animales de las especies caballar, asnal, o mular, fresca, refrigerada o congelada Kg 0,01 0 02.06. Despojos comestibles de animales de la especie bovina, porcina, ovina, caprina, caballar, asnal o mular, frescos, refrigerados o congelados 0206.10.00. De la especie bovina, frescos o refrigerados Kg 0,01 0 De la especie bovina, congelados: Kg 0,01 0 0206.21.00. Lenguas Kg 0,01 0 0206.22.00. Hígados Kg 0,01 0 0206.29.00. Los demás Kg 0,01 0 0206.30.00. De la especie porcina, frescos o refrigerados Kg 0,01 0 De la especie porcina, congelados: 0206.41.00. Hígados Kg 0,01 0 0206.49.00. Los demás Kg 0.01 0 0206.80.00. Los demás frescos o refrigerados Kg 0,01 0 0206.90.00. Los demás, congelados Kg 0,01 0 02.07. Carnes y despojos comestibles de aves de la partida 0105, frescos, refrigerados o congelados De gallo y gallina 0207.11.00. Sin trocear frescos o refrigerados Kg 0,01 0 0207.12.00. Sin trocear, congelados Kg 0,01 0 0207.13.00. Trozos t despojos frescos o refrigerados Kg 0,01 0 0207.14.00. Trozos t despojos congelados Kg 0,01 0 De pavo (gallipavos): 0207.24.00. Sin trocear frescos o refrigerados Kg 0,01 0 0207.25.00. Sin trocear, congelados Kg 0,01 0 0207.26.00. Trozos y despojos frescos o refrigerados Kg 0,01 0 0207.27.00. Trozos y despojos congelados Kg 0,01 0 De pato, ganso o pintada: 0207.32.00; Sin trocear frescos o refrigerados Kg 0,01 0 0207.33.00. Sin trocear, congelados Kg 0,01 0 0207.34.00. Hígados grasos, frescos o refrigerados Kg 0,01 0 0207.35.00. Los demás frescos o refrigerados Kg 0,01 0 0207.36.00. Los demás, congelados Kg 0,01 0 02.08. Las demás carnes y despojos comestibles, frescos, refrigerados o congelados 0208.10.00. De conejo o liebre Kg 0,01 0 0208.20.00. Ancas (patas) de rana Kg 0,01 0 Código Descripción del producto Unidad de medida Importación USD Exportación USD 0208.90.99. Las demás Kg 0,01 0 0209.00. Tocino sin partes magras y grasa de cerdo o de ave sin fundir ni extraer de otro modo, frescos, refrigerados, congelados, salados o en sal muera, secos o ahumados 0209.00.10. Tocino Kg 0,01 0 0209.00.90. Las demás Kg 0,01 0 02.10. Carne y despojos comestibles, salados o en sal muera, secos o ahumados; harina y polvo comestibles, de carne o de despojos Carne de la especie porcina: 0210.11.00. Jamones, paletas, y sus trozos sin deshuesar Kg 0,01 0 0210.12.00. Tocino entreverado de panza (panceta)y sus trozos Kg 0,01 0 0210.19.00. Las demás Kg 0,01 0 0210.20.00. Carne de la especie bovina Kg 0,01 0 Los demás, incluidos la harina y polvo comestibles, de carne o de despojos: 0210.99.90 Las demás Kg 0.01 0 C.4. Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, o no expresados ni comprendidos en otra parte 04.01. Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante 0401.10.00. Con un contenido de materias grasas inferior o igual al 1% en peso Kg 0,01 0 0401.20.00. Con un contenido de materias grasas superior 1% pero inferior o igual al 6% en peso Kg 0,01 0 0401.30.00. Con un contenido de materias grasas superior al 6% en peso Kg 0,01 0 04.02. Leche y nata (crema), concentradas, con adición de azúcar u otro edulcorante 0402.10. En polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas inferior o igual al 1 .y/o en peso Kg 0,01 0 0402.10.10 En envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2.5 Kg Kg 0,01 0 0402.10.90. Los demás Kg 0,01 0 En polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas superior al 1.5% en peso: 0402.21. Sin adición de azúcar u otro edulcorante Kg 0,01 0 Con un contenido de materias grasas superior o igual al 26% en peso sobre producto seco: 0402.21.11. En envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2.5Kg Kg 0,01 0 0402.21.19. Las demás Kg 0,01 0 Las demás 0402.21.91. En envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2.5 Kg Kg 0,01 0 0402.21.99. Las demás Kg 0,01 0 