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Laws of Ecuador

Plan de manejo del Parque Nacional Galápagos

Made 2005-04-07 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

About this law

Language
Spanish
Kind
Regulation
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Ecuador
Subjects
Wild species and ecosystems
Keywords
national parks, protected area, management/conservation, protection of habitats, tourism, use restrictions, biodiversity

Where to read it

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Text

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  1. Juan Carlos Camacho MINISTRO DEL AMBIENTE Considerando: Que, el artículo 171 del Libro III del Régimen Forestal de la Legislación Ambiental establece que el Patrimonio de Áreas Naturales del Estado será administrado por el Ministerio del Ambiente o la dependencia correspondiente de éste, en sujeción a los planes de maneje aprobados por éste, para cada una de ellas. Estos planes orientarán su manejo y regirán los programas y proyectos a desarrollarse y solo podrán revisarse cuando razones de orden técnico lo justifiquen; Que, el Plan de Manejo del Parque Nacional Galápagos se encuentra vigente desde 1996, y sus disposiciones no están acordes con los nuevos sistemas de manejo de las áreas protegidas y la normativa vigente para Galápagos; Que, el Galápagos del Siglo XXI es el nuevo marco conceptual del plan de manejo y promueve la responsabilidad compartida en el manejo de las áreas protegidas y busca crear una cultura isleña hacia la custodia ecológica del archipiélago para lograr establecer un sistema ecológico-económico, territorial y ambientalmente sustentable; Que, la visión compartida del plan de manejo busca que Galápagos cuente con un modelo territorial que permite la conservación de la integridad ecológica y la biodiversidad de sus ecosistemas, al promover un uso racional de sus bienes y servicios ambientales, lo que favorece un desarrollo socioeconómico y cultural equitativo, solidario y sustentable; Que, el Parque Nacional Galápagos con esta nueva visión quiere a través de su plan de manejo aportar los lineamientos generales que bajo el marco del Plan Regional para la Conservación y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galápagos, buscan contribuir a que el nuevo modelo territorial propuesto en la visión compartida sea una realidad en el menor tiempo posible; Que, la conservación de la naturaleza de Galápagos está íntimamente ligada a la calidad de vida de la población local, pues no hay conservación sin desarrollo ni desarrollo sin conservación; Acuerda: Artículo Único.- Aprobar el nuevo Plan de Manejo del Parque Nacional Galápagos, denominado "Un Pacto por la Conservación y Desarrollo Sustentable del Archipiélago de Galápagos". El presente acuerdo ministerial entrará en vigencia a partir del 7 de abril del 2005, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y de su ejecución encargúese a la Dirección del Parque Nacional Galápagos. Cúmplase y publíquese.- Dado en Puerto Baquerizo Moreno, a los 7 días del mes de abril del 2005. f.) Juan Carlos Camacho, Ministro del Ambiente.

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