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Laws of Ecuador

Ley Nº 31 - Ley reformatoria a la Ley de Desarrollo Agrario

Made 2000-11-23 · Text as of 2026-10-01

Public law and official guidance, published as research. Not legal, tax or financial advice.

research.laws.repealedOn

About this law

Language
Spanish
Kind
Act
Organisation
Amazon Cooperation Treaty Organization
Country
Ecuador
Subjects
Agricultural and rural development
Keywords
institution, governance

Where to read it

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Text

The law's own text, section by section, as held. Each section has its own link.

  1. N° 2000-31 EL CONGRESO NACIONAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, expide la siguiente: LEY REFORMATORIA A LA LEY DE DESARROLLO AGRARIO Art. 1.- En todos los articulos en que se mencione a la Direcci6n de Avaluos y Catastros (DINAC), se entendera referirse al Instituto Nacional de Desarrollo Agrario (INDA); en todos los articulos en que se mencione a la Junta Monetaria, s~ entendera al Presidente de! Directorio de! Banco· Central; en todos los articulos en que se refiere al INERHI.. se entendera al Consejo Nacional de Recursos Hidricos (CNIRH); y, · en todos los articulos en que se mencione al CONADE, se entendera que se refiere al Sistema Nacidnal de Planificaci6n adscrito a la Presidencia de la Republioa. Art. 2.- A continuaci6n del inciso primero de! articulo 39, agreguese uno; que diga: "El avaluo se: realiz.ara con SUJecmn a la clasificaci6n y valoraci6n de fos terrenos elaborados con anterioridad por la DINAC, a tra~es de! organismo competente de! INDA. Para el establecimiento de los precios a pagase, se tomaran en consideraci6n · los siguientes factores: a) c!ase de suelo y ubicaci6n geqgnifica del predio; b) destino econ6mico; c) infraestructura y, d) situaci6n socioecon6mica de! adjudicatario. El valor de la tierra seni pagado al contado y en dinero de curso legal". Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito MetropolitanQ, en la sala de sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, 11 los veintitres dias del mes de nov~bre del afio dos mil. [) Jose Cordero Acosta, Presidente, (E) de! Congreso Nacional. f) Dr. Andres Aguilar Moscoso, Secretario General. Congreso Nacional. Certifico que la copia que antecede es igual a su original que reposa en los archivos de la Secretaria General. Dia: 23-XI-2000. Hora: 12h00. I'.) Ilegible, Secretaria General.

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