0402.29. Las demás Kg 0,01 0 Con un contenido de materias grasas superior o igual al 26% en peso sobre producto seco: 0402.29.11. En envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2.5 Kg Kg 0,01 0 0402.29.19. Las demás Kg 0,01 0 Las demás: 0402.29.91. En envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2.5 Kg Kg 0,01 0 0402.29.99 Las demás Kg 0,01 0 Las demás: 0402.91. Sin adición de azúcar u otro edulcorante Kg 0,01 0 0402.91.10. Leche evaporada Kg 0,01 0 0402.91.90. Las demás Kg 0,01 0 0402.99. Las demás Kg 0,01 0 0402.99.10. Leche condensada Kg 0,01 0 0402.99.90. Las demás Kg 0,01 0 Código Descripción del producto Unidad de medida Importación USD Exportación USD 04.03. Suero de mantequilla (de manteca), leche y nata (crema), cuajadas, yogur, kéfir y demás leches y «atas (cremas), fermentadas o acidificadas, incluso concentrados, con adición de azúcar u otro edulcorante, aromatizados o con frutas u otros frutos o cacao Kg 0,01 0403.10.00. Yogur Kg 0,01 0 0403.90.00. Los demás Kg 0,01 0 04.04. Lacto suero, incluso concentrado o con adición de azúcar u otro edulcorante; productos constituidos por los componentes naturales de la leche incluso con adición de azúcar u otro edulcorante no expresados ni comprendidos en otra parte Kg 0,01 0404.10. Lactosuero, auque esté modificado, incluso concentrado o con adición de azúcar u otro edulcorante Kg 0,01 0 0404.10.10. Lactosuero parcial o totalmente desmineralizado Kg 0,01 0 0404.10.90. Los demás Kg 0,01 0 0404.90.00. Los demás Kg 0,01 0 04.05. Mantequilla (manteca) y demás materias grasas de la leche; pastas lácteas para untar 0405.10.00. Mantequilla (manteca) Kg 0,01 0 0405.20.00. Pastas lácteas para untar Kg 0,01 0 0405.90. Las demás Kg 0,01 0 0405.90.20. Grasa láctea anhidra (« butteroil») Kg 0,01 0 0405.90.90. Las demás Kg 0,01 0 04.06. Quesos y requesón 0406.10.00. Queso fresco (sin madura), incluido el del lactosuero y requesón Kg 0,01 0 0406.20.00. Queso de cualquier tipo, rayado o en polvo Kg 0,01 0 0406.30.00. Queso fundido excepto el rallado o en polvo Kg 0,01 0 0406.40.00. Queso de pasta azul Kg 0,01 0 0406.90. Los demás quesos Kg 0,01 0 0406.90.10. Con un contenido de humedad inferior al 36% en peso Kg 0,01 0 0406.90.20. Con un contenido de humedad superior o igual al 36% pero inferior al 46% en peso Kg 0,01 0 0406.90.30. Con un contenido de humedad superior o igual al 46% pero inferior al 55% en peso Kg 0,01 0 0406.90.90. Los demás Kg 0,01 0 04.07.00. Huevos de ave con cáscara (cascarón), frescos conservados o cocidos 0407.00.10. Para incubar Unidad 0.0060 0 0407.00.20. Para producción de vacunas (libres de patógenos específicos) Unidad 0,0060 0 0407.00.90. Los demás Unidad 0,0060 0 04.08. Huevos de ave sin cáscara (cascarón) y yemas de huevo, frescos, secos, cocidos en agua o vapor, moldeados, congelados o conservados de otro modo, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante Yemas de huevo: 0408.11.00. Secas Kg 0,01 0 0408.19.00. Las demás Kg 0,01 0 Las demás 0408.91.00. Secos Kg 0,01 0 0408.99.00. Los demás Kg 0,01 0 04.09.00.00. Miel natural Kg 0.01 0 0409.00.00-10. Para uso industrial (en estado sólido y envases de 300 Kg o más) Kg 0,01 0 0409.00.00-90. Las demás Kg 0,01 0 0410.00.00. Productos comestibles de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte Kg 0,01 0 C.5. Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte 0 05.01.00.00. Cabello en bruto, incluso lavado o desgrasado; desperdicios de cabello Kg 0,01 0 Código Descripción del producto Unidad de medida Importación USD Exportación USD 05.02. Cerdas de cerdo o de jabalí; pelo de tejón y demás pelos para cepillería; desperdicios de dichas cerdas o pelos Kg 0,01 0 0502.10.00. Cerdas de cerdo o de jabalí y sus desperdicios Kg 0,01 0 0502.90.00. Los demás KB 0,01 0 05.03.00.00. Crin y sus desperdicios, incluso en capas con soporte o sin él Kg 0,01 0 05.04.00. Tripas vejigas y estómagos de animales, excepto los de pescado, enteros o en trozos, frescos, refrigerados, congelados, salados o en sal muera, secos o ahumados Kg 0,01 0 0504.00.10. Estómagos (mondongos) Kg 0,01 0 0504.00.20. Tripas Kg 0,01 0 0504.00.30. Vejigas Kg 0,01 0 05.05. Pieles y demás partes de ave, con sus plumas o plumón, plumas y partes de plumas, (incluso recortadas) y plumón, en bruto o simplemente limpiado, desinfectados o preparados para su conservación; polvo y desperdicios de plumas o de partes de plumas Kg 0.01 0 0505.10.00. Plumas de las utilizadas para relleno; plumón Kg 0,01 0 0505.90.00. Los demás Kg 0,01 0 05.06. Huesos y núcleos córneos, en bruto, desgrasados, simplemente preparados (pero sin cortar en forma determinada), acidulados o desgelatinizados; polvo y desperdicios de estas materias Kg 0,01 0 0506.10.00. Oseína y huesos acidulados Kg 0,01 0 0506.90.00. Los demás Kg 0,01 0 0510.00.10. Bilis incluso desecada; glándulas y demás sustancias de origen animal utilizadas para la preparación de productos farmacéuticos Kg 0,01 0 0510.00.90. Los demás Kg 0,01 0 05.11. Productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte; animales muertos de los capítulos 1 o 3, impropios para la alimentación humana Kg 0,01 0 0511.10.00. Semen de bovino Pajuela 0,003 0 0511.99.10F Cochinilla e insectos similares vivos Kg 0,20 0 0511.99.10S Cochinilla e insectos similares secos Kg 0,20 0 0511.99.90 Los demás Kg 0,20 0 0511.99.30. Semen animal excepto de bovino Pajuela 0,004 0 0511.99.90. Los demás Pajuela 0,004 0 0511:99;90.l0 Embriones Embrión 0,20 0 0511.90.99.90 Los demás Embrión 0,20 0 1601.00.00 Embutidos y productos similares de carne, despojos o sangre; preparaciones alimentarias a base de estos productos Kg 0.1 0,05 16.02 Las demás .preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre Kg 0, 0,05 1602.10.00 Preparaciones homogenizadas Kg 0. 0,05 2301101000 Chicharrones Kg 0. 0,05 23091010 Presentados en latas herméticas Kg 0, 0,05 23091090 Los demás Kg 0. 0,05 2309.90.30 Sustitutos de la leche Kg 0. 0,05 2309:90.90 Las demás Kg 0. 0.05 4101.20.00 Cueros y pieles enteros, de peso Kg 0. 0.05 4101.50.00 Cueros y pieles enteros, de peso Kg 0. 0,05 4101.90.00 Los demás, incluidos los crupones Kg 0, 0,05 4102.10.00 Con lana Kg 0. 0.05 4102.21.00 Piquelados Kg 0.1 0,05 4102.29.00 Los demás Kg 0,1 0,05 Productos y subproductos o derivados de origen animal que no consten en esta tabla pagarán por el servicio prestado Kg 0,1 0,05 TRAMITACIÓN Y EXPENDIO DE DOCUMENTOS 0. Toda importación o exportación como mínima será de: Trámite 10,0 10,00 1. Certificado zoosanitario de exportación o reexportación, permiso zoosanitario de importación Documento. 5,00 4,00 2. Permiso zoosanitario de internación temporal Permiso 10,00 10.00 Código Descripción del producto Unidad de medida Importación USD 3. Productos pecuarios para promoción, en mercados, consumo doméstico y análisis de laboratorio en el exterior (muestras hasta 30 Kg) Certificado 10,00 10,00 4. Tránsito internacional Embarque 50.00 50,00 5. Inspección de animales; productos, subproductos y derivados pecuarios: frescos, refrigerados o congelados, en planta o campo. (Todo tipo de inspección pecuaria) Inspección 50,00 50,00 6. Certificado de registro de persona natural o jurídica para la importación y exportación de productos pecuarios Certificado 20,00 20,00 7. Guía sanitaria de movilización de animales mayores, por animal, Certificado 0,50 0,50 8. Guía sanitaria de movilización de animales menores: Cerdos, borregos y chivos y otras, por animal Certificado 0.25 0,25 9. Guía sanitaria de movilización internas de aves por embarque Certificado 5,00 5,00

Resolución Nº 1 - Valores por servicios prestados en la sanidad vegetal y sanidad animal · Nelum