Ley Nº 78 - Modifica la Ley de Cooperativas (Texto codificado)
Made 2007-04-19 · Text as of 2026-10-01
Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.
About this law
- Language
- Spanish
- Kind
- Act
- Organisation
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- Country
- Ecuador
- Subjects
- Agricultural and rural development
- Keywords
- agricultural development, institution, cooperative/producer organization, legal proceedings/administrative proceedings, subsidy/incentive, governance
Where to read it
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Text
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Ley No. 2007-78 EL CONGRESO NACIONAL Considerando: Que la Constitución Política vigente, consagra el derecho al trabajo de los ecuatorianos y protege a los grupos vulnerables; Que es deber primordial del Estado, erradicar la pobreza y promover el progreso económico, social y cultural de sus habitantes; Que el Estado garantiza la igualdad de derechos y oportunidades de todos los ecuatorianos, en especial de las personas discapacitadas; Que las personas con discapacidad tienen derecho a no ser discriminadas, por su condición, en todas las prácticas relativas al empleo; Que las cooperativas se rigen por los principios universales del cooperativismo, como la equidad, la democratización, la indiscriminación, la neutralidad política, religiosa y racial; y, En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, expide la siguiente: LEY REFORMATORIA A LA LEY DE COOPERATIVAS Art. 1.- En el artículo 16, agréguese un inciso que diga: “En el caso de que un socio de una cooperativa haya sufrido discapacidad física, superviniente a su admisión, no perderá su calidad de socio ni sus derechos adquiridos en la cooperativa a la que pertenece.” Art. 2.- Deróganse todas las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley, que entrará en vigencia desde la fecha de su promulgación en el Registro Oficial. Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, en la Sala de Sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a los once días del mes de abril del año dos mil siete. f.) Arq. Jorge Cevallos Macías, Presidente. f.) Dr. Julio Logroño Vivar, Secretario General (E). Palacio Nacional, en Quito, a diez y nueve de abril de dos mil siete.- Promúlguese. f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de República. Es fiel copia del original.- Lo certifico. f.) Pedro Solines Chacón, Subsecretario General de la Administración Pública